INFORME nº 1495 de 2022 de Tribunal de Cuentas, 21-12-2022

Fecha21 Diciembre 2022
EmisorTribunal de Cuentas
N.º 1.495
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PARA
LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN MULTILATERAL ENTRE
LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN EL
MARCO DE LA GESTIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los
artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y a
tenor de lo previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988,
de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado, en su sesión de 21 de
diciembre de 2022, el Informe de Fiscalización de las actuaciones para las relaciones de
cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas
desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19 y ha acordado su elevación a las
Cortes Generales, así como al Gobierno de la Nación, según lo prevenido en el artículo 28 de la
Ley de Funcionamiento.
TRIBUNAL
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INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 1
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................... 9
I.1 Iniciativa de la fiscalización .............................................................................................. 9
I.2 Antecedentes ..................................................................................................................... 9
I.2.1 Gobernanza multinivel y técnicas de cooperación ................................................ 9
I.2.2 Órganos de cooperación entre la AGE y las CCAA ............................................. 10
I.2.3 La crisis provocada por la pandemia de COVID-19 ............................................. 14
I.3 Marco normativo .............................................................................................................. 16
I.3.1 Régimen jurídico de los órganos de cooperación multilateral ........................... 16
I.3.2 Régimen jurídico de la participación de la AGE en la cooperación
multilateral .............................................................................................................. 16
I.4 Ámbito objetivo, subjetivo y temporal ........................................................................... 17
I.5 Tipo de fiscalización y objetivos generales ................................................................... 17
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN .......................................................................................... 18
II.1 Desempeño de los órganos de cooperación multilateral AGE-CCAA durante la
COVID-19 .......................................................................................................................... 18
II.1.1 Actividad de los órganos de cooperación durante la crisis de la COVID-19 ...... 18
II.1.2 Resultados de la cooperación AGE-CCAA ........................................................... 23
II.2 Instrumentos del MPT para el impulso, seguimiento y evaluación de los órganos
de cooperación ................................................................................................................ 29
II.2.1 Organización del MPT para la cooperación con las CCAA ................................. 29
II.2.2 Funciones del MPT relativas a los órganos de cooperación............................... 31
II.2.3 Medios presupuestarios, humanos y técnicos .................................................... 38
II.3 Eficacia de los procedimientos de seguimiento de la cooperación ............................ 42
II.3.1 Efectividad de la actuación de la SDGCA en el impulso, seguimiento y
evaluación del sistema de órganos de cooperación ........................................... 42
II.3.2 Eficacia de las bases de datos sobre órganos de cooperación .......................... 42
II.3.3 Eficacia de otros órganos del MPT ....................................................................... 43
II.3.4 Eficacia del sistema de objetivos e indicadores presupuestarios ...................... 44
II.4 Objetivos transversales: equilibrio de género y transparencia ................................... 44
II.4.1 Cumplimiento de la normativa de equilibrio de género ....................................... 44
II.4.2 Cumplimiento de los mínimos de transparencia activa ....................................... 45
III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ..................................................................................... 47
III.1 Conclusión general ......................................................................................................... 47
III.2 ¿Dispone el MPT de instrumentos adecuados relativos a la cooperación
multilateral con las CCAA? ............................................................................................. 47
III.3 ¿Son eficaces los procedimientos del MPT para el seguimiento de la
cooperación? ................................................................................................................... 49
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III.4 ¿Han funcionado eficazmente los órganos de cooperación con las CCAA durante
la pandemia de COVID-19? ............................................................................................. 50
III.5 ¿Se han cumplido los mandatos de equilibrio de género y transparencia? ............... 51
ANEXO 1 REGULACIÓN DE LAS COMPETE NCIAS DE LOS ÓRGANOS DEL MPT EN MATERIA DE
RELACIONES CON CCAA ......................................................................................................... 57
1.1. Normas de estructura de la AGE relativas a órganos con competencias en las
relaciones con las CCAA ................................................................................................ 57
1.2. Competencias de los órganos del MPT en materia de relaciones con CCAA según
el RD 307/2020, de 11 de febrero .................................................................................... 58
ANEXO 2 FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS FISCA LIZADOS EN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS Y
ACTIVIDADES DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M ............................................................. 61
ANEXO 3 RELACIÓN DE CONFERENCIAS SECTORIALES CONSTITUIDAS .............................................. 69
3.1. Conferencias sectoriales existentes a 31 de diciembre de 2020 .................................... 69
3.2. Órganos inscritos en REOICO como CCSS que no se consideran como tales ............ 71
ANEXO 4 DEBILIDADES E INCIDENCIAS DESCRITAS EN EL PROYECTO................................................. 73
ANEXO 5 REUNIONES DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES DESDE 2020 ....................................... 77
ANEXO 6 REUNIONES DE CONFERENCIAS SECTORIALES DURANTE 2020 ........................................... 79
ANEXO 7 NOTA METODOLÓGICA SOBRE EL ÍNDICE DE PRESENCIA RELATIVA .................................... 81
ALEGACIONES FORMULADAS
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RELACIÓN DE ABREVIATURAS, SÍMBOLOS, SIGLAS Y ACRÓNIMOS
apdo. Apartado
art. Artículo
AGE Administración General del Estado.
BOE Boletín Oficial del Estado
CARUE Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea
CCAA Comunidades Autónomas y, en su caso, Ciudades Autónomas
CISNS Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud
COPIS Comité Preparatorio, de Impulso y Seguimiento (de la Conferencia de
Presidentes)
CP Conferencia de Presidentes
CCSS Conferencias Sectoriales
DA Disposición Adicional
DF Disposición Final
DGCAL Dirección General de Cooperación Autonómica y Local
LOTC Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
MPT Ministerio de Política Territorial, o Ministerio de Política Territorial y Función
Pública
PGE Presupuestos Generales del Estado
RD Real Decreto
REOICO Registro Electrónico de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal
SDG Subdirección General
SDGCA Subdirección General de Cooperación Autonómica
STC Sentencia del Tribunal Constitucional
TC Tribunal Constitucional
UE Unión Europea
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RELACIÓN DE CUADROS
Cuadro 1 – Publicaciones web de la Secretaría General de Coordinación Territorial sobre
cooperación multilateral ......................................................................................... 37
Cuadro 2 Programa presupuestario 922M: Obligaciones reconocidas netas 2018-2021 y
créditos iniciales 2022 .......................................................................................... 38
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TRIBUNAL
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RELACIÓN DE GRÁFICOS
Gráfico 1 - Esquema de órganos de cooperación AGE-CCAA ...................................................
11
Gráfico 2 - Reuniones de la Conferencia de presidentes ............................................................
18
Gráfico 3 - Reuniones de la CISNS durante 2020 .......................................................................
21
Gráfico
4
-
Recursos
de
inconstitucionalidad
frente
a
procedimientos
de
negociación
del
art.
33.2 LOTC (2000-2021) .............................................................................................
26
Gráfico 5 - Procedimientos 33.2 LOTC exitosos y recursos de inconstitucionalidad por CCAA
(2000- actualidad) ......................................................................................................
27
Gráfico 6 - Procedimiento 33.2 LOTC para resolución de conflictos............................................
28
Gráfico 7 - Recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencias presentados ante el
TC por año (1980-2021) ............................................................................................
29
Gráfico 8 - Órganos del MPT con competencias en cooperación multilateral con CCAA ............
31
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I. INTRODUCCIÓN
I.1 INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
La “Fiscalización de las actuaciones para las relaciones de cooperación multilateral entre la
Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas desarrolladas en el marco de la
gestión de la pandemia COVID-19” se incluyó, a iniciativa del Tribunal de Cuentas, en el Programa
de Fiscalizaciones correspondiente al año 20211.
Esta fiscalización se inscribe en el objetivo estratégico uno del Plan Estratégico 2018-2021 del
Tribunal de Cuentas, “contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera
del sector público”, y, en concreto, a los objetivos específicos 1.2 “Fomentar buenas prácticas de
organización, gestión y control de las entidades públicas” y 1.4 “Incrementar las fiscalizaciones
operativas”.
La situación extraordinaria que ha supuesto la pandemia COVID-19 ha tenido consecuencias
significativas en todos los ámbitos de actuación del sector público y ha requerido intensificar la
colaboración entre los diferentes niveles de gobierno. Esta fiscalización ha aprovechado esta
oportunidad excepcional para evaluar la eficacia del funcionamiento de los mecanismos de
cooperación territorial existentes, con el fin de identificar, tanto buenas prácticas que puedan ser
eventualmente extendidas, como ámbitos en los que existan oportunidades de mejora para
fortalecer el funcionamiento de esos mecanismos.
I.2 ANTECEDENTES
I.2.1 Gobernanza multinivel y técnicas de cooperación
El entrecruzamiento competencial y la atribución de responsabilidades en los diferentes ámbitos de
la actividad administrativa a diferentes niveles políticos da lugar a situaciones complejas que
requieren de la concertación y el acuerdo entre el Estado y las Comunidades Autónomas (CCAA).
Para atender esta realidad, los instrumentos de cooperación tienen el objetivo de garantizar la
coherencia del sistema autonómico, evitar duplicidades o solapamientos de las funciones que se
llevan a cabo y garantizar el uso eficiente de los medios humanos y materiales de las diferentes
Administraciones.
Cuando varias Administraciones actúan sobre el mismo territorio, la misma realidad social,
económica o ambiental, cada una con sus propias competencias, la acción de una, directa o
indirectamente, repercute sobre la otra. Estos efectos cruzados pueden tener distintas intensidades
y grados de complejidad, sinergias y realimentaciones, y asimismo pueden ser positivas o negativas.
Debido a ello, la cooperación entre ellas facilita la consecución de mejores resultados y beneficia a
todas las Administraciones implicadas. Esa necesidad fue –y es– el espíritu de creación espontánea
que hizo –y hace– surgir la aparición de instrumentos de concertación que se manifiestan de muy
1 Aprobado por el Pleno en su sesión de 22 de diciembre de 2020.
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diversas formas, desde convenios para asuntos puntuales hasta la institucionalización, legal o
espontánea, de auténticos órganos con capacidad ejecutiva.
Además, la pertenencia a la Unión Europea, con políticas comunes en muy diversas materias, hace
necesaria la coordinación de la Administración General del Estado (AGE) con las CCAA, para
informar, poner en común distintas necesidades y puntos de vista y acordar estrategias y criterios
comunes.
Los principios informadores de esa operación concertada son los de coordinación, cooperación y
colaboración, como se recogen en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (LRJSP).
En esta Ley, en su art. 140.1.e), ha cristalizado una doctrina consolidada del Tribunal Constitucional
(TC) sobre relaciones de coordinación y de cooperación según la cual la coordinación implica una
cierta posición de primacía –que por ello debe ser expresamente reconocida en la norma a favor de
la entidad coordinadora-, mientras que la colaboración y la cooperación son principios generales de
ejercicio de las competencias propias, basados en la voluntariedad2.
Por su parte, la cooperación se define en el art. 140.1.d) como la actuación común de varias
Administraciones Publicas, de manera voluntaria y en ejercicio de sus competencias, mediante
compromisos específicos.
A las relaciones de coordinación y cooperación se añaden las modalidades de “colaboración”,
“asistencia” o “auxilio mutuo”, que, como principios informadores de las relaciones entre
Administraciones públicas, irían más allá de la “lealtad institucional”, y que en principio no se basan
en una ventaja para los fines propios, sino una disposición a actuar en provecho de otras
administraciones3.
Las técnicas de esa operación concertada son varias, pero pueden clasificarse atendiendo a si se
materializan en acuerdos puntuales, cuya forma principal es el convenio, o si se institucionalizan en
órganos permanentes en los que están presentes las administraciones implicadas4. Estos órganos
de cooperación están definidos en el art. 145 LRJSP, encabezando la sección 2ª “Técnicas
orgánicas de cooperación”, del título III, capítulo III.
La eficacia del sistema de órganos multilaterales de cooperación constituye el objeto de esta
fiscalización.
I.2.2 Órganos de cooperación entre la AGE y las CCAA
Las instituciones para la concertación de la cogobernanza multinivel no están mencionadas en la
Constitución. Por el contrario, han sido fruto de un proceso de consolidación de prácticas de
actuación espontáneas, recogidas en sucesivas normas administrativas. Esta práctica
2 Por todas, STC 2/1987, de 28 de febrero y STC 214/1989, de 21 de diciembre.
3 Ver al respecto los arts. 3, 140, 141 y 142 LRJSP.
El art.140.1.c) LRJSP, al definir el principio de c olaboración, alude a la actuación “para el logro de fines comunes”, que
parece más propio de la cooperación. No obstante, el capítulo II de este título (arts. 141 y 142) dedicado al contenido del
deber de colaboración y las técnicas para su aplicación, clarifica que se trata de una actuación centrada en la ayuda a
otra administración para el cumplimiento de los fines de ésta.
4 Ver art. 143 LRJSP.
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administrativa comenzó con las reuniones multilaterales referidas a materias concretas, luego
consolidadas como Conferencias Sectoriales (CCSS), antes de extenderse al establecimiento de
una Conferencia de Presidentes (CP).
El régimen jurídico de los órganos de cooperación está contenido en la LRJSP, y especialmente en
sus reglamentos de autorregulación, aprobados por cada órgano de acuerdo con el mandato del
art. 147.3 LRJSP. En el subepígrafe I.3 Marco normativo, pueden consultarse los pormenores de
este régimen jurídico.
De acuerdo con la definición del art. 145.1 de la LRJSP, “los órganos de cooperación son órganos
de composición multilateral o bilateral, de ámbito general o especial, […] para acordar
voluntariamente actuaciones que mejoren el ejercicio de las competencias que cada Administración
Pública tiene”.
Gráfico 1 - Esquema de órganos de cooperación AGE-CCAA
Fuente: elaboración propia
Á
MBITO
PARTICIPATIVO
multilaterales bilaterales
Á
MBITO FUNCIONAL
sectorial
gen
é
rico
Nivel Institucional:
Leyenda
relaciones de
dirección política
relaciones de
coordinación
relaciones de
apoyo/colaboración
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DE
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Esta definición contiene dos dimensiones, de acuerdo con las cuales se pueden clasificar estos
órganos, según su ámbito participativo y su ámbito funcional. Al añadir a estas dos dimensiones la
correspondiente al rango jerárquico de los componentes de los correspondientes órganos, se
obtiene el gráfico 1, donde se distinguen adicionalmente los órganos con potestad para adoptar
acuerdos o recomendaciones, de los órganos informativos, consultivos o de apoyo técnico.
Existen órganos de cooperación bilaterales, entre el Estado y una CA, para su cooperación en
general, o para asuntos determinados, como el traspaso de competencias, que ha sido
característico de la etapa de consolidación del estado autonómico. Por otra parte, los órganos de
cooperación multilateral se constituyen con la participación de representantes del Estado y de las
CCAA, para la implementación y desarrollo de las políticas públicas con un alcance extendido a
todo el territorio nacional.
Las funciones propias de los órganos multilaterales de cooperación, además de la puesta en común
de información, puntos de vista y propuestas, incluyen también la toma de decisiones vinculantes,
es decir, la posibilidad de adoptar acuerdos y recomendaciones que obligan a las administraciones
competentes en la aplicación de políticas públicas de su competencia. Esto está regulado
particularmente en el art. 151.2.a LRJSP respecto de las CCSS, pero se recoge también en los arts.
146.2 y 153.2 respecto de la CP y las comisiones bilaterales de cooperación, respectivamente.
En el ámbito de las relaciones multilaterales, y en particular en el de las atribuciones de las CCSS,
el reconocimiento de una responsabilidad de coordinación al Estado central reviste especial
importancia, puesto que en tales materias el art. 151.2.a) LRJSP establece que los acuerdos de CS
serán de obligado cumplimiento incluso para las Administraciones públicas que hubieran votado en
contra de los mismos. De este modo, esta norma legal estatal sería la forma concreta de ejercicio
de esa posición de coordinación, estableciendo la capacidad de las CCSS, mediante las mayorías
correspondientes, de adoptar acuerdos de obligado cumplimiento incluso para aquellas
administraciones que votaran en contra. Esta distinción ha tenido una importancia particular durante
la crisis de la COVID-19, como se expondrá más adelante5.
Debe tenerse en cuenta, asimismo, la existencia de otros órganos multilaterales cuya función se
limita al intercambio de información, perspectivas y posturas, como los consejos consultivos,
consejos informativos, y otros foros en los que pueden participar también representantes de la
administración local o de distintos ámbitos sociales o corporativos.
A continuación, se definen los dos tipos fundamentales de órganos multilaterales de cooperación,
objeto de esta fiscalización: la CP y las CCSS, para añadir finalmente algunas notas sobre el resto
de órganos de cooperación.
a) Conferencia de Presidentes
El órgano de cooperación multilateral de máximo nivel político en cualquier ámbito material es la
CP. La representación del Estado corresponde al Presidente del Gobierno y la de cada una de las
CCAA y Ciudades Autónomas a su respectiva Presidencia. En este rol dirige la acción del resto de
órganos de cooperación, dedicados a materias específicas.
5 Esta posibilidad se reconocía desde la Sentencia del Tribunal Constitucional (STC) 76/1983, de 5 de agosto, sobre el
Proyecto de Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico (fundamento jurídico 13).
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La primera conferencia se celebró el 28 de octubre de 2004. Aprobó su reglamento el 14 de
diciembre de 2009, modificado en la reunión de 17 de enero de 20176. Su regulación legal se produjo
por primera vez en la LRJSP, cuyo art. 146 asigna a la CP las funciones de “deliberación de asuntos
y la adopción de acuerdos de interés para el Estado y las Comunidades Autónomas”, debiendo
entenderse incluidas a las ciudades autónomas, pues sus presidentes son miembros de la
conferencia.
b) Conferencias Sectoriales
Las CCSS son los órganos multilaterales de cooperación dedicadas cada una a su ámbito funcional
específico, y están constituidas por el ministro y los consejeros autonómicos competentes en esa
materia.
El primer órgano con naturaleza de conferencia sectorial en constituirse fue el Consejo de Política
Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, creado por el art. 3 de la Ley Orgánica 8/1980,
de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. Se constituyó el 1 de julio
de 1981.
Posteriormente, se constituyó la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, de forma
prácticamente coetánea a la primera regulación de estos órganos, que se produjo en el artículo 4
de la Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso Autonómico, que sigue vigente. En esta Ley se
dio la denominación de Conferencia Sectorial a estos órganos multilaterales, configurados para
“intercambiar puntos de vista y examinar en común los problemas de cada sector y las acciones
proyectadas” y se reguló su frecuencia, composición y funcionamiento.
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, particularmente en su art. 5, reguló las CCSS, hasta la
entrada en vigor de la citada LRJSP.
El art. 147.1 LRJSP configura la CS como “un órgano de cooperación, de composición multilateral
y ámbito sectorial determinado, que reúne, como Presidente, al miembro del Gobierno que, en
representación de la Administración General del Estado, resulte competente por razón de la materia,
y a los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las
Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla”.
c) Comisiones bilaterales y otros órganos de cooperación
Las comisiones bilaterales tienen también un importante papel en la cooperación, si bien referido
solamente al territorio de una comunidad autónoma o una ciudad autónoma. Se regulan a nivel
general en el art. 153 LRJSP, y están previstas en la mayoría de estatutos de autonomía. Por su
parte, son también muy relevantes las normas de autorregulación aprobadas por cada una de ellas7.
Para la coordinación interministerial de la acción de la AGE en estas comisiones, juega un
importante papel la correspondiente Delegación del Gobierno en la CA, además de la Subdirección
6 El Reglamento de 2009 se publicó por Orden TER/3409/2009, de 18 de diciembre. La Orden PRA/265/2017, de 23 de
marzo, dispuso la publicación del acuerdo de 2017 por el que se modificó el Reglamento. En su última reunión al cierre
de los trabajos de esta fiscalización, el 13 de marzo de 2022, se aprobó un nuevo Reglamento, publicado por Orden
TER/257/2022, de 29 de marzo.
7 Pueden consultarse en https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-territorial/autonom ica/coop_autonomica/comisiones_
bilaterales.html
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INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 14
General de Relaciones Bilaterales con las CCAA, de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local (DGCAL), Ministerio de Política Territorial (MPT)8.
Como se mencionó anteriormente, existen además otros órganos multilaterales para el intercambio
de información, perspectivas y posturas, como los consejos consultivos, consejos informativos, y
otros, en un modelo no cerrado ni tasado de órganos de cooperación y colaboración, sino basado
en la flexibilidad.
Por su parte, otros órganos no pueden considerarse órganos de cooperación por tratarse de
órganos colegiados de la propia AGE, a menudo de carácter interministerial, a los que concurren
terceros con una finalidad puramente consultiva, incluso con presencia de representantes de las
administraciones autonómicas9.
En definitiva, las notas fundamentales del sistema de órganos de cooperación multilateral son el
carácter abierto de su configuración legal, en ausencia de previsión constitucional, y la importancia
de la voluntad de las administraciones implicadas para su adecuado funcionamiento y para su propia
existencia.
I.2.3 La crisis provocada por la pandemia de COVID-19
Las estructuras y actividades fiscalizadas se desenvolvieron en 2020 en el contexto de la crisis
sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19, con grave impacto en todos los ámbitos
económicos y sociales. La Organización Mundial de la Salud declaró el 30 de enero de 2020 que la
situación ocasionada por la COVID-19 suponía una emergencia de salud pública de importancia
internacional. Desde entonces algunas entidades iniciaron actuaciones para la prevención del
contagio y diversas CCAA acordaron el cierre temporal de centros educativos y de atención a
mayores y suspendieron actividades en espacios cerrados que reunieran a más de mil personas.
Los jefes de estado y de gobierno de la Unión Europea celebraron el 10 de marzo de 2020 un
Consejo extraordinario con el fin de analizar la situación en los estados miembros y reiterar la
necesidad de un enfoque europeo común, tomando las medidas necesarias y actuando con rapidez.
Ese mismo día, el Gobierno de España promulgó el Real Decreto Ley 6/2020, por el que se
adoptaban determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud
pública. La Organización Mundial de la Salud, a la vista de rapidez de la evolución de la enfermedad,
elevó el 11 de marzo de 2020 su calificación de emergencia internacional a la categoría de pandemia
internacional.
8 Por RD 507/2021, de 10 de julio, se modificó la denominación del Ministerio de Política Territ orial y Función Pública,
establecida en el RD 2/2020, de 12 de enero, por la de Ministerio de Política Territorial. La Secretaría de Estado de Función
Pública se integró en el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
A lo largo de este proyecto de informe se utili zará el acrónimo MPT para referirse indistintamente al Ministerio con una u
otra denominación.
9 El art. 145.1 LRJSP excluye a los órganos intra-administrativos de la categoría de órganos de cooperación, por cuanto
deben estar pres entes la AGE, las administraciones autonómicas o, en su caso, las adminis traciones locales, no como
asistentes sino como miembros constituyentes. No obstante, el art. 5.1 de la anterior Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, era más taxativo, al establecer que “no tienen la naturaleza de
órganos de cooperación aquellos órganos colegiados creados por la Administración General del Estado […] en cuya
composición se prevea que participen representantes de la Administración de las Comunidades Autónomas con la
finalidad de consulta”.
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DE
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En aquellos días, la propagación del COVID-19 estaba provocando una tensión sin precedentes en
el Sistema Nacional de Salud, tanto en los servicios prestadores de asistencia sanitaria como en
los servicios de salud pública, lo que determinó que el Gobierno promulgase el Real Decreto Ley
7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptaban medidas urgentes para responder al impacto
económico del COVID-19. Mediante RD 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma
para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Durante el periodo
establecido se restringió la circulación de los ciudadanos, entre otras medidas. El Ministro de
Sanidad tuvo bajo sus órdenes directas a las autoridades civiles de las Administraciones públicas
de todo el país, en particular las sanitarias, hasta que una de las prórrogas del estado de alarma,
aprobada mediante el RD 555/2020, de 5 de junio, incluyera también a las presidencias de las CCAA
como autoridades delegadas del Gobierno, en un marco de cogobernanza. En la fase III de la
desescalada, cada Presidencia de CCAA devenía en la autoridad delegada única en su territorio10.
El 16 de abril de 2020, la Organización Mundial de la Salud definió los principios a tener en cuenta
a la hora de plantear el desconfinamiento y el Gobierno, ante la necesidad de reactivar la economía
aún con la pandemia sin erradicar, aprobó el denominado “plan de desescalada” que se llevó a cabo
en cinco fases (de la 0 a la 4) de forma gradual y asimétrica, desde el 10 de mayo hasta el 15 de
septiembre de 2020.
Mediante RD 900/2020, de 9 de octubre, se declaró un segundo estado de alarma de quince días
de duración para establecer medidas de respuesta ante las situaciones de especial riesgo por
transmisión no controlada en nueve municipios de la Comunidad de Madrid.
No siendo las medidas adoptadas suficientes para contener el alza de los contagios, el 25 de octubre
se decretó un tercer estado de alarma (RD 926/2020), siendo en cada comunidad o ciudad
autónoma su presidente o presidenta la autoridad competente delegada del Gobierno de la Nación
para limitar la libertad de circulación. Mediante RD 956/2020, de 3 de noviembre, se prorrogó dicho
estado de alarma hasta el 9 de mayo de 202111.
En la crisis de la COVID-19 ha jugado un papel especialmente importante la CS del ámbito de la
salud pública: el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). En este sentido,
debe tenerse en cuenta que el Estado tiene atribuida la “coordinación general de la sanidad” en el
art. 149.1.16 de la Constitución. Derivado de esta atribución, y de acuerdo con el art. 65 de la Ley
16/2003, de 28 de mayo, el Ministerio de Sanidad ha declarado actuaciones coordinadas en salud
pública adoptadas en el CISNS, que vinculan incluso a las CCAA que se mostraran en contra, de
acuerdo con lo antes señalado respecto del art. 151.2.a) LRJSP12.
En sentido contrario, por ejemplo, los criterios adoptados por la Conferencia Sectorial de Educación
–otra materia especialmente afectada por las circunstancias de la pandemia– solo eran vinculantes
para las administraciones que los adoptaran voluntariamente, como recogía expresamente el art. 3
de la Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la que se establecían el marco y las directrices de
10 La STC 148/2021, de 14 de julio de 2021, declaró inconstitucionales y nulas algunas partes del RD 463/2020.
11 La STC 183/2021, de 27 de octubre de 2021, declaró inconstitucionales y nulas algunas partes del RD 926/2020, del
RD 956/2020 y del acuerdo del Pleno del Congreso de los Diputados de 29 de octubre de 2020, por el que se autorizó la
prórroga del estado de alarma declarado por el RD 926/2020.
12 Por primera vez se adoptaron medidas coordinadas mediante Orden comunicada del Ministro de Sanidad, de 14 de
agosto de 2020, acordadas, por unanimidad, en el CISNS de la misma fecha. En cambio, las medidas coordinadas
adoptadas mediante Orden de 30 de septiembre de 2020 se acordaron en el CISNS del mismo día, pero con el voto en
contra de varias CCAA.
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 16
actuación para el tercer trimestre del curso escolar 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante
la situación de crisis ocasionada por el COVID-19.
I.3 MARCO NORMATIVO
I.3.1 Régimen jurídico de los órganos de cooperación multilateral
El régimen jurídico básico de los órganos de cooperación está contenido en la antes citada LRJSP,
particularmente en su título III “Relaciones interadministrativas”, cuyo capítulo III, sección 2º se
dedica a las “Técnicas orgánicas de cooperación”.
Esta ley recoge regulaciones preexistentes junto con realidades que la práctica administrativa ha
ido consolidando, entre ellas, de modo paradigmático, la CP. Las líneas fundamentales de la
regulación en la LRJSP son las siguientes:
Facilita, incrementa y perfecciona la institucionalización de los órganos de cooperación,
previendo la disolución de los órganos en caso de inactividad prolongada y dotando de
mayor precisión el régimen de organización y funciones de las CCSS.
Articula un sistema de órganos multilaterales en tres niveles, distinguiendo la CP, las CCSS,
además de sus posibles órganos de apoyo (comisiones sectoriales y grupos de trabajo).
Además de esos órganos multilaterales regula las comisiones bilaterales de cooperación, y
la posible existencia de comisiones territoriales de coordinación, de composición multilateral
entre aquellas administraciones con territorios coincidentes o limítrofes, por razones de
“proximidad territorial o la concurrencia de funciones administrativas” 13.
Identifica funciones comunes y compartidas por todos los órganos.
La regulación de aquellas CCSS creadas por alguna Ley se ve afectada singularmente por las
previsiones que esa norma contuviera en este sentido. Por lo tanto, pueden existir diferencias entre
ellas en la composición, quórum y adopción de acuerdos u otros aspectos de su funcionamiento.
En el anexo 3 se recogen, en su caso, las normas de creación de las respectivas CCSS.
Cada CS aprueba además su propio reglamento interno, de acuerdo con el art. 147.3 LRJSP. Todos
los reglamentos vigentes y actualizados están publicados en la página web del MPT. Este
mecanismo de transparencia constituye una buena práctica que debe trasladarse a otros ámbitos14.
I.3.2 Régimen jurídico de la participación de la AGE en la cooperación multilateral
Por su parte, la distribución de las competencias correspondientes a la AGE en materia de
cooperación se encuentra en los correspondientes decretos de estructura. Los decretos relevantes
para el periodo fiscalizado se han sistematizado en el anexo 1.1 de este proyecto de informe.
13 No se ha constituido ninguna Comisión Territorial de Coordinación.
14 Ver en https://mpt.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Conf_Sectoriales/Conf_Sect_Regl.html
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 17
De entre ellos, el que establece las atribuciones de cada órgano del MPT es el RD 307/2020, de 11
de febrero de 2020, que no supuso cambios en esta materia respecto del RD 863/2018, de 13 de
julio. El detalle de estas atribuciones se encuentra en el anexo 1.2.
I.4 ÁMBITO OBJETIVO, SUBJETIVO Y TEMPORAL
La presente fiscalización se ha desarrollado de acuerdo con el alcance y los objetivos definidos en
las directrices técnicas aprobadas por el Pleno del Tribunal en su sesión de 27 de mayo de 2021.
El ámbito objetivo de esta fiscalización se circunscribe a las actuaciones de cooperación con las
CCAA referidas a la gestión de la pandemia ocasionada por la COVID-19.
El ámbito subjetivo lo constituye el MPT y en concreto la Secretaría de Estado de Política Territorial
y la Secretaría General de Coordinación Territorial15.
El ámbito temporal abarca el ejercicio 2020, si bien las comprobaciones se han ampliado a ejercicios
anteriores o posteriores en aquellos aspectos que se han considerado convenientes para el
adecuado cumplimiento de los objetivos de la fiscalización.
I.5 TIPO DE FISCALIZACIÓN Y OBJETIVOS GENERALES
La presente fiscalización se ha planteado como una fiscalización operativa y de cumplimiento, con
el objetivo general de evaluar la eficacia de los mecanismos establecidos por el MPT para el
impulso, seguimiento y evaluación de los órganos e instrumentos de cooperación con las CCAA en
relación con la gestión de la pandemia de COVID-19, así como el cumplimiento de la normativa
reguladora de la constitución y el funcionamiento de los órganos de cooperación constituidos.
Asimismo, se han incorporado como objetivos transversales las cuestiones relacionadas con las
previsiones contenidas tanto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres, como en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, en todo aquello que, de conformidad con dicha normativa,
pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
Los objetivos específicos establecidos para esta fiscalización en las directrices técnicas fueron dar
respuesta a las siguientes preguntas:
¿Dispone el MTFP de mecanismos adecuados para el impulso, seguimiento y evaluación de
la eficacia de los órganos e instrumentos de cooperación con las comunidades autónomas?
¿Son eficaces los mecanismos implementados por el MTFP para el seguimiento de los
mecanismos de cooperación, así como de los acuerdos adoptados por los mismos?
A partir de la información disponible en el MTFP, ¿han funcionado eficazmente los
mecanismos de cooperación con las CCAA durante la crisis sanitaria mundial ocasionada
por la COVID 19?
15 Por RD 307/2020, la anterior Secretaría de Estado de Política Territorial pasó a denominarse Secretaría de Estado de
Política Territorial y Función Pública. En RD 683/2021 se denomina de nuevo Secretaría de Estado de Política Territorial.
En el anexo 1.1 se detallan los cambios normativos en la organización del MPT.
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 18
En la ejecución del trabajo se han aplicado las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas,
aprobadas por el Pleno de 23 de diciembre de 2013.
Se han practicado las actuaciones necesarias para fundamentar la opinión del Tribunal de Cuentas
sobre las áreas fiscalizadas, sin que se hayan producido limitaciones al alcance previsto para la
fiscalización.
Los órganos del MPT han cumplido con el deber de colaboración con el Tribunal de Cuentas,
proporcionando la información y documentación disponible e indicando aquella inexistente o de la
que carecen, sin que esta circunstancia haya obstaculizado la consecución de los objetivos
previstos.
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
II.1 DESEMPEÑO DE LOS ÓRGANOS DE COOPERACIÓN MULTILATERAL AGE-CCAA
DURANTE LA COVID-19
II.1.1 Actividad de los órganos de cooperación durante la crisis de la COVID-19
a) Conferencia de Presidentes
La CP ha funcionado activamente durante el año 2020. Como refleja el gráfico 2, en los nueve
meses y medio que transcurren desde el 15 de marzo hasta fin de año, se mantuvieron diecisiete
encuentros, todos extraordinarios, que contrastan con las seis únicas veces que operó este órgano
desde 2004, año de su creación, a pesar de que su reglamento interno prevé, como mínimo, una
reunión ordinaria anual16.
Gráfico 2 - Reuniones de la Conferencia de presidentes
Fuente: elaboración propia
La virulencia de la aparición del COVID-19 fue la eventualidad que impulsó la revitalización de este
órgano, ante la urgente necesidad del Gobierno de comunicar a las CCAA sus decisiones para
poner en marcha medidas de contención de la propagación del virus, gestionar los servicios públicos
16 Se ha comprobado la existencia de trabajos preparatorios en enero de 2019 y enero de 2020 para realizar una reunión
de la CP, que, debido a las sucesivas convocatorias electorales, no se produjo hasta que el propio desencadenamiento
de la pandemia llevó a los acontecimientos descritos en este proyecto. Los citados trabajos de 2019 incluso culminaron
en una reunión formal de su órgano de apoyo, que se mencionan en la nota al pie 19 (página 13).
Total reuniones ordinarias: 6
2004
2005
2007
2009
2012
2017
2020
2021
1
1
1
1
1
1
17
Total reuniones extraordinarias: 19
2
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 19
esenciales y mantener operativas las actividades económicas imprescindibles. Sólo en la reunión
de diciembre de 2021 se adoptaron medidas conjuntas, debido a la incidencia de la variante
Ómicron del coronavirus SARS-CoV-2, dejando al margen el acuerdo adoptado en la reunión de
julio de 2021 respecto de la continuidad de las propias reuniones de la CP mientras durase la
pandemia.
Estas reuniones, celebradas por videoconferencia, se han distinguido por su carácter informal. Se
convocaron con urgencia y en la DGCAL no se dispone de las convocatorias con el orden del día ni
las relaciones de acuerdos y recomendaciones acordados que deberían hacerse públicas al finalizar
cada reunión, tal y como está establecido en el reglamento interno de la CP. El mayor peso de la
gestión de estas reuniones recayó en la Presidencia del Gobierno, con apenas intervención del
MPT. De hecho, en la página web del ministerio, apenas se da información hasta la XXI Conferencia
(31 de julio de 2020). A partir de entonces, hasta fin de 2021, figuran las notas de prensa
publicadas17.
En 2021, la CP se reunió con el mismo motivo en dos ocasiones, y se empezó a dar una mayor
formalidad, disponiendo la DGCAL, al menos del encuentro del 22 de diciembre, del orden del día
y un resumen de su desarrollo.
El Comité Preparatorio (COPIS) es el principal órgano de apoyo de la CP, también de composición
multilateral, cuyos miembros son el titular del ministerio de Política Territorial y los consejeros
autonómicos competentes en la materia. Además de las labores de preparación, impulso y
seguimiento de la CP, este comité tiene asignada “la coordinación de las actuaciones de las
diferentes Conferencias Sectoriales, así como la adopción de las medidas necesarias para la
correcta aplicación del título III de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, referido a las
Relaciones interadministrativas”, de acuerdo con el art. 8.3 c) del antecitado Reglamento Interno de
la CP de 2009. De este modo, este órgano se configura como clave en todo el sistema de órganos
de cooperación18.
El COPIS debería reunirse al menos semestralmente (art. 8.2 del Reglamento Interno de la CP). No
obstante, no se reunió durante todo el periodo de la pandemia, sustituido por mecanismos
informales de contactos previos, debido al carácter extraordinario y urgente de las reuniones de la
CP celebradas durante dicho periodo19.
Las funciones del COPIS relativas a la coordinación de las actuaciones de las diferentes CCSS y a
la adopción de las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los acuerdos y
recomendaciones de la CP y del régimen previsto en la LRJSP para las relaciones
interadministrativas tampoco se ejercieron.
17 Ver http://www.mptfp.es/portal/politica-territorial/autonomica/coop_autonomica/Confer_Presidentes.html
En el anexo 5 se puede consultar el detalle de las reuniones mantenidas desde 2020.
18 La LRJSP prevé un Comité Preparatorio de apoyo a la Conferencia de Presidentes, al que el art. 8 del Reglamento
Interno de la CP de 2009, denomina “Comité Preparatorio, de Impulso y de Seguimiento (COPIS). El Reglamento de la
CP aprobado en 2022 recupera la denominación de Comité Preparatorio.
19 En cambio, sí se ha podido comprobar que el COPIS se reunió, de forma presencial, el 30 de enero de 2019, aprobando
el informe de seguimiento y aplicación de acuerdos adoptados por la CP (art. 8.3.d). Posteriormente al periodo de la crisis
de la COVID-19, el COPIS volvió a reunirse presencialmente el 26 de noviembre de 2021 y, telemáticamente, el 3 de
febrero de 2022, para preparar una nueva reunión de la CP, que finalmente tuvo lugar el 13 de marzo de 2022.
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 20
En la XXVI CP, celebrada el 13 de marzo de 2022, se aprobó un nuevo Reglamento de la CP,
publicado en el BOE mediante la Orden TER/257/2022, de 29 de marzo. En su preámbulo, señala
la eficacia de la CP como mecanismo frente a la crisis y, aunque reconoce que se ha producido el
desarrollo legislativo de las técnicas de cooperación entre Administraciones públicas, advierte de la
necesidad de reforzar los mecanismos de cooperación institucional, ya que los instrumentos
existentes resultaban insuficientes. Uno de los principales objetivos que persigue el nuevo
Reglamento es que todas las Administraciones representadas en la CP vean incrementada su
capacidad de incidir en la toma de decisiones.
En general, el nuevo reglamento recoge mejoras que afectan a todos los puntos débiles que, como
órgano administrativo de coordinación y colaboración, se han advertido en esta fiscalización,
dándole una mayor relevancia en este sentido, sin menoscabo de los aspectos informales
imprescindibles propios de sus funciones como órgano político. Las principales novedades son:
Se eleva de una a dos el número de reuniones ordinarias anuales.
Se regula el procedimiento de elaboración del orden del día, a través del COPIS.
Se regula el sistema de reuniones en formato electrónico.
Se dota al COPIS de mayor relevancia. Será el órgano de diálogo permanente entre los
representantes de las distintas Administraciones públicas.
Los acuerdos y recomendaciones, que la CP podía y seguirá pudiendo adoptar, y que tienen
y tendrán la consideración de compromisos políticos, ahora habrán de ser públicos.
Se constituye la Oficina de la CP, con funciones permanentes de apoyo técnico y
administrativo, se adscribe al Ministerio competente en política territorial, aunque podrá
contar con la colaboración de personal de las Administraciones estatal, autonómica y local,
con experiencia en el ámbito de la cooperación interadministrativa.
Se faculta a la CP para acordar directrices de funcionamiento de las CCSS.
Se refuerza la condición del Senado como cámara de representación territorial, se le faculta
para introducir puntos en el orden del día y se fija como sede para las reuniones de la CP.
b) Conferencias Sectoriales
De un modo semejante a lo señalado respecto de la CP, en el caso de las CCSS se produjo también
un importante incremento de reuniones a causa de la pandemia de COVID-19, particularmente del
CISNS y otras Conferencias dedicadas a materias especialmente afectadas por las medidas
adoptadas. Como puede observarse en el anexo 6, durante el año 2020 tuvieron lugar 172
reuniones de órganos de cooperación inscritos en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) como CCSS. Merece la pena señalar que prácticamente
la mitad de ellas correspondieron al CISNS, debido a su papel central en el desarrollo de la
pandemia de COVID-19. Por otra parte, cabe destacar que 154 de esas 172 reuniones (el 90 %) se
desarrollaron telemáticamente. En el gráfico 3 se muestra el impacto de la pandemia en el número
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 21
de reuniones mensuales de la CISNS. Como término de comparación, este órgano celebró cinco
reuniones durante todo el ejercicio 201920.
Gráfico 3 - Reuniones de la CISNS durante 2020
Fuente: elaborado a partir de datos del MPT
No obstante, hubo también CCSS que no se reunieron en 2020, y seis que no mantuvieron ninguna
reunión en 2020 ni en 202121. Por el contrario, la Conferencia Sectorial de Telecomunicaciones y
Sociedad de la Información, que se había mostrado inactiva durante años, ha recuperado la
actividad en 2021.
En el anexo 3.1 se relacionan las 36 CCSS constituidas a 31 de diciembre de 2020, señalando su
fecha de constitución, la norma que prevé su creación, en su caso, y el número de reuniones que
celebró cada una en 2020. En el anexo 3.2 se identifican los nueve órganos que, inscritos en
REOICO, no son en realidad CCSS, detallando los motivos que afectan a cada uno. El propio
Informe sobre la actividad de los órganos de cooperación en 2020 de la DGCAL señala a tres de
esos nueve órganos como carentes de algunas de las notas definitorias de las CCSS 22.
De modo análogo al caso de la CP, cada una de las CCSS está dotada de un órgano de apoyo,
también de composición multilateral, pero con representantes de inferior nivel jerárquico,
20 El artículo 6 de la Ley de Seguridad Nacional determina que la cooperación Estado-CCAA se realizará a través de la
CS para asuntos de la Seguridad Nacional. Por su parte, el capítulo 4 de la Estrategia Española de Seguridad refiere
como uno de los riesgos para la seguridad nacional los derivados de epidemias y pandemias. La citada CS celebró dos
sesiones en el periodo fiscalizado, una de ellas presencial, el 19 de febrero, y la otra telemática.
21 CS de Consumo, CS de In fraestructuras y Ordenación del Territorio, CS del Juego, CS para Asuntos Locales, CS de
Inmigración y Consejo para la Unidad de Mercado.
22 Concretamente, la Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo, el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad
Vial y Movilidad Sostenible y el Consejo Interterritorial de Internacionalización. Ver en
https://www.mptfp.gob.es/dam/es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Conf_Sectoriales/Documentacion/Conf_Sect_anuales/parrafo/0/text_es_files/OR
GANOSCOOPERACION2020.pdf (página 25).
0
2
4
6
8
10
12
14
nº reuniones
Nº reuniones telemáticas Nº reuniones presenciales
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 22
denominado Comisión Sectorial. Además, se establece su secretaría y la posibilidad de que se
creen los grupos de trabajo que fueran necesarios en cada caso.
Se han encontrado debilidades en la propia autorregulación y organización de algunas CCSS23:
a) Existían ocho CCSS sin reglamento interno.
b) Había reglamentos internos no actualizados a la LRJSP. La propia DGCAL en su “Informe
sobre la actividad de los Órganos de Cooperación” de 2020 reconoce la necesidad de
actualización de los reglamentos a las exigencias de dicha Ley24.
c) Había reglamentos internos que no indicaban a qué órgano le corresponde la Secretaría de
la CS.
d) En otros casos, la Secretaría de la CS no se ejercía de hecho por el órgano indicado en su
reglamento.
e) Algunas Comisiones Sectoriales no estaban presididas por órganos superiores de la AGE,
como establece el art. 152.1 LRJSP25.
f) Se han encontrado también dos comisiones sectoriales cuyas secretarías estaban adscritas
a órganos sin relación jerárquica directa con los de su presidencia, lo que podría añadir
dificultades a las labores de impulso y seguimiento.
g) Adicionalmente, la atribución de la secretaría de las comisiones sectoriales a los mismos
órganos que ostenten la de la correspondiente CS podría redundar en un mejor
funcionamiento de ambos órganos. En algunos casos no se producía esta concentración de
funciones.
Para comprobar la eficacia de las CCSS durante el periodo fiscalizado se ha extraído una muestra
representativa de sus reuniones, cuya documentación se ha examinado, encontrándose en general
conforme con la normativa aplicable y su contenido acorde con las funciones del órgano26. No
obstante, se han detectado las siguientes debilidades:
En algunas ocasiones los órganos de apoyo se han reunido solo informalmente.
No se había facilitado a la SDGCA el acta de siete de las diecisiete reuniones. En dos de
estos casos el problema se ha subsanado a partir del trabajo de este Tribunal de Cuentas.
Algunos acuerdos de CCSS no se han publicado en el BOE27.
23 Las CCSS afectadas por cada una de las incidencias es tán referenciadas en el anexo 4, para hacer más legible el
proyecto de informe.
24 Ver referencia en el cuadro 1 de la página 30.
25 De acuerdo con el art. 55.3.a LRJSP, son órganos superiores los Ministros y los Secretarios de Estado.
26 Ver la muestra examinada en anexo 5.
27 De las 17 reuniones examinadas, en 6 se adoptaron acuerdos, y de ellas solo en 2 casos se publicaron los acuerdos
en el BOE: Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema de Atención a la Dependencia (20/3/2020) y CS de
Turismo (13/7/2020). No se publicaron los acuerdos de la CS de Agricultura y Desarrollo Rural (15/6/2020), CS de
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 23
La posibilidad de celebración de reuniones de órganos colegiados por medios telemáticos, que ha
cobrado una especial relevancia en el periodo fiscalizado por la incidencia de la pandemia de
COVID-19, se encuentra en el art. 17.1 LRJSP. Para el caso específico de las CCSS, el art. 149.3
prevé esta misma posibilidad, aunque se refiere específicamente a las reuniones con “el objeto
exclusivo de informar un proyecto normativo”. El art. 152.1 recoge esta posibilidad para las
comisiones sectoriales y grupos de trabajo “si así se prevé en el reglamento interno de
funcionamiento de la Conferencia Sectorial”, pero sin limitarlo a un contenido específico de las
reuniones.
La experiencia y los resultados de las reuniones mantenidas telemáticamente, a pesar de la
novedad y de la urgencia de las necesarias adaptaciones, han sido positivos. De acuerdo con lo
manifestado por los órganos gestores, la clave ha sido que los contactos informales han funcionado
satisfactoriamente, y el grado de colaboración ha sido elevado. En todo caso, el control de la
asistencia, por la multiplicación de conexiones, debe reforzarse.
Es relevante la importancia que cobró en 2020 la existencia de reuniones intersectoriales que, en
el mismo espíritu de creación espontánea de estas instituciones por iniciativa de sus participantes,
tratan materias propias de varias CCSS a nivel de ministros y consejeros autonómicos, sin existir
ninguna regulación en la LRJSP y sin que en ninguna de ellas se hayan aprobado reglamentos
internos que les otorguen mayor estabilidad que la que venga determinada por la necesidad que se
detecte para su celebración.
En particular, durante la crisis de la pandemia de COVID-19 se hizo uso de esta fórmula en varias
ocasiones28. Concretamente, se celebraron catorce reuniones conjuntas de sanidad y agricultura,
dos de sanidad y educación, y una de sanidad-política universitaria, sanidad-cultura, y turismo-
comercio interior. Debe mencionarse que estas reuniones se han considerado sesiones de ambas
CCSS implicadas, salvo en el caso de las reuniones de sanidad y agricultura, produciéndose por
tanto una duplicación en el cómputo de reuniones29.
II.1.2 Resultados de la cooperación AGE-CCAA
a) Cooperación AGE-CCAA en los procesos de elaboración normativa
Otros aspectos particularmente importantes de la cooperación de la AGE y las administraciones
autonómicas, y que son objeto de sendas áreas de trabajo definidas en las directrices técnicas, son
la participación de las CCAA en la “fase ascendente” y “fase descendente” de formación del derecho
comunitario y la cristalización de los acuerdos de órganos de cooperación en acuerdos de consejo
Educación (27/8/2020), Consejo de Políticas del Juego (21/9/2020) y Consejo de Política Fiscal y Financiera (05/10/2020).
En el trámite de alegaciones, se ha subrayado que la publicación de la resolución del Consejo de Políticas del Juego no
