STSJ Andalucía , 27 de Noviembre de 2000

PonenteFEDERICO LAZARO GUIL
ECLIES:TSJAND:2000:18116
Número de Recurso2262/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 2.262/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 1.567 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lazaro Guil D. Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a veintisiete de noviembre de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2.262/96 seguido a instancia de D. Bruno , que comparece representado por la Procuradora Dª. Mª Luisa Labella Medina y dirigido por Letrado, siendo parte demandada la DIRECCIÓN GENERAL DE TRAFICO, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es 16.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dictase sentencia anulando totalmente el acto recurrido por no ser conforme a Derecho, así como los anteriores y posteriores, decretando la nulidad del expediente sancionador.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando íntegramente el recurso interpuesto.

CUARTO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista pública, se acordó pasar los autos para trámite de conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito reiterando cada una de ellas sus respectivas peticiones contenidas en los escritos de alegaciones. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Federico Lazaro Guil.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso lo constituye la impugnación de la resolución de la Dirección General de Tráfico, de fecha 13 de Marzo de 1.996, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por el recurrente contra la resolución dictada en el expediente nº NUM000 , de los tramitados por la Jefatura Provincial de Tráfico de Jaén, que acordó imponerle una multa de 16.000 pesetas, como autor de una infracción al artículo 52 del Reglamento General de Circulación en relación con los artículos 67.1 y 69.1 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, y ello como consecuencia de denuncia formulada por Agentes encargados de la vigilancia y regulación del tráfico, por el hecho de "circular con el vehículo GR-4891-0 a 60 Kms/hora, estando limitada la velocidad a 50 Kms/h, en el punto kilométrico 360,600 de la carretera N-342, el día 2 de Septiembre de 1.995".

La parte recurrente, tras admitir, tanto en el expediente como en la demanda, que ese día circuló con su vehiculo por el lugar de la denuncia (aunque niega que fuese a la velocidad que en ella se...

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