es obligatoria y se ha proporcionado la dirección web de publicación. Este Tribunal de Cuentas no mantiene que la
publicación en el BOE sea obligatoria, sino que proporciona una mayor transparencia e incrementaría su difusión.
28 De acuerdo con el “Informe sobre la actividad de los órganos de cooperación en 2020” de la DGCAL (p.32), “las
Conferencias Intersectoriales no son un fenómeno es trictamente nuevo en nuestro ordenamiento, ya qu e se había
producido un primer antecedente […] en el caso de las vacas locas”.
29 En las de sanidad y agricultura solo estuvieron presentes las 11 CCAA con presencia significativa de temporeros
agrícolas, por lo que solo se computaron como reuniones del CISNS, y no de la CS de Agricultura y Desarrollo Rural. En
el trámite de alegaciones, el Ministerio de Sanidad ha mostrado su discrepancia con el criterio de la DGCAL de considerar
estas reuniones como sesiones del CISNS. No obstante, aunque efectivamente no estaban convocadas todas las CCAA,
se ha comprobado que las convocatorias se realizaban desde la propia secretaría del órgano. A partir de 2021 la DGCAL
adoptó este mismo criterio.
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 24
de ministros u otras disposiciones, relacionado también con la relación entre cooperación y
litigiosidad.
La información a las Administraciones Autonómicas sobre los procesos de elaboración normativa
estatal es una de las funciones de las CCSS, cada una en su ámbito material, constituyendo
asimismo un procedimiento para compartir las perspectivas y necesidades de las distintas CCAA.
Por el contrario, la participación de las CCAA en la formación del Derecho comunitario está mucho
más institucionalizada en el marco de una CS específica, la Conferencia para Asuntos Relacionados
con la Unión Europea (CARUE), presidida por la persona titular del MPT. En esta CS se da el cauce
principal a la participación de las CCAA en la formación de la voluntad estatal ante las instituciones
de la Unión Europea (UE), la llamada “fase ascendente” del proceso de formación del Derecho
comunitario. Adicionalmente, se encarga del seguimiento del cumplimiento del derecho comunitario
en “fase descendente”, o de incorporación de las directivas comunitarias al derecho español.
Adicionalmente, debe mencionarse la existencia de tres órganos, denominados “Consejo
Consultivo”, que los propios reglamentos internos de una CS prevén que, a continuación de la
reunión de la propia conferencia y con la misma composición, se dediquen a la adopción de la
posición común de España en los Consejos de Ministros de la UE en la materia. Estos órganos son
el Consejo Consultivo de Política Agrícola para Asuntos Comunitarios (creado en 2000), Consejo
Consultivo de Política Pesquera para Asuntos Comunitarios (también creado en 2000) y el Consejo
Consultivo de Política Medioambiental para Asuntos Comunitarios (creado en 2009). Se trata de
ámbitos en los que es particularmente intensa la competencia, tanto de las CCAA, como de las
Instituciones de la UE.
La actividad cooperativa entre AGE y CCAA para adoptar la posición española en los
correspondientes Consejos de Ministros de la UE está bien documentada e incluida en los informes
periódicos de la SDG de Relaciones Europeas e Internacionales, y la Consejería de Asuntos
Autonómicos de la Representación Permanente de España ante la UE30.
Dicha cooperación se traduce, entre otros mecanismos, en la intervención directa de alguna
consejería autonómica, en representación de todas ellas, como parte de la Delegación española en
las reuniones del Consejo de Ministros de la UE en ciertas materias. Dicho mecanismo se regula
precisamente mediante acuerdos de la CARUE. En este ámbito, durante el ejercicio fiscalizado, y
debido a la pandemia de COVID-19, surgió una preocupación, compartida por los órganos
competentes de la AGE y los de las CCAA, respecto de la restricción de aforo en la asistencia a los
Consejos de Ministros de la UE decidida por las instituciones comunitarias, y que está dificultando
la presencia rotatoria de representantes autonómicos en los mismos, como parte de la delegación
de España ante el Consejo. A fecha de cierre de los trabajos de campo de esta fiscalización, no se
ha encontrado una solución a esta situación, que se ha intentado paliar en cada caso según las
circunstancias31.
30 Ver la página web del MPT, https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-territorial/internacional.html
31 Una referencia más amplia de esta situación puede encontrarse en el apdo. 5.1 del Informe-memoria anual 2021 de la
Consejería de Asuntos Autonómicos en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea,
https://www.mptfp.gob.es/dam/es/portal/politica-territorial/internacional/ue/ccaa-eell-
ue/consejo_ministros/informe_consejo_ministros_ue/Memoria_2021_Consejeria_Asuntos_Autonomicos.pdf, (págs. 14-
17).
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 25
Durante el periodo fiscalizado no se ha encontrado una especial problemática en el cumplimiento
de la trasposición de Directivas de la UE al Derecho interno español –la denominada “fase
descendente” de la formación del Derecho comunitario–. La ausencia de incidencias en la
trasposición de las directivas, en materias de competencia plena de las CCAA, está directamente
relacionada con el nivel de implicación de las CCAA en la “fase ascendente”, antes citado.
b) Litigiosidad entre el Estado y las CCAA
Uno de los trabajos previstos en la fiscalización para evaluar la eficacia de la cooperación
multilateral AGE-CCAA ha sido medir la litigiosidad entre el Estado y las CCAA.
Interpretando la litigiosidad como la apertura de procedimientos contenciosos ante el TC (recursos
de inconstitucionalidad contra normas de rango legal y conflictos de competencia), la Dirección
General de Régimen Jurídico Autonómico y Local ha constatado como un fortalecimiento del
sistema la modificación, en el año 2000, del art. 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre,
del Tribunal Constitucional (LOTC), al conceder un margen a la interposición de un recurso de
inconstitucionalidad si se producía una reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación donde se
pudieran abrir negociaciones para resolver las discrepancias.
Desde el año 2000, en que entró en funcionamiento este mecanismo, la tendencia de su empleo ha
sido creciente, mientras que la interposición de recursos de inconstitucionalidad ha sido decreciente
en el mismo periodo, como puede apreciarse en el grafico 4.
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 26
Gráfico 4 - Recursos de inconstitucionalidad frente a
procedimientos de negociación del art. 33.2 LOTC (2000-2021)
Fuente: elaborado a partir de datos del MPT
En este gráfico 4 puede apreciarse como, a pesar de mantenerse una estrecha correlación
aparente, las tendencias de ambos procedimientos son opuestas, de modo que a medida que el
empleo del procedimiento conciliador del art. 33.2 gana espacio, el recurso de constitucionalidad se
emplea menos. Esto puede interpretarse como una evidencia adicional de que el aumento, o
disminución, de la litigiosidad entre Estado y CCAA responde a cuestiones de fondo de difícil encaje
en variables cuantificables, y que pueden activar, o desactivar, paralelamente procesos tanto de
naturaleza conflictiva como de tipo conciliador.
Para poner en relación el número de procedimientos de resolución amistosa con el de recursos de
inconstitucionalidad planteados en cada CCAA, se muestra en el gráfico 5 el detalle de acciones
iniciadas de uno y otro tipo desde 2020 hasta el cierre de los trabajos de campo de la fiscalización.
En el caso de los procedimientos del art. 33.2 LOTC, se han computado únicamente aquellos que
resultaron exitosos, en el sentido de evitar la interposición final de recurso de inconstitucionalidad,
puesto que, en otro caso, se duplicaría la contabilización de estos asuntos.
-
10
20
30
40
50
60
70
80
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021
Nº recursos y
proced. 33.2
Año del inicio del procedimiento / interposición del recu rso
Total: 728
Total: 541
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 27
Gráfico 5 - Procedimientos 33.2 LOTC exitosos y recursos de inconstitucionalidad por
CCAA (2000- actualidad)
Fuente: elaborado a partir de datos del MPT
Se distinguen en este gráfico 5 los procedimientos iniciados a iniciativa de la AGE y los de la
correspondiente CA. Al incluir cifras absolutas se aprecia fácilmente el distinto nivel de conflictividad
en diferentes Comunidades, destacando el caso de Cataluña, con el 20 % del total. No obstante, no
se ha identificado ninguna pauta que relacione el nivel absoluto de conflictividad con la intensidad
de uso del procedimiento del art. 33.2 LOTC, o con una mayor o menor iniciativa de la AGE respecto
de la CA.
El procedimiento del art. 33.2 LOTC se ha empleado mayoritariamente por la AGE, y en su mayoría
ha resultado exitoso, en el sentido de que ha terminado sin la interposición de recurso de
inconstitucionalidad ante el TC. Esto se muestra en el gráfico 6, que además indica la
correspondencia entre ambas variables en cada CA.
0 50 100 150 200 250
Cataluña
Andalucía
Canarias
Baleares
Aragón
Com. Valenciana
Extremadura
Galicia
Navarra
País Vasco
Castilla-La Mancha
Murcia
Asturias
Castilla y León
Com. Madrid
Cantabria
La Rioja
Nº de procedimientos 33.2 LOTC y recursos
P 33.2, AGE P 33.2, CCAA
Recursos AGE Recursos CCAA
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 28
Gráfico 6 - Procedimiento 33.2 LOTC para resolución de conflictos
Fuente: elaborado a partir de datos del MPT
Como se refleja en el gráfico 6, el porcentaje de finalización del procedimiento sin recurso es en
todos los casos superior al 50 %, y del mismo modo, la AGE es mayoritariamente la iniciadora de
este procedimiento, excepto en Canarias. De hecho, en cinco casos, la administración autonómica
no ha acudido a esta vía en ninguna ocasión. En cuanto a la relación mutua entre ambas variables,
no hay una clara correlación entre el grado en el que acude al procedimiento del art. 33.2 la AGE y
su grado de éxito.
Por otro lado, para poner en contexto la tendencia en la interposición de recursos de
inconstitucionalidad desde la puesta en funcionamiento del procedimiento del art. 33.2 LOTC
respecto de la evolución existente hasta el año 2000, en el gráfico 7 se incluyen los datos de las
dos décadas precedentes -en medias anuales, para posibilitar la comparación-, y se añade la serie
correspondiente a los conflictos de competencias planteados ante el TC en los mismos periodos.
AND
ARA
AST BAL
CAN
CNT
CYL
CLM
CAT
VAL
EXT
GAL
MAD
MUR
NAV
PAV
RIO
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
% de procedimientos
iniciados por la AGE
% Finalización SIN recurso
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 29
Gráfico 7 - Recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencias
presentados ante el TC por año (1980-2021)
Fuente: elaborado a partir de datos del MPT
* Datos anualizados. En el caso de las décadas de 1980 y 1990, medias anuales.
En este gráfico 7 se aprecia que ambas series muestran una tendencia decreciente, si bien los
recursos de inconstitucionalidad presentaron una mayor incidencia entre los años 2011 y 2014.
II.2 INSTRUMENTOS DEL MPT PARA EL IMPULSO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS
ÓRGANOS DE COOPERACIÓN
II.2.1 Organización del MPT para la cooperación con las CCAA
Las potestades correspondientes a la AGE en el sistema de cooperación multilateral con las CCAA
emanan de su doble naturaleza en el estado autonómico: como una de las administraciones que ha
de ejercer sus competencias, conjuntamente con las CCAA, y como responsable, en ciertas
materias, del establecimiento de determinadas formas de coordinación de políticas públicas.
En este sentido, como administración pública participante en los órganos multilaterales de
cooperación, en la AGE cada ministerio ejerce las funciones derivadas de su participación en los
órganos de su materia competencial, y los órganos administrativos de la Presidencia del Gobierno
las correspondientes a la posición del presidente en la CP.
0
10
20
30
40
50
60
70
Recursos inconstitucionalidad/año
Conflictos competencias/año
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 30
Adicionalmente, para promover la coordinación entre las actuaciones de estos distintos órganos en
esos diferentes ámbitos, debe existir un flujo de información actualizada y estructurada sobre la
actividad de todos los órganos, y los resultados obtenidos.
La gestión centralizada de esa información está asignada al MPT en el periodo fiscalizado por el
RD 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, al asignarle
“la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de política territorial, organización
territorial del Estado y relaciones con las comunidades autónomas y las entidades que integran la
administración local”.
Además, la especialización y experiencia de los órganos del MPT los convierten en el punto focal
para asistir e informar a los responsables del sistema de órganos de cooperación (secretarías de
los órganos, órganos de apoyo y grupos de trabajo, responsables de modificaciones normativas u
órganos de nueva creación, etc.) de la normativa aplicable y las mejores prácticas y procedimientos
disponibles para el mejor desempeño de sus funciones.
El organigrama incluido en el gráfico 8 muestra los órganos establecidos en el MPT para el impulso,
seguimiento y evaluación de los órganos de cooperación entre la AGE y las CCAA. Entre estos
órganos, la Subdirección General de Cooperación Autonómica (SDGCA) es el que cuenta con
mayor peso en la materia.
Los medios presupuestarios para la gestión de estas funciones se asignan en el programa 922M.
“Organización territorial del Estado y desarrollo de sus sistemas de colaboración” de los
Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2018 prorrogados en 2019 y 2020, programa que
también figura en los PGE 2021 y 2022. Su objetivo general es “avanzar en la consolidación de las
técnicas de colaboración, auxilio mutuo, coordinación y cooperación entre las Administraciones
públicas, velando por la adecuación al marco constitucional de los actos y disposiciones del Estado
y de las Comunidades Autónomas”.
La correspondencia de los objetivos y actividades previstas en este programa presupuestario,
respecto de las atribuciones descritas de los órganos competentes, así como sus indicadores
cuantitativos, se encuentra en el anexo 2 (ver epígrafe II.3.4 “Eficacia del sistema de objetivos e
indicadores presupuestarios”).
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 31
Gráfico 8 - Órganos del MPT con competencias en cooperación multilateral con CCAA32
Fuente: elaboración propia basada en el RD 683/2021
II.2.2 Funciones del MPT relativas a los órganos de cooperación
a) Presencia en las reuniones de CP y CCSS
La persona titular del MPT ejercía la secretaría de la CP, y además coordinaba el COPIS. Esta
presencia se ha reforzado en el antes citado Reglamento de la CP aprobado en 2022, mediante la
creación de la Oficina de la Conferencia de Presidentes, también adscrita al MPT, y dirigida por el
Secretario General de la CP, designado por el COPIS a propuesta del MPT. La persona titular del
Ministerio competente en materia de cooperación territorial sigue siendo miembro de la CP, con voz,
pero sin voto.
32 Organización vigente al cierre de los trabajos de fiscalización, establecida en el RD 683/2021, de 3 de agosto, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial. Ver marco normativo detallado en el
anexo 1.
DG
Régimen Jurí
dico
Autonómico y
Local
Ministerio de
Política
Territorial
(MPT)
SG
Coordinació
n
Territorial
Subsecretarí
a
de Política
Territorial
SE
Política
Territorial
DG
Cooperación
Autonómica y
Local
DG
AGE en el
Territorio
SDG
Relaciones
Europeas e
Internacionales
Gabinete
técnico
SDG
Cooperación
Autonómica
SDG
Relaciones
Bilaterales con
las CCAA
SDG
Cooperación
Local
SDG
Régimen
Jurídico
Autonómico
SDG
Régimen
Jurídico Local
Órganos con
competencias
en la materia
fiscalizada
Otros órganos
del MPT
SE: Secretaría de Estado
SG: Secretaría General
DG: Dirección General
SDG: Subdirección General
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 32
Los RD de estructura del MPT asignaban a la SDGCA la responsabilidad del análisis, impulso y
seguimiento de estos órganos33. No obstante, no había regulación expresa de la presencia de los
órganos competentes del MPT en las reuniones de las CCSS, aunque, de hecho, la SDGCA
formaba parte de las CCSS, con voz, pero sin voto. Se ha podido constatar que los reglamentos
internos de algunas CCSS sí han recogido la asistencia a las reuniones de un representante del
MPT, con voz, pero sin voto34.
Gracias a la presencia en las reuniones de las CCSS, estos técnicos, en caso necesario, pueden
proporcionar al pleno del órgano en cuestión indicaciones sobre la regulación y mejores prácticas
para el funcionamiento de la Conferencia. Así mismo, la presencia en estas reuniones permite
mantener actualizado un registro completo, centralizado y homogéneo del funcionamiento regular
de los órganos de cooperación, los asuntos tratados y los resultados obtenidos, incluyendo
información de primera mano sobre el desarrollo de las reuniones. De acuerdo con los datos
proporcionados por los gestores, durante 2020, de un total de 172 reuniones de CCSS, asistieron y
elaboraron notas internas de 136 reuniones. En el resto no tuvieron notificación puntual de la
convocatoria, o bien, en algunos casos, debido a la multiplicación de reuniones de órganos de
cooperación en el periodo fiscalizado, no se pudo asistir a todas las reuniones.
En el caso del CISNS, esta labor supuso un reto adicional desde el brote de COVID-19, debido al
número e importancia de las reuniones mantenidas, especialmente en 2020 y 2021, y propiciado
por el auge de un entorno telemático. Los representantes del MPT sí pudieron estar presentes en
las 82 ocasiones en que se reunió esta CS en el periodo fiscalizado.
b) Seguimiento del funcionamiento del sistema de órganos de cooperación
El conocimiento generado en la SDGCA sobre el funcionamiento del sistema de órganos de
cooperación, y mantenido de forma estructurada y coherente, permite realizar su seguimiento,
identificando patrones y tendencias, incluyendo debilidades y buenas prácticas, además de
posibilitar una alerta temprana de posibles problemas.
En virtud de este conocimiento, la SDGCA participa en la elaboración de los reglamentos de
organización y funcionamiento interno y sus modificaciones.
La SDGCA elaboró en noviembre de 2019 un plan para la mejora del sistema de cooperación, que
preveía varias etapas, incluyendo un diagnóstico previo, a elaborar con la participación de las
secretarías de las CCSS, de puntos fuertes y débiles, así como aclarar el mapa de órganos de
cooperación realmente en funcionamiento regular, para alinear el contenido registrado en REOICO
con la realidad. A partir del diagnóstico realizado se proyectaba confeccionar una guía de buenas
prácticas de utilidad para todos los órganos, que ayudara a protocolizar y sistematizar el sistema de
cooperación mejorando el sistema de gobernanza multinivel. Finalmente, la pandemia de COVID-
19 dejó suspendida la ejecución de este plan.
33 Concretamente el art. 4.1, en relación con el art. 4.2.a) del RD 307/2020, de 11 de febrero. Ver el anexo 1 de este
proyecto de informe.
34 CCSS: de Cultura; de Empleo y Asuntos Laborales; de Igualdad; de asuntos de la Seguridad Nacional y del Sistema de
Cualificaciones y Formación Profesional. En la de Igualdad se prevé adicionalmente la asistencia de un representante del
Ministerio de Hacienda y Función Pública.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 33
c) Asesoramiento y seguimiento de las secretarías de los órganos de cooperación
La SDGCA mantenía actualizada una relación de las unidades a cargo de la secretaría de cada
órgano de cooperación, incluyendo sus datos de contacto. Esta base de datos, en formato
electrónico, no formaba parte de REOICO y se mantenía de forma manual. Estos datos facilitaban
la labor de recabar la documentación e información que no fuera remitida de oficio por las
secretarías, lo que no era infrecuente.
La SDGCA atendía consultas de las secretarías, tanto formales como informales –más numerosas–
y proporcionaba orientaciones y guías de actuación, asesorando sobre la normativa vigente y las
mejores prácticas aplicables. Las novedades organizativas impuestas por la no presencialidad de
las videoconferencias durante el ejercicio fiscalizado multiplicaron este tipo de consultas
organizativas.
d) Seguimiento del cumplimiento normativo por las CCAA
La Subdirección General (SDG) de Régimen Jurídico Autonómico era responsable del seguimiento
del cumplimiento normativo por parte de las CCAA. En este ámbito, coordinaba la Comisión
Interministerial de Seguimiento de Disposiciones y Actos de las CCAA, que se reúne mensualmente
con este fin. A pesar de la denominación de esta Comisión (recogida en el art. art. 5.1 del RD
307/2020, de 11 de febrero, sin que exista más regulación), solo realiza el seguimiento de las
disposiciones autonómicas con rango de ley. Del seguimiento del resto de disposiciones y actos se
ocupan los distintos Ministerios según la materia.
No obstante, la citada Comisión Interministerial carece de una regulación adecuada, pese a su
importante papel para el seguimiento del cumplimiento del marco legal por las CCAA y para la
respuesta de la AGE ante incidencias en este ámbito.
La Comisión se reúne semanalmente con participación del Gabinete de la Presidencia del Gobierno,
las Vicepresidencias y todos los Ministerios, además del Consejo de Estado. Los gestores del MPT
han manifestado que esta Comisión deriva de un acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno
para Política Autonómica de los primeros años tras la aprobación de la Constitución, aunque esto
no ha podido documentarse. De hecho, la única regulación de esta Comisión Interministerial es su
mención en las atribuciones asignadas a la SDG de Régimen Jurídico Autonómico en los decretos
de estructura del MPT35. No existen tampoco protocolos ni guías de actuación de esta Comisión,
por lo que su buen funcionamiento depende del conocimiento y experiencia de las personas
implicadas en sus trabajos.
Esta SDG tenía a su cargo también la cooperación con los departamentos ministeriales para las
actividades de prevención y solución extraprocesal de la conflictividad competencial con las CCAA,
que se trataron en un epígrafe anterior de este proyecto de informe36.
Con la información mantenida por este órgano administrativo se elaboran y publican, en la página
web del MPT, un informe mensual de conflictividad y los boletines trimestrales de conflictividad,
disponibles en la web desde el cuarto trimestre de 2002.
35 Ver el anexo 1.2 de este proyecto de informe.
36 Ver subepígrafe II.1.2.b).
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 34
Por su parte, la SDG de Relaciones Europeas e Internacionales está al cargo de la secretaría de la
CARUE, la CS en la que se da cauce principal a la participación de las CCAA en la formación de la
voluntad estatal ante las instituciones de la Unión Europea (UE). Adicionalmente, se encarga del
seguimiento de los incumplimientos del Derecho comunitario en la incorporación de las Directivas
al Derecho español.
Con los datos de esta unidad administrativa se elabora el informe anual remitido al Consejo de
Ministros sobre repercusión de responsabilidades por incumplimiento del derecho de la UE. Dichos
informes anuales se publican en la página web del MPT, además de información sobre la actividad
de la CARUE y de la participación de las CCAA en la actividad de España en los órganos de la
UE37.
e) Coordinación interministerial en las relaciones con CCAA
Además de su labor para el mejor funcionamiento del sistema institucional de gobernanza multinivel
español, el MPT debe poner al servicio del resto de la AGE su conocimiento y experiencia en esta
materia para facilitar una actuación coordinada de todos los departamentos ministeriales en los
órganos de cooperación en los que cada uno participa.
Esta asistencia se materializa en el suministro de información tanto puntual (a demanda) como
sistemática (periódica) sobre la actividad de la cooperación multilateral y bilateral, y sobre los
resultados obtenidos, en particular sobre los acuerdos alcanzados.
En este sentido, la Secretaría General de Coordinación Territorial remite mensualmente un boletín
informativo a todas las Delegaciones del Gobierno, con información procedente de sus distintas
unidades, sobre la actividad de conferencias y comisiones, conflictividad, novedades y otros
apartados. Este boletín recoge un epígrafe de “buenas prácticas en Delegaciones del Gobierno” –
incluyendo también Subdelegaciones del Gobierno– que puede generar dinámicas positivas de
refuerzo, imitación y emulación de la búsqueda activa de mejoras en la propia gestión.
f) Registro e información de órganos de cooperación, reuniones y documentación anexa
Una parte clave del papel de la SDGCA es la gestión del conocimiento generado por el sistema de
órganos de cooperación multilateral y su funcionamiento.
En este ámbito tiene especial relevancia la exigencia de la disposición adicional (DA) 7ª LRJSP de
establecer un Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO)38.
En el momento de promulgarse la LRJSP, los órganos de cooperación y los convenios de
colaboración eran competencia del mismo Ministerio y REOICO abarcaba a ambos. Posteriormente,
órganos y convenios se asignaron, respectivamente, al MPT y al Ministerio de Hacienda y Función
Pública.
No existe desarrollo reglamentario de ese mandato más allá de lo establecido en la citada DA 7ª
LRJSP, a pesar de la importancia que le otorga la obligatoriedad de la inscripción de los órganos
37 Ver en https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-territorial/internacional/ue/Respons_Incump_DchoUE.html
38 El art. 144.3 prevé el establecimiento de un registro oficial en cada administración pública, con las mismas funciones.
Esta disposición forma parte de las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, de acuerdo con su
Disposición final decimocuarta “título competencial”, de las que está excluida, por ejemplo, la citada DA séptima, que solo
es de aplicación en la AGE.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 35
de cooperación, incluso con un carácter constitutivo. La única regulación, contenida en el
mencionado precepto, es la siguiente:
Hechos inscribibles: “la creación, modificación o extinción de los órganos de cooperación”.
Responsables:
o En general: “el órgano [de la AGE] que lo haya suscrito”.
o Respecto del alta inicial en el registro, “los órganos de cooperación y los convenios
vigentes”39.
o Respecto de la extinción de órganos, “los Departamentos Ministeriales que ejerzan
la Secretaría”.
Plazos:
o En general: “quince días desde que ocurra el hecho inscribible” 40.
o “Comunicar al registro antes del 30 de enero de cada año”, la extinción de órganos.
o “Seis meses, a contar desde la entrada en vigor de la Ley, para solicitar [la]
inscripción” inicial en el Registro de los órganos y convenios preexistentes.
Las debilidades de esta regulación son las siguientes:
No se establece qué documentos deben inscriben para cada acto, ni la forma de las
comunicaciones y solicitudes de inscripción, ni los requisitos formales de todos ellos.
No se establecen las responsabilidades de la Secretaría General de Administraciones
Públicas, de la que depende el Registro, los criterios de validez o invalidez de los hechos
comunicados y en particular ni siquiera se mencionan las certificaciones que puede emitir
para dar la fe pública sobre los hechos inscritos.
Inconsistencia entre la finalidad establecida en la DA 7ª.4 (informar de “la actividad de los
órganos de cooperación […] a partir de los datos y análisis proporcionados por el Registro”)
y su contenido declarado (DA 7ª.2: “creación, modificación o extinción de los órganos de
cooperación”). Sería necesario inscribir las reuniones u otras actividades de los órganos de
cooperación para poder servir al propósito pretendido.
Inconsistencia entre el art. 145.3, que exige la inscripción de órganos de cooperación en
general para la “validez de su sesión constitutiva”, y el art. 147.2 que, en particular para
CCSS, la exige para la “válida constitución del órgano”. Si se conviene en que son
39 Mientras que los órganos de cooperación tienen estructuras que pueden asumir esta responsabilidad, los convenios
son instrumentos jurídicos, no pueden actuar, debiendo atribuirse esta tarea a quienes suscribieran los acuerdos.
40 Este plazo se redujo a cinco días a partir de 1 de enero de 2021, por modificación introducida mediante la DF
segunda.tres del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 36
expresiones equivalentes, entonces lo que se produce es una redundancia que debería
evitarse.
Ambigüedad en los plazos establecidos para la inscripción de la extinción de órganos.
Por otra parte, las finalidades asociadas a la creación de REOICO en el Preámbulo de la LRJSP,
esto es, que “pueda ser de general conocimiento, de forma fiable, la información relativa a los
órganos de cooperación y coordinación”, así como en la citada DA 7ª.4 sobre informar de “la
actividad de los órganos de cooperación”, se podrían alcanzar sin necesidad de dar a esta base de
datos un carácter de registro oficial constitutivo.
De hecho, la implantación práctica del sistema de base de datos REOICO-Órganos se ha
comprobado que satisface las citadas finalidades informativas41.
No obstante, no está diseñado con los requisitos que serían exigibles para considerarlo un registro
oficial, como está establecido en la DA 7ª LRJSP. Una parte de la información que debe
proporcionarse por el sistema es la identificación de los órganos de cooperación existentes, en
relación a la previsión legal de que aquellos que no se reúnan en 5 años “quedarán extinguidos”.
Tampoco esta previsión tiene desarrollo normativo, en cuanto a cómo se llevará a cabo la efectiva
extinción y su reconocimiento en los correspondientes bases de datos e informes42.
En opinión de este Tribunal de Cuentas, solo se justificaría la configuración como registro oficial si
existe una necesidad de certificar fehacientemente los hechos que deban registrarse, y en tal caso
sería necesario un desarrollo normativo más detallado, para corregir las debilidades a las que se
acaba de hacer referencia en los párrafos precedentes.
El diseño del sistema de REOICO-Órganos presenta algunas carencias que hacen que la SDGCA
mantenga otra base de datos complementaria, con otra información relativa a las reuniones, en
particular las notas tomadas por los representantes del MPT, y que por su importancia deberían
quedar integradas.
Con la información de estas bases de datos se elaboraba el informe anual al Consejo de Ministros
sobre la actividad de los órganos de cooperación existentes, que exige la citada DA 7ª LRJSP. La
parte de ese informe sobre los convenios vigentes quedaba a cargo del Ministerio de Hacienda y
Función Pública.
La SDGCA elaboraba además un informe anual con datos de convenios entre la AGE y las CCAA.
Este órgano directivo tenía asignado por el art. 4.1.b del RD 307/2020 el informe de los proyectos
de convenio entre la AGE y las CCAA, exigido por el art. 50.2.c) LRJSP. La asignación de esta
responsabilidad a la SDGCA en lugar de la SDG de Relaciones Bilaterales con las CCAA, a pesar
de que prácticamente todos eran bilaterales, no parece tener más motivación que una inercia
histórica. De acuerdo con los indicadores facilitados por el MPT, en 2020 se emitieron 842 de estos
informes.
41 Este sistema de bases de datos REOICO-Órganos se analiza en el subepígrafe II.2.3.c), destinado a los medios técnicos
a disposición del MPT.
Se ha constatado también la existencia de otra base de datos, REOICO-Convenios, cuya gestión, como se ha
mencionado, correspondía al Ministerio de Hacienda y Función Pública y que no es objeto de la presente fiscalización.
42 Ver las CCSS identificadas con esta incidencia en el apartado II.3.2, y en particular la nota al pie nº 57.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 37
Los datos procedentes de los proyectos de convenio para los que se requiere el citado informe se
incorporan por la SDGCA a una base de datos de convenios suscritos entre la AGE y las CCAA,
complementada con la información de REOICO-Convenios y otras fuentes43.
El MPT y el Ministerio de Hacienda y Función Pública pueden mantener perspectivas y necesidades
diferentes sobre la información de los convenios AGE-CCAA, debido a sus diferentes
responsabilidades sobre el mismo ámbito. Teniendo esto en cuenta, sería conveniente evitar la
duplicación de tareas y la posibilidad de registros discordantes que supone mantener un registro
manual adicional a REOICO-Convenios. De acuerdo con el Informe para la Reforma de las
Administraciones Públicas de 2013, más conocido como Informe CORA, para avanzar en eficiencia
y eficacia, las administraciones deben evitar solapamientos y duplicidades, y establecer
procedimientos simples y estandarizados, en particular estableciendo bases de datos únicas, con
las interconexiones oportunas cuando están relacionadas44.
Por otra parte, el MPT carece de un mecanismo para recabar y mantener sistemáticamente
información actualizada sobre la incorporación de los resultados de los órganos de cooperación, CP
y especialmente CCSS, en acuerdos de Consejo de Ministros u otras disposiciones estatales45. Esta
información, además de su interés en sí misma, sería de particular importancia en la evaluación de
la litigiosidad Estado-CCAA.
g) Publicación de la actividad de los órganos de cooperación (transparencia)
Los registros de órganos de cooperación multilateral existentes, sus reuniones y la documentación
anexa constituyen repositorios de información que se ponen a disposición del público a través de la
página web del MPT (www.mptfp.gob.es), lo que constituye una buena práctica de transparencia.
Cuadro 1 – Publicaciones web de la Secretaría General de Coordinación Territorial sobre
cooperación multilateral
Informe Fuente Periodicidad y difusión Última
actualización
Informe sobre la
actividad de los órganos
de cooperación46
REOICO y
otras
informaciones
internas
Anual, en cumplimiento DA 7ª LRJSP
https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Conf_Sectoriales
/Conf_Sect_anuales.html
En julio 2022,
último informe:
2020
Conferencias sectoriales
existentes
REOICO y
otras
informaciones
internas
Tabla con datos actuales
https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Conf_Sectoriales
/Conf_Sect_Constituidas.html
Mayo 2022
43 En particular el BOE y los Boletines Oficiales de las CCAA.
44 Ver en https://transparencia.gob.es/transparencia/dam/jcr:b1c69477-9882-41a5-9f6d-5cbb46fa12b4/reforma-
AAPP.PDF
45 Ejemplos de este tipo de acuerdos de órganos de cooperación que cristalizan en normas estatales serían el propio RD
463/2020, de 14 de marzo, declarando el estado de alarma, las órdenes ministeriales acordando medidas coordinadas en
materia sanitaria (art. 65 de la Ley 16/2003), o distintas medidas de protección social, y regulaciones específicas del
turismo, hostelería, comercio, etc.
46 El informe anual de actividad de órganos de cooperación en 2019 para el Consejo de Ministros no llegó a elevarse
durante el año 20 20 debido a las c ircunstancias exce pcionales durante la pandemia de COVID-19. Por ello, tanto el
documento del 2019, como el del 2020, fueron emitidos en diciembre de 2021.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 38
Informe Fuente Periodicidad y difusión Última
actualización
Órdenes del día de las
conferencias sectoriales
Informaciones
internas
Un informe por año
https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Conf_Sectoriales
/Ordenes-del-D-a-de-las-Conferencias-Sectoriales-.html
Agosto 2022,
último informe:
2022
Reuniones (fechas) de
conferencias sectoriales
y de algunas comisiones
sectoriales
Informaciones
internas
Un informe por año
https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Conf_Sectoriales
/Conf_Sect_Reuniones.html
Agosto 2022,
último informe:
2022
Informe sobre los
convenios de
cooperación Estado-
CCAA suscritos en el año
BOE y
REOICO
Un informe por año
https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Convenios_Cola
boracion.html
Noviembre
2021, último
informe: 2020
Boletines de convenios
del Estado con las CCAA
BOE y
REOICO
Un boletín por año (desde 2021)
https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Convenios_Cola
boracion.html
Agosto 2022,
último boletín:
2022
Reglamentos de las
CCSS
Secretarías de
las CCSS
Permanente
https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Conf_Sectoriales
/Conf_Sect_Regl.html
-
Fuente: elaborado a partir de los datos de la página web del MPT
II.2.3 Medios presupuestarios, humanos y técnicos
a) Medios presupuestarios: programa 922M
En el ejercicio 2020 los Presupuestos Generales del Estado (PGE) se encontraban prorrogados,
igual que en 2019, por lo que los vigentes eran los aprobados para el año 2018. El programa
presupuestario que recogía la materia objeto de fiscalización era el 922M “Organización territorial
del Estado y desarrollo de sus sistemas de colaboración”.
Cuadro 2 – Programa presupuestario 922M: Obligaciones reconocidas netas 2018-2021 y
créditos iniciales 2022
Descripción Capítulo 2018 2019 2020 2021
Créditos
iniciales
2022
Gastos de personal 11.904,7 10.837,9 10.131,3 9.799,5 10.654,8
Gastos corrientes en bienes y servicios 1.486,8 1.711,3 1.679,7 41,6 200,5
Transferencias corrientes 30,0 0,0 0,0 30,0 30,0
Inversiones reales 118,4 371,7 245,5 0,0 0,0
TOTAL 13.539,9 12.920,9 12.056,5 9.871,1 10.885,3
Importes en miles de euros
Fuente: Liquidación del Presupuesto 2018-2021 y PGE 2022
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 39
El programa 922M estaba asignado al Servicio 04 de la Sección 22: “Secretaría de Estado para las
Administraciones Territoriales”, junto con otros dos programas de gasto (921P “Administración
Periférica del Estado” y 942A “Cooperación Económica Local del Estado”) 47.
Las actividades cubiertas por este programa presupuestario incluían el impulso, seguimiento y
evaluación del sistema de cooperación multilateral, pero no estaban limitadas a ello, incluyendo
adicionalmente otras actividades relacionadas directa o indirectamente con la cooperación
autonómica, cooperación con Entidades Locales y a la implementación de la Ley 20/2013, de 9 de
diciembre, de garantía de la unidad de mercado, en coordinación con el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital48.
Las cantidades asignadas en los PGE 2018 al capítulo de inversiones reales, y la gran mayoría de
las de gastos corrientes en bienes y servicios correspondían en realidad a servicios comunes del
Ministerio y no a la ejecución de este programa presupuestario, por lo que fueron reclasificadas a
partir de 2021. La mayoría (34 miles de euros) de las cantidades que persisten en el capítulo de
gastos corrientes en bienes y servicios corresponden a gastos de dietas y locomoción, mientras que
las transferencias corrientes (30 miles de euros) se deben a una única subvención nominativa a una
fundación dedicada a estudios constitucionales, una de las competencias de la Dirección General
de Régimen Autonómico. Al margen de estas cantidades, prácticamente todo el gasto
presupuestario de este programa se debe a gastos de personal (99 % del total).
Este Tribunal de Cuentas no ha encontrado insuficiencias de medios presupuestarios que
dificultaran el cumplimiento de los objetivos asignados.
b) Medios humanos: relación de puestos de trabajo
Se ha contrastado la Relación de Puestos de Trabajo con los anexos de personal incluidos en el
Programa 922M, así como las nóminas mensuales examinadas para el análisis del equilibrio de
género, verificándose que no existen incoherencias49.
El personal de la SDGCA estaba integrado al cierre del ejercicio fiscalizado por trece efectivos, de
los cuales tres se dedicaban a tiempo completo a los informes sobre proyectos de convenios entre
la AGE y las CCAA.
No se han identificado insuficiencias de medios personales que impidieran el cumplimiento de los
objetivos asignados.
c) Medios técnicos: REOICO y bases de datos
Como se señala más arriba en este proyecto de informe, para dar cumplimiento al mandato de la
DA 7ª LRJSP se implantó un sistema de base de datos, desarrollado por la Secretaría General de
Administración Digital, actualmente integrada en el Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital, en dos secciones completamente autónomas entre sí: REOICO-Órganos,
47 En los PGE 2021 este programa se asigna al Servicio 22.03 Secretaría General de Coordinación Territorial, y el los
PGE 2022 al 22.02 Secretaría de Estado de Política Territorial. En 2021 los gastos generales del Ministerio se
concentraron en la Subsecretaría, eliminándose así del programa 922M las partidas de los capítulos de gastos corrientes
e inversiones, que en los años anteriores se distribuían entre todos los programas presupuestarios del Departamento.
48 Los objetivos, actividades e indicadores del programa presupuestario 92 2M son objeto de análisis en el subepígrafe
II.3.4.
49 En el subepígrafe II.4.1 se incluye el análisis del equilibrio de género y brecha salarial de género.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 40
dedicada a los órganos de cooperación responsabilidad del MPT, y REOICO-Convenios,
responsabilidad del Ministerio de Hacienda y Función Pública50.
La información sobre los órganos existentes se complementa con el registro de sus reuniones, así
como de la documentación generada en las mismas, (convocatorias y actas), añadiendo valor al
sistema de base de datos. El mantenimiento de REOICO-Órganos está a cargo de la SDGCA. De
hecho, toda la gestión se realiza por personal de esta Unidad, con la información que recibe de la
secretarías y órganos auxiliares de los órganos de cooperación correspondientes, además de la
que obtiene por otras fuentes, fundamentalmente por su asistencia a las propias reuniones o la
consulta periódica al BOE.
Pese a que en un principio estaba previsto en el desarrollo de REOICO-Órganos que los órganos
con responsabilidades directas en la gestión de los órganos –las secretarías– tuvieran acceso a sus
áreas correspondientes para realizar directamente los registros correspondientes a las reuniones
mantenidas, y subieran la documentación de soporte, esta descentralización de la gestión no se ha
llevado a cabo. Una regulación expresa de esta obligación reforzaría esta técnica de
descentralización que, si se combina con una adecuada labor de supervisión centralizada para
asegurar la homogeneidad y calidad de los registros, podría redundar en una agilización y mejora
de los mismos.
Entre las reformas e inversiones incluidas en el Componente 11 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia se encuentra la creación de “una Plataforma digital de colaboración
interadministrativa para impulsar la digitalización de los mecanismos de cooperación”. Esta
plataforma digital incluirá una evolución de REOICO, aunque va más allá, al incluir la propia gestión
de los trabajos de los órganos de cooperación51.
La reforma 1 de dicho componente 11 se denomina Reforma para la modernización y digitalización
de la Administración Ministerio de Política Territorial y Función Pública y Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, de entre cuyas actuaciones, la 6 “Refuerzo de la cooperación
interterritorial mediante la reforma de la Ley 40/2015”, incide significativamente en la materia
fiscalizada, con diversas medidas, entre las cuales se encuentra la creación de una plataforma
digital de colaboración interadministrativa para impulsar la digitalización de los mecanismos de
cooperación interadministrativa.
Precisamente la creación de esta plataforma digital está incluida en la inversión 3 Transformación
Digital y Modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las
Administraciones de las CCAA y las EELL, de este componente. De los 30 millones de euros
destinados a la AGE, a esta Plataforma digital corresponden 4 millones de euros52.
50 Ver subepígrafe II.2.2.f)
51 Componente 11 "Modernización de las Administraciones Públicas"; Palanca IV "Una Administración para el siglo XXI".
Aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, publicado en el BOE por Resolución de 29 de
abril de 2021, de la Subsecretaría.
52 A las CCAA se prevé destinar 578,6 millones de euros y a Entidades Locales 391,4 millones de euros, totalizando 1.000
millones de euros en esta inversión. El grueso de la dotación correspondiente al Ministerio de Hacienda y Función Pública
se destina a proyectos de gestión y formación de personal al servicio de las Administraciones públicas.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 41
Durante el curso de los trabajos de campo de la presente fiscalización se han dado los primeros
pasos en la implementación de esta plataforma53.
La puesta en marcha de este proyecto representa una oportunidad para profundizar y extender los
puntos fuertes que han permitido que el sistema REOICO-Órganos actual proporcione una
información más útil y fiable para el seguimiento de los órganos de cooperación, en línea con las
recomendaciones del Informe CORA54. También debe aprovecharse para que se corrijan algunas
debilidades en el diseño de REOICO-Órganos, como las siguientes:
Centralización de la gestión y ausencia de funcionalidad para mantener un registro de
usuarios con distintos accesos, cada uno con sus funciones diferenciadas, y sus datos de
contacto.
Falta de un procedimiento sistemático de depuración de errores.
Limitación a los usuarios de solo lectura para acceder a toda la información a la que estarían
autorizados.
El contenido del campo “inscrito” no es consistente, y no está claro su significado.
Insuficientes capacidades de gestión documental para incorporar notas de las reuniones,
además de las convocatorias, órdenes del día y actas.
Ausencia de desarrollo del manual de usuario de REOICO-Órganos en lo relativo a su
tercera parte, dedicada a los documentos, que se ha comprobado que se encuentra
operativa55.
La mejor oportunidad de la nueva plataforma digital será constituirse en una herramienta para la
gestión de los órganos de cooperación, que incorpore todas las funcionalidades actuales de
REOICO-Órganos, en lugar de percibirse por las unidades administrativas correspondientes como
un requisito adicional a sus responsabilidades en esa materia.
53 En los PGE 2022 se han presupuestado 2 millones de euros en el programa 92KC C11.I03 “Transformación Digital y
Modernización de la AGE-Servicios de carácter general”.
En este sentido, mediante la disposición final 22.1 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, se ha introducido en la
LRJSP, como obligación derivada del deber de colaboración entre administraciones, “el desarrollo de la Plataforma Digital
de Colaboración entre las Administraciones Públicas como instrumento destinado a facilitar las relaciones y el soporte
electrónico de los órganos integrantes del sistema de Conferencias Sectoriales y en general de los órganos de
cooperación” –apdo. (c) en la nueva redacción del art. 142 LRJSP-. También se ha añadido a la LRJSP una DA trigésima
encomendando conjuntamente al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y al MPT el impulso de la
citada plataforma.
54 Ver en nota al pie nº 41.
55 En el trámite de alegaciones, el MPT ha aportado un documento de 42 páginas, elaborado por la SDGCA y fechado el
1 de septiembre de 2022, que contiene un desarrollo m ás completo que el citado manual, y que puede consultarse en la
documentación anexa a este proyecto de informe.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 42
II.3 EFICACIA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SEGUIMIENTO DE LA COOPERACIÓN
II.3.1 Efectividad de la actuación de la SDGCA en el impulso, seguimiento y evaluación del
sistema de órganos de cooperación
Los trabajos de fiscalización han puesto de manifiesto que la SDGCA lleva a cabo sus
responsabilidades con eficacia, de modo que se mantiene un registro actualizado de los órganos
de cooperación existentes, sus reuniones y la documentación anexa. También se evacúan
regularmente directrices e información sobre la normativa aplicable y las buenas prácticas
disponibles para las secretarías de los órganos de cooperación, de oficio o a demanda de los
interesados. Este conocimiento es empleado para informar y asesorar a distintos órganos de la AGE
para el mejor desempeño coordinado de sus funciones en el sistema de cooperación multinivel, y
adicionalmente se difunde mediante informes periódicos publicados en la página web del MPT.
Las debilidades detectadas, que suponen un campo para las futuras mejoras, son las siguientes:
El seguimiento de las reuniones de la CP celebradas en 2020 fue muy limitado, como se
analiza en el epígrafe correspondiente a este órgano de cooperación, donde asimismo se
señala el reforzamiento del papel del MPT en el nuevo Reglamento de 2022 para realizar
este seguimiento56.
No siempre se reciben las convocatorias de todas las reuniones de órganos de cooperación,
lo que impide su asistencia a las mismas, además de la posibilidad de que tal reunión, si no
es por informaciones alternativas, pase inadvertida y no se registre, ni se active su
seguimiento y la reclamación de la documentación correspondiente a las secretarías.
La comunicación de las convocatorias, en algunos casos, se realiza por correo electrónico a
la titular de la SDGCA, sin remitirlo al buzón corporativo de la Unidad, lo que puede provocar
que algunas convocatorias no se conozcan a tiempo.
De modo semejante, en algunos casos no se remite la documentación sobre las reuniones
de los órganos de cooperación (actas), o se hace con retraso. En ocasiones es la propia
SDGCA la que tiene que reclamar el envío de las mismas. Algunos órganos mantienen la
práctica de no remitir el acta hasta su aprobación, y tienen establecido que ésta se produce
en la siguiente reunión del órgano, lo que puede retrasar meses, o años, la remisión del
documento.
II.3.2 Eficacia de las bases de datos sobre órganos de cooperación
El análisis de la información mantenida en REOICO-Órganos y su contraste con otras bases de
datos y con información obtenida del examen de una muestra de reuniones de órganos de
cooperación ha puesto de manifiesto que la base de datos se mantiene, por lo general, actualizada
y contiene la información necesaria para conocer los órganos de cooperación existentes, sus datos
fundamentales y la actividad que mantienen.
56 Ver subepígrafe II.1.1 “Actividad de los órganos de cooperación durante la crisis de la COVID-19”.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 43
No obstante, a partir del análisis de los órganos de cooperación y de la muestra de reuniones de
los mismos se han encontrado algunas inconsistencias y errores puntuales, que señalan puntos a
mejorar en el futuro, y que se relacionan a continuación57:
a) REOICO-Órganos presentaba inconsistencias con otros registros internos respecto de las
CCSS efectivamente existentes. El “Informe sobre la actividad de los órganos de
cooperación” de 2020, de la DGCAL menciona tres órganos que, inscritos en REOICO como
CCSS en realidad no lo son. En cambio, la propia CP no se encuentra inscrita en REOICO.
b) Estaban inscritas cuatro CCSS que debían disolverse por establecer el apartado 6 de la DA
LRJSP que los órganos de cooperación que no se hayan reunido en cinco años quedarán
extinguidos58.
c) Existían órganos de cooperación clasificados como CCSS que no lo eran, por distintas
causas:
1. No estaban integrados por miembros del Gobierno de la Nación y de los Gobiernos
Autonómicos.
2. Había miembros representantes de entidades ajenas a la AGE y a las CCAA (EELL,
Sindicatos, Asociaciones y entidades sociales, etc.)
3. No tenían las funciones propias de las CCSS.
d) Había 3 órganos interministeriales que, por no ser órganos de cooperación, no deberían
estar registrados en REOICO59.
e) La tercera parte de las reuniones de CCSS incluidas en la muestra (cinco sobre diecisiete)
no estaban grabadas en REOICO como tal, a pesar de que si lo estaba parte de su
documentación. La grabación de documentación correspondiente a una reunión que, por su
parte, no está grabada, revela en sí misma otro defecto del diseño del sistema informático.
Al margen de la muestra, se ha detectado la celebración de otras reuniones de órganos de
cooperación que no constaban registradas en REOICO60.
II.3.3 Eficacia de otros órganos del MPT
El resto de órganos del MPT implicados en el sistema de cooperación multilateral AGE-CCAA,
concretamente la SDG de Régimen Jurídico Autonómico y la SDG de Relaciones Europeas e
57 Las CCSS afectadas por cada una de las incidencias es tán referenciadas en el anexo 4, para hacer más legible el
proyecto de informe.
58 De estas cuatro entidades, dos se declararon disueltas y se ordenó su baja en REOICO mediante Resolución de la
DGCAL de 28 de junio de 2022, antes del cierre de los trabajos de campo de esta fiscalización. Estos órganos estaban
incluidos en un plan elaborado por la SDGCA para la depuración de REOICO, contando con la participación de los
ministerios competentes para informar sobre la necesidad de los órganos y las perspectivas para su reactivación futura.
59 Comisión Nacional para la Conmemoración del IV Centenario de la Muerte de Miguel de Cervantes, Consejo de
Protección de Cruz Roja Española y Consejo Nacional de la Discapacidad.
60 CS de Administración Pública, reunión del 26/10/2020.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 44
Internacionales, han desarrollado su actividad en el periodo fiscalizado sin ninguna incidencia
relevante en cuanto al cumplimiento de sus funciones61.
II.3.4 Eficacia del sistema de objetivos e indicadores presupuestarios
El programa presupuestario 922M “Organización territorial del Estado y desarrollo de sus sistemas
de colaboración”, incluido en los PGE 2018 –después prorrogados en 2019 y 2020 y, por lo tanto,
vigentes en el periodo fiscalizado–, establecían, tras una descripción general que incluía unas
“líneas de acción”, un apartado de “actividades” y otro de “objetivos e indicadores de seguimiento”62.
En el anexo 2 de este proyecto de informe se encuentra la correspondencia entre las funciones
atribuidas a los distintos órganos del MPT con las actividades e indicadores contenidos en el citado
programa presupuestario.
Adicionalmente a los indicadores presupuestarios, los gestores han proporcionado a este Tribunal
de Cuentas índices de su actividad durante el periodo fiscalizado, incluyendo otras actividades no
recogidas en aquellos indicadores.
El conjunto de actividades, objetivos e indicadores se ha encontrado incompleto y poco eficaz para
proporcionar una información útil para la evaluación del cumplimiento de los objetivos, centrado en
el nivel de actividad, en lugar del impacto o los resultados, y además haciéndolo de forma
defectuosa.
En todo caso, estas debilidades ni son nuevas ni son propias de este programa presupuestario, sino
que reproducen lo reflejado en el informe de fiscalización nº 1.299 de este Tribunal de Cuentas,
aprobado por el Pleno el 20 de diciembre de 2018, sobre el sistema de seguimiento de programas
en el conjunto de la AGE, al que nos remitimos. Solo un abordaje de modo global a todo el sistema
de presupuestación por programas orientado a objetivos en los PGE podría resolver las debilidades
puestas de manifiesto, tomando como referencia las recomendaciones incluidas en el informe
citado63.
La poca calidad del sistema de indicadores haría infructuoso hacer una evaluación de sus resultados
a los efectos del presente proyecto de informe.
II.4 OBJETIVOS TRANSVERSALES: EQUILIBRIO DE GÉNERO Y TRANSPARENCIA
II.4.1 Cumplimiento de la normativa de equilibrio de género
De acuerdo con las directrices técnicas de la fiscalización, se han analizado las posibles
implicaciones en el ámbito de la fiscalización de las previsiones contenidas en la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En este sentido, se ha
estudiado el respeto al principio de presencia o composición equilibrada de género, en el sentido
61 Ver organigrama en gráfico 8 (página 24).
62 En los PGE aprobados para 2021 y 2022 también ha n incluido este programa, con la misma c odificación. Mientras la
descripción general es idéntica a la de 2018, las “actividades” detalladas de 2018 se han sustituido por lo que eran las
“líneas de acción”, menos detalladas. Los objetivos e indicadores de cumplimiento han reproducido también los
establecidos en 2018.
63 Recomendac iones contenidas en el epígrafe IV, último del informe. Disponible en
https://www.tcu.es/repositorio/241e5ae7-99d2-4f42-ac69-a0fb0baeb552/I1299.pdf y publicado en el BOE de 30/4/2019.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 45
definido en la DA 1ª de la citada Ley Orgánica 3/2007, en los órganos superiores y directivos del
MPT, la existencia de la Unidad de Igualdad del Ministerio y los informes emitidos por esta, así como
la brecha salarial de género en este departamento ministerial.
En cada uno de los niveles de órganos superiores y directivos del MPT la presencia de mujeres se
encuentra razonablemente en los márgenes entre el 40 % y el 60 %, bien entendido que en aquellos
niveles en que el número de puestos es reducido se hace más difícil mantener estos márgenes64.
Se ha constatado la existencia de la Unidad de Igualdad en el Ministerio, y su dotación con tres
funcionarias, cada una con dedicación parcial a esta unidad, estimada en un 15 % de su jornada
efectiva. No obstante, esta Unidad no ha elaborado ningún informe de género durante 2020, lo que
se ha motivado precisamente por la escasez de medios humanos.
En lo referente a la brecha salarial de género, se ha tomado como antecedente el dato ofrecido en
el III Plan para la Igualdad de Género en la AGE, que midió en julio de 2019 la brecha de género en
el salario por hora en el MPT, en un 1,9 %, frente a un 5,2 % para el conjunto de la AGE65.
Para realizar el cálculo en el periodo fiscalizado, se ha analizado la nómina de personal de octubre
de 2020, con el detalle del sexo del perceptor, previamente comprobada con los correspondientes
documentos contables. El resultado ha sido una brecha salarial de -2,78 %, prácticamente nula
(levemente favorable a las mujeres). También se ha calculado el índice de presencia relativa de las
mujeres en el intervalo de retribuciones por debajo de la mediana66, resultando en un -1,80 %,
prácticamente nulo, indicativo de una presencia equilibrada de mujeres en las mitades mejor y peor
retribuidas del conjunto del personal.
II.4.2 Cumplimiento de los mínimos de transparencia activa
Se han analizado la página web del MPT y la sección correspondiente dentro del Portal de
Transparencia de la AGE, a los efectos de comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias
mínimas de publicidad activa establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, sin que se hayan detectado debilidades o
incumplimientos significativos.
La LRJSP, establece en su Exposición de Motivos, apdo. VI: “Se crea un Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación, con efecto constitutivo, de forma que pueda ser de
general conocimiento, de forma fiable, la información relativa a los órganos de cooperación y
coordinación en los que participa la Administración General del Estado y sus organismos públicos
y entidades vinculados o dependientes, y qué convenios hay en vigor en cada momento”. No
obstante, mientras el carácter constitutivo de las inscripciones se recoge expresamente en la parte
dispositiva de la Ley, su carácter de información “de general conocimiento” no se encuentra
64 Ejemplo característico es la titularidad del Ministerio, pues solo puede ocuparse al 100 % o al 0 % por una mujer.
65 Fechado en diciembre 2021, se encuentra disponible en
https://www.mptfp.gob.es/dam/es/portal/funcionpublica/funcion-publica/dialogo-social/igualdad-
genero/IIIPLANIGUALDADAGE.pdf
66 Ver en el anexo 7 una nota metodológica sobre el Índice de Presencia Relativa.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 46
recogido, ni en el articulado, ni en la DA séptima, que recoge la principal regulación de este
registro67.
La Ley de Transparencia incluye entre los contenidos mínimos de transparencia activa los convenios
suscritos, y de acuerdo con ello, el apartado de convenios del Portal de Transparencia toma los
datos automáticamente de REOICO-Convenios. No obstante, REOICO-Órganos no se ha hecho
público, aunque sí que se hacen públicos informes comprensivos de sus principales datos y
resultados.
67 Ver art. 48.8 LRJSP respecto de la eficacia de los convenios y art. 147.2 respecto de la validez de la constitución de los
órganos de cooperación.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 47
III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
III.1 CONCLUSIÓN GENERAL
1. La actividad de los centros directivos integrados en el MPT es importante para el adecuado
funcionamiento de la cooperación multilateral entre la AGE y las CCAA, así como para coordinar
las actuaciones de los diferentes departamentos ministeriales de la AGE en sus diversas
relaciones con las CCAA y para el control y supervisión del cumplimiento del derecho de la UE.
La relevancia de la actuación del MPT ha pasado a primer plano por las circunstancias
especiales causadas por la pandemia de COVID-19, donde pudo aportar su experiencia para
superar los retos organizativos de los órganos de cooperación multilateral en un contexto de
intensificación de las relaciones con la consiguiente necesidad de reuniones mientras se reducía
la movilidad personal.
Esta misma circunstancia puso de manifiesto la conveniencia de reforzar la presencia del MPT
en las tareas de organización y funcionamiento de los órganos de cooperación multilateral, que
ha impulsado algunas reformas, como las recogidas en el nuevo reglamento de la CP, aprobado
en su reunión de 13 de marzo de 2022.
Se han detectado algunas debilidades en la regulación y en el sistema de información
documental de los acuerdos y recomendaciones de los órganos de cooperación, así como en el
seguimiento de alguno de ellos.
III.2 ¿DISPONE EL MPT DE INSTRUMENTOS ADECUADOS RELATIVOS A LA COOPERACIÓN
MULTILATERAL CON LAS CCAA?
2. REOICO está configurado en la DA 7ª LRJSP como un registro oficial de órganos de
cooperación, cuya regulación actual carece de las características propias de un registro oficial,
a falta de un desarrollo reglamentario para establecer claramente los actos inscribibles, los
requisitos formales, los documentos necesarios para la inscripción y los plazos o los
responsables de la tramitación. En opinión de este Tribunal de Cuentas, el carácter constitutivo
de la inscripción de los órganos de cooperación en un registro oficial, sólo se justificaría si
existiera una necesidad de certificación fehaciente de los hechos que deban registrarse. Más
allá de la propia inscripción de los órganos existentes, y en lo relativo a su actividad, debe
preservarse y reforzarse la seguridad jurídica que aporta el registro de las reuniones y
resoluciones de los mismos.
Recomendación 1
Al MPT, que considere la posibilidad de promover un cambio legislativo en el que se clarifique
qué órganos deben inscribirse, así como el carácter de la propia inscripción. En dicha
clarificación debe asegurarse que las funciones informativas y de apoyo al sistema de
cogobernanza multinivel que tiene REOICO-Órganos no se vean comprometidas por su
carácter constitutivo.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 48
Recomendación 2
Al MPT, que impulse un desarrollo normativo detallado de los hechos y documentos inscribibles,
sus requisitos formales, responsables, plazos y trámites, de forma que aporte seguridad
jurídica.
3. La organización y la dotación de medios del MPT para el seguimiento y evaluación del sistema
de cooperación multilateral entre la AGE y las CCAA, han presentado una serie de fortalezas y
buenas prácticas como las siguientes:
La publicación en la página web del MPT de la información y los datos generados y
recopilados en el área de responsabilidad de los distintos órganos del Ministerio.
La búsqueda de dinámicas positivas de refuerzo e imitación de mejoras en la propia gestión,
al introducir en el boletín informativo mensual para las Delegaciones del Gobierno un
epígrafe de “buenas prácticas en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.
4. Existen tareas de producción, tramitación y custodia de documentación relativa a los órganos
de cooperación, propias de las secretarías de los mismos, que no alimentan directamente las
bases de datos, sino que se comunican al MPT para que se incorporen a REOICO-Órganos.
Recomendación 3
Al MPT, que promueva la regulación expresa de la descentralización de funciones de
actualización y mantenimiento de la información relativa a los órganos de cooperación AGE-
CCAA y a la actividad de los mismos.
5. En la SDGCA se mantiene una base de datos e informes sobre las reuniones de órganos de
cooperación, adicional a la del sistema REOICO-Órganos.
6. En el MPT se mantiene una base de datos sobre convenios AGE-CCAA adicional a REOICO-
Convenios, responsabilidad del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Recomendación 4
Al MPT, en colaboración con el resto de partes implicadas, que promueva el establecimiento
de una única base de datos que recoja los convenios entre la AGE y las CCAA, como un
subconjunto de los de la AGE, de forma que se evite mantener simultáneamente información
duplicada en REOICO-Convenios y en la base de datos mantenida por la SDGCA. La fase de
diseño de la nueva plataforma digital interadministrativa constituye una oportunidad para revisar
esta situación y, en su caso, eliminar estas duplicidades, en línea con las recomendaciones del
Informe CORA.
7. La responsabilidad de informar los proyectos de convenio entre la AGE y las CCAA, prevista por
el art. 50.2.c) LRJSP, recae sobre la SDGCA, en lugar de la SDG de Relaciones Bilaterales con
las CCAA, a pesar de que prácticamente todos los convenios son bilaterales.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 49
Recomendación 5
Al MPT, que considere la conveniencia de promover la asignación de la responsabilidad de
informar los proyectos de convenios entre la AGE y las CCAA, establecida en el art. 4.1.c) del
RD 307/2020, a la SDG de Relaciones Bilaterales con las CCAA, en lugar de la SDGCA,
reasignando el personal que lleva a cabo estos trabajos.
8. El MPT carece de un procedimiento regular para recabar y mantener información actualizada
sobre el reflejo de los acuerdos y recomendaciones de los órganos de cooperación, CP y
especialmente CCSS, en disposiciones estatales y autonómicas.
Recomendación 6
Al MPT, que establezca un procedimiento para recabar y mantener información actualizada
sobre el reflejo de las resoluciones adoptadas por los órganos de cooperación, CP y
especialmente CCSS, en acuerdos de Consejo de Ministros u otras disposiciones estatales.
Sería recomendable que se tuviera en cuenta la información disponible en la SDGCA sobre las
resoluciones de los órganos de cooperación, junto con, al menos, la información sobre actividad
normativa y conflictividad, que pueda proporcionar la Comisión Interministerial de Seguimiento
de Disposiciones y Actos de las CCAA.
9. La Comisión Interministerial de Seguimiento de Disposiciones y Actos de las CCAA no tiene una
regulación suficiente, funcionando con base en buenas prácticas consolidadas a lo largo del
tiempo.
Recomendación 7
Al MPT, que como mínimo normalice, siquiera mediante un protocolo o guía de actuación, la
Comisión Interministerial de Seguimiento de Disposiciones y Actos de las CCAA.
III.3 ¿SON EFICACES LOS PROCEDIMIENTOS DEL MPT PARA EL SEGUIMIENTO DE LA
COOPERACIÓN?
10. Los órganos del MPT a cargo de las materias objeto de este proyecto de informe han actuado
de forma eficaz en el cumplimiento de sus tareas, con algún aspecto mejorable en la
comunicación realizada por las secretarías de las CCSS.
Recomendación 8
Al MPT, que fortalezca la comunicación de los órganos de cooperación, en particular las
secretarías de las CCSS, con la SDGCA, mediante una regulación expresa del papel que debe
tener este órgano directivo y de la asistencia de los representantes del MPT a todas las
reuniones de los órganos de cooperación. Mientras tanto, se recomienda que se impulse la
inclusión de esta previsión en los reglamentos internos de los órganos que aún no la recojan.
11. La base de datos de REOICO-Órganos, mantenida por el MPT es la mejor fuente de información
actualizada y sistemática sobre el sistema de órganos de cooperación multilateral. No obstante,
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 50
no es íntegro y carece de un protocolo o un procedimiento regular de supervisión y depuración.
El proyecto de una nueva Plataforma Digital Interadministrativa, incluido en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, prevé sustituir el actual sistema, por lo que será
recomendable que se preste atención a las oportunidades de mejora puestas de manifiesto en
este proyecto de informe.
12. Este Tribunal de Cuentas ha constatado la participación de las CCAA en la formación del
Derecho comunitario, tanto en la adopción de la postura española en los órganos de la UE
fase “ascendente”– como en la trasposición de Directivas europeas al Derecho interno –fase
“descendente”–.
III.4 ¿HAN FUNCIONADO EFICAZMENTE LOS ÓRGANOS DE COOPERACIÓN CON LAS CCAA
DURANTE LA PANDEMIA DE COVID-19?
13. Una vez consolidado el modelo de Estado autonómico con la estabilización del proceso de
traspasos de competencias, cobra mayor importancia el funcionamiento efectivo de lo que se
ha venido denominando la cogobernanza multinivel, el modo en que se ejercen las
competencias respectivas de las Administraciones afectadas, ámbito en el que es fundamental
el sistema de órganos de cooperación multilateral.
Este sistema de órganos de cooperación multilateral entre el Estado y las CCAA, particularmente
la CP y las CCSS, ha cumplido con su cometido en el periodo fiscalizado. La experiencia
acumulada ha sido útil para hacer frente a los retos planteados por la pandemia de COVID-19,
si bien se han detectado algunas debilidades que se han de considerar y corregir.
14. Desde el comienzo de la crisis provocada por la pandemia de COVID-19, la CP retomó su
actividad, reducida en los años previos, llegando a celebrar 17 reuniones en 2020. No obstante,
debido a la urgencia de las convocatorias primaron los contactos informales sobre los
procedimientos reglados. Las reuniones extraordinarias del CP en ese periodo se dedicaron en
su mayoría a proporcionar información del Gobierno de España a las CCAA, sin respetarse los
requisitos de documentación mínima establecidos para la CP en su reglamento interno, ni la
frecuencia mínima de reuniones prevista para el COPIS. El nuevo reglamento de 2022 incluye
un reforzamiento de los mecanismos de apoyo que deberá resultar en una mejora en este
ámbito.
15. En general, las CCSS existentes en el periodo fiscalizado tuvieron un funcionamiento adecuado
y en algunos casos una intensa actividad –en particular el CNSIS–, que permitió la actuación
concertada de todas las administraciones públicas afectadas por los retos de la COVID-19. Solo
en algunas CCSS se han encontrado debilidades en su organización y regulación que deben
ser abordadas, en particular la falta de reglamentos internos actualizados a la LRJSP o la
asignación inadecuada de las funciones de su secretaría.
Recomendación 9
Al MPT, que analice la necesidad de la mención específica a la aplicación de medios
telemáticos para la celebración de CCSS, comisiones sectoriales y grupos de trabajo contenida
en los actuales arts. 149.3 y 152.1 LRJSP. En el caso de que no se encuentren razones que lo
aconsejen, que se promuevan los oportunos cambios normativos, eliminando la redundancia
con la regulación genérica del art. 17.1 del mismo texto legal.
Anexos
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 55
RELACIÓN DE ANEXOS
ANEXO 1 – REGULACIÓN DE LAS COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS DEL MPT EN
MATERIA DE RELACIONES CON CCAA ............................................................. 53
ANEXO 2 – FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS FISCALIZADOS EN RELACIÓN CON LOS
OBJETIVOS Y ACTIVIDADES DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M ...... 57
ANEXO 3 – RELACIÓN DE CONFERENCIAS SECTORIALES CONSTITUIDAS ................... 65
ANEXO 4 – DEBILIDADES E INCIDENCIAS DESCRITAS EN EL PROYECTO ...................... 69
ANEXO 5 – REUNIONES DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES DESDE 2020 ............. 73
ANEXO 6 – REUNIONES DE CONFERENCIAS SECTORIALES DURANTE 2020 ................. 75
ANEXO 7 – NOTA METODOLÓGICA SOBRE EL ÍNDICE DE PRESENCIA RELATIVA .......... 77
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 57
ANEXO 1 – REGULACIÓN DE LAS COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS DEL MPT EN
MATERIA DE RELACIONES CON CCAA
1.1. Normas de estructura de la AGE relativas a órganos con competencias en las relaciones
con las CCAA
Norma Contenido Órganos competentes en relaciones con CCAA Vigencia
DEPARTAMENTOS MINISTERIALES
RD 355/2018, de 6
de junio de 2018
Reestructuración de los
departamentos ministeriales
Art. 1 – Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Art. 13 – Órganos superiores del MPT:
a) Secretaría de Estado de Política Territorial
b) Secretaría de Estado de Función Pública
Derogado por
RD 2/2020, de 12
de enero de 2020
Reestructuración de los
departamentos ministeriales
Art. 1 – Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Art. 13 – Órgano superior del Ministerio: Secretaría de Estado de
Función Pública.
DF 1º
-
se suprime la Secretaría de Estado de Política Territorial.
Modificado
por RD
136/2020
27 de enero
Reestructuración de la
Presidencia del Gobierno
DF 1º - Órgano superior del Ministerio: Secretaría de Estado de
Política Territorial y Función Pública.
10 de julio de 2021
Reestructuración de los
departamentos ministeriales
Art. Único – Redenominación del Ministerio de Política Territorial
y de la Secretaría de Estado de Política Territorial (las
competencias de Función Pública se incorporan al nuevo
Ministerio de Hacienda y Función Pública).
ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA
28 de julio de 2017
Estructura orgánica del
Ministerio de la Presidencia y
para las Administraciones
Territoriales
Art. 1 – Órganos superiores y directivos del Ministerio de la
Presidencia y para las Administraciones Territoriales:
a) Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes
b) Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales
c) Subsecretaría de la Presidencia y para las Administraciones
Territoriales
Derogado por
22 de junio de
2018
Estructura orgánica básica de
los departamentos
ministeriales
Art. 12 – Órganos superiores y directivos del Ministerio de
Política Territorial y Función Pública:
a) Secretaría de Estado de Política Territorial,
b) Secretaría de Estado de Función Pública y
c) Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública
d) El Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico
Derogado por
28 de enero de
2020
Estructura orgánica básica de
los departamentos
ministeriales
Art. 12 – Órganos superiores y directivos del Ministerio de
Política Territorial y Función Pública:
a) Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública
b) Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública
Modificado
por RD
682/2021
RD 682/2021, de 3
de agosto
Desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio
de Hacienda y Función
Pública y se modifica el RD
139/2020
DF 2ª – Órganos superiores y directivos del Ministerio de Política
Territorial:
a) Secretaría de Estado de Política Territorial
b) Subsecretaría de Política Territorial
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 58
Norma Contenido Órganos competentes en relaciones con CCAA Vigencia
ASIGNACIÓN DE COMPETENCIAS Y ACTIVIDADES
13 de julio
Estructura orgánica básica del
Ministerio de Política
Territorial y Función Pública
Estructura del Ministerio de Política Territorial y Función Pública,
y distribución de competencias.
Secretaría de Estado de Política Territorial
o Secretaría General de Coordinación Territorial
Dirección General de Cooperación Autonómica y Local
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Subdirección General de Relaciones Bilaterales con
las CCAA
Subdirección General de Cooperación Local
Dirección General de Régimen Jurídico Autonómico y
Local
Subdirección General de Régimen Jurídico
Autonómico
Subdirección General de Régimen Jurídico Local
Coordinador Nacional del Sistema de Información del
Mercado Interior
7 Subdirecciones Generales directamente dependientes
de la Secretaría General (entre ellas, la de Relaciones
Europeas e Internacionales)
Derogado por
11 de febrero de
2020
Estructura orgánica básica del
Ministerio de Política
Territorial y Función Pública
Estructura del Ministerio de Política Territorial y Función Pública,
y distribución de competencias.
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública
o Secretaría General de Coordinación Territorial
Dirección General de Cooperación Autonómica y Local
(sin cambios)
Dirección General de Régimen Jurídico Autonómico y
Local (sin cambios)
Dirección General de la Administración General del Estado
en el Territorio
5 Subdirecciones Generales
Subdirección General de Relaciones Europeas e
Internacionales (en dependencia directa de la Secretaría
General)
(sin cambios)
Derogado por
RD 683/2021, de 3
de agosto de 2021
Estructura orgánica básica del
Ministerio de Política
Territorial
Estructura del Ministerio de Política Territorial, y distribución de
competencias.
Secretaría de Estado de Política Territorial
o Secretaría General de Coordinación Territorial (sin
cambios)
Fuente: elaboración propia
1.2. Competencias de los órganos del MPT en materia de relaciones con CCAA según el RD
307/2020, de 11 de febrero
DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
Subdirección General de Cooperación Autonómica
(arts. 4.1 y 4.2.a)
a) El análisis, impulso y seguimiento de las relaciones de cooperación multilateral entre la Administración General del
Estado y las comunidades autónomas y de los órganos de cooperación multilateral entre ellas, especialmente las
Conferencias Sectoriales; y, en particular, el apoyo y asistencia que con este fin se preste a los departamentos
ministeriales, así como el seguimiento de las decisiones adoptadas en aquéllos.
b) La organización, impulso y coordinación del sistema de relaciones de colaboración interdepartamentales e
interadministrativas relativas a la ejecución del Programa de Garantía de la Unidad de Mercado y la implementación de
la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, en coordinación con el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 59
DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
c) El informe de los proyectos de convenios que se suscriban por la Administración General del Estado y sus
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, con las administraciones de las
comunidades autónomas, previo a la autorización del Ministerio de Hacienda a la que se refiere el artículo 50.2.c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
d) El impulso y seguimiento de los planes conjuntos a los que se refiere el artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
e) El análisis, impulso y coordinación técnica en la Administración General del Estado del uso de las lenguas oficiales,
a través del Consejo de las Lenguas Oficiales en la Administración General del Estado y de la Oficina para las
Lenguas Oficiales, así como el cumplimiento de la Carta Europea de Lenguas Regionales y/o Minoritarias, del Consejo
de Europa, particularmente a través de la preparación de los informes trianuales de seguimiento.
f) La gestión del Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
sección correspondiente a los Órganos de Cooperación.
Subdirección General de Relaciones Bilaterales con las Comunidades Autónomas
(arts. 4.1 y 4.2.b)
g) El desempeño de las funciones de las secretarías de las Comisiones Bilaterales de Cooperación y, en general, la
participación en órganos bilaterales de cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas, salvo que de la
norma de creación del órgano bilateral de cooperación o de la que regule su composición, se derive lo contrario, así
como el seguimiento de la ejecución de los acuerdos adoptados en ellos.
h) El análisis y valoración de los aspectos relativos a los traspasos de funciones y servicios a las comunidades
autónomas, la coordinación de las secretarías de las Comisiones Mixtas de Transferencias, la colaboración con el
Ministerio de Hacienda y con los ministerios afectados por el traspaso en la valoración económica de los costes
efectivos de los servicios objeto de traspaso, así como la tramitación, el impulso y el seguimiento de todas las fases de
los procedimientos de traspaso hasta la adopción de los acuerdos de las Comisiones Mixtas y su aprobación por el
Gobierno.
DIRECCIÓN GENERAL DE RÉGIMEN JURÍDICO AUTONÓMICO Y LOCAL
Subdirección General de Régimen Jurídico Autonómico
(arts. 5.1 y 5.2.a)
a) El seguimiento jurídico de los aspectos competenciales de los proyectos normativos, las disposiciones y los actos
de las comunidades autónomas desde el punto de vista de su adecuación a la Constitución y al bloque de
constitucionalidad, especialmente a través de la Comisión de Seguimiento de Disposiciones y Actos de las
Comunidades Autónomas, con inclusión, cuando proceda, de su análisis en el ámbito de la Garantía de Unidad de
Mercado.
b) El informe de asuntos que afecten a la distribución de competencias con las comunidades autónomas que se
soliciten por los órganos competentes al efecto y en los supuestos previstos en el párrafo sexto del artículo 26.5 de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con inclusión, cuando proceda, de su impacto competencial en el
ámbito de la Garantía de Unidad de Mercado.
c) La coordinación de las actuaciones de las Comisiones Bilaterales de Cooperación en lo relativo al cumplimiento de
las previsiones del artículo 33 de la LOTC, así como el impulso de las relaciones de cooperación con los
departamentos ministeriales para la prevención y solución extraprocesal de la conflictividad competencial.
d) La elaboración de propuestas de acuerdos del Presidente del Gobierno o del Consejo de Ministros sobre recursos
de inconstitucionalidad, requerimientos de incompetencia y conflictos de competencia.
Dependencia directa de la SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN TERRITORIAL
Subdirección General de Relaciones Europeas e Internacionales
(arts. 3.2 y 3.4)
a) La preparación de los asuntos y la ejecución de los acuerdos de la Conferencia para Asuntos Relacionados con la
Unión Europea y el desempeño de las funciones propias de la secretaría de la Conferencia y de sus órganos de
apoyo.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 60
Dependencia directa de la SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN TERRITORIAL
b) La preparación y el seguimiento de la participación de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función
Pública en foros y grupos de trabajo europeos e internacionales con funciones relacionadas con la política territorial,
regional y local, así como la articulación de la participación en organismos y entidades internacionales.
c) Las funciones relativas a la cooperación transfronteriza de las comunidades autónomas y las entidades locales y a
la autorización a las mismas para la participación en Agrupaciones Europeas de Cooperación Territorial, así como la
preparación de los informes previos a la autorización que corresponde al Consejo de Ministros en relación con dichas
agrupaciones, así como la elaboración del informe del artículo 11.4 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y
del Servicio Exterior del Estado, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos.
d) La iniciación e instrucción de los procedimientos para la determinación y repercusión de las responsabilidades por
incumplimiento del Derecho de la Unión Europea o de los tratados o convenios internacionales de los que España sea
parte […]
Fuente: elaboración propia basada en el RD 307/2020, de 1 1 de febrero
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 61
ANEXO 2 – FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS FISCALIZADOS EN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS Y ACTIVIDADES DEL PROGRAMA
PRESUPUESTARIO 922M
FUNCIONES ASIGNADAS A DIFERENTES ÓRGANOS SEGÚN RD
307/2020
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M
ACTIVIDADES INDICADORES
DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL (art. 4.1)
Subdirección General de Cooperación Autonómica
a) El análisis, impulso y seguimiento de las relaciones de cooperación
multilateral entre la Administración General del Estado y las comunidades
autónomas y de los órganos de cooperación multilateral entre ellas,
especialmente las Conferencias Sectoriales; y, en particular, el apoyo y
asistencia que con este fin se preste a los departamentos ministeriales, así
como el seguimiento de las decisiones adoptadas en aquéllos.
2. Impulsar, desarrollar y evaluar la
cooperación sectorial, bilateral y multilateral
entre la Administración del Estado y las
Comunidades Autónomas.
1.1. (Reuniones) Reuniones de comisiones
mixtas de transferencias y ponencias
técnicas.
1.4. (Reuniones) Asistencia a reuniones de
órganos de cooperación multilateral.
b) La organización, impulso y coordinación del sistema de relaciones
de colaboración interdepartamentales e interadministrativas relativas a la
ejecución del Programa de Garantía de la Unidad de Mercado y la
implementación de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la
unidad de mercado, en coordinación con el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.
12. Impulsar y gestionar el sistema de
cooperación entre Administraciones previsto en
la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado. 2.7. (Nº) Puntos de contacto de la Oficina
de Cooperación de la Unidad de Mercado,
para la aplicación de la LGUM en
Ministerios, Comunidades Autónomas y
Entidades Locales.
13. Cooperar con las autoridades competentes
en el Programa de racionalización Normativa
previsto en la Ley de Garantía de la Unidad de
Mercado.
c) El informe de los proyectos de convenios que se suscriban por la
Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades
de derecho público vinculados o dependientes, con las administraciones de
las comunidades autónomas, previo a la autorización del Ministerio de
Hacienda a la que se refiere el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
2. Impulsar, desarrollar y evaluar la
cooperación sectorial, bilateral y multilateral
entre la Administración del Estado y las
Comunidades Autónomas.
1.2. (Informes) Informe de Convenios de
colaboración.
d) El impulso y seguimiento de los planes conjuntos a los que se refiere
el artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. Impulsar, desarrollar y evaluar la
cooperación sectorial, bilateral y multilateral
entre la Administración del Estado y las
Comunidades Autónomas.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 62
FUNCIONES ASIGNADAS A DIFERENTES ÓRGANOS SEGÚN RD
307/2020
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M
ACTIVIDADES INDICADORES
e) El análisis, impulso y coordinación técnica en la Administración
General del Estado del uso de las lenguas oficiales, a través del Consejo de
las Lenguas Oficiales en la Administración General del Estado y de la
Oficina para las Lenguas Oficiales, así como el cumplimiento de la Carta
Europea de Lenguas Regionales y/o Minoritarias, del Consejo de Europa,
particularmente a través de la preparación de los informes trianuales de
seguimiento.
11. Gestionar la Oficina para las Lenguas
Oficiales en la Administración General del
Estado y el cumplimiento de las obligaciones
internacionales de España en esta materia.
f) La gestión del Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, sección
correspondiente a los Órganos de Cooperación.
7. Ofrecer de forma sistemática la información
institucional y jurídica referida al Estado
autonómico, en especial mediante el uso de
tecnologías de la información y la implantación
de procedimientos telemáticos.
Subdirección General de Relaciones Bilaterales con las Comunidades
Autónomas
g) El desempeño de las funciones de las secretarías de las Comisiones
Bilaterales de Cooperación y, en general, la participación en órganos
bilaterales de cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas,
salvo que de la norma de creación del órgano bilateral de cooperación o de
la que regule su composición, se derive lo contrario, así como el
seguimiento de la ejecución de los acuerdos adoptados en ellos.
2. Impulsar, desarrollar y evaluar la
cooperación sectorial, bilateral y multilateral
entre la Administración del Estado y las
Comunidades Autónomas.
1.3. (Reuniones) Reuniones de comisiones
bilaterales de cooperación.
h) El análisis y valoración de los aspectos relativos a los traspasos
de funciones y servicios a las comunidades autónomas, la coordinación
de las secretarías de las Comisiones Mixtas de Transferencias, la
colaboración con el Ministerio de Hacienda y con los ministerios afectados
por el traspaso en la valoración económica de los costes efectivos de los
servicios objeto de traspaso, así como la tramitación, el impulso y el
seguimiento de todas las fases de los procedimientos de traspaso hasta la
adopción de los acuerdos de las Comisiones Mixtas y su aprobación por el
Gobierno.
1. Coordinar y desarrollar los procesos de
traspasos de funciones y servicios del Estado
a las Comunidades Autónomas.
2.6. (Nº) Elaboración y tramitación de
Reales Decretos de traspasos.
Subdirección General de Cooperación Local
i) Las relaciones y la colaboración con las comunidades autónomas y co n
las entidades locales, directamente o a través de sus asociaciones, en
materia de gobierno y administración local, dentro del ámbito de
9. Impulsar, desarrollar y evaluar la
cooperación institucional entre la
Administración del Estado y las Entidades
locales.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 63
FUNCIONES ASIGNADAS A DIFERENTES ÓRGANOS SEGÚN RD
307/2020
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M
ACTIVIDADES INDICADORES
competencias que corresponden a la Secretaría General de Coordinación
Territorial.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las EELL,
desarrollando su posición institucional en la
organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la AGE por la
normativa básica sobre régimen local.
j) La preparación de los asuntos y la ejecución de los acuerdos de la
Conferencia Sectorial para Asuntos Locales, el Pleno y la Subcomisión de
Cooperación con la Administración Local de la Comisión Nacional de
Administración Local, de la Comisión Interadministrativa de Capitalidad
y de la Comisión de Colaboración Estado-Comunidad Autónoma de
Cataluña-Ayuntamiento de Barcelona, desempeñando las funciones
propias de la secretaría de estos órganos y de aquéllos que sean de apoyo.
9. Impulsar, desarrollar y evaluar la
cooperación institucional entre la
Administración del Estado y las Entidades
locales.
3.6. (Reuniones) Reuniones de la Comisión
Nacional de Administración Local y sus
grupos de trabajo, de la Conferencia
Sectorial sobre Asuntos Locales y del
órgano de segundo nivel de directores
generales y de la Comisión
Interadministrativa de la Ley de Régimen
Especial de Barcelona.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las EELL,
desarrollando su posición institucional en la
organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la AGE por la
normativa básica sobre régimen local.
k) La gestión de los programas económicos de cooperación local y de los
correspondientes créditos presupuestarios estatales así como de los
programas europeos de aplicación en el área de las entidades locales.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las EELL,
desarrollando su posición institucional en la
organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la AGE por la
normativa básica sobre régimen local.
l) La asistencia técnica y evacuación de consultas de las entidades
locales en relación con las materias de contenido económico, en el ámbito
de competencias de la Dirección General.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las EELL,
desarrollando su posición institucional en la
organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la AGE por la
normativa básica sobre régimen local.
3.5. (Trámites e informes) Estudio y
tramitación de expedientes de autorización
de consultas populares municipales.
m) La actuación como organismo intermedio para la gestión de los
Fondos de la Unión Europea dirigidos a las entidades locales, cuando así
se haya previsto en el instrumento jurídico correspondiente.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las EELL,
desarrollando su posición institucional en la
organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la AGE por la
normativa básica sobre régimen local.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 64
FUNCIONES ASIGNADAS A DIFERENTES ÓRGANOS SEGÚN RD
307/2020
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M
ACTIVIDADES INDICADORES
DIRECCIÓN GENERAL DE RÉGIMEN JURÍDICO AUTONÓMICO Y LOCAL (art. 5.1)
Subdirección General de Régimen Jurídico Autonómico
a) El seguimiento jurídico de los aspectos competenciales de los
proyectos normativos, las disposiciones y los actos de las
comunidades autónomas desde el punto de vista de su adecuación a la
Constitución y al bloque de constitucionalidad, especialmente a través de la
Comisión de Seguimiento de Disposiciones y Actos de las Comunidades
Autónomas, con inclusión, cuando proceda, de su análisis en el ámbito de
la Garantía de Unidad de Mercado.
4. Velar por la adecuación de las normas y actos
de las CCAA al marco constitucional de
distribución de competencias entre el Estado y
las CCAA.
2.1. (Informes) Informes de proyectos de ley
y disposiciones y actos de las Comunidades
Autónomas relevantes desde el punto de
vista del reparto constitucional de
competencias.
b) El informe de asuntos que afecten a la distribución de competencias
con las comunidades autónomas que se soliciten por los órganos
competentes al efecto y en los supuestos previstos en el párrafo sexto del
artículo 26.5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con
inclusión, cuando proceda, de su impacto competencial en el ámbito de la
Garantía de Unidad de Mercado.
6. Realizar estudios sobre aspectos
competenciales de las relaciones entre la
Administración General del Estado, las
Comunidades Autónomas y las Entidades
locales, así como sobre el ejercicio de las
funciones administrativas de cada nivel y sus
mutuas interacciones.
2.3. (Informes) Análisis previo de proyectos
de disposiciones reglamentarias y proyectos
de Ley del Estado.
c) La coordinación de las actuaciones de las Comisiones Bilaterales de
Cooperación en lo relativo al cumplimiento de las previsiones del artículo
33 de la LOTC, así como el impulso de las relaciones de cooperación con
los departamentos ministeriales para la prevención y solución extraprocesal
de la conflictividad competencial.
5. Reducir la conflictividad jurídica Estado-
Comunidades Autónomas utilizando, en
especial, el procedimiento de participación de
las correspondientes Comisiones Bilaterales de
Cooperación.
2.2. (Reuniones) Actuaciones en relación
con la solución extraprocesal de los
conflictos, con especial consideración a las
comisiones bilaterales de cooperación.
d) La elaboración de propuestas de acuerdos del Presidente del
Gobierno o del Consejo de Ministros sobre recursos de
inconstitucionalidad, requerimientos de incompetencia y conflictos de
competencia.
2.4. (Informes) Seguimiento de la
tramitación parlamentaria de los proyectos
de Ley y otras iniciativas en las Cortes
Generales, desde la perspectiva
competencial.
7. Ofrecer de forma sistemática la información
institucional y jurídica referida al Estado
autonómico, en especial mediante el uso de
tecnologías de la información y la implantación
de procedimientos telemáticos.
2.5. (Registros) Mantenimiento de las
bases de datos MAP-LEXTER, y
depuración de la documentación existente
referida a Traspasos, y revisión y
clasificación de los mismos.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 65
FUNCIONES ASIGNADAS A DIFERENTES ÓRGANOS SEGÚN RD
307/2020
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M
ACTIVIDADES INDICADORES
Subdirección General de Régimen Jurídico Local
e) La elaboración, propuesta e informe de las disposiciones del Estado
que afecten a las entidades locales, el seguimiento e informe de leyes,
proyectos y proposiciones de ley de las comunidades autónomas que
afecten a las citadas entidades y el asesoramiento jurídico a las
administraciones públicas en materia de régimen jurídico local.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las entidades
locales, desarrollando su posición institucional en
la organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la Administración del
Estado por la normativa básica sobre régimen
local.
3.4. (Consultas) Asesoramiento jurídico a
las administraciones públicas en materia de
régimen jurídico local e informes sobre
proyectos normativos que incidan sobre el
régimen local.
f) La gestión del Registro de Entidades Locales a que se refiere el artículo
3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local.
10. Ofrecer de forma sistemática la información
institucional referida a las Entidades locales,
facilitando su acceso mediante el uso de
tecnologías de la información.
3.3. (Anotaciones) Registro de Entidades
Locales.
g) El reconocimiento de firma de los documentos expedidos por las
entidades locales, dentro del procedimiento de legalización diplomática de
estos documentos cuando deban surtir efectos en países no firmantes del
Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961.
3.1. (Fichas y expedientes) Mantenimiento
y explotación del Banco de Datos de
miembros de corporaciones locales.
Legalizaciones de firmas de alcaldes.
h) La gestión de los sistemas de indicadores de ámbito local relacionados
con las competencias de la Dirección General de Cooperación Autonómica
y Local.
10. Ofrecer de forma sistemática la información
institucional referida a las Entidades locales,
facilitando su acceso mediante el uso de
tecnologías de la información.
i) La elaboración de propuestas de acuerdo del Consejo de Ministros
relativas a las consultas populares municipales.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las entidades
locales, desarrollando su posición institucional en
la organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la Administración del
Estado por la normativa básica sobre régimen
local.
j) El seguimiento y la tramitación de las cuestiones que se susciten entre
municipios pertenecientes a distintas comunidades autónomas sobre
deslinde de sus términos municipales.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las entidades
locales, desarrollando su posición institucional en
la organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la Administración del
Estado por la normativa básica sobre régimen
local.
3.2. (Informes) Informes sobre normativa
con incidencia local y tramitación de
expedientes de deslindes.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 66
FUNCIONES ASIGNADAS A DIFERENTES ÓRGANOS SEGÚN RD
307/2020
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M
ACTIVIDADES INDICADORES
k) El informe de los proyectos de convenios que se suscriban por la
Administración General del Estado y sus organismos públicos, y entidades
de derecho público vinculados o dependientes, con las entidades locales,
previo a la autorización del Ministerio de Hacienda a la que se refiere el art.
50.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
8. Velar y garantizar la autonomía local y el
adecuado funcionamiento de las entidades
locales, desarrollando su posición institucional en
la organización territorial, mediante el ejercicio de
las actuaciones atribuidas a la Administración del
Estado por la normativa básica sobre régimen
local.
3.7. (Nº) Registros de Convenios:
AGE/EELL; RCESPE/REOICO y CONCAEL
Coordinador Nacional del Sistema de Información del Mercado Interior
(NIMIC)
(art.5.3) responsable del desarrollo y correcto funcionamiento en el ámbito
nacional del sistema de información del mercado interior (IMI) entre los
Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.
14. Impulsar, desarrollar y aplicar en España el
Sistema de Información del Mercado Interior
(IMI) como instrumento de cooperación
administrativa entre los Estados miembros de la
UE y entre estos y la Comisión Europea.
1.7. (Reuniones) Reuniones de comités y
grupos de trabajo de la Comisión Europea,
del grupo de coordinadores IMI y
convocadas por otros organismos
nacionales e internacionales, relativas al
IMI. Cursos de formación. Actuaciones
como interlocutor de la Comisión y los
demás EEMM en cuestiones relacionadas
con el IMI.
SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN TERRITORIAL (art. 3.2)
Subdirección General de Relaciones Europeas e Internacionales
a) La preparación de los asuntos y la ejecución de los acuerdos de la
Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea y el
desempeño de las funciones propias de la secretaría de la Conferencia y de
sus órganos de apoyo.
3. Impulsar, desarrollar y articular la participación
de las CCAA y de las EELL en los asuntos
europeos.
1.5. (Reuniones) Participación en
organizaciones internacionales y europeas
(UE, Consejo de Europa, OCDE),
incluyendo la Conferencia para asuntos
relacionados con la UE y la Comisión de
Coordinadores de asuntos de la UE.
b) La preparación y el seguimiento de la participación de la Secretaría de
Estado de Política Territorial y Función Pública en foros y grupos de
trabajo europeos e internacionales con funciones relacionadas con la
política territorial, regional y local, así como la articulación de la
participación en organismos y entidades internacionales.
3. Impulsar, desarrollar y articular la participación
de las CCAA y de las EELL en los asuntos
europeos.
1.5. (Reuniones) Participación en
organizaciones internacionales y europeas
(UE, Consejo de Europa, OCDE),
incluyendo la Conferencia para asuntos
relacionados con la UE y la Comisión de
Coordinadores de asuntos de la UE.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 67
FUNCIONES ASIGNADAS A DIFERENTES ÓRGANOS SEGÚN RD
307/2020
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 922M
ACTIVIDADES INDICADORES
c) Las funciones relativas a la cooperación transfronteriza de las
comunidades autónomas y las entidades locales y a la autorización a las
mismas para la participación en Agrupaciones Europeas de Cooperación
Territorial, así como la preparación de los informes previos a la
autorización que corresponde al Consejo de Ministros en relación con
dichas agrupaciones, así como la elaboración del informe del artículo 11.4
de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del
Estado, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos.
3. Impulsar, desarrollar y articular la participación
de las CCAA y de las EELL en los asuntos
europeos.
1.6. (Nº) Convenios y expedientes de
autorización de cooperación transfronteriza.
Informes previos de la Ley de Acción
Exterior a los convenios no normativos de
CCAA y EELL.
d) La iniciación e instrucción de los procedimientos para la determinación y
repercusión de las responsabilidades por incumplimiento del Derecho
de la Unión Europea o de los tratados o convenios internacionales de los
que España sea parte [...]
Fuente: elaboración propia
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 69
ANEXO 3 – RELACIÓN DE CONFERENCIAS SECTORIALES CONSTITUIDAS
3.1. Conferencias sectoriales existentes a 31 de diciembre de 2020
Denominación
Fecha
constitución
o 1ª reunión
Norma de creación o regulación
reuniones
en 2020
1 Consejo de Política Fiscal y Financiera de las
Comunidades Autónomas 01/07/1981 LO 8/1980, de 22 de septiembre, de
financiación de las CCAA 2
2 Conferencia Sectorial de Agricultura y
Desarrollo Rural 28/07/1983 8
3 Conferencia Sectorial de Turismo 06/07/1984 5
4 Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre
Drogas 11/04/1985 1
5 Conferencia Sectorial de Educación 25/11/1986 LO 8/1985, de 3 de julio, reguladora del
derecho a la educación 8
6 Conferencia Sectorial de Consumo 12/01/1987
TR de la Ley General para la Defensa
de los Consumidores y Usuarios,
aprobado por Real Decreto legislativo
1/2007, de 16 de noviembre
-
7 Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud 07/04/1987
cohesión y calidad del Sistema Nacional
de Salud
82
8 Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo
y Suelo 19/10/1987 1
9 Conferencia Nacional de Transportes 14/06/1988 Ley 16/1987, de 30 de julio, de
ordenación de los transportes terrestres 2
10
Conferencia Sectorial de Medio Ambiente 29/11/1988 3
11
Conferencia para Asuntos Relacionados con la
Unión Europea 22/12/1988
se regula la Conferencia para Asuntos
Relacionados con las Comunidades
Europeas
3
12
Conferencia Sectorial de Cultura 16/11/1992 2
13
Conferencia Sectorial de Infraestructuras y
Ordenación del Territorio 10/03/1993 -
14
Conferencia Sectorial de Pesca 29/09/1994 1
15
Conferencia Sectorial de Comercio Interior 08/05/1995 5
16
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos
Laborales 23/07/1996
del Sistema de Inspección de Trabajo y
Seguridad Social
el que se desarrolla la Ley 56/2003
2
17
Conferencia Sectorial del Juego 05/05/1999 -
18
Conferencia Sectorial en materia de
Administración de Justicia 23/10/1999 2
19
Conferencia Sectorial de Administración
Pública 17/12/2003 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público 3
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 70
Denominación
Fecha
constitución
o 1ª reunión
Norma de creación o regulación
reuniones
en 2020
20
Conferencia Sectorial para Asuntos Locales 17/01/2005
medidas para la modernización del
gobierno local
-
21
Conferencia Sectorial de Telecomunicaciones
y Sociedad de la Información 26/10/2005 -
22
Conferencia General de Política Universitaria 04/06/2007
Universidades, en la modificación
7
23
Conferencia Sectorial de Inmigración 09/07/2008 -
24
Conferencia Sectorial de Igualdad 21/01/2009 2
25
Conferencia Sectorial de Energía 11/05/2011 Ley 2/2011, de 4 de marzo, de
Economía Sostenible 2
26
Consejo de Políticas del Juego 21/06/2011 Ley 13/2011, de 27 de mayo, de
regulación del juego 1
27
Consejo de Política Científica, Tecnológica y
de Innovación 18/09/2012 Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación 2
28
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del
Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia
16/01/2013
Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las personas en situación de
dependencia
4
29
Conferencia Sectorial de Industria y PYME 12/03/2014 1
30
Consejo para la Unidad de Mercado 27/01/2015 Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de
garantía de la unidad de mercado -
31
Consejo Nacional de Protección Civil 29/03/2017 Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema
Nacional de Protección Civil 1
32
Conferencia Sectorial de Deporte 23/07/2018 -
33
Conferencia Sectorial para Asuntos de la
Seguridad Nacional 18/12/2018 Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de
Seguridad Nacional 2
34
Conferencia Sectorial de Agenda 2030 09/07/2020 2
35
Conferencia Sectorial de Reto Demográfico 23/07/2020 2
36
Conferencia Sectorial del Sistema de
Cualificaciones y Formación Profesional para
el Empleo
30/11/2020 1
Fuente: elaboración propia
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 71
3.2. Órganos inscritos en REOICO como CCSS que no se consideran como tales
(cont.)
Denominación
Órganos
auxiliares
a una CS
Composición
sin el nivel
previsto en la
Faltan
atribuciones
propias de
las CCSS
37 Consejo Consultivo de Política Agrícola para
Asuntos Comunitarios
38 Consejo Consultivo de Política Pesquera para
Asuntos Comunitarios
39 Comisión Interterritorial de Cooperación para el
Desarrollo
40 Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y
Movilidad Sostenible
41 Comisión de Recursos Humanos del Sistema
Nacional de Salud
42 Consejo de Política de Seguridad
43 Comisión Nacional de Salvamento Marítimo
44 Consejo Interterritorial de Internacionalización
45 Consejo Consultivo de Política Medioambiental
para Asuntos Comunitarios
Fuente: elaboración propia
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 73
ANEXO 4 – DEBILIDADES E INCIDENCIAS DESCRITAS EN EL PROYECTO
A continuación, se relacionan las incidencias señaladas en el proyecto de informe, haciendo referencia al subepígrafe en el que aparecen. La
referencia del órgano es el número con el que aparece en la relación de CCSS, y no CCSS en su caso, del anexo 3.
Nombre órgano II.1.1.b
(a)
II.1.1.b
(b)68
II.1.1.b
(c)
II.1.1.b
(d)
II.1.1.b
(e)
II.1.1.b
(f)
II.1.1.b
(g)
II.3.2
(a)
II.3.2
(b)
II.3.2
(c.1)
II.3.2
(c.2)
II.3.2
(c.3)
1
Consejo de Política Fiscal y
Financiera de las Comunidades
Autónomas
2 Confere ncia Sectorial de Agricultura y
Desarrollo Rural
4 Confere ncia Sectorial del Plan
Nacional sobre Drogas
5 Confere ncia Sectorial de Educación
7 Consejo Intert erritorial del Sistema
Nacional de Salud
8 Confere ncia Sectorial de Vivienda,
Urbanismo y Suelo
9 Confere ncia Nacional de Transportes
10 Conferencia Sectorial de Medio
Ambiente
   
  
13
Conferencia Sectorial de
Infraestructuras y Ordenación del
Territorio 69 

14 Conferencia Sectorial de Pesca
68 En el trámite de alegaciones se han recibido borradores de reglamento de varias CCSS, adaptados a la normativa vigente y pendientes de aprobación.
69 El Ministerio de Transportes, Movilidad y Age nda Urbana ha manifestado en alegaciones que la falta de reglamento interno carecería de objeto en aquellos órganos afectados
por la extinción señalada en el subepígrafe II.3.2.b, como es el caso de la Conferencia Sectorial de Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Aunque formalmente debe
reconocerse la procedencia de la alegación, la ausencia de ex tinción formalizada y registrada en REOICO-Órganos hace recomendable mantener la vigilancia de los requisitos
formales, puesto que otros órganos afectados por la misma causa de extinción por inactividad han vuelto a reactivarse simplemente mediante la convocatoria de una nueva
reunión.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 74
Nombre órgano II.1.1.b
(a)
II.1.1.b
(b)68
II.1.1.b
(c)
II.1.1.b
(d)
II.1.1.b
(e)
II.1.1.b
(f)
II.1.1.b
(g)
II.3.2
(a)
II.3.2
(b)
II.3.2
(c.1)
II.3.2
(c.2)
II.3.2
(c.3)
16 Conferencia Sectorial de Empleo y
Asuntos Laborales
   
  
17 Conferencia Sectorial del Juego
18 Conferencia Sectorial en materia de
Administración de Justicia
19 Conferencia Sectorial de
Administración Pública 
  
20 Conferencia Sectorial para Asuntos
Locales
21
Conferencia Sectorial de
Telecomunicaciones y Sociedad de la
Información
22 Conferencia General de Política
Universitaria
23 Conferencia Sectorial de Inmigración
24 Conferencia Sectorial de Igualdad
25 Conferencia Sectorial de Energía
       
27 Consejo de Política Científica,
Tecnológica y de Innovación
30 Consejo para la Unidad de Mercado 
      
31 Consejo Nacional de Protección Civil
33 Conferencia Sectorial para Asuntos
de la Seguridad Nacional 
    
34 Conferencia Sectorial de Agenda
2030 
  
35 Conferencia Sectorial de Reto
Demográfico 
  
37* Consejo Consultivo de Política
Agrícola para Asuntos Comunitarios
     
38* Consejo Consultivo de Política
Pesquera para Asuntos Comunitarios
     
39* Comisión Interterritorial de
Cooperación para el Desarrollo
 
   
 
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 75
Nombre órgano II.1.1.b
(a)
II.1.1.b
(b)68
II.1.1.b
(c)
II.1.1.b
(d)
II.1.1.b
(e)
II.1.1.b
(f)
II.1.1.b
(g)
II.3.2
(a)
II.3.2
(b)
II.3.2
(c.1)
II.3.2
(c.2)
II.3.2
(c.3)
40* Consejo Superior de Tráfico,
Seguridad Vial y Movilidad Sostenible

41* Comisión de Recursos Humanos del
Sistema Nacional de Salud
  
42* Consejo de Política de Seguridad
 
   
43* Comisión Nacional de Salvamento
Marítimo
       
44* Consejo Interterritorial de
Internacionalización  
   
45*
Consejo Consultivo de Política
Medioambiental para Asuntos
Comunitarios
      
Fuente: elaboración propia
(*) Estos órganos no se consideran CCSS, pese a encontrars e inscritos como tales en REOICO.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 77
ANEXO 5 – REUNIONES DE LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES DESDE 2020
Las reuniones mantenidas desde 2020 se relacionan en la página web del MPT70.
La información adicional facilitada por el MPT señala lo siguiente respecto de estas reuniones:
Se celebraron 14 sesiones extraordinarias semanales a partir del 15 de marzo de 2020,
al día siguiente de la entrada en vigor del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19. Todas ellas tuvieron lugar telemáticamente mientras
duró el primer estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.
De acuerdo con la información recibida, el contenido de estas reuniones fue
fundamentalmente de transmisión de información del Gobierno estatal a las CCAA,
acerca de la situación epidemiológica, las distintas medidas adoptadas en el seno del
CISNS, así como sobre otras medidas estrechamente relacionadas con las
limitaciones derivadas del estado de alarma.
A partir de mediados de abril se empezó a informar también sobre el proceso que fue
llamado de “desescalada” para salir del confinamiento de forma gradual.
En la reunión de 31 de julio de 2020 se acordó que la CP mantuviera reuniones
periódicas mientras persistiera la pandemia. Se anunció que se celebraría una cumbre
autonómica sobre el inicio del curso escolar y que se crearía una Conferencia Sectorial
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia aprobado ese mismo mes por la
Comisión Europea.
En las reuniones de septiembre y octubre de 2020 y julio de 2021, se informó también
por el Presidente del Gobierno a los Presidentes Autonómicos, sobre la marcha de la
pandemia y sobre los primeros pasos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia. En la de 26 de octubre de 2020 se informó sobre la declaración del
segundo estado de alarma y la autoridad delegada que recaía en los Presidentes de
las CCAA.
En la reunión de 22 de diciembre de 2021, como consecuencia del aumento de
contagios debido a la variante Ómicron, se adoptaron algunas medidas conjuntas
(vacunación, mascarillas, test de autodiagnóstico, etc.)
La última reunión de la CP a la fecha de cierre de los trabajos de campo de esta
fiscalización, celebrada en la isla de La Palma el 13 de marzo de 2022, se convocó en
apoyo de la recuperación de este territorio tras la erupción del volcán Cumbre Vieja.
Se acordó una posición común frente a la guerra en Ucrania y un Plan Nacional de
Respuesta a sus consecuencias. También se adoptaron medidas para agilizar la
aplicación de los fondos europeos, recomendaciones para el Sistema Nacional de
Protección Civil y un nuevo reglamento para la propia CP.
70 http://www.mptfp.es/portal/politica-territorial/autonomica/coop_autonomica/Confer_Presidentes.html
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 79
ANEXO 6 – REUNIONES DE CONFERENCIAS SECTORIALES DURANTE 2020
# Denominación
Reuniones 2020
Muestra de reuniones
Presencial
Telemática
Total
general
Presencial
Telemática
1
Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas 1 1 2
1
2
Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2 6 8
1
3
Conferencia Sectorial de Turismo - 5 5
1
4
Conferencia Sectorial del Plan Nacional Sobre Drogas - 1 1
5
Conferencia Sectorial de Educación - 8 8
1
6
Conferencia Sectorial de Consumo - - -
7
Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud 2 80 82
1
4
8
Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo - 1 1
9
Conferencia Nacional de Transportes - 2 2
10
Conferencia Sectorial de Medio Ambiente 1 2 3
11
Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea 1 2 3
1
12
Conferencia Sectorial de Cultura 1 1 2
13
Conferencia Sectorial de Infraestructuras y Ordenación del Territorio - - -
14
Conferencia Sectorial de Pesca - 1 1
15
Conferencia Sectorial de Comercio Interior - 5 5
16
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales - 2 2
17
Conferencia Sectorial del Juego - - -
18
Conferencia Sectorial en Materia de Administración de Justicia 1 1 2
19
Conferencia Sectorial de Administración Pública - 3 3
20
Conferencia Sectorial para Asuntos Locales - - -
21
Conferencia Sectorial de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información - - -
22
Conferencia General de Política Universitaria 1 6 7
23
Conferencia Sectorial de Inmigración - - -
24
Conferencia Sectorial de Igualdad - 2 2
25
Conferencia Sectorial de Energía 1 1 2
26
Consejo de Políticas del Juego - 1 1
1
27
Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación 1 1 2
1
28
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
- 4 4
1
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 80
# Denominación
Reuniones 2020
Muestra de reuniones
Presencial
Telemática
Total
general
Presencial
Telemática
29
Conferencia Sectorial de Industria y PYME 1 - 1
30
Consejo para la Unidad de Mercado - - -
31
Consejo Nacional de Protección Civil 1 - 1
32
Conferencia Sectorial de Deporte - - -
33
Conferencia Sectorial para Asuntos de la Seguridad Nacional 1 1 2
34
Conferencia Sectorial de Agenda 2030 - 2 2
35
Conferencia Sectorial de Reto Demográfico - 2 2
1
36
Conferencia Sectorial del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo
- 1 1
37*
Consejo Consultivo de Política Agrícola Para Asuntos Comunitarios 2 5 7
1
1
38*
Consejo Consultivo de Política Pesquera Para Asuntos Comunitarios 1 2 3
39*
Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo - 1 1
40*
Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible - - -
41*
Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud - 1 1
42*
Consejo de Política de Seguridad - - -
43*
Comisión Nacional de Salvamento Marítimo - - -
44*
Consejo Interterritorial de Internacionalización - - -
45*
Consejo Consultivo de Política Medioambiental Para Asuntos Comunitarios - 3 3
1
Total general 18 154 172
2
15
Fuente: elaboración propia
(*) Estos órganos no se consideran CCSS, pese a encontrars e inscritos como tales en REOICO.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 81
ANEXO 7 – NOTA METODOLÓGICA SOBRE EL ÍNDICE DE PRESENCIA RELATIVA
El índice de presencia relativa se definió en un anterior informe de fiscalización de este
Tribunal de Cuentas, el número 1.441, “Fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y
hombres en el desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019”, aprobado por el Pleno el
27 de julio de 2021, y disponible en https://www.tcu.es/repositorio/ef0bc46b-005e-4d48-8d28-
b94743e161a9/I1441.pdf. En su anexo 3 se encuentra una completa nota metodológica
acerca de este índice. En este anexo se recoge un extracto de dicha nota metodológica.
Objetivo
El índice de presencia relativa (IPR) es un índice sintético que evalúa el diferencial de la
presencia relativa de un sexo en el subgrupo para el que se está calculando el índice, respecto
de su presencia en el total de la población objeto de estudio.
Definición del índice
Se definen las siguientes variables:
IPRMds: Índice de presencia relativa del sexo S en retribuciones inferiores a la mediana.
TS: Es el número total de personas del sexo S que forman parte del grupo analizado.
SMd: Número de personal del sexo S que se encuentran por debajo del salario mediano. Es
decir, número de personas del sexo S por debajo del salario que divide al grupo analizado en
dos mitades iguales.
T: Número total de personas de ambos sexos que integran el grupo analizado.
TMd: Número de personas de ambos sexos cuyo salario se encuentra por debajo de la
mediana. Por la definición de mediana, este número es el 50 % de T o lo más cercano al 50%
que permita la propia distribución de los datos.
El índice IPRMd se define:
=

1100
Donde:

 es la presencia relativa de las personas del sexo S entre todas las personas que se
encuentran por debajo del salario mediano del grupo analizado.
es la presencia relativa de las personas del sexo S entre el número total de personas que
componen el grupo analizado.
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022 82
Valores críticos e interpretación de resultados del índice de presencia relativa del sexo
S en retribuciones inferiores a la mediana del grupo (IPRMdS)
IPRMdS=0 Este valor del índice significa que la presencia de personas del sexo S por
debajo de la retribución mediana es igual a su presencia relativa en el
conjunto del grupo analizado.
IPRMdS Si el valor es negativo, significa que la presencia de personas del sexo S
por debajo de la retribución mediana del conjunto del grupo analizado es
inferior a la que presencia relativa que tiene en el conjunto.
IPRMdS= -100 Ninguna persona del sexo S está por debajo de la retribución mediana para
el conjunto del grupo analizado.
IPRMdS>0 Si el valor del índice es positivo, significa que la presencia de personas del
sexo S por debajo de la retribución mediana del conjunto del grupo es
superior a la que presencia relativa que tiene en el conjunto del grupo
analizado.
IPRMdS= 100 Todas las personas del sexo S están por debajo de la retribución mediana
para el conjunto del grupo analizado.
ALEGACIONES FORMULADAS
TRATAMIENTO DE ALEGACIONES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, el anteproyecto de informe de la presente
fiscalización se remitió para alegaciones a las personas titulares del Ministerio de Política
Territorial y de aquellos ministerios en cuyo ámbito competencial existen órganos de
cooperación de los incluidos en la fiscalización. Así mismo, se remitió a los antecesores en
dichos cargos, hasta el periodo fiscalizado. El total de destinatarios del anteproyecto fue de
36 personas.
Se recibieron en tiempo y forma tres solicitudes de prórroga al plazo inicialmente concedido
para alegaciones y todas ellas fueron concedidas.
Finalmente se recibieron 13 escritos de alegaciones, que se adjuntan a continuación, junto
con la documentación que se acompañaba a cada uno.
A la vista de las alegaciones, este Tribunal ha efectuado las oportunas modificaciones en el
texto del informe y ha reflejado en notas a pie de página las consideraciones que se han
estimado precisas en algunos casos respecto al contenido de las alegaciones formuladas. No
se ha efectuado valoración ni modificación del texto del informe respecto de aquellas
alegaciones que constituyen explicaciones o justificaciones sobre los resultados expuestos,
ni de aquellos hechos alegados que no se fundamentan en soporte documental o normativo,
ni respecto de las alegaciones relativas a medidas puestas en práctica con posterioridad a
esta actuación fiscalizadora. La falta de contestación a este tipo de alegaciones no debe
entenderse, en consecuencia, como una aceptación tácita de su contenido.
En todo caso, con independencia de las consideraciones que se hayan efectuado en las
alegaciones recibidas, el resultado definitivo de las actuaciones fiscalizadoras es el expresado
en el presente proyecto de informe.
ALEGACIONES FORMULADAS
Ministra de Sanidad y exministra de Política Territorial
Ministra de Hacienda y Función Pública
Ministro de Consumo
Ministra de Educación y Formación Profesional
Exministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Exministro de Sanidad
Exministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Ministro de la Presidencia del Gobierno
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Ministra de Industria, Comercio y Turismo
Ministra de Política Territorial
Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030
Alegaciones formuladas por la Ministra de Sanidad y
exministra de Política Territorial
Código seguro de Verificación : GEN-c4ee-b048-d0a3-3e8d-5b04-0c1b-dc8d-ba76 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : CAROLINA DARIAS SAN SEBASTIAN | FECHA : 24/10/2022 18:48 | Sin acción específica
MINISTERIO
DE SANIDAD
En contestación a su esc rito de 18 de octubre de 2022, en el que se ponen de manifiesto
los resultados de la Fiscalización de las actuaciones para las relaciones de cooperación
multilateral entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas
desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19, y se solicita que se
realicen las alegaciones oportunas al anteproyecto de informe de fiscalización, se informa
lo siguiente:
En lo referente a mi condición de titular del Ministerio de Política Territorial, desde el 1 3
de enero de 2020 al 27 de enero de 2021, me remito a las alegaciones que se hagan desde
ese Ministerio.
Por lo que respecta a mi condición de titular del Ministerio de Sanidad desde el 27 de enero
de 2021 hasta hoy, se remiten las alegaciones realizadas por este departamento.
A fecha de la firma electrónica
LA MINISTRA
Carolina Darias San Sebastián
SR. D. JOAN MAURI MAJÓS
CONSEJERO DEL DEPARTAMENTO DE LAS ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO Y
DE CARÁCTER GENERAL
TRIBUNAL DE CUENTAS
Código seguro de Verificación : GEN-4ee6-6252-ac5d-1f94-f884-eb2e-1057-6ba7 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : CAROLINA DARIAS SAN SEBASTIAN | FECHA : 24/10/2022 18:48 | Sin acción específica
MINISTERIO
DE SANIDAD
ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES
PARA LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN MULTILA TERAL ENTRE LA ADMINISTRACIÓN
GENERAL DEL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN EL
MARCO DE LA GESTIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19
Respecto a la recomendación número 9 del Anteproyecto de Informe de fiscalización “Al
MPT y los ministerios responsables de CCSS, que se publiquen los acuerdos de CS en sus
respectivas páginas web., en lo referente al Ministerio de Sanidad, cabe señalar que los
acuerdos del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se publican
en la web del departamento en el siguiente apartado:
Ministerio de Sanidad - Organización Institucional - Consejo Interterritorial del SNS
Acuerdos adoptados en pleno.
Por otra parte, en el anteproyecto de informe se han observado algunas incorrecciones en
cuanto al número de reuniones señaladas, debido a que parece que se han contabilizado
como reuniones del Pleno del CISNS las reuniones bilaterales mantenidas con el Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el que no participaban todos los miembros del
Pleno y por tanto no pueden considerarse como tal:
Página 14: Gráfico 3 - Reuniones del Pleno del CISNS durante 2020:
Julio 6 reuniones, en lugar de 8
Agosto 6 reuniones, en lugar de 10
Septiembre 6 reuniones, en lugar de 10
Octubre 6 reuniones, en lugar de 9
Noviembre 4 reuniones, en lugar de 5
Página 25: En el párrafo tercero se señala “En el caso del CISNS, esta labor supuso
un reto adicional desde el brote de COVID-19, debido al número e i mportancia de
las reuniones mantenidas, especial mente en 2020 y 2021, y propiciado por el auge
de un entorno telemático. Los representantes del MPT sí pudieron estar presentes
en las 82 ocasiones en que se reunió esta C S en el periodo fiscalizado”. Sin embargo,
deberían figurar 68 ocasiones.
Página 65: ANEXO 3 RELACIÓN DE CONFERENCIAS SECTORIALES CONSTITUIDAS
reuniones 2020: 68, en lugar de 82.
Código seguro de Verificación : GEN-4ee6-6252-ac5d-1f94-f884-eb2e-1057-6ba7 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : CAROLINA DARIAS SAN SEBASTIAN | FECHA : 24/10/2022 18:48 | Sin acción específica
Página | 2
Página 75: ANEXO 6 REUNIONES DE CONFERENCIAS SECTORIALES DURANTE 2020
Reuniones 2020 - telemática: 66
Reuniones 2020 total general: 68
Página 13: En consecuencia, en el último párrafo, cuando hace referencia al total
de reuniones de las CCSS, deberían ser 14 reuniones menos: 140, en lugar de 154,
y 157, en lugar de 171.
Alegaciones formuladas por la Ministra de Hacienda
y Función Pública
MARIA JESUS MONTERO CUADRADO - 2022-11-18 11:25:13 CET
Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV en https://www.pap.hacienda.gob.es
MARIA JESUS MONTERO CUADRADO - 2022-11-18 11:25:13 CET
Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV en https://www.pap.hacienda.gob.es
De: Secretaria del CPFF
Enviado el: miércoles, 30 de sepembre de 2020 13:51
Para: Ministra Polica Territorial y FP
Asunto: Convocatoria MTRA POLITICA TERRITORIAL Y FP R Reunión del
Consejo de Políca Fiscal y Financiera
Datos adjuntos: PLENO CPFF MINISTRA PTFP.pdf
Adjunto se remite la convocatoria para la próxima reunión del Consejo de
Política Fiscal y Financiera.
Debido a las restricciones derivadas del Covid-19, la Sesión Plenaria se
celebrará a distancia, por videoconferencia. En los próximos días, se remitirá
el protocolo para su celebración telemática.
Dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la presente convocatoria,
se ruega que comuniquen a esta Secretaría los datos de quienes asistirán
telemáticamente a la reunión, con indicación de su correo electrónico y
número de teléfono operativo durante la sesión con el que se podría
contactar en caso de incidencia técnica.
Asimismo, solicitamos que nos remitan los datos de la/s persona/s
encargada/s de dar soporte técnico e informático durante la realización de la
celebración del Pleno, consignando su correo electrónico y número de
teléfono operativo durante la sesión.
Un cordial saludo,
Secretaría del Consejo de Política Fiscal y Financiera
Calle
Teléfono:
Email:
Página: WEB http://www.hacienda.gob.es
De: Secretaria del CPFF
Enviado el: miércoles, 30 de septiembre d e 2020 13:50
Para: Secretaria Estado Politica Territorial y Función Pública
Asunto: Convocatoria SEPT Reunión del Consejo de Política Fiscal y
Financiera
Adjunto se remite la convocatoria para la próxima reunión del Consejo de
Política Fiscal y Financiera.
Debido a las restricciones derivadas del Covid-19, la Sesión Plenaria se
celebrará a distancia, por videoconferencia. En los próximos días, se remitirá el
protocolo para su celebración telemática.
Dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la presente convocatoria,
se ruega que comuniquen a esta Secretaría los datos de quienes asistirán
telemáticamente a la reunión, con indicación de su correo electrónico y número
de teléfono operativo durante la sesión con el que se podría contactar en caso
de incidencia técnica.
Asimismo, solicitamos que nos remitan los datos de la/s persona/s encargada/s
de dar soporte técnico e informático durante la realización de la celebración del
Pleno, consignando su correo electrónico y número de teléfono operativo
durante la sesión.
Un cordial saludo,
Secretaría del Consejo de Política Fiscal y Financiera
Calle Mad rid
Teléfono:
Email:
Página: WEB http://www.hacienda.gob.es
Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: en https://www.pap.hacienda.gob.es
De: Secretaria del CPFF
Enviado el: miércoles, 30 de sepembre de 2020 14:19
Asunto: Documentación para la reunión del Consejo de Políca Fiscal y
Financiera
Datos adjuntos: Diario Sesiones Pleno 103 7febr2020.pdf; Informe grado
cumplimiento_2019.pdf; Borrador Acta Pleno 103.pdf; Anexos Acta
103.pdf
Adjunto se remite la siguiente documentación relativa a la reunión del Consejo
de Política Fiscal y Financiera que se celebrará el próximo día 5 de octubre:
- Borrador del acta con sus anexos y diario de sesiones del Pleno de 7 de
febrero de 2020.
- Informe sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria y de deuda pública y de la regla de gasto del ejercicio
2019.
En caso de formular observaciones al borrador del Acta, se ruega que las
mismas se remitan a esta Secretaría a la mayor brevedad posible.
Un cordial saludo,
Secretaría del Consejo de Política Fiscal y Financiera
Calle . Madrid
Teléfono:
Email:
Página: WEB http://www.hacienda.gob.es
De: SECRETARIA MINISTRA BUZON-PETICIONES
Enviado el: jueves, 1 de octubre de 2020 11:02
Para: Secretaria del CPFF
CC: SECRETARIA SEPTFP; SECRETARIA GENERAL DE
COORDINACION TERRITORIAL
Asunto: RE: Convocatoria MTRA POLITICA TERRITORIAL Y FP R
Reunión del Consejo de Políca Fiscal y Financiera
Buenos días,
Se comunica que para la próxima reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera,
del lunes 5 de octubre, por parte del ministerio de Política Territorial y Función
Pública asistirán de forma presencial:
Dª. Carolina Darias San Sebastián , ministra de Política Territorial y Función Pública
Secretario de Estado de Política Territorial y
Función Pública
Secretaria General de Coordinación Territorial.
Reciban un cordial saludo,
Madrid
De: Secretaria del CPFF
Enviado el: miércoles, 30 de septiembre de 2020 13:51
Para: SECRETARIA MINISTRA BUZON-PETICIONES
Asunto: Convocatoria MTRA POLITICA TERRITORIAL Y FP R Reunión del
Consejo de Política Fiscal y Financiera
Adjunto se remite la convocatoria para la próxima reunión del Consejo de Política
Fiscal y Financiera.
Debido a las restricciones derivadas del Covid-19, la Sesión Plenaria se celebrará a
distancia, por videoconferencia. En los próximos días, se remitirá el protocolo para su
celebración telemática.
Dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la presente convocatoria, se ruega
que comuniquen a esta Secretaría los datos de quienes asistirán telemáticamente a la
reunión, con indicación de su correo electrónico y número de teléfono operativo
durante la sesión con el que se podría contactar en caso de incidencia técnica.
Asimismo, solicitamos que nos remitan los datos de la/s persona/s encargada/s de dar
soporte técnico e informático durante la realización de la celebración del Pleno,
consignando su correo electrónico y número de teléfono operativo durante la sesión.
Un cordial saludo,
Secretaría del Consejo de Política Fiscal y Financiera
Calle Madrid
Teléfono:
Email:
Página: WEB http://www.hacienda.gob.es
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reserva las acciones legales que le correspondan contra todo tercero que acceda de
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De: S.G. Cooperación Autonómica
Enviado el: miércoles, 22 de sepembre de 2021 13:06
Para: Secretaria del CPFF
Asunto: ORDEN DEL DÍA CPFF
Buenos días,
La Subdirección de Cooperación Autonómica, en el Ministerio de Políca Territorial ene
encomendadas, entre otras las funciones de análisis, impulso y seguimiento de las relaciones de
cooperación mullateral entre la Administración General del Estado y las CCAA y de los órganos
de cooperación mullateral, especialmente las Conferencias Sectoriales.
Para ello, entre otras actuaciones asismos a las reuniones de dichas Conferencias Sectoriales
así como en determinados supuestos a sus órganos preparatorios, se hace seguimiento de los
acuerdos y decisiones. Por ello nos gustaría recordarles la importancia de la remisión de las
convocatorias y en su caso los datos de conexión.
En parcular, en relación con el encuentro mantenido el pasado mes de julio, no se informó a
este Ministerio. necesitaríamos, por favor, para nuestros archivos y acvidad de
documentación y publicidad acva, disponer al menos del orden del día, y de cuanta otra
información se incluyese en la convocatoria.
Muchas gracias,
Un cordial saludo,
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Dirección General de Cooperación Autonómica y Local
–Madrid 28071
De:
Enviado el: miércoles, 22 de sepembre de 2021 16:49
Para: S.G COOPERACION AUTONOMICA
CC: Secretaria del CPFF
Asunto: RV: ORDEN DEL DÍA CPFF
Datos adjuntos: Convocatoria MTRA. POLÍTICA TERRITORIAL Reunión del Consejo de
Políca Fiscal y Financiera; RE: Convocatoria MTRA. POLÍTICA
TERRITORIAL Reunión del Consejo de Políca Fiscal y Financiera; RE:
Convocatoria SE POLÍTICA TERRITORIAL Reunión del Consejo de
Políca Fiscal y Financiera; Convocatoria SE POLÍTICA TERRITORIAL
Reunión del Consejo de Políca Fiscal y Financiera
Buenas tardes,
Creo que ha debido haber algún po de confusión en relación con la convocatoria de la reunión
del CPFF del pasado julio, al que acudió , Secretaria General de
Coordinación Territorial.
Adjunto las convocatorias enviadas entonces a vuestro Ministerio así como las contestaciones
recibidas.
Un saludo,
Subdirectora General de Estudios Financieros Autonómicos
Secretaría General de Financiación Autonómica y Local
De: S.G. Cooperación Autonómica
Enviado el: miércoles, 22 de sepembre de 2021 13:06
Para: Secretaria del CPFF
Asunto: ORDEN DEL DÍA CPFF
Buenos días,
La Subdirección de Cooperación Autonómica, en el Ministerio de Políca Territorial ene
encomendadas, entre otras las funciones de análisis, impulso y seguimiento de las relaciones de
cooperación mullateral entre la Administración General del Estado y las CCAA y de los órganos
de cooperación mullateral, especialmente las Conferencias Sectoriales.
Para ello, entre otras actuaciones asismos a las reuniones de dichas Conferencias Sectoriales
así como en determinados supuestos a sus órganos preparatorios, se hace seguimiento de los
acuerdos y decisiones. Por ello nos gustaría recordarles la importancia de la remisión de las
convocatorias y en su caso los datos de conexión.
En parcular, en relación con el encuentro mantenido el pasado mes de julio, no se informó a
este Ministerio. necesitaríamos, por favor, para nuestros archivos y acvidad de
documentación y publicidad acva, disponer al menos del orden del día, y de cuanta otra
información se incluyese en la convocatoria.
Muchas gracias,
Un cordial saludo,
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Dirección General de Cooperación Autonómica y Local
–Madrid 28071
Alegaciones formuladas por el Ministro de Consumo
Código seguro de Verificación : GEN-4def-e091-acd7-e551-a20c-478c-4f8d-6769 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV :
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : | FECHA : 27/10/2022 11:00 | Sin acción específica
MINISTERIO
DE CONSUMO
José Antonio García García
SUBSECRETARIO
C/ Alcalá, 27
28071 Madrid
TEL.: 91 049 20 05
Excmo. Sr. D. Joan Mauri Majós
Consejero de Cuentas
Tribunal de Cuentas
Estimado Consejero,
Mediante la presente se da contestación a su escrito del pasado 18 de octubre (con entrada en este Ministerio del
20 de octubre), en el que de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, se nos ponen de manifiesto los resultados de la Fiscalización de las
actuaciones de cooperación multilateral, desarrolladas entre la Administración General del Estado y las
Comunidades Autónoma. en el marco de la gestión de la pandemia covid-19.
De acuerdo con le expresado y como anexo a este escrito se remite, en relación con los aspectos que afectan a este
Departamento, un informe en el que s e incorporan algunas consideraciones sobre el contenido del citado
anteproyecto de informe de la fiscalización.
Atentamente,
Madrid, a fecha de la firma
El Ministro de Consumo
P.D. El Subsecretario de Consumo
Código seguro de Verificación : GEN-4def-e091-acd7-e551-a20c-478c-4f8d-6769 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV :
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : | FECHA : 27/10/2022 11:00 | Sin acción específica
ANEXO
INFORME DEL MINISTERIO DE CONSUMO RELATIVO AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE
FISCALIZACIÓN DE LA COOPERACIÓN MULTILATERAL ENTRE LA AGE Y LAS CCAA EN LA
GESTIÓN DE LA PANDEMIA REALIZADO POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS
ANTECEDENTES
Con fecha 20 de octubre de 2022, se ha recibido procedente de ese Tr ibunal, e l anteproyecto de informe de
fiscalización de la cooperación multilateral entre la AGE y las CCAA en la gestión de la pandemia.
En el citado informe se hace referencia a actuaciones de la Conferencia Sectorial del Juego (Epígrafe II.1.1 b -
páginas 14 y 16- y Anexo 3.1 -página 65-, Anexo 4 -página 69-, Anexo 6 -página 75-). Asimismo, y en rel ación
con el Consejo de Políticas del Juego, se hace referencia en el Epígrafe II.1.1 b -página 16-, en el Anexo 3.1 -
página 66 y en el Anexo 6 -página 75-.
Asimismo, en el pie de la página 16 se indica que el Consejo de Políticas del Juego no publicó en el BOE los
acuerdos de la reunión de 21/09/2020. Por su parte, en las páginas 66 y 75 se indica que, a lo largo de 2020, solo
se ha mantenido una reunión.
Igualmente, el informe hace referencia a actuaciones de la Conferencia Sectorial de Consumo (Epígrafe II.1.1 b -
página 14- y Anexo 3.1 -página 65-). En las citadas referencias, se indica que la Conferencia Sectorial de Consumo
no mantuvo ninguna reunión en 2020 y 2021
En base a estos antecedes, este Ministerio,
INFORMA:
Primero. Con carácter previo, hay que señalar que el Consejo de Políticas del Juego, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 34 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, es el único órgano de participación y
coordinación de las Comunidades Autónomas y el Estado en materia de juego.
Por tanto, y respecto del anteproyecto de informe de fiscalización de la cooperación multilateral entre la AGE y
las CCAA en la gestión de la pandemia del Tribunal de Cuentas ha de señalarse que la Conferencia Sectorial del
Juego a la que se hace referencia en el Epígrafe II.1.1 b -páginas 1 4 y 16- y Anexo 3.1 -página 65-, Anexo 4 -
página 69-, Anexo 6 -página 75-, desde la entrada en vigor de la citada Ley 13/2011, de 27 de mayo, no existe, ni
mantiene ningún tipo de actividad, sino que esta es realizada por el Consejo de Políticas del Juego.
En este sentido entendemos que deberían suprimirse todas las referencias a esta Conferencia Sectorial del Juego.
Código seguro de Verificación : GEN-4def-e091-acd7-e551-a20c-478c-4f8d-6769 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : | FECHA : 27/10/2022 11:00 | Sin acción específica
Segundo. En relación con lo anterior, se observa que el Consejo de Políticas del Juego mantuvo reuniones tanto
en el año 2020 (21/09/2020) como en el año 2021 (14/07/2021). Respecto a la cuestión del número de reuniones
celebradas por este órgano durante el año 2020, ha de señalarse que, de acuerdo con lo previsto e n el artículo 13
del Reglamento de organización y funcionamiento del CPJ, el Pleno se reúne, al menos una vez al año. En el caso
del año 2020, se confirma por esta Dirección General que el Pleno se reunió en una única sesión con fecha 21 de
septiembre de 2020.
Tercero. En lo relativo a la publicación del Acuerdo producido en la reunión de 21 de septiembre de 2020 del
CPJ en el Boletín Oficial del Estado, ha de señalarse que el mismo no fue objeto de esta publicación al considerar
que, por su contenido y alcance, no era susceptible de la previsión del artículo 151.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que obliga a la publicación de aquellos acuerdos de conferencia
sectorial que constituyan planes conjuntos y reúnan una serie de elementos obligatorios (objetivos de interés
común, actuaciones a desarrollar, aportaciones de medios personales y materiales de cada administración,
compromisos de aportación de recursos financieros; la duración, así como los mecanismos de seguimiento,
evaluación y modificación).
Así, en el acuerdo d e 21/09/2020 no se a prueban un conjunto de medidas concretas, sino que se acuerda una futura
línea de trabajo entre los miembros del Consejo, que se materializará en una siguiente C onferencia Sectorial
mediante una propuesta que se elevaría a un nuevo pleno del Consejo de Políticas del Juego.
No obstante, y con el objetivo de lograr una mayor transparencia y acceso a la información por parte de los
ciudadanos, dicho Acuerdo está publicado en el apartado dedicado al Consejo de Políticas del Juego en la página
web de la Dirección General de Ordenación del Juego (https://www.ordenacionjuego.es/es/CPJ ) .
Cuarto. En lo relativo a las referencias realizadas respecto a la Conferencia Sectorial del Consumo, las mismas
son correctas y no se hace observación alguna.
Alegaciones formuladas por la Ministra de
Educación y Formación Profesional
Código seguro de Verificación : GEN-2d35-a679-684b-01c9-3983-582d-1ad8-83ef | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección :
https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV : GEN-2d35-a679-684b-01c9-3983-582d-1ad8-83ef
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : MARIA DEL PILAR ALEGRÍA CONTINENTE | FECHA : 27/10/2022 16:07 | NOTAS : F
Doña PILAR ALEGRÍA CONTINENTE con NIF 29125093-D, MINISTRA DE
EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESUELVE,
Designar y autorizar a , con NIF33.509.026-G cuyo
cargo es subdirector general de Gestión Económica y Financiera, para que presente
telemáticamente las alegaciones al Anteproyecto de informe de fiscalización de la
cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las Comunidades
Autónomas en la gestión de la pandemia COVID-19”.
En Madrid, a fecha de la firma electrónica
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Fdo.: PILAR ALEGRÍA CONTINENTE
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_021.MLGHHTPAKQXITJIC
con DNI 33509026G ha registrado el trámite Fiscalización de las
actuaciones para las relaciones de cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las
comunidades autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19 a las 11:28:49, el
día 28/10/2022.
Su número de registro es el 202299900074447.
FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PARA LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN
MULTILATERAL ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN EL MARCO DE LA GESTIÓN DE
LA PANDEMIA COVID-19
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Pilar Alegría Continente
DNI:
29125093D
En Calidad de
Ministro/a
Entidad:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Periodo:
DESDE 12/07/2021
Correo electrónico:
¿La firma del envío telemático de este expediente se realiza por el alegante (Presidente/Expresidente)? (en
caso negativo, deberá cumplimentar a continuación Identificación del representante)
No
Identificación del representante
Nombre y apellidos:
DNI:
33509026G
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_021.MLGHHTPAKQXITJIC
Cargo:
Subdirector general de gestión económica y financiera
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: 20221026 - Pilar Alegria - Autorizacion para presentar alegaciones.pdf, Hash:
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 5
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
Página 8
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
I.2.3 La crisis provocada por la pandemia de COVID-19 En sentido contrario, por ejemplo, los criterios
adoptados por la Conferencia Sectorial de Educación –otra materia especialmente afectada por las
circunstancias de la pandemia– solo eran vinculantes para las administraciones que los adoptaran
voluntariamente, como recogía expresamente el art. 3 de la Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la
que se establecían el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso escolar
2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19.
Alegación:
El Informe de Gobernanza del Sistema Educativo Actuaciones y medidas del Ministerio de Educación y
Formación Profesional (MEFP) ante la pandemia por Covid-19 (de 14 de marzo a 14 de septiembre de
2020), recoge, entre otros muchos aspectos, el estrecho trabajo de coordinación con las Comunidades
Autónomas, con las que se mantuvo un diálogo constante, además de celebrar 21 reuniones conjuntas
a distintos niveles. Todas las medidas propuestas por el MEFP se plasmaron en acuerdos a los que se
adhirieron la práctica totalidad de las CCAA que conservaron intactas sus competencias durante todo
el estado de alarma. Así, en el mes de junio, a propuesta del MEFP, las CCAA suscribieron un acuerdo
de 14 puntos con las principales medidas educativas para la organización del curso escolar 2020-2021.
En esa misma fecha, el 11 de junio, se trasladó a las CCAA la ‘Guía de Medidas de Prevención e Higiene
en el ámbito escolar’ elaborada conjuntamente con el Ministerio de Sanidad, que serviría como base
para la redacción de protocolos autonómicos. Estas medidas se actualizaron, para ajustarse a la
situación de la pandemia, en la conferencia conjunta de Educación y Sanidad celebrada el 27 de
agosto.
Grupo 2 de 5
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_021.MLGHHTPAKQXITJIC
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
Página 15
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
II.1 DESEMPEÑO DE LOS ÓRGANOS DE COOPERACIÓN MULTILATERAL AGE-CCAA DURANTE LA
COVID-19
II.1.1 Actividad de los órganos de cooperación durante la crisis de la COVID-19
b) Conferencias Sectoriales Se han encontrado debilidades en la propia autorregulación y organización
de algunas CCSS:
b) Había reglamentos internos no actualizados a la LRJSP. La propia DGCAL en su “Informe sobre la
actividad de los Órganos de Cooperación” de 2020 reconoce la necesidad de actualización de los
reglamentos a las exigencias de dicha Ley.
Alegación:
El Reglamento interno de la Conferencia sectorial de Educación ha de ser actualizado conforme a lo
dispuesto en la LRJSP, se ha elaborado internamente un borrador que estaría pendiente de ser
sometido a la Conferencia.
Grupo 3 de 5
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
Página 15
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
e) Algunas Comisiones Sectoriales no estaban presididas por órganos superiores de la AGE, como
establece el art. 152.1 LRJSP.
Alegación:
Solo una Comisión General de Educación, de las diecisiete reuniones que se celebraron, no estuvo
presidida por un órgano superior de la AGE, tal y como establece el art. 152.1 LRJSP.
Grupo 4 de 5
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
Página 41
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
III.3 ¿SON EFICACES LOS PROCEDIMIENTOS DEL MPT PARA EL SEGUIMIENTO DE LA
COOPERACIÓN?
Recomendación 7
Al MPT, que fortalezca la comunicación de los órganos de cooperación, en particular las secretarías de
las CCSS, con la SDGCA, mediante una regulación expresa del papel que debe tener este órgano
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_021.MLGHHTPAKQXITJIC
directivo y de la asistencia de los representantes del MPT a todas las reuniones de los órganos de
cooperación. Mientras tanto, se recomienda que se impulse la inclusión de esta previsión en los
reglamentos internos de los órganos que aún no la recojan.
Alegación:
La Conferencia sectorial de Educación invita siempre a participar en sus reuniones a un representante
del MPT y, de hecho, habitualmente participa un representante del mismo, si bien en el vigente
Reglamento de la Conferencia, no está expresamente prevista su participación. Por lo que se acepta la
recomendación y cuando se pueda instar la modificación del reglamento, se incluirá la previsión sobre
su papel y participación.
Grupo 5 de 5
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
Página 43
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
III.4 ¿HAN FUNCIONADO EFICAZMENTE LOS ÓRGANOS DE COOPERACIÓN CON LAS CCAA
DURANTE LA PANDEMIA DE COVID-19?
Recomendación 9
Al MPT y los ministerios responsables de CCSS, que se publiquen los acuerdos de CS en sus
respectivas páginas web.
Alegación:
La Conferencia sectorial de educación viene atendiendo a esta recomendación, puesto que siempre
publica los acuerdos que se adoptan por la CS en el Portal de la Conferencia sectorial ubicado en la
página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el siguiente enlace:
https://www.educacionyfp.gob.es/mc/conferencia-sectorialducacion/ funcionamiento.html
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 4 de
4
Alegaciones formuladas por la exministra de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
-Página 1 de 1-
GABINETE DE LA MINISTRA
MINISTERIO
DE DEFENSA
ÁREA DE ASUNTOS ECONÓMICOS
ALEGACIONES FORMULADAS AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE
FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PARA LAS RELACIONES DE
COOPERACIÓN MULTILATERAL ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL
DEL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN
EL MARCO DE LA GESTIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19.
El 20 de octubre de 2022 tuvo entrada en el Gabinete de la ministra de Defensa correo
electrónico por el que se remitía el anteproyecto de Informe de Fiscalización de las
actuaciones para las relaciones de cooperación multilateral entre la administración general del
estado y las comunidades autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia
covid-19.
En relación con el anteproyecto citado se comunica que no se presentan alegaciones, teniendo
en consideración que en el periodo comprendido entre el 20/11/2019 y el 13/01/2020, en el
que Dª. Margarita Robles Fernández ejerció el cargo de Ministra de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, no se había declarado la pandemia covid-19.
En Madrid, a fecha de la firma digital
EL CORONEL JEFE DEL ÁREA DE ASUNTOS ECONÓMICOS
DEL GABINETE DE LA MINISTRA DE DEFENSA
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_012.MROKGGWIXWGGLBPZ
con DNI 52499392Y ha registrado el trámite
Fiscalización de las actuaciones para las relaciones de cooperación multilateral entre la Administración General
del Estado y las comunidades autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19 a
las 12:35:37, el día 28/10/2022.
Su número de registro es el 202299900074472.
FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PARA LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN
MULTILATERAL ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN EL MARCO DE LA GESTIÓN DE
LA PANDEMIA COVID-19
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Margarita Robles Fernández
DNI:
37681840C
En Calidad de
Ex-Ministro/a
Entidad:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Periodo:
30/11/2019-13/01/2020
Correo electrónico:
¿La firma del envío telemático de este expediente se realiza por el alegante (Presidente/Expresidente)? (en
caso negativo, deberá cumplimentar a continuación Identificación del representante)
No
Identificación del representante
Nombre y apellidos:
DNI:
22943366S
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
2
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_012.MROKGGWIXWGGLBPZ
Cargo:
CORONEL DE INTENDENCIA DE LA ARMADA. JEFE DEL AREA DE ASUNTOS ECONOMICOS DEL
GABINETE DE LA MINISTRA
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: 02 Autorizacion Ministra al JAAE para presentar alegaciones al TC-sin cargo.pdf, Hash:
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 1
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
ANEXO MRF
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
LOS REFLEJADOS EN EL ANEXO
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
05/2022FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PARA LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN
MULTILATERAL ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN EL MARCO DE LA GESTIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19.
Alegación:
En relación con el anteproyecto citado se comunica que no se presentan alegaciones, teniendo en
consideración que en el periodo comprendido entre el 20/11/2019 y el 13/01/2020, en el que Dª.
Margarita Robles Fernández ejerció el cargo de Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, no se había declarado la pandemia covid-19.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
ALEGACIONES
Documentos:
Nombre: 03 Alegaciones GABMINISDEF.pdf, Hash
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
2
Alegaciones formuladas por el exministro de
Sanidad
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_009.PYAMFCQWFLMYQURK
SALVADOR ILLA ROCA con DNI 52141106Z ha registrado el trámite Fiscalización de las actuaciones para las
relaciones de cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las comunidades
autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19 a las 14:23:36, el día
28/10/2022.
Su número de registro es el 202299900074526.
FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PARA LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN
MULTILATERAL ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN EL MARCO DE LA GESTIÓN DE
LA PANDEMIA COVID-19
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Salvador Illa Roca
DNI:
52141106Z
En Calidad de
Ex-Ministro/a
Entidad:
Ministerio de Sanidad
Periodo:
12 de enero de 2020 hasta 26 de enero de 2021
Correo electrónico:
¿La firma del envío telemático de este expediente se realiza por el alegante (Presidente/Expresidente)? (en
caso negativo, deberá cumplimentar a continuación Identificación del representante)
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 1
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
2
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_009.PYAMFCQWFLMYQURK
-
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Fiscalización de las actuaciones para las relaciones de cooperación multilateral entre la administración
general del Estado y las comunidades autónomas desarrolladas en el marco de gestión de la pandemia
COVID-19
Alegación:
Estimado Consejero:
En contestación a su escrito de fecha 20 de aoctubre de 2022, por el que se remite el Anteproyecto de
Informe de “Fiscalización de las actuaciones para las relaciones de cooperación multilateral entre la
Administración General del Estado y las comunidades autónomas desarrolladas en el marco de la
gestión de la pandemia COVID-19,” a fin de realizar las oportunas alegaciones al mismo, en mi
condición de Ministro de Sanidad desde el 12 de enero de 2020 hasta el 26 de enero de 2021, le
comunico que me remito a las alegaciones que se realicen desde el Ministerio de Sanidad.
Un cordial saludo,
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
2
Alegaciones formuladas por el exministro de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Alegaciones formuladas por el Ministro de la
Presidencia del Gobierno
Código seguro de Verificación : GEN-b652-30ce-b68c-0312-9de4-b7e1-4bc4-1e72 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV :
Url validación : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : FELIX BOLAÑOS GARCÍA | FECHA : 01/11/2022 11:20 | Sin acción específica
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES
Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
El Ministro
./..
OFICIO
S/ S/REF:
N/REF:
FECHA: a fecha de firma
ASUNTO: Presentación alegaciones anteproyecto de
informe de la fiscalización de las actuaciones para las
relaciones de cooperación multilateral y entre la
administración general d el estado y las CCAA
desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia
covid-19
DESTINATARIO:
TRIBUNAL DE CUENTAS.
SECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
Sr. D.
Joan Maui Majós
Consejero de Cuentas
Departamento Segundo de las Actuaciones de
Carácter Económico y de Carácter General
Sección de Fiscalización
Tribunal de Cuentas
En respuesta a su escrito del pasado 18 de octubre, por el que, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, se ponen de manifiesto los resultados
de la Fiscalización de las actuaciones para las relaciones de cooperación
multilateral entre la administración general del estado y las comunidades
autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia covid-19, al
objeto de que se formulen las alegaciones pertinentes, y que fue recibido en este
Ministerio el 20 de octubre, le traslado lo siguiente:
En relación al análisis del funcionamiento de la Conferencia de Presidentes,
el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
no detenta ninguna competencia específica en relación al funcionamiento de dicho
órgano, por lo que no procede realizar ninguna alegación al respecto.
En relación a la Conferencia Sectorial de Seguridad Nacional, órgano que
presido efectivamente como titular de este Ministerio, no se formulan tampoco
alegaciones al mismo.
Sin perjuicio de lo anterior, y dado que, en el marco del análisis de la
Conferencia de Presidentes, existen diversas referencias a la Presidencia del
Gobierno, se dio traslado del mismo a su Secretaría General a los efectos ya
señalados de realizar las alegaciones que se estimen pertinentes. Una vez
realizada dicha consulta, se trasladan las siguientes alegaciones.
Es destacable el número de veces que desde el 15 de marzo del 2020 y
hasta el fin de ese mismo año se reunió la Conferencia de Presidentes como
órgano de cooperación multilateral de máximo nivel político. En total 17 reuniones
extraordinarias que supusieron un elemento esencial de comunicación entre los
dos ámbitos administrativos, Gobierno y CCAA, en unas circunstancias
excepcionales que así lo requerían.
Código seguro de Verificación : GEN-b652-30ce-b68c-0312-9de4-b7e1-4bc4-1e72 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV :
Url validación : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : FELIX BOLAÑOS GARCÍA | FECHA : 01/11/2022 11:20 | Sin acción específica
COMPLEJO DE LA MONCLOA
CORREO ELECTRONICO
El confinamiento domiciliario de los funcionarios y personal administrativo
de la Presidencia del Gobierno y del conjunto de la Administración, ante la grave
crisis sanitaria que se estaba produciendo, supuso la necesidad de adaptar el
normal funcionamiento del proceso de convocatoria y elaboración de actas y
acuerdos a la nueva realidad existente. La información al ciudadano se realizaba
mediante las habituales comparecencias del Presidente del Gobierno, el cual
ejercía de este modo la transparencia y comunicación de las decisiones y
acuerdos establecidos en los distintos ámbitos de interés para la ciudadanía,
siendo parte central los asuntos que afectaban al ámbito sanitario y económico.
Las reuniones se convocaban con urgencia y se celebraban por
videoconferencia. Esto suponía un nuevo procedimiento con nuevas herramientas
de trabajo al que había que adaptarse con rapidez y eficacia para poder dar
respuesta a la necesidad primera que era la información y cooperación con las
CCAA y que hasta entonces no estaba contemplado en el entorno de la
Conferencia de Presidentes.
El funcionamiento se normalizó a partir del 2021, a medida que se
consolidaba la Conferencia de Presidentes como instrumento eficaz y las
herramientas informáticas y trabajo a distancia pasaban a ser de uso
generalizado.
La consolidación de la Conferencia de Presidentes como órgano de
colaboración y cooperación en las distintas reuniones del año 2020 y 2021 tuvo
como consecuencia la elaboración de un nuevo Reglamento interno de dicho
órgano, publicado en el BOE mediante la Orden TER/257/2022, de 29 de marzo,
el cual recoge mejoras sustanciales que favorecen su funcionamiento ágil y
participativo e imbricación con las Conferencias Sectoriales, otro de los
instrumentos fundamentales en el ámbito de la colaboración interadministrativa.
El propio anteproyecto de informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas
resalta las mejoras producidas con este Reglamento que recoge, entre o tras
cuestiones, la publicidad de los acuerdos y recomendaciones.
EL MINISTRO,
Felix Bolaños García
Alegaciones formuladas por la Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_033.RYAMKQECZDTQBCLS
TERESA RIBERA RODRIGUEZ con DNI 00826237P ha registrado el trámite Fiscalización de las actuaciones
para las relaciones de cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las comunidades
autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19 a las 21:10:52, el día
02/11/2022.
Su número de registro es el 202299900075193.
FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PARA LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN
MULTILATERAL ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN EL MARCO DE LA GESTIÓN DE
LA PANDEMIA COVID-19
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Teresa Ribera Rodríguez
DNI:
00826237P
En Calidad de
Ministro/a
Entidad:
Ministerio para la Transición Ëcológica y el Reto Demográfico
Periodo:
2018-actual
Correo electrónico:
¿La firma del envío telemático de este expediente se realiza por el alegante (Presidente/Expresidente)? (en
caso negativo, deberá cumplimentar a continuación Identificación del representante)
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 10
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_033.RYAMKQECZDTQBCLS
anexo 4
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
10. CS de Medio Ambiente
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
II.1.1.b (b) ( Había reglamentos internos no actualizados a la LRJSP. La propia DGCAL en su “Informe
sobre la actividad de los Órganos de Cooperación” de 2020 reconoce la necesidad de actualización de
los reglamentos a las exigencias de dicha Ley)
Alegación:
La actualización a la LRJSP del Reglamento interno de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente está
pendiente de aprobarse en el próximo Pleno de la Conferencia Sectorial. En el momento presente existe
un borrador de Reglamento actualizado que supone una mejora de la regulación interna de su
funcionamiento y organización, especialmente en estos años regidos por el formato de
videoconferencia. Este borrador ha sido discutido en Plenos de 2021 y 2022 y se halla en una fase muy
avanzada para su aprobación final.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Borrador de Reglamento interno de la CS de Medio Ambiente
Documentos:
Nombre: Borrador Reglamento interno CSMA 12072022.docx, Hash:
Grupo 2 de 10
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
anexo 4
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
10. CS de Medio Ambiente
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
II.1.1.b (g) (Adicionalmente, la atribución de la secretaría de las comisiones sectoriales a los mismos
órganos que ostenten la de la correspondiente CS podría redundar en un mejor funcionamiento de
ambos órganos. En algunos casos no se producía esta concentración de funciones).
Alegación:
El que la secretaría de la Comisión Sectorial no coincida con la de la Conferencia Sectorial obedece a
una razón de eficacia interna. En todo caso, se procura mantener una comunicación interna ágil entre
las respectivas secretarías cuando se celebra una Comisión Sectorial preparatoria de una Conferencia
Sectorial.
Grupo 3 de 10
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
anexo 4
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
24. CS de Energía
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
II.1.1.b (b) ( Había reglamentos internos no actualizados a la LRJSP. La propia DGCAL en su “Informe
sobre la actividad de los Órganos de Cooperación” de 2020 reconoce la necesidad de actualización de
los reglamentos a las exigencias de dicha Ley)
Alegación:
La actualización a la LRJSP del Reglamento interno de la Conferencia Sectorial de Energía está
pendiente de aprobarse en el próximo Pleno de la Conferencia Sectorial. En el momento presente existe
un borrador de Reglamento actualizado que supone una mejora de la regulación interna de su
funcionamiento y organización, especialmente en estos años regidos por el formato de
videoconferencia. Este borrador ha sido discutido en Plenos de 2021 y 2022 y se halla en una fase muy
avanzada para su aprobación final.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Borrador de Reglamento interno de la CS de Energía
Documentos:
Nombre: 220714 Reglamento interno CSEnergia 2022.docx, Hash:
Grupo 4 de 10
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
anexo 4
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
24. CS de Energía
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
II.1.1.b (d) (En otros casos, la Secretaría de la CS no se ejercía de hecho por el órgano indicado en su
reglamento).
Alegación:
Efectivamente, el Reglamento interno vigente de la CS de Energía no contempla que la Secretaría del
Pleno sea ejercida por la persona titular de la Secretaría General Técnica. Esta inexactitud se corrige en
el borrador de Reglamento interno de la CS de Energía (aportado en la alegación nº3).
Grupo 5 de 10
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_033.RYAMKQECZDTQBCLS
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
anexo 4
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
35. CS de Reto Demográfico
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
II.1.1.b (g) (Adicionalmente, la atribución de la secretaría de las comisiones sectoriales a los mismos
órganos que ostenten la de la correspondiente CS podría redundar en un mejor funcionamiento de
ambos órganos. En algunos casos no se producía esta concentración de funciones).
Alegación:
El que la secretaría de la Comisión Sectorial no coincida con la de la Conferencia Sectorial obedece a
una razón de eficacia interna. En todo caso, se procura mantener una comunicación interna ágil entre
las respectivas secretarías cuando se celebra una Comisión Sectorial preparatoria de una Conferencia
Sectorial.
Grupo 6 de 10
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
anexo 4
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
45.C.C de Política MA AC
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
II.1.1.b (b) (Había reglamentos internos no actualizados a la LRJSP. La propia DGCAL en su “Informe
sobre la actividad de los Órganos de Cooperación” de 2020 reconoce la necesidad de actualización de
los reglamentos a las exigencias de dicha Ley)
Alegación:
La actualización a la LRJSP del Reglamento interno de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente está
pendiente de aprobarse en el próximo Pleno de la Conferencia Sectorial. En el momento presente existe
un borrador de Reglamento actualizado que supone una mejora de la regulación interna de su
funcionamiento y organización, especialmente en estos años regidos por el formato de
videoconferencia. Este borrador ha sido discutido en Plenos de 2021 y 2022 y se halla en una fase muy
avanzada para su aprobación final. En este borrador se mejora la regulación del funcionamiento de este
órgano, que pasa a denominarse Consejo Consultivo de Asuntos Medioambientales Europeos (el
borrador se adjunta a la alegación n º 1).
Grupo 7 de 10
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 4 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
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anexo 4
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
45. C.C de Política MA AC
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
II.3.2 (c.3) (Existían órganos de cooperación clasificados como CCSS que no lo eran, por distintas
causas: (...) 3. No tenían las funciones propias de las CCSS).
Alegación:
En el borrador del Reglamento interno de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente se mejora la
regulación del funcionamiento de este órgano, que pasa a denominarse Consejo Consultivo de
Asuntos Medioambientales Europeos. Forma parte de la estructura orgánica de la Conferencia Sectorial
y sus atribuciones son específicas, correspondientes a los de un órgano de preparación y coordinación
de los asuntos que serán tratados en el Consejo de Ministros de Medio Ambiente de la UE (el borrador
se adjunta a la alegación n º 1).
Grupo 8 de 10
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
17
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
4º párrafo del apartado II.1.2
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Adicionalmente, debe mencionarse la existencia de tres órganos, denominados “Consejo Consultivo”,
que los propios reglamentos internos de una CS prevén que, a continuación de la reunión de la propia
conferencia y con la misma composición, se dediquen a la adopción de la posición común de España
en los Consejos de Ministros de la UE en la materia. Estos órganos son el Consejo Consultivo de
Política Agrícola para Asuntos Comunitarios (creado en 2000), Consejo Consultivo de Política Pesquera
para Asuntos Comunitarios (también creado en 2000) y el Consejo Consultivo de Política
Medioambiental para Asuntos Comunitarios (creado en 2009).
Alegación:
Apuntar que el Consejo Consultivo no se celebra necesariamente a continuación de una Conferencia,
sino de manera independiente como preparación de un Consejo de Ministros de la UE.
Grupo 9 de 10
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
36
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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6
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Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
Nota a pie de página 93
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
93 CS de Administración Pública, reunión del 26/10/2020; CS de Agenda 2030, reunión de creación del
01/06/2020; CS de Reto Demográfico, reunión de creación del 26/02/2020.
Alegación:
La reunión de creación de la CS de Reto Demográfico tuvo lugar el 23/07/20.
Grupo 10 de 10
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
43
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
1º epígrafe
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Recomendación 9. Al MPT y los ministerios responsables de CCSS, que se publiquen los acuerdos de
CS en sus respectivas páginas web.
Alegación:
Se acepta la recomendación. La publicación de los acuerdos se ha llevado a efecto en la página web
del Ministerio en relación con aquellos acuerdos adoptados en que ha sido preciso su conocimiento
público.
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 6 de
6
Alegaciones formuladas por la Ministra de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
MINICTPPir»
SUBSECRETARÍA
GABINETE
TÉCNICO
ALEGACIONES
AL
ANTEPROYECTO
DE
INFORME
DE
FISCALIZACIÓN
DE
LAS
ACTUACIONES
PARA
LAS
RELACIONES
DE
COOPERACIÓN
MULTILATERAL
ENTRE
LA
ADMINISTRACIÓN
GENERAL
DEL
ESTADO
Y
LAS
COMUNIDADES
AUTÓNOMAS
DESARROLLADAS
EN
EL
MARCO
DE
LA
GESTIÓN
DE
LA
PANDEMIA
COVID-19,
ELABORADO
POR
ELTRIBUNAL
DE
CUENTAS
Con
fecha
18
de
octubre
se
ha
recibido
en
el
Gabinete
de
la
Ministra
de
Transportes,
Movilidad
y
Agenda
Urbana
escrito
del
Tribunal
de
Cuentas
en
el
que
de
acuerdo
con
lo
previsto
en
el
artículo
44.1
de
la
Ley
7/1988,
de
5
de
abril,
de
Funcionamiento
del
Tribunal
de
Cuentas,
se
ponen
de
manifiesto
los
resultados
de
la
Fiscalización
de
las
actuaciones
para
las
relaciones
de
cooperación
multilateral
entre
la
administración
general
del
estado
y
las
comunidades
autónomas
desarrolladas
en
el
marco
de
la
gestión
de
la
pandemia
covid-19,
al
objeto
de
que
en
el
plazo
de
ocho
días
desde
la
recepción
del
presente
escrito
formule
las
alegaciones
que
estime
pertinentes,
aportando
en
su
caso
los
documentos
y
justificantes
que
considere
oportunos.
En
relación
con
dicho
Anteproyecto
de
informe,
se
señala
que
el
Ministerio
objeto
de
dicha
fiscalización
ha
sido
el
Ministerio
de
Política
Territorial,
no
obstante
lo
cual,
se
participa
en
el
trámite
de
alegaciones
al
referirse
a
tres
Conferencias
Sectoriales
cuyo
secretariado
o
Presidencia
pudieran
estar
en
este
Ministerio
de
Transportes,
Movilidad
y
Agenda
Urbana.
El
citado
Anteproyecto
de
informe
no
refiere
recomendaciones
dirigidas
a
este
Ministerio,
si
bien
contempla
"debilidades
e
incidencias"
que
atribuye
a
varias
Conferencias
adscritas
a
este
Ministerio,
conforme
a
lo
previsto
en
el
Anexo
IV
del
citado
Anteproyecto:
Conferencia
Sectorial
de
Vivienda,
Urbanismo
y
Suelo
Debilidades
e
incidencias:
"b)
Había
reglamentos
internos
no
actualizados
a
la
La
propia
DGCAL
en
su
"Informe
sobre
la
actividad
de
los
Órganos
de
Cooperación"
de
2020
reconoce
la
necesidad
de
actualización
de
los
reglamentos
a
las
exigencias
de
dicha
Ley
(...)
"e)
Algunas
Comisiones
Sectoriales
no
estaban
presididas
por
órganos
superiores
de
la
AGE,
como
establece
el
art.
152.1
."
Alegaciones:
Se
aceptan
las
incidencias
detectadas
por
el
Tribunal
de
Cuentas
y
se
indica
que
este
Ministerio
abordará
en
un
marco
temporal
próximo
la
actualización
del
reglamento
de
la
Conferencia
Sectorial
de
Vivienda,
Urbanismo
y
Suelo
a
las
exigencias
previstas
en
la
Ley
40/2015,
de
1
de
octubre,
de
Régimen
Jurídico
del
Sector
Público.
Conferencia
Nacional
de
Transportes:
1
MINISTERIO
DE
TRANSPORTES.
MOVILIDAD
Y
AGENDA
URBANA
SUBSECRETARIA
GABINETE
TÉCNICO
Debilidades
e
incidencias:
"b)
Había
reglamentos
internos
no
actualizados
a
la
La
propia
DGCAL
en
su
"Informe
sobre
la
actividad
de
los
Órganos
de
Cooperación"
de
2020
reconoce
la
necesidad
de
actualización
de
los
reglamentos
a
las
exigencias
de
dicha
Ley."
Alegaciones:
Se
acepta
la
observación
del
Tribunal
de
Cuentas
y
se
indica
que
este
Ministerio
abordará
en
un
marco
temporal
próximo
la
actualización
del
reglamento
de
la
Conferencia
Nacional
de
Transportes
a
las
exigencias
previstas
en
la
Ley
40/2015,
de
1
de
octubre,
de
Régimen
Jurídico
del
Sector
Público.
Conferencia
Sectorial
de
Infraestructuras
y
Ordenación
del
Territorio:
Debilidades
e
incidencias:
"a
)
Existían
ocho
CCSS
sin
reglamento
interno.
"
(...)
II.
3.
2b))
"Estaban
inscritas
cuatro
CCSS
que
debían
disolverse
por
establecer
el
apartado
6
de
la
DA
7-
que
los
órganos
de
cooperación
que
no
se
hayan
reunido
en
cinco
años
quedarán
Extinguidos".
Alegaciones:
Se
admite
la
incidencia
detectada,
relativa
a
la
consideración
de
Conferencia
Sectorial
extinguida,
que
coincide
con
el
criterio
de
este
Ministerio
respecto
a
la
Conferencia
sectorial
de
Infraestructuras
y
Ordenación
del
Territorio,
conforme
al
apartado
6
de
la
DA
73
de
la
Ley
40/2015,
de
1
de
octubre,
de
Régimen
Jurídico
del
Sector
Público.
La
incidencia
relativa
a
que
esta
Conferencia
Sectorial
no
dispone
de
reglamento
interno
carecería
de
objeto
al
estar
extinguida
la
Conferencia
sectorial
citada.
2
FIRMADO
por
:
SÁNCHEZ
JIMENEZ.
RAQUEL.
A
fecha:
27/10/2022
08:04
PM
MINISTRA
Total
folios:
1
(1
de
1)
Código
Seguro
de
Verificación:
Vertficable
en
https://sede.initma.gob.es
MINISTERIO
DE
TRANSPORTES,
MOVILIDAD
Y
AGENDA
URBANA
D.
Joan
Mauri
Majó
Consejero
del
Tribunal
de
Cuentas
Sección
de
fiscalización
TRIBUNAL
DE
CUENTAS
Madrid,
xx
de
octubre
de
2022
Estimado
Consejero:
Con
fecha
de
18
de
octubre
de
2022
ha
tenido
entrada
en
este
Ministerio
escrito
del
Consejero
del
Tribunal
de
Cuentas
por
el
que,
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
artículo
44.1
de
la
Ley
7/1988,
de
abril
de
funcionamiento
del
Tribunal
de
Cuentas,
se
remite
para
alegaciones
de
este
Departamento
el
Anteproyecto
de
Fiscalización
de
las
actuaciones
para
las
relaciones
de
cooperación
multilateral
entre
la
Administración
general
del
estado
y
las
Comunidades
autónomas
desarrolladas
en
el
marco
de
la
gestión
de
la
pandemia
covid-19.
Dentro
del
plazo
de
ocho
días
facilitado,
se
adjunta
escrito
de
alegaciones
elaborado
sobre
las
cuestiones
de
competencia
de
este
Departamento.
Reciba
un
cordial
saludo,
Raquel
Sánchez
Jiménez
Alegaciones formuladas por la Ministra de Industria,
Comercio y Turismo
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
TURISMO
Acta de las reuniones de la Conferencia Sectorial de Industria y de PYME
entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y las Comunidades
Autónomas celebradas durante el estado de alarma decretado por Real
Decreto
Asistentes:
Por parte del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo:
Representantes de las siguientes
Comunidades Autónomas (se d etallan los
asistentes en el anexo I del acta y para cada
una de las sesiones de esta Conferencia):
.
En Madrid, los días 17 y 24 de marzo; 7 de
abril y 5 de mayo de 2020, en
cumplimiento de lo dispuesto en sección 2ª
del reglamento de la Conferencia Sectorial
de Industria y PYME, se reúnen en la sede
del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, Paseo de la Castellana, 160 y por
videoconferencia, los miembros de la
Conferencia Sectorial que al margen se
relacionan, con el siguiente Orden del Día
(ver anexo II)
Sin más trámite se procede al cumplimiento del Orden del Día previsto:
Sesión de la Conferencia de Industria y PYME de 17 de marzo de 2020.
De conformidad con el art. 13. a) y 19.2 del Reglamento de la Conferencia, acorde con lo
que establece el art. 149 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen J urídico del
Sector Público, dadas las especiales circunstancias que concurren al haber sido declarado
el Estado de Alarma por la pandemia del COVID-19, se considera que el modo más
idóneo para la celebración de la Conferencia Sectorial de Industria y PYME (a partir de
ahora CSIPYME) sea la celebración por videoconferencia y mientras dure el Estado de
Alarma, con el fin de intercambiar información y plantear las cuestiones que más
preocupen en todo el territorio en relación con las competencias de esta Conferencia. Es
por ello, que la Conferencia celebrará varias sesiones con la periodicidad que consideren
sus miembros con el fin de estar al día de todas las cuestiones que vayan surgiendo y se
levantará un acta de todas ellas.
Firmado el 02/11/2022 13:45:18 : GALO GUTIERREZ MONZONIS, Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa de Direccion General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Firmado el 06/11/2022 17:34:54 : MARIA REYES MAROTO ILLERA, Ministra de Industria, Comercio y Turismo de Ministerio de Industria , Comercio y Turismo.
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
TURISMO
Esta primera sesión tiene como único punto del orden del día intercambiar información
sobre la situación provocada por la crisis sanitaria del COVID-19
La Presidenta da la bienvenida a todos los asistentes, agradeciendo su presencia a pesar
de las circunstancias que rodean la convocatoria. Se agradece que se hayan conectado a
la videoconferencia y todos los participantes acuerdan utilizar este medio en tanto
permanezca el estado de alarma para poder intercambiar información y plantear las
cuestiones en cumplimiento de las labores de cooperación y coordinación que tiene
atribuida la CSIPYME.
A continuación, abre la sesión el Secretario General, indicando que en estos momentos
se están realizando dos reuniones diarias de coordinación con otros ministerios.
En relación con las dudas que esta situación está generando y, en concreto, en la
interpretación de las disposiciones que afectan a la industria se tratan de resolver con el
sistema de preguntas y respuestas (FAQ) a través de l a web del ministerio y del buzón
urgentesgipyme.
Recalcó que, en este momento lo fundamental es disponer de elementos de protección
individual (EPI), para qu e la industria no deje de funcionar. Señaló que, respecto de l as
grandes empresas industriales, los fabricantes de automóviles han parado en su totalidad
y respecto a Airbus, también lo harán al no llegar a un acuerdo con los trabajadores sobre
las condiciones de protección sanitaria.
Indicó que el Ministerio está trabajando con las organizaciones empresariales para
ordenar las necesidades de elementos de protección (mascarillas, guantes y geles) para
priorizar a profesionales sanitarios, profesionales de la cadena alimentaria y resto de la
industria para garantizar las condiciones sanitarias de los trabajadores y que no pare la
actividad del sector industrial.
En el intercambio de opiniones se puso de relieve que los gobiernos autonómicos serán
los que van a tutelar las negociaciones sindicatos-empresas en cuanto a las condiciones
sanitarias. Estableciendo protocolos de li mpieza con tiempos establecidos para limpieza
y guías de buenas prácticas. Ya existe una guía de riesgos validada por Sanidad.
El Consejero de Galicia, expresó la coincidencia de planteamientos respecto a EPI del
Gobierno y de las CCAA y pregunta con cuántos EPI se cuenta. La estimación es que
serían necesarios dos días para contar con ellos y que s e trasladaran sus necesidades al
referido buzón.
El Viceconsejero de Industria del Gobierno Vasco, informó que al día siguiente la
industria vasca iba a tener que parar por falta de EPIs. Aunque los protocolos están bien
Firmado el 02/11/2022 13:45:18 : GALO GUTIERREZ MONZONIS, Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa de Direccion General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Firmado el 06/11/2022 17:34:54 : MARIA REYES MAROTO ILLERA, Ministra de Industria, Comercio y Turismo de Ministerio de Industria , Comercio y Turismo.
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
TURISMO
hechos indica que no los pueden poner en práctica. El mismo propuso la posibilidad de
importar y el temor de que pudieran ser requisados por Sanidad.
Hace hincapié en la conveniencia de escenificar el acuerdo “Administración-Patronal-
sindicatos sobre los EPI” así como una eficaz coordinación con Sanidad para que la
industria no se paralice por miedo. En este se ntido, la ministra respal dó la idea de
coordinación con los sindicatos. En este aspecto, el consejero navarro abundó en el tema
de las EPI y la psicosis que se ha generado por la falta de ellas.
La Consejera de Murcia, se interesó por la situación en que quedan ITV y talleres de
vehículos. Tanto la Ministra como el Secretario General se refieren a que el artículo 10
del RD de declaración del estado de Alarma que habilita al Ministro de Sanidad a realizar
los desarrollos pertinentes. Las medidas se harán públicas a través de la web del
Ministerio.
El Consejero de Cantabria se pronunció por mantener España funcionando. Apoyar a las
empresas que se mantienen abiertas garantizando los pedidos a través de las cadenas
logísticas. Reforzando la comunicación para transmitir garantías a los suministros y pone
de relieve las t ensiones sociales que tienden al cierre. Abogó por abrir las ITV por ra zones
de seguridad. En este último punto, Baleares, Canarias, Galicia y Andalucía se refirieron
a los problemas que pueden derivarse del cierre de las ITV.
Los representantes de Castilla-La Mancha, de Castilla y León y de Extremadura se
refirieron a las necesidades de liquidez de las empresas y piden la máxima cobe rtura por
parte de CERSA y del sistema de garantías. Se refirieron además a las moratorias de los
préstamos de Reindus.
Canarias llamó la atención sobre los problemas de abastecimiento que pueden sufrir por
tratarse de una región ultraperiférica.
El Principado de Asturias llama la atención sobre la tensión laboral creciente. La ministra
hizo un llamamiento a la coordinación y puso de relieve el papel de las Delegaciones del
Gobierno.
En este momento, explicó las medidas adoptadas por el Gobierno para co ntribuir a la
liquidez de las empresas (ICO, CESCE). Flexibilidad ERTES, reducción de cargas a las
empresas sin actividad, protección por desempleo sin haber cotizado, etc. Asimismo,
indicó que se estaba trabajando en planes de apoyo a las pymes para su di gitalización
(Acelera Pyme) y de mayor cobertura del reafianz amiento de CERSA. Recordó también
las medidas adoptadas para proteger determinados sectores estratégicos de posibles
inversiones especulativas,
Firmado el 02/11/2022 13:45:18 : GALO GUTIERREZ MONZONIS, Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa de Direccion General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Firmado el 06/11/2022 17:34:54 : MARIA REYES MAROTO ILLERA, Ministra de Industria, Comercio y Turismo de Ministerio de Industria , Comercio y Turismo.
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
TURISMO
Respecto de los planes de choque complementarios a los d el Gobierno llevados a cabo
por las CCAA indicó que sería deseable que se coordinaran de manera que se duplicaran
los esfuerzos, punto en el que todos estuvieron de acuerdo.
Sin más cuestiones que tratar se cerró lo sesión.
Sesión de la Conferencia Sectorial de Industria y PYME de 24 de marzo de 2020
Esta primera sesión tiene como único punto del orden del día intercambiar información
sobre la situación provocada por la crisis sanitaria del COVID-19
Abrió la sesión el Secretario General de Industria y PYME (SGIPYME) para explicar el
procedimiento de compra de material sanitaria y la creación de una comisión de compras
a ese mismo efecto.
Asimismo, informó de los esfuerzos que se estaban realizando para potenciar las líneas
de fabricación de mascarillas y respiradores; hizo mención a los proyectos en ese
momento en marcha y de la importancia de la relocalización y defensa d e la industria en
España.
El consejero de Castilla y León agradeció las explicaciones Pregunta sobre disponibilidad
y plazo para la disponibilidad de equipos de protección sugiriendo la fabricación de kits
de pruebas.
Los representantes de l a comunidad autónoma de Canarias solicitaron la declaración de
sectores críticos y la creación de un único circuito de distribución de mercancías (enviarán
propuestas por escrito). Además, pidieron compensaciones por ser región ultraperiférica.
y a yudas para el sector industrial en general, con una consideración especial para las
empresas que están en situación de ERTE. Manifestaron su desacuerdo con la
paralización de la construcción de forma generalizada
El principado de Asturias informó de que en su comunidad autónoma se estaba
produciendo un bombardeo de iniciativas altruistas. Pidieron que se hiciera una circular
indicando qué es necesario para la homologación de equipos. Así como la distribución de
documentación orientativa sobre la parte técnica.
El SGIPYME explicó que ya se estaban llevando a cabo acciones en este ámbito y que se
colgarían en la web del Ministerio. Respecto de las iniciativas alt ruistas, entendía que se
debía llevar a cabo una canalización organizada de solidaridad).
Firmado el 02/11/2022 13:45:18 : GALO GUTIERREZ MONZONIS, Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa de Direccion General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Firmado el 06/11/2022 17:34:54 : MARIA REYES MAROTO ILLERA, Ministra de Industria, Comercio y Turismo de Ministerio de Industria , Comercio y Turismo.
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
TURISMO
La comunidad autónoma balear tomó la palabra para informar de que no se disponía de
EPIS y de la importancia, por tanto, de fomentar la producción nacional.
En otro orden de cosas señaló la importancia de garantizar liquidez de las pymes y
plantearon la especificidad de la industria cultural, afectada ya de por si por mucha
temporalidad.
Respecto de los sectores críticos, consideran que la construcción, salvo casos
excepcionales, no debe ser esencial pues no guardan tampoco medidas para evitar los
riesgos de coronavirus (mucho en la renovación del sector turístico)
Navarra insistió en l a necesidad de EPI y preguntó hasta qué punto la distancia mínima
debe garantizarse, aun teniendo disponibilidad de EPI (epi+distancia/epi o distancia), han
hecho una petición de clarificación del Ministerio de Sanidad
El SGIPYME señaló la implicación de Sanidad y Trabajo. Nos van pasar los protocolos
sanitarios de trabajo en China y Corea. La encuesta sólo es para conocer necesidades, el
Estado sólo se provee para satisfacer las necesidades sanitarias. Se c omprometió a
transmitir el mensaje relacionado con la construcción y su implicación con el cemento.
En relación con los equipos de protección, el País Vasco señaló la necesidad de un
documento técnico ya que en lo que se refiere a EPI hay mucha confusión. Dado que en
próximas fechas llegarán muchos pedidos, por lo que pidieron flexibil idad y esfuerzo en
aduanas y logística
El SGIPYME informó de las soluciones adoptadas en otros c asos con aduanas y que en
estos se actuaría igual o como la situación lo requiriese.
La Comunidad Valenciana compartía la opinión del SGIPYME sobre potenciar nuestra
industria nacional ya que de lo contrario el futuro sería más incierto aún. Para ello, puso
a disposición del país toda la ayuda, sobre todo en el ámbito de los institutos tecnológicos
para homologaciones. Y puso de relieve la participación e impulso en Temel.
También hizo referencia a dos cuestiones que le parecieron importantes, la dificultosa
aplicación de los ERTE y la necesaria cooperación en Unión Europea. Respecto de los
EPI señaló que se esperaba la guía de seguridad en el trabajo a la que la ministra había
hecho referencia. Terminó su intervención señalando los problemas de los transportistas
para efectuar sus paradas “logísticas”
Firmado el 02/11/2022 13:45:18 : GALO GUTIERREZ MONZONIS, Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa de Direccion General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Firmado el 06/11/2022 17:34:54 : MARIA REYES MAROTO ILLERA, Ministra de Industria, Comercio y Turismo de Ministerio de Industria , Comercio y Turismo.
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
TURISMO
El SGIPYME se comprometió a enviar la guía; respecto de los transportistas indicó que
el Ministerio de Fomento está trabajando en ello, a este respecto el DGIPYME hizo
partícipes a todos de su reunión con Fomento para tratar estos y otros temas. Se tomó nota
del resto de las peticiones que se intentará ir resolviendo poco a poco.
Para Castilla- La Mancha es importante prepararse para afrontar lo que viene, que es una
caída importante de la actividad y el empleo. Para paliarlo solicitan apoyo para la
internacionalización y que se pueda soportar la caída de la demanda nacional. Asimismo,
puso de manifiesto su preocupación por la SGR manchega y la situación del sistema de
garantías en general. El DGIPYME habló del papel de CERSA, de la línea C OVID-19 y
de la relevancia de la actuación en este terreno para pymes, sobre todo las más pequeñas,
y autónomos.
Aragón felicitó al Ministerio por la cooperación con las CCAA. Se refirió a la necesidad
de aclarar muy bien qué tipo de EPI qué va consumo y a mercado laboral, así como de
los problemas con los organismos que estaban saturados homologando. Propusieron una
solución similar al cumplimiento equivalente que puedan hacer los centros tecnológicos.
Otro de los problemas que pusieron sobre la mesa fueron los derivados de las patentes:
su sugerencia fue invitar a las grandes empresas para liberar patentes
Para acabar puso sobre la mesa la cuestión de las ayudas: las otorgadas por las CCAA
están al amparo del marco general de la UE, por lo que requirió aclaración sobre cómo
afectan los temas de garantías y las subvenciones (liquidez/inversiones)
Por últim o, tomó la palabra la comunidad andaluza que informó que por el momento
parecía que la industria estaba aguantando bastante bien, para lo que se esperaba, aunque
tanto las empresas como los sindicatos reclaman el suministro de EPI. Pusieron de relieve
que las próximas convocatorias de apoyo a la inversión industrial deberían tener distintas
bases: plazos más largos para la ejecución y justificación, criterios de incremento de
empleo. Sobre la ordenación del cierre de sectores indicaron que los trabajadores no
quieren ir, no pueden cumplir plazos contractuales y podrían acogerse a las ayudas por
ERTE. Como otras c omunidades autónomas señaló la necesidad de disponer de
documentación técnica. Respecto de los problemas de las cementeras puesto sobre la
mesa señalaron la posible participación de las cementeras en la eliminación de residuos.
Por último, indicó que había muchas q uejas sobre la aplicación de los criterios
relacionados con los ERTE
El SGIPYME cerró la reunión agradeciendo a todos su participación, recordó los canales
habituales para hacer consultas e indicó que se comunicaría con tiempo la proxíma sesión
de la conferencia.
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Sesión de la Conferencia Sectorial de Industria y PYME de 7 de abril de 2020
El secretario dela Conferencia indicó que la sesión contaría con un punto, el primero, para
aprobación y el habitual de información.
1. Aprobación de las metodologías de puntuación de criterios territoriales para la
convocatoria REINDUS 2020: “Posicionamiento y evolución del VAB
industrial”, “Generación de nuevos puestos de trabajo en el entorno industrial”
y “Zonas prioritarias”.
El S.G de Gestión y Ejecución de Programas explicó que c omo viene siendo habitual, el
GT de análisis regional de REINDUS se había reunido para la actualización de los
criterios, especialmente los vinculados a impacto industrial y zonas priorita rias sobre las
que se había llegado a acuerdo salvo Cataluña en el primero y l as dos comunidades
castellanas y Extremadura en el segundo.
El representante gallego manifestó su acuerdo con las propuestas aunque querían matizar
respecto de los municipios que podían entrar. Al explicar el secretario dela Conferencia
que en 2019, la puntuación no había tenido incidencia porque todos los proyectos q ue
cumplían técnicamente entraron. Hecha esta aclaración Gali cia indicó que se uniría a la
mayoría.
La comunidad autónoma catalana se reiteró en su postura en contra del punto de impacto
industrial al entender que no se da un peso adecuado al criterio de evolución de la
población, se posiciona en contra que el programa es de fomento de la inversión
industrial, y no de reequilibrio terr itorial. Indicó que estaba a favor de los municipios y
criterios prioritarios.
El representante castella no manchego tomó la pa labra para j ustificar su oposición a los
criterios de 2019 porque incluían menos municipios que los establecidos por una ley de
las Cortes de Castilla-La Mancha. Señaló que, a la salida de la crisis Covid-19, habrá que
ser imaginativos para conjugar desarrollo territorial y fomento industrial.
Se aprobó la propuesta con el voto en contra de Cataluña en uno de los puntos.
2. “Protocolo de actuación en la industria para la fase de recuperación de la
producción”
En este punto se incorporó la Ministra para informar de la la reunión con asociaciones y
sindicatos, trabajo conjunto con Comercio y Turismo. Consultas de empresas y sectores
sobre el día después del fin del RDL 10/2020.
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Agradeció la comprensión ante las disfunciones producidas desde su entrada en vigor y
la nota interpretativa de MINCOTUR, así como por la cooperación en las notas propias
de cada CCAA.
Reiteró que hay que trabajar en dist intos escenarios, pero con visión global. Objetivo:
combatir la crisis sanitaria, lo que hace que haya que ser prudentes. Evolución positiva
de los datos, reducción de la presión sobre el sistema sanitario.
Las medidas de desescalamiento tienen que ser las adecuadas para evitar un nuevo
repunte, como están ocurriendo en Japón y Taiwan. Hay que seguir el modelo de China
y Corea. Mantener los resultados del esfuerzo de la población y las empresas.
Hay dos semanas de restricción todavía para la población, durante las cuales las empresas
deberán ir recuperando el pulso paulatinamente, con la incorporación sucesiva de cada
vez más trabajadores.
Indicó que estamos condicionados por el contexto de los mercados internacionales, que
están empezando a resentirse y hay una ventana de oportunidad, a la vez que poco a poco
se vaya recuperando la demanda interna.
Hizo también referencia a la Mesa del Diálogo Social: los sindicatos dan mucha
importancia a lo s protocolos de incorporación, que ya están resueltos en el caso de
Comercio y Turismo. Informó de que el Ministerio está elaborando una Guía de buenas
prácticas y recomendaciones para la seguridad de los trabajadores y de los centros de
trabajo.
A lo largo de la semana en curso se compartiría con todas las CCAA para recoger
comentarios y observaciones, al objeto de tenerla lista a finales de esta semana, teniendo
en cuenta que el próximo lunes reinician su actividad. La idea es que sea algo general
para toda la industria, y deberá ser adaptada a cada situación particular.
Además, puso de relieve que se compartirá información sobre internacionalización en
función de las consultas realizadas a las oficinas comerciales en el exterior. El objetivo
es tomar las decisiones con el adelanto suficiente para las empresas, regulando sus
necesidades de personal en las plantas.
Puso de manifiesto que muchas industrias han presentado ERTEs, y s erá necesaria una
flexibilidad interna para ir adaptando la producción a las necesidades de los mercados.
En algunos sectores, va a costar mucho más que en otros la recuperación de las
actividades (aquellos cuyos productos son bienes duraderos)
Por último, preguntó por las iniciativas p revistas en el ámbito de las CCAA para acometer
estas acciones de desescalamiento, que seguro estarán adaptadas a las especificidades de
cada territorio. Antes de ceder la palabra a las CCAA, el SGIPYME anunció la
elaboración de la Guía de Bases que sirva de referencia para todos los sectores, sobre la
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que se desarrollen las adaptaciones específicas para cada centro de trabajo. Se enviará
para validación de Sanidad una vez recogidos todos los comentarios.
El Principado de Asturias está de acuerdo en el inicio del desescalamiento, para
compaginar la lucha contra el virus con la incorporación al trabajo para la recuperación
de la actividad productiva. En este sentido, señaló que las empresas de productos no
esenciales deberían ir comunicando cuando volvían a iniciar la actividad que sería cuando
así lo decidan por la situación propia de los mercados. Por último, expresó que deberían
plantearse, en algunos ámbitos controlables del comercio, medidas de desconfinamiento
progresivo.
El SGIPYME indicó que el día 10 se recuperaría la situación inicial de la declaración del
estado de alarma, manteniendo las condiciones reguladas desde entonces.
En este punto la Ministra insistió en la duración li mitada de las medidas del RDL. Las
empresas, es lógico que se adapten a las circunstancias propias de su mercado y la
coyuntura internacional. Habrá un reajuste paulatino de las diferentes ramas de la
actividad económica. El tema de ERTE no se verá afectado, incluso muchos de ellos están
autorizados más allá del período de vigencia del estado de alarma. A l a pregunta hecha
por el representante asturiano, la Ministra no considera que exista consenso para la
prolongación del permiso retribuido recuperable más allá del 9 de abril.
La comunidad autónoma andaluza habló de la implicación de sectores industriales con el
turístico (mantenimiento, instaladores…), lo que ocasionará problemas que habrán de dar
lugar a nuevas fórmulas imaginativas de forma que se agoten todas las fórmulas legales
puestas en marcha. Preguntó por el tema de los respiradores, el planteamiento de medidas
fiscales y protección de la industria a través de medidas vinculadas a la contratación
pública que garantice un elevado grado de soberanía. Pidió explorar los instrumentos de
CPP, que podrían revertir directamente en determinados sectores industriales.
La Ministra corroboró que se han creado nuevas fórmulas, aunque, efectivamente, con la
recuperación, que no será igual para todos los sectores, los vinculados al turismo serán
los que más tarden. Pasar del estado de alarma al normal, requerirá de un estado
intermedio, en el que se e xprimirá la posibilidad de ERTE por caus as
económicas/técnicas/organizativas, y esa es la figura que se debe explorar, bien es cierto
que agilizando los trámites para que no se demoren más allá de lo imprescindible. Insistió
en que se continúan analizando medidas de apoyo, incluyendo las de ámbito fiscal. Ha y
algunas medidas que no han llegado de forma adecuada a sus destinatarios, por lo que se
tiene que profundizar. También informó que se trabaja en el ámbito europeo para la
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consolidación de un Plan Marshall que permitan la recuperación. Sectores estratégicos:
farmacéutico y fabricación de EPIs
Para contestar a Andalucía sobre las capacidades industriales cedió la palabra al
SGIPYME que comentó el marco general del tema de los respiradores, diferenciando
entre fabricantes industriales (Hersill y Telmel) y otros tipos de proyectos, entre ellos los
de Andalucía, Cataluña y Asturias. Han sido autorizados SEAT, Leitat y GPA/Siemens.
El proceso se está agilizando: lo que llevaba un año, ahora se hace en una semana (vía
ensayo clínico). Hay que equilibrar agilidad y seguridad, sin perder de vista la prudencia.
Respecto de los proyectos de mascarillas informó de diferentes inciativas (Mondragón,
Asturias, Fedecon, Toledo), con déficit en determinados ámbitos (mascarilla infantil,
disponibilidad de materia prima…) Hay que impulsar la producción nacional, pero
diferenciando claramente entre las soluciones locales y de emergencia, de aquellas con
masa crítica que se asienten con visión de futuro.
El representante balear planteó el nuevo escenario que se avecinaba con guías de
referencia, piden el máximo posible de coordinación y transparencia para que la
información que se traslada a los sectores productivos sea homogénea y no provoque
discriminación. Hay que destensar a las empresas y a los trabajadores, que están sujetos
a mucha incertidumbre.
Para los castellano - leoneses ha y dos escenarios distintos (ERTE fuerza m ayor y PRR),
que ha provocado discriminaciones entre empresas y trabajadores, pues las condiciones
son distintas en unos y otros casos. Piden una nota del Ministerio sobre qué es un servicio
esencial, pues no tienen derecho a la fuerza mayor. En relación con los EPI señalaron que
sigue habiendo escasez y que s deberían activar mecanismos. Por último, insistieron en
la puesta en marcha inmediata del microReindus.
La comunidad autónoma de Castilla-La Mancha creía que la nota interpretativa no
aclaraba bien el tema de las actividades de importación/exportación, que derivó en
discriminaciones entre empresas competidoras dependiendo de su ubicación. Creen que
hay emp resarios dispuestos a invertir, pero requieren un compromiso má s allá de los
derivados del precio de los productos. Como en el caso anterior pidieron la puesta en
marcha inmediata del microReindus.
El SGIPYME señaló que hay que luchar por la recuperación de capacidades industriales
en el ámbito textil y de confección, fabricación de equi pos de protección, etc. En cuanto
al MicroReindus aclaró que era una pa rtida de nueva creación que necesitaba de los los
PGE 2020, algo que, a día de hoy, se antoja muy complicado, con lo que tendrá que
esperar al próximo ejercicio presupuestario.
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Extremadura y Cantabria mostraron su inquietud sobre la disponibilidad de EPI par a el
reinicio de la actividad, en la Gruía que se está elaborando. La segunda insistió en que
los EPIs que no valen para Sanidad sirvan para otros sectores.
La Rioja insistió en la escasez de EPIs para los t rabajadores y para los ciudadanos. Apuntó
que se requiere el uso de tecnología, de modo que las medidas sean flexibles y ajustadas
a la situación específica de cada instalació n. No conviene adoptar medidas
indiscriminadas. La ausencia de tests provoca que no se den las altas a los trabajadores
hasta pasados los 20 días, provocando cierres de empresas por causas económicas.
El SGIPYME intervino para abordar el tema de cómo equipar a las industrias, en el
ámbito de las pequeñas y medianas empre sas, así como para la población en general. Se
está intentando establecer algún tipo de mecanismo, que no sea público, pero que permita
la coordinación y centralización de las compras. A este respecto, la Ministra apuntó que
el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital está trabajando en
aplicaciones específicas. El control de la epidemia es lo clave ahora, de modo que los
posteriores picos sean mejor controlables. En materia de EPIs, la central de compras de
Sanidad ha hecho un buen trabajo para el sistema sanitario y se buscarán alternativas para
las compras centralizadas para las industrias.
La Comunidad foral de Navarra señaló la importancia de la salida de los ERTES y de
centralizar la compra de EPIs, a sí como la bondad de la guía (habrá que disponer de
personal y recursos a decuados para garantizar su i mplementación). Llamó la atención
sobre los test covid, por si a caso no hay suficientes. Hizo referencia a dos temas más: l a
bondad de los instrumentos de garantía recíproca y que los sindicatos nacionalistas han
interpuesto una demanda criminal por las notas interpretativas de Navarra y Euskadi sobre
el RDL.
La comunidad autónoma del Pais Vasco cerró esta ronda informativa y de ruegos y
preguntas agradeciendo el esfuerzo de coordinar y compartir en la Conferencia indicó qu e
compartía muchas de las reflexiones del Consejo de La Rioja. La industria no puede
volver a parar por lo que había que dar máxima relevancia a los Protocolos de Salud y
Seguridad y la necesidad de dotarnos de sis temas de información que den seguridad a la
empresa y empleados.
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La Ministra cerró la sesión agradeciendo l a participación, que había sido muy activa, e
indicó que para las dudas, se ha habilitado un canal en la web del Ministerio. en
elaboración un repositorio de las medidas.
Sesión de la Conferencia Sectorial de Industria y PYME de 5 de mayo de 2020
Se inicia la reunión bajo la presidencia de l SGIPYME, que excusa a la Ministra por
encontrarse en el Senado en la sesión de control al Gobierno.. Por parte del Ministerio,
asisten en calidad de oyentes el Jefe de Gabinete del SGIPYME y un Asesor del Gabinete
de la Ministra. Asiste también, en calidad de asesor técnico de la Conferencia, el SG de
Calidad y Seguridad Industrial.
1. ITV: Reanudación de la actividad de las estaciones ITV
El SGIPYME explicó las medidas adoptadas en este asunto en el Real decreto que
exceptua las ITV, concesionarios y viveros p ara las comunidades que entren en Fase I.
Se aplica una excepción a pesar de tener más de 400m2 en su inmensa mayoría.
El SG de Calidad y Seguridad Industrial explica los plazos previstos. Se prorroga el plazo
para la revisión en función de la semana en que ha caducado dentro del período de alarma.
Se mantiene como fecha de validez la que hubiera sido en caso de no período de alarma.
En un contexto de movilidad reducida puede ser complicado que las estaciones funcionen
bien. En ese momento Extremadura pregunta si es cuándo finalice el estado de alarma, la
contestación es afirmativa.
A continuación las CCAA hacen una ronda de preguntas que fueron respondidas por el
Subdirector:
Asturias: Cuando entren en funcionamiento las ITV y si aún está el estado de alarma, ¿se
pueden prorrogar también?
Navarra: ¿Hay obligación de abrir o no? Dependerá del tipo de prestación d e servicios
que haya en cada CCAA.
Madrid: ¿Qué ocurre con los que vence la ITV el día de apertura? ¿Cuántas líneas se
pueden abrir? Entiende que no se puede obligar al ser, en su caso, un sector liberalizado,
habrá que definir protocolos y medidas de seguridad, que ya están negociando las
asociaciones y sindicatos
Galicia: Pide la inclusión de los taxímetros en las ampliaciones de plazo. No se ha dado
mayor plazo por coherencia con las extensiones por la ITV, no obstante se reflexionará
sobre este punto.
En e l caso de los autobuses, ¿cómo un conductor puede asegurar al inspector que el
vehículo cumple las condiciones de hi giene recogidas en el manual?-Tal vez sea necesario
introducir en el manual una declaración responsable
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Lo mismo en el caso de los tacógrafos analógicos. Se analizará con los técnicos
¿Podrán circular entre provincias las unidades de inspección móviles? Tendremos que
trasladar la pregunta a Sanidad
Comunicaciones entre estaciones y registro de DGThabrá que replantearse una
modificación del RD de ITV, para que se controle exclusivamente con el Registro
electrónico
Canarias: Aboga por la simplificación con una fecha única. No sería bueno porque se
acumularían todas las revisiones en los últimos días de la fecha límite, de manera que el
escalonamiento es lo más factible
Concesionarios y viveros con apertura con cita previa. El ministerio así lo ha defendido,
pero los criterios de las Autoridades Sanitarias lo han impedido
Navarra: En la Conferencia Sectorial de Comercio, las condiciones de apertura en F I no
tenían vinculación con la superficie. Siempre se habló del límite de superficie para la F0,
con libertad para la FI. Se indica que se antepone criterio de Sanidad frente al de Industria
y Comercio.
Galicia: Entiende que la superficie fijada es arbitraria y la introducción de excepciones
deja fuera a otros muchos sectores que están en situación similar (almacenes de
construcción, tiendas de ropa…) Propone copiar el modelo alemán. En este punto la apoya
el País Vasco.
Llamada a la cogobernanza, no sólo en el ámbito MINCOTUR, sino al nivel de todo el
Gobierno.
La Rioja: Plantea la necesidad de incorporar a los trabajadores desde ERTE con
seguridad, para lo que requiere un margen de maniobra.
Extremadura: ¿Hay protocolo de MINCOTUR?-->se aplica el de Sanidad y las
asociaciones y sindicatos están negociando uno sectorial, aunque está costando
Baleares: Cualquier solución para evitar el colapso es una quimera, pues en su caso ya lo
estaban antes de la crisis. Piden un plazo adicional al previsto en la OM para absorber el
colapso previo. Se hace notar que es muy complicado
1. CERSA. LÍNEA COVID-19
El Director general explicó la medida que supone incrementar la aportación del
MINCOTUR a CERSA para d ar mayor apoyo a las SGR, para que puedan cubrir el 100%
del riesgo de los avales. Necesidad de incrementar sustancialmente la partida de CERSA
para reavalar a las SGR . La medida se acoge al marco temporal de ayudas por lo que se
supera la barrera de los 200.000 de mínimis.
El País Vasco agradeció la rapidez en la gestión de esta herramienta por insuficiencia en
el valor de reafianzamiento hasta ahora. El resto de CCAA se unieron a los
agradecimientos, se felicitaron porque se pueda aplicar el marco temporal y algunas,
como Castilla La Mancha pusieron sobre la mesa las medidas que han tomado para
reafianzar la posición de sus SGR.
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2. Mejora, simplificación y agilidad para los instrumentos de apoyo a las PYMES.
Coordinación AGE CCAA
Programas de Agrupaciones Empresariales Innovadoras
Digitalización empresarial
El DGIPYME introduce el tema, haciendo mención a la instrucción del SGIPYME para
la renegociación de los calendarios de préstamos de ENISA. Informa que se ha iniciado
la tramitación de los programas de AEIs y digitalización empresarial.
Castilla La Mancha pregunta si las orientaciones de los programas serán como en las
anteriores ediciones y si el de digitalización se corresponde con Acelera P YME. el
Director aclara que la convocatoria trata de orientar el apoyo hacia proyectos concretos,
más que a los gastos de funcionamiento. Sobre todo teniendo en cuenta la necesidad de
creación de clústers asociados al ámbito sanitario. Acelera PYME no tiene nada que ver,
pues su objetivo fundamental es apoyar a las empresas a potenciar el teletrabajo.
La Generalitat señaló que en muchas ocasiones hay solapamiento de las ayudas entre las
convocatorias autonómica y nacional, por lo que pide espaciarlas en el tiempo para que
puedan aprovecharse ambas. En respuesta, el SGIPYME, puso de relieve las bondades de
la gestión compartida entre CCAA y Estado, por complementariedad de fortalezas de
ambos niveles administrativos.
El DGIPYME hace mención también al programa MicroReindus, anunciando reuniones
bilaterales para ver qué acogida tiene y si finalmente se pone en marcha; siempre sujeto,
claro está, a la disponibilidad de nuevos PGE.
La comunidad andaluza señala que requiere atención especial el sector aeronáutico por la
situación de los grandes fabricantes, que arrastrarán a los fabricantes de componentes
nacionales. El SGIPYME comparte preocupación y anuncia la necesidad de trabajar el
sector como “un todo”, siguiendo el modelo francés (concesión de apoyo condicionada a
renovación de la flota y transición digital y ecológica), pe ro por ahora no hay instrumentos
presupuestarios para ello.
La comunidad valenciana pide un abordaje más horizontal de la política de clusters y
pregunta sobre los planes de choque sectoriales tiene previsto el Gobierno para impulsar
la industria. El SGIPYME recoge la sugerencia e indica que se trabajará sobre ella.
3. Plan de reactivación industrial POST COVID. Estrategia de salida del cierre en
el ámbito industrial.
La Comunidad andaluza indicó que ya han implementado una plataforma colaborativa
similar a la de Cámara de España. Además, señala que deben tenerse en consideración
aspectos industriales a la hora de fijar políticas fiscales (ejemplo del IVA en importación
de mascarillas desde C hina o desde Europa) e impulsar la compra pública a nivel europeo,
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exigiendo un determinado porcentaje de componente de fabricación nacional (no sólo
marcado CE). Por último, pidió consenso para impulsar el mensaje de la necesidad de una
industria nacional, poniéndose a disposición del Gobierno de E spaña pa ra adoptar las
medidas que sean necesarias
están pendientes de la apr obación de una Planificación Estratégica de Energía para
impulsar la industria de las energías renovables, con mucha tecnología de componente
nacional
El SGIPYME da importancia de los esfuerzos realizados para crear un sector industrial
nacional, con la cooperación con Sanidad para impulsar compras públicas, a través d e
algún tipo de acuerdo marco que facilite esta acción de cara al establecimiento de una
reserva estable de equipos de protección y sanitarios, lo que servirá para atraer proyectos
de inversión a España.
Canarias pregunta por un nuevo plan de incentivos por parte de Transición Ecológica. El
SGIPYME indica que saldrá el Plan Moves como estaba el año pasado, a la espera de
presupuesto para ampliación en el marco del Plan de Reconstrucción
El País Vasco puso de relieve que estamos en una fase de contención para a guantar el
golpe, pero hay que empezar a pensar en la reactivación que necesita de un Plan de
Reindustrialización: reflexión sobre cadenas de suministros y proveedores estratégicos.
Hay que utilizar todos los resortes necesarios, incluyendo la modificación del marco
regulatorio. Aprovechar las tendencias (transición energética, digitalización) pero con
marcado carácter de las fortalezas propias.
Asturias pidió ya el levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos,
tratamiento preferente para las obras de reparación y rehabilitación en edificios, reiniciar
la tramitación del Estatuto CEI, el tema de los cupos de acero, el movimiento de personal
extranjero para poder iniciar los trabajos que quedaron suspendidos con el estado de
alarma. La secretaría de la Conferencia transmitirá y se estudiará la forma de solventar
estos problemas. Para la tramitación de expedientes, se sugieren resoluciones motivadas
del órgano competente
La Comunidad foral de Navarra subraya la importancia de la transición con los ERTE por
fuerza mayor, pues prevé una fase muy larga de desescalamiento. A pesar de ello, en otros
países el esfuerzo público es mayor, porque cubren mayor % sobre el coste del trabajador
afectado. Siguió comentando que la oportunidad que supone la necesidad de afianzar la
soberanía tecnológica en este marco, pidiendo una política europea para impulsar la
demanda de determinados (por ejemplo, automoción). Además de apostar por aquellos
sectores que son potentes: agroalimentario y energía, que pueden impulsarse con
modificaciones del marco regulatorio que no tienen un coste directo sobre las arcas.
Pidió simplificaciones para la tramitación ambiental, especialmente la vinculada al sector
energético, así como el otorgamiento de licencias de exportación.
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La Comunidad Autónoma de Madrid señaló que estamos pagando la factura de depender
tecnológicamente de China. Que se deberían acelerar los procesos previstos para 2030
(descarbonizamos y aprovechamos el impulso) y quitar trabas administrativas y legales a
las empresas para que cojan impulso.
En este sentido, Galicia pidió que se incorporen los DIH en los debates y propuestas de
una futura política de reindustrialización. Contó que en Galicia tienen un marketplace,
con más de 200 empresas y piden que se establezca algún mecanismo de
intercomunicación.
Castilla La Mancha sugiere la identificación conjunta de sectores con efecto tractor en
todo el territorio nacional, independientemente de las especificidades que después pueda
tener cualquier CCAA de manera independiente. A esto, el SGIPYME señaló que estamos
buscando e n nuestro Presupuesto alguna dotación para poder sacar un programa para
apoyar a empresas que están reorientando su producción
La comunidad de Castilla y León cerró este punto informativo señalando su preocupación
por el sector automoción y qué feeling tenemos sobre la propuesta del Plan de Choque
del sector. El SGIPYME señaló que era una preocupación compartida, p ero tiene que ir
dentro del Plan de Reconstrucción Nacional
4. Ruegos y preguntas.
No hay. Se cierra la sesión a las 19:00 h por parte del SGIPYME.
EL SECRETARIO DE LA CONFERENCIA
VºBº
LA PRESIDENTA
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Alegaciones formuladas por la Ministra de Política
Territorial
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MINISTERIO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
SECRETARÍA DE ESTADO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
SECRETARÍA GENERAL
DE COORDINACIÓN TERRITORIAL
Dirección General
de Cooperación Autonómica y Local
1
ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE
FISCALIZACIÓN DE LA COOPERACIÓN MULTILATERAL ENTRE LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS EN LA GESTIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19
I. INTRODUCCIÓN
I.2.2. Órganos de cooperación entre la AGE y las CCAA
En el Gráfico 1, que recoge el esquema de los órganos de cooperación entre la AGE y las CCAA s e puntualiza lo
siguiente:
Respecto de los Consejos Consultivos la mención puede referirse bien a los Consejos Consultivos de Política Agrícola,
Pesquera o Medioambiental para Asuntos Comunitarios , o bien a otros órganos colegiados con participación de las
CCAA y también de otras entidades.
En el primer c aso, los Consejos Consultivos de Política Agrícola, Pesquera o medioambiental para Asuntos
Comunitarios son cons iderados por el MPT como Conferencias Sectoriales a todos los efectos. A p esar de que no
disponen de competencias decisorias, no se considera que sea requisito esencial de las Conferencias Sectoriales
según el artículo 147 de la Ley 40/2015. Se puede considerar que el artículo 151 prevé la posibilidad de adoptar
acuerdos o reco mendaciones, pero no es indispensable esta potestad para que un órgano sea con siderado como
una Conferencia Sectorial.
En el segundo supuesto, esto es, si se refiere al resto de órganos colegiados con participación de comunidades
autónomas q ue puedan tener nombres similares, como por ejemp lo el Comité Consultivo del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, del artículo 40 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las Personas en Sit uación de Dependencia, o el Comité Consultivo del Consejo
Interterritorial del Sistema Naci onal de Salud, del artículo 67.1.a) de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y
calidad del Sistema Nacional de Salud; se trata de órganos colegiados de la Administraci ón General del Estado con
participación de las comunidades aut ónomas (previstos en el artículo 145 d e la Ley 40/2015 con carácter general).
Estos órganos no tienen la consideración de Conferencias Sectoriales.
Por tanto, a efectos de clarificar mejor este cuadro explicativo, podría resultar más ilustrativo mencionar
simplemente “Otros órganos colegiados con participación de CCAA”, e n lugar de “Otros”.
En la parte del cuadro relativa a órganos colegiados bilaterales, se p ropone modificar el nombre “ comisiones de
cooperación” por la denominación que utiliza la Ley 40/2015, “Comisiones Bilaterales de Cooperación”.
Por otro lado, las Comisiones de traspaso no se regulan en la Ley 40/2015 sino en los respectivos Es tatutos de
Autonomía. Podría resultar más ilustrativo denominarlas “Comisiones mixtas de traspasos o transferencias”, ya que
cada Estatuto designa un n ombre distinto, y englobarlas en el ámbito funcional genérico, ya que no ti enen ámbito
sectorial definido. Entre l as comisiones bilaterales de cooperación y las mixtas de traspasos no existen
necesariamente relaciones de apoyo o colaboración definidas a nivel legal, sino que funcionan de manera autónoma.
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Continuando en esta idea, e n el apartado (c) de este epígrafe, e n la página 6, se hace ref erencia a la regulación en
la mayoría de los Estatutos de Autonomía de las Comisiones Bilaterales de Cooperación. En realidad, se trata de las
Comisiones mixtas de transferencias o traspasos, con diferentes denominaciones, las que aparecen reguladas en los
Estatutos de Autonomía, mientras que las Comisiones Bilaterales de Cooperación están reguladas con carácter
general en la Ley 40/2015.
Las únicas comunidades autónomas en c uyos estatutos se rec oge expresamente la existencia de la Comisión Bilateral
de Cooperación, o un órgano de naturaleza análoga, son los de Cataluña, Andalucía, Aragón, Canarias, Extremadura
y Castilla y León. Sin embargo, todos los Estatutos reconocen la existencia de comisiones e specíficas para acordar
traspasos o transferencias competenciales.
I.2.3. La crisis provocada por la pandemia COVID-19
En la página 7, sobre el Plan de Desescalada, se menciona que se llevó a cabo en cinco fases (de la 0 a la 4) de forma
gradual y as imétrica, desde el 10 de mayo has ta el 15 de septiembre de 2020. En realidad, la denominada nueva
normalidad entró en vigor a las 00.00 horas del domingo 21 de junio de 2020, con la finalización del estado de
alarma, si bien no se trataba de una fase de normalidad completa ya que seguía habiendo restricciones en
numerosos ámbitos.
Esta etapa, de nominada Nueva Normalidad se reguló por el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas
urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada p or el COVID-
19, que dio lugar, posteriormente, a la Ley 2/2021, de 29 de marzo.
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
II.1.1. Actividad de los órganos de cooperación
En el apartado (a), Conferencia de P residentes, en la página 11 al final, se habla del Comité Preparatorio (COPIS),
como órgano de composición multilateral en el que los representantes de cada Administración son de inferior nivel
jerárquico.
Vista la comp osición del Comité Preparatorio (llamado COPIS en el anterior Reglamento de la Conferencia de
Presidentes), se puede considerar que este órgano tiene naturaleza jurídica similar a la de una Conferencia Sectorial,
en la medida en que está formado por la persona titular d el Ministerio de P olítica Territorial y los Consejeros
competentes en la materia, que frecuentemente serán también Vicepresidentes de sus resp ectivas comunidades
autónomas. Es cierto que es menor jerarquía respecto de la Presidencia del Gobierno o de los Consejos de Gobierno,
pero sería interesan te aclarar este extremo en el documento , de modo q ue no pueda haber confusión al parecer
que se equipara este Comité preparatorio con una Comisión Sectorial, por eje mplo.
Por otro lado, con periodicidad semanal, se remite un cuadro a todos los Ministerios, así como al Gabinete de la
Presidencia del Gobierno, al Consejo de Estado y a l Gabinete de la Secretaría General de Coordinación Territorial
indicando el estado de todas las normas que se encuentran inmersas en el procedimiento del ar tículo 33.2 LOTC.
b) Conferencias Sectoriales
En el apar tado b), Conferencias Sectoriales, en la página 13, se recoge la cifra de 171 reuniones de Conferencias
Sectoriales, que es correcto. Se hace notar qu e esta cifra no coincide con la publicada en el Informe anual de 2020,
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dado que en el momento de aprobación de este informe no se tenía conocimiento de la totalidad de encuentros
mantenidos. Este dato ha sido actualizado posteriormente, incorporando conferencias a petición de los propios
Ministerios. Por otro lado, las dos primeras reuniones de 2 020 (marzo y abril) de la Conferencia S ectorial de
Agricultura y Desarrollo Rural, contabilizadas como tales, tuvieron carácter informal y no fueron constituidas como
conferencia sectorial, si bien se trató de encuentros entre Ministro y Consejeros.
En la página 14 se afirma que hubo Conferencias Sectoriales que no se reunieron en 2020 y seis que no mantuvieron
reuniones ni en 2020 ni en 2021. En nota al pie de página se enu meran estas reuniones. Ver alegaciones al Anexo
3.1. Tanto en este apartado (página 15) como en el propio Anexo 3.1. se hace r eferencia a la existencia de 36
Conferencias Sectoriales constituidas a 31 de d iciembre de 2020 (en este listado no aparecen ni el Consejo de Política
de Seguridad ni la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo).
En la página 15 y n ota al pie nº 31, en relación con la tabla 3.2 se hace referencia al hecho de que tres órganos
aparecían a 31 de diciembre de 2020 erróneamente calificados como Conferencia Sectorial sin serlo. A tal efecto, se
señala que en el año 2022 se ha procedi do, dentro del marco general de depuració n de REOICO a modificar
efectivamente su calificación, pasando a considerarse como órgano de nivel 2 (no presidido por Ministro) de los
siguientes:
- Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo
- Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible
- Consejo Interterritorial de Internacionalización
En la página 16 se señala como debilidad la reunión “solo informal” de los órganos de apoyo, señalando c omo
ejemplo la preparatoria del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema de Atención a la Dependencia de
20 de marzo de 2020. Se hace notar que en aquellas fechas la situación era excepcional y enormemente complicada,
por lo que la informalidad, en este caso concreto, no parece que pueda señalarse como una debilidad estructural.
Por otro lado, sí se mantuvieron encuentros informales de los responsables de servicios sociales, pero la reunión del
día 19 de marzo, presidida por el Vicepresidente y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 sí tuvo carácter
formal. Se adjunta documento de convocatoria (documento adjunto 01).
II.1.2. Resultados de la cooperación AGE-CCAA
b) Litigiosidad entre el Estado y las CCAA
En la página 18 se hace referencia a la DGRCAL, entendiendo que se quiere referir a la DGRJAL (Dirección General
de Régimen Jurídico Autonómico y local).
II.2. INSTRUMENTOS DEL MPT PARA EL IMPULSO, SEGUIMIENTO, Y
EVALUACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE COOPERACIÓN
II.2.2. Funciones del MPT relativas a los órganos de cooperación
a) Presencia en las reuniones de CP y CCSS
En la página 24 se hace referencia a la designación del S ecretario General de la Confere ncia de Presidentes por el
COPIS. La figura del Secretario General ha sido introducida en la aprobación del nuevo Reglamento de la Conferencia
de Presidentes, que también modifica la denominación del COPIS simplemente por Comité Preparatorio.
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En la página 25 se indica que la S DGCA (Subdirección General de Cooperación Autonómica), asistió y elaboró notas
internas de 1 36 reuniones. Comprobados los archivos, consta la nota hecha de 154 reuniones d e órganos de
cooperación en 2020, de las que 119 corresponden a Conferencias Sectoriales, considerando que al gunas de estas
notas corresponden a reuniones conjuntas, como la celebración s ucesiva de Consejos Consultivos y la Conferencia
Sectorial correspondiente, o a las Intersectoriales ya mencionadas.
b) Asesoramiento y seguimiento de las secretarías de los órganos de cooperación
En la página 26 se hace referencia a la l abor desempeñada por la SDGCA propo rcionando orientaciones y guías de
actuación. Se propone incorporar expresamente en este párrafo que las mismas siempre se h acían de forma
orientativa y con ánimo de asesorar, dejando siempre la decisión final al Ministerio co nsultante.
c) Seguimiento del cumplimiento normativo por las CCAA
En la página 26 se señala que la Subdirección General de Régimen Jurídico Autonó mico coordinaba la Comisión
Interministerial de seguimiento de disposiciones y actos. Se señala que la misma se reúne mensualmente, (no
semanalmente como se señala en el tercer párrafo de este epígrafe en el anteproyecto de informe de fiscalización).
Esta reunión tiene lugar con participa ción de representantes de todos los Ministerios concernido s y de la Abogacía
del Estado, (pero no necesariamente y de manera habitual del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, las
Vicepresidencias y todos los Ministerios, ni del Consejo de Estado).
Por otro lado, con periodicidad semanal, se remite un cuadro a todos los Ministerios, así como al Gabinete de la
Presidencia del Gobierno, al Consejo de Estado y al Gabinete de la Secretaría General de Coordinación Territorial
indicando el estado de todas las normas que se encuentran inmersas en el procedimiento del ar tículo 33.2 LOTC.
En esta misma página y en relación con la actividad d e la Subdirección General de Relaciones Europeas e
Internacionales se señala que el informe anual que se remite al cons ejo de Ministros sobre repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del derecho de la UE, se destaca que s e trata de un informe elaborado con
los datos obrantes en la Subdirección General de Relaciones Europeas internacionales, así como con la información
que a esta unidad remiten las Secretarías Generales Técnicas de todos los Ministerios. Este informe da cuenta, entre
otros temas, de los incumplimientos del Derecho comunitario en la incorporación de las Directivas al ordenamiento
español. Estos informes anuales son publicados en la página Web del Ministerio de Política Territorial, además de
otras informaciones sobre la actividad de la CARUE y de la participación de las CCAA en la actividad de España en los
órganos de la Unión Europea.
d) Registro e información de órganos de cooperación, reuniones y documentación anexa
En la página 28 se habla, entre las debilidades detectadas en la regulación del REOICO (punto 3º): la inconsistencia
entre la finalidad establecida en la DA 7ª.4 (informar de la actividad de los órganos de cooperación a partir de los
datos y análisis proporcionados por el Registro”) y su contenido de clarado (creación, modificación o extinción de los
órganos de cooperación)”.
El MPT comparte la conc lusión general sobre la necesidad de inscribir las reuniones u otras actividades de los
órganos de cooperación, que se viene haciendo , si bien no de forma completa ya que s e hace desde la SDGCA y no
desde los respectivos Ministerios / Secretarías de cada órgano de cooperación.
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En todo caso, se considera que no existe inconsistencia, ya que el informe cuya el evación al Consejo de Ministros
está prevista en el apartado 4 de esta disposición adicional se elab ora precisamente a partir de los datos obtenidos
de REOICO, pero no solamente. Este informe anual se ha elaborado históricamente desde mucho antes de la
aprobación de la norma y de la creación del REOICO, por lo que se trata de un informe cualita tivo y de análisis de la
evolución del estado autonómico.
La DGCAL ha elaborado Informes de la Actividad de los Órganos de Cooperación al menos d esde 1985 (desde 2009
están publicados en la página Web), e Informes sobr e los convenios de cooperación entre el Estad o y las
Comunidades Autónomas desde 1988 (desde 2008 están publicados en la página Web d el Ministerio).
g) Publicación de la actividad de los órganos de cooperación (transparencia)
En el cuadro 1 se echa en falta la mención y vínculo al apartado de reglamentos que también se mantiene actualizado
desde la SDGCA y que, a falta de la publicación de varios reglamentos en otro soporte y especialmente en el BOE, es
la principal fuente donde se puede consultar el listado de reglamentos actualizados de las Conferencias S ectoriales:
https://www.mptfp.gob.es/portal/politica-
territorial/autonomica/coop_autonomica/Conf_Sectoriales/Conf_Sect_Regl.html
II.2.3. medios presupuestarios, humanos y técnicos
c) Medios técnicos: REOICO y bases de datos
En la página 34, entre las debilidades que presenta REOICO y que la Plataforma digital de cooperación puede
subsanar se menciona la ausencia de desarrollo del manual de usuario de REOICO- ÓRGANOS”.
Este manual ha sido elaborado, en forma de borrador por la SDGCA con el objeto de incorporarlo a la documentación
que permita la evolución del Registro y su incorporación a la nueva Plataforma. Se inco rpora como Documento
adjunto 02.
II.3. EFICACIA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SEGUIMIENTO DE LA
COOPERACIÓN
II.3.1. Efectividad de la actuación de la SDGCA en el impulso, seguimiento y evaluación del
sistema de órganos de cooperación
En la página 35, entr e las debilidades detectadas, se menciona e n el segundo punto que no siempre se reciben las
convocatorias de todas las reuniones de los órganos de cooperación, lo que se confirma d esde este Ministerio.
Ahora bien, la mención específica al Consejo de Política Fiscal y Financiera 5 de octubre de 2020 se considera
inexacta, por cuanto precisamente en el caso de este órgano, la convocatoria se hace directamente a la Secretaría
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de Estado de Política Te rritorial, cuya pe rsona titular par te de este Consejo, razón por la cual no se considera el
mejor ejemplo de falta de comunicación.
Asimismo, respecto de la notificación directamente al correo de la persona titular de la SDGCA puede ser una
disfunción objetivamente considerad a, pero en la práctica no ha supuesto un inconveniente para el conocimiento
de las convocatorias. Es más frecuente que este desconocimiento suceda porque lleguen a otros buzones (genéricos)
del MPT.
II.3.2. Eficacia de las bases de datos sobre órganos de cooperación
En la página 35, sobre la falta de inscripción de la propia Conferencia de Presidentes en REOICO, se señala que la
propia Ley 40/2015 no establece este requisito con carácter general.
En la página 36, en la nota 90, se señala que con fecha 19/10/2022 también se ha procedido a la supresión del
Consejo para la Unidad de Mercado, con la entrada en vigor de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y
crecimiento de empresas (se adjunta la resolución de supresión como documento adjunto 03).
En la misma página, sobre los apartados c) y d), ver comentario al Anexo 3.2.
II.4. OBJETIVOS TRANSVERSALES: EQUILIBRIO DE GÉNERO Y
TRANSPARENCIA
II.4.1. Cumplimiento de la normativa de equilibrio de género
En la página 38, se indica que en el año 2020 la unidad de género del MPT no pudo llevar a cabo la elaboración de
informes de género. La actividad se ha revitalizado en el período 2021-2022. Se señ ala que la denominación
adecuada de esta unidad es “Unidad de Igualdad”. Actualmente está dotada con tres efectivos (dos funcionarias y
un funcionario), cada uno de ellos con dedicación parcial a esta unidad, estimada, dos de ellos en el 15% de su
jornada efectivo, y un tercero con dedicación de un 50%.
ANEXO 3 RELACIÓN DE CONFERENCIAS SECTORIALES
CONSTITUIDAS
Anexo 3.1. Conferencias Sectoriales existentes a 31 de diciembre de 2020
En el cuadro 3.1. se recoge un total de 36 conferencias constituidas a 31 de diciembre de 2020. Aparece un órga no
duplicado: la Conferencia Sectorial del Juego (que no tuvo reuniones e ste año), y el Consejo de P olíticas del Juego,
que tuvo una. Se hace notar que esta situación anómala de duplicidad fue solventada mediante Resolución del
Director General de Cooperación Autonómica y Local de 28 de junio de 2022 mediante la cual se acordó considerar
suprimida a efectos legales la Conferencia S ectorial del Juego por inactividad, y ordenar l a eliminación de la misma
del REOICO. Se adjunta resolución de supresión como documento adjunto 04.
Este listado arro ja una cifra total de 155 reuniones, que no coincide con la ci fra de 171 que s e ha mencionado en
otra parte del in forme. Esta diferencia se debe a que en este cuadro no se han contabilizado los tres Consejos
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Consultivos, cuestión que se explica d ada la reticencia a considerar que estos tres órganos tengan realmente la
naturaleza de Conferencia Sectorial.
En todo caso, para alcanzar la cifra de 171 reuniones, habría que considerar las siguientes :
- Conferencia Sectorial de Turismo en lug ar de 5 reuniones tuvo 6. Esta información se ha o btenido por la
SDGCA posteriormente a las entrevistas man tenidas con el Tribunal de Cuentas, con ocasión de la
consolidación de estos datos para la elaboración del informe de 2021.
- Conferencia Nacional de Transportes. En lugar de 2 encuentros tuvo 3.
- Conferencia Sectorial de Industria y PYME tuvo 1 reunión en 2020.
En cuanto a los Consejos Consultivos:
- Consejo Consultivo de Política Agrícola para Asuntos Comunitarios, tuvo 7 encuentros.
- Consejo Consultivo de Política Medioambiental para Asu ntos Comunitarios: tuvo 3 encuentros
- Consejo Consultivo de Política Pesquera para Asuntos Comuni tarios tuvo 3 encuentros.
Anexo 3.2. Órganos inscritos en REOICO como CCSS que no se consideran
como tales.
Desde el MPT se comparte la apreciación de que los órganos mencionados en este listado carecen de alguno o
algunos de los elementos que podrían considerarse definitorios de las Conferencias sectoriales. A estos efectos, se
señala que, en 2022, se ha procedido a modificar la calificación en REOICO, pasando a considerarse como órgano de
nivel 2 (no presidido por Ministro) de los siguientes:
- Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo
- Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible
- Consejo Interterritorial de Internacionalización
En relación con la Co misión de RRHH del Sistema Nacional de Salud, si bien se comparte la idea general de que las
funciones de este órgano podrían ser subsumidas perfectamente por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional
de Salud (CISNS), evitando así la existencia de órganos redundante s, la regulación actual del mismo sí responde a la
naturaleza de Conferencia Sectorial.
Así, el Real Decreto 182/2004, de 30 de enero, por el que se determina la composición de la Comisión de RRHH del
SNS (modificado por Real Decreto 892/2006, de 21 d e julio ), esta blece que la composición es de Ministro y
Consejeros. Por lo que se refiere a las funciones, recogidas en los artículos 35 y siguientes de la Ley 16/2003, de 28
de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, sí parecen acordes con las previstas en términos
generales para las Conferencias Sectoriales por cuanto se reconoce capacidad de a doptar decisiones.
Anexo 6 Reuniones de conferencias sectoriales durante 2020
Se hace notar que dos de las reuniones contabilizadas en la CS de Agricultura y Desarrollo Rural ( 19 de marzo y 8 de
abril de 2020) no fueron estrictamente reuniones de est a conferencia sectorial, sino que tuvieron la naturaleza de
encuentro informal entre el Ministro y los Consejeros a efectos de informar sobre la situación provocada por la
pandemia y la declaración del estado de alarma.
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MINISTERIO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
Relación de documentos adjuntos
Documento adjunto 01
Convocatoria s esión Consejo
Territorial de Servicios Soc iales y
SAAD el 20 de marzo de 2020
Alegación a la página 16 sobre el carácter
formal de este encuentro
Documento adjunto 02
Manual de REOICO
(borrador)
Alegación a la página 34 sobre la ausencia de
un manual de usuario de REOICO
-
Órganos
Documento adjunto 03
Resolución de supresión del Consejo
de Unidad de Mercado
Alegación a la página 36 y n ota 90 sobre la
supresión de distintos órganos inacti
vos
Documento adjunto 04
Resolución de supresión de la
Conferencia Sectorial del Juego
Alegación al cuadro 3.1 sobre la supresión de
este órgano por duplicidad con el Consejo de
Políticas del Juego
Madrid, 3 de noviembre de 2022
VICEPRESIDENCIA
SEGUNDA DEL GOBIERNO
MINISTERIO DE DERECHOS
SOCIALES Y AGENDA 2030
Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del
Sistema para la
Autonomía y Atención a la
Dependencia
REUNIÓN EXTRAORDINARIA POR VIDEOCONFERENCIA DEL PLENO DEL
CONSEJO TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL SISTEMA PARA
LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA
Siguiendo instrucciones del Presidente, D. Pablo Iglesias Turrión, Vicepresidente
Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2020, le convoco
a la reunión extraordinaria del Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y
del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se celebrará
mediante el procedimiento de videoconferencia, conforme a lo regulado en los
artículos 16.4, 15.1, 15.2 y 15.6 del Reglamento del Consejo Territorial de Servicios
Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de fecha 1
de marzo de 2018, el próximo 20 de marzo de 2020, a las 12:30 horas , con el
siguiente
ORDEN DEL DÍA
Punto Primero.- fijar la distribución de un suplemento de crédito en la aplicación
presupuestaria 26.16.231F.453.07 de este Ministerio, por importe de 25.000.000
euros, para la aplicación de lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Real Decreto-ley
7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al
impacto económico del COVID-19, relativo a las ayudas para familias para hacer
frente al derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de
vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativos.
Punto Segundo.- fijar la distribución resultante de un suplemento de crédito en la
aplicación presupuestaria 26.16.231F.453.07 de este Ministerio, por importe de
300.000.000 euros, para la aplicación de lo dispuesto en el artículo uno del Real
Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para
hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, relativo al Fondo Social
Extraordinario destinado exclusivamente a las consecuencias sociales del COVID-
19 y según los criterios de reparto establecidos su artículo dos.
Punto Tercero.- autorizar a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales para
modificar, por razones de urgencia y de forma temporal, el Acuerdo del Consejo
Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre
criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y
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FIRMANTE(1) : | FECHA : 18/03/2020 22:02 | Sin acción específica
2
servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con fin de
flexibilizar la acreditación y funcionamiento de los servicios mientras persista la
situación de crisis COVID-19.
El Secretario del Consejo Territorial
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Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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REOICO ÓRGANOS DE COOPERACIÓN
Descripción del Sistema
1 de septiembre de 2022
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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Contenido
1. INTRODUCCION ........................................................................................................................................... 4
2. MENÚ PRINCIPAL ......................................................................................................................................... 5
3. GESTIÓN DE ÓRGANOS DE COOPERACIÓN ................................................................................................. 6
3.1. Altas y modificación de Órganos de Cooperación ............................................................................... 6
3.1.1. Acciones disponibles ....................................................................................................................... 6
3.1.2. Datos generales ............................................................................................................................... 7
3.1.3. Datos asociados ............................................................................................................................... 8
3.1.4. Normativa. ....................................................................................................................................... 9
3.1.5. Descripción de los campos de Altas y Modificación de Órganos de Cooperación ........................ 10
3.2. Búsquedas de Órganos de Cooperación: ........................................................................................... 12
3.2.1. Pantalla de búsqueda .................................................................................................................... 12
3.2.2. Descripción de los campos de búsqueda de Órganos de Cooperación ......................................... 13
3.2.3. Acciones disponibles ..................................................................................................................... 14
3.2.4. Detalle de Órganos de Cooperación .............................................................................................. 15
3.2.4.1. Datos generales ......................................................................................................................... 15
3.2.4.2. Datos asociados ......................................................................................................................... 15
3.2.4.3. Normativa .................................................................................................................................. 16
3.2.4.4. Reuniones .................................................................................................................................. 16
3.2.4.5. Notificaciones ............................................................................................................................ 17
3.2.4.6. Justificaciones ............................................................................................................................ 17
4. GESTIÓN DE REUNIONES ........................................................................................................................... 18
4.1. Altas y modificación de reuniones .................................................................................................... 18
4.1.1. Acciones disponibles ..................................................................................................................... 18
4.1.2. Datos generales ............................................................................................................................. 19
4.1.3. Órganos ......................................................................................................................................... 19
4.1.4. Participantes .................................................................................................................................. 20
4.1.5. Documentación de la reunión ....................................................................................................... 20
4.1.6. Descripción de los campos de Altas y Modificación de reuniones ................................................ 22
4.2. Búsquedas de reuniones ................................................................................................................... 24
4.2.1. Pantalla de búsqueda .................................................................................................................... 24
4.2.2. Descripción de los campos de búsqueda de reuniones ................................................................ 25
4.2.3. Acciones disponibles ..................................................................................................................... 25
4.2.4. Detalle de reuniones ..................................................................................................................... 26
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
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4.2.4.1. Datos generales ......................................................................................................................... 26
4.2.4.2. Órganos ..................................................................................................................................... 26
4.2.4.3. Participantes .............................................................................................................................. 27
4.2.4.4. Documentos Reunión ................................................................................................................ 27
5. GESTIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE LAS REUNIONES ................................................................................ 28
5.1. Pantalla de búsqueda ........................................................................................................................ 28
5.2. Descripción de los campos de búsqueda de los documentos de reuniones ..................................... 29
5.3. Acciones disponibles ......................................................................................................................... 29
6. BÚSQUEDA GENÉRICA ............................................................................................................................... 30
6.1. Pantalla de búsqueda ........................................................................................................................ 30
6.2. Descripción de los campos de búsqueda genérica ............................................................................ 31
6.3. Acciones disponibles ......................................................................................................................... 31
7. GESTIÓN DE NOTIFICACIONES ................................................................................................................... 32
8. GESTIÓN DE TABLAS MAESTRAS ............................................................................................................... 33
9. ACCESO Y AUTORIZACIÓN ......................................................................................................................... 34
ANEXO I TABLAS MAESTRAS ........................................................................................................................... 35
Legislaturas .................................................................................................................................................... 35
Comunidades Autónomas ............................................................................................................................. 35
Situaciones..................................................................................................................................................... 36
Ministerios ..................................................................................................................................................... 36
Idioma ............................................................................................................................................................ 36
Áreas Sectoriales ........................................................................................................................................... 37
Niveles ........................................................................................................................................................... 38
Materias ......................................................................................................................................................... 39
Cargo de Asistente ......................................................................................................................................... 39
Participantes .................................................................................................................................................. 40
Tipos de participantes ................................................................................................................................... 41
Tipos de Órganos ........................................................................................................................................... 41
Tipos de documentos .................................................................................................................................... 42
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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1. INTRODUCCION
establece que la Administración General del Estado mantendrá actualizado un registro electrónico de los
Órganos de Cooperación en los que participa ella o alguno de sus organismos públicos o entidades vinculados
o dependientes.
El artículo 4 del Real Decreto 683/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Política Territorial, atribuye a esta Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, a
través de la Subdirección General de Cooperación Autonómica, la gestión del Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, sección correspondiente a los Órganos de
Cooperación.
La función principal del Sistema Informático REOICO-Organos de Cooperación es la gestión y certificación
del citado registro. Además, el sistema permite la gestión de las reuniones de cada Órgano de Cooperación y
el almacenamiento de documentación asociada tanto a los Órganos de Cooperación (normativa) como a las
reuniones celebradas (órdenes del día, actas, etc.).
Principalmente, las funcionalidades incluidas en el sistema se dividen en:
- Gestión de Órganos de Cooperación: alta, baja, modificación, consulta, gestión de documentación
asociada y emisión de certificaciones de inscripción/extinción.
- Gestión de Reuniones: alta, baja, modificación, consulta y gestión de documentación asociada.
- Búsqueda genérica: permite, desde una misma pantalla, búsquedas de Órganos, reuniones,
documentos y/o texto en los documentos almacenados.
- Gestión de notificaciones.
- Administración de Tablas Maestras.
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2. MENÚ PRINCIPAL
El sistema dispone de las siguientes opciones de menú, que se describen a lo largo del documento:
Opción de menú
Descripción
Búsqueda genérica
Se utiliza para realizar búsquedas de cualquiera de los elementos del
sistema (Órganos, reuniones y documentos)
Órganos
Opción para realizar búsquedas, altas, bajas y modificaciones de los Órganos
de Cooperación
Reuniones
Opción para gestionar las reuniones celebradas por cada Órgano de
Cooperación
Documentos de Reunión
Opción para añadir documentación a cada una de las reuniones celebradas
Notificaciones
Opción para gestionar las notificaciones a usuarios
Tablas Maestras
Opción para mantener las Tablas Maestras con los valores utilizados en los
campos desplegables
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3. GESTIÓN DE ÓRGANOS DE COOPERACIÓN
Para la gestión de los Órganos de Cooperación es posible realizar las acciones de alta, baja, modificación,
consulta, gestión de documentación asociada y emisión de certificaciones de inscripción/extinción.
3.1. Altas y modificación de Órganos de Cooperación
3.1.1. Acciones disponibles
Para realizar el alta de un Órgano se utilizará el icono:
Alta del Órgano
Para modificar un Órgano, una vez realizada una búsqueda, se utilizará el siguiente icono asociado al Órgano
seleccionado:
Modificación del Órgano
Detalle del Órgano
Eliminar Órgano
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Para el alta y modificación de los Órganos de Cooperación se dispone de las siguientes pantallas.
3.1.2. Datos generales
En esta pestaña se introducen los datos principales del Órgano.
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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3.1.3. Datos asociados
En esta pestaña se introducen los datos asociados al Órgano de Cooperación, varios de ellos obligatorios
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3.1.4. Normativa.
Esta pestaña está disponible al modificar el Órgano de Cooperación. Se utiliza para gestionar la normativa
(documentación) asociada al Órgano de Cooperación
Permite gestionar documentación de normativa asociada al Órgano de Cooperación, donde se dispone de las
siguientes acciones:
Añadir nuevo documento
Editar el documento
Eliminar el documento
Con las acciones “Añadir normativa” y “Editar” aparece la siguiente pantalla, donde se puede dar de alta o
modificar la “Descripción”, “Fecha”, añadir-sustituir (“Examinar Fichero”) o eliminar el documento.
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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3.1.5. Descripción de los campos de Altas y Modificación de Órganos de Cooperación
La siguiente tabla describe los campos utilizados para dar de alta y modificar los Órganos de Cooperación.
Campos de Altas y Modificación de los Órganos de Cooperación
Nombre del
campo
Tipo
Valores
Pestaña
Obligatorio/
Opcional
Descripción
Ámbito
Desplegable
Valores de la tabla de
administración de
Ámbitos (accesible sólo
por Administradores del
Sistema)
Datos generales
Obligatorio
Especifica el grupo de
usuarios (por Ministerios)
que pueden acceder a la
información del Órgano.
Código
Texto
Creado
automáticamente por el
sistema
Datos generales
Automático
Código identificativo del
Órgano creado
automáticamente por el
sistema
Código Manual
Texto
Libre
Datos generales
Opcional
Código manual asignado al
Órgano
Nombre
Texto
Libre
Datos generales
Obligatorio
Nombre del Órgano
Nombre
abreviado
Texto
Libre
Datos generales
Opcional
Nombre abreviado del
Órgano
Secretaría
Texto
Libre
Datos generales
Opcional
Secretaría de la que
depende el Órgano
Observaciones
Texto
Libre
Datos generales
Opcional
Observaciones sobre el
Órgano
Inscrito
Binario
No/Sí
Datos generales
Obligatorio
Especifica si el Órgano ha
sido inscrito
Norma creación
Binario
No/Sí
Datos generales
Obligatorio
Específica si existe la norma
de creación del Órgano
Normativa de
creación
Texto
Libre
Datos generales
Opcional
Referencia a la norma de
creación del Órgano
Fecha de creación
dd/mm/aaaa
Calendario
Datos generales
Opcional
Fecha de creación del
Órgano
Fecha de
constitución
dd/mm/aaaa
Calendario
Datos generales
Opcional
Fecha de constitución del
Órgano
Fecha de
inscripción
dd/mm/aaaa
Calendario
Datos generales
Opcional
Fecha de inscripción del
Órgano
Fecha de extinción
dd/mm/aaaa
Calendario
Datos generales
Opcional
Fecha de extinción del
Órgano
Ministerio
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Ministerio"
Datos asociados
Obligatorio
Especifica el Ministerio del
que depende el Órgano
Área sectorial
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Área
Sectorial"
Datos asociados
Obligatorio
Especifica el Área Sectorial
propia del Órgano
Nivel
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Nivel"
Datos asociados
Obligatorio
Especifica el nivel de
importancia del Órgano
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
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Nombre del
campo
Tipo
Valores
Pestaña
Obligatorio/
Opcional
Descripción
Tipo de Órgano
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Tipo de
Órgano"
Datos asociados
Obligatorio
Especifica el tipo de Órgano
Materia
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Materia"
Datos asociados
Opcional
Especifica la materia del
Órgano
Situación
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Situación"
Datos asociados
Obligatorio
Especifica la situación en la
que se encuentra
actualmente el Órgano
Comunidad
Autónoma
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Comunidad
autónoma"
Datos asociados
Opcional
Especifica la Comunidad
Autónoma del Órgano
Código Órgano de
adscripción
Selección
Lista de los Órganos
existentes
Datos asociados
Opcional
Código del Órgano de
dependencia. No
disponible para Órganos de
Nivel 1
Nombre Órgano
de adscripción
Selección
Lista de los Órganos
existentes
Datos asociados
Opcional
Nombre del Órgano de
dependencia. No disponible
para Órganos de Nivel 1
Código de
Documento
Texto
Creado
automáticamente por el
sistema
Normativa
Automático
Código identificativo
creado automáticamente
por el sistema
Descripción
Texto
Libre
Normativa
Opcional
Descripción del documento
Fecha
dd/mm/aaaa
Calendario
Normativa
Opcional
Fecha del documento
Fichero
Documento
Documentos
disponibles en el
sistema de archivos
Normativa
Obligatorio
Documento seleccionado
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3.2. Búsquedas de Órganos de Cooperación:
Para la búsqueda de Órganos se dispone de la siguiente pantalla, con estos campos:
3.2.1. Pantalla de búsqueda
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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3.2.2. Descripción de los campos de búsqueda de Órganos de Cooperación
La siguiente tabla describe los campos utilizados para realizar búsquedas de los Órganos de Cooperación.
Campos de Búsquedas de Órganos de Cooperación
Nombre del
campo
Tipo
Valores
Descripción
Ámbito
Desplegable
Valores de la tabla de
administración de Ámbitos
(accesible sólo por
Administradores del Sistema)
Especifica el grupo de usuarios (por Ministerios)
que pueden acceder a la información del
Órgano.
Código
Texto
Libre
Código identificativo del Órgano creado
automáticamente por el sistema
Código Manual
Texto
Libre
Código manual asignado al Órgano
Nombre
Texto
Libre
Nombre del Órgano
Código Órgano
de adscripción
Texto
Libre
Código del Órgano de dependencia. No
disponible para Órganos de Nivel 1
Nombre Órgano
de adscripción
Texto
Libre
Nombre del Órgano de dependencia. No
disponible para Órganos de Nivel 1
Normativa de
creación
Texto
Libre
Referencia a la norma de creación del Órgano
Ministerio
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Ministerio"
Especifica el Ministerio del que depende el
Órgano
Área sectorial
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Área Sectorial"
Especifica el Área Sectorial propia del Órgano
Tipo de Órgano
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Tipo de Órgano"
Especifica el tipo de Órgano
Nivel
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Nivel"
Especifica el nivel de importancia del Órgano
Situación
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Situación"
Especifica la situación en la que se encuentra
actualmente el Órgano
Materia
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Materia"
Especifica la materia del Órgano
Comunidad
Autónoma
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Comunidad autónoma"
Especifica la Comunidad Autónoma del Órgano
Inscrito
Binario
No/Sí
Especifica si el Órgano ha sido inscrito
Fecha de
creación
(desde hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha de creación del Órgano
Fecha de
constitución
(desde hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha de constitución del Órgano
Fecha de
inscripción
(desde - hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha de inscripción del Órgano
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
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Nombre del
campo
Tipo
Valores
Descripción
Fecha de
extinción
(desde hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha de extinción del Órgano
3.2.3. Acciones disponibles
Se dispone de las siguientes acciones:
Limpiar los campos de búsqueda
Ejecutar la búsqueda
Ver detalles del Órgano seleccionado
Modificar el Órgano seleccionado
Eliminar el Órgano seleccionado
Obtener certificación del Órgano seleccionado
Exportar a Excel la búsqueda realizada
Alta de un nuevo Órgano
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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3.2.4. Detalle de Órganos de Cooperación
Para la consulta de los datos asociados a los Órganos de Cooperación, se dispone de las siguientes pantallas,
organizadas por pestañas:
3.2.4.1. Datos generales
Consulta de datos generales
3.2.4.2. Datos asociados
Consulta de datos asociados
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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3.2.4.3. Normativa
Consulta de los documentos de normativa asociados al Órgano de Cooperación
3.2.4.4. Reuniones
Consulta de las reuniones celebradas del Órgano, introducidas en las pantallas de gestión de reuniones.
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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3.2.4.5. Notificaciones
En esta pestaña se presentan los destinatarios/as definidos/as para recibir notificaciones, introducidos/as en
la pantalla de notificaciones.
3.2.4.6. Justificaciones
En esta pestaña se pueden obtener los certificados de inscripción y extinción del Órgano, en formato PDF
(con y sin código CSV).
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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4. GESTIÓN DE REUNIONES
El sistema permite gestionar las reuniones celebradas por cada Órgano de Cooperación.
Se dan de alta las reuniones celebradas, se asocian al Órgano correspondiente, se indican los participantes y
opcionalmente se asocia documentación.
4.1. Altas y modificación de reuniones
4.1.1. Acciones disponibles
Para realizar el alta de una reunión se utilizará el icono:
Alta de reunión
Para modificar un Órgano, una vez realizada una búsqueda, se utilizará el siguiente icono asociado al Órgano
a modificar:
Modificación de la reunión
Detalle de la reunión
Eliminar reunión
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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Se dispone de las siguientes pantallas distribuidas en pestañas:
4.1.2. Datos generales
En esta pestaña se indican los datos descriptivos de la reunión
4.1.3. Órganos
En esta pestaña se asocian los Órganos de Cooperación que celebran la reunión. Tantos como sean
necesarios.
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
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4.1.4. Participantes
En esta pestaña se indican los participantes en la reunión. Tantos como sean necesarios.
4.1.5. Documentación de la reunión
Esta pestaña está disponible al modificar la reunión
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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Permite gestionar documentación asociada a las reuniones, donde se dispone de las siguientes
acciones:
Añadir nuevo documento
Editar el documento
Eliminar el documento
Descargar documento
Con las acciones “Añadir documento” y “Editar” aparece la siguiente pantalla, donde se puede dar
de alta o modificar el Asunto”, “Fecha”, “Tipo de documento”, “Idioma” y añadir-sustituir
(“Examinar Fichero”) o eliminar el documento.
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Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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4.1.6. Descripción de los campos de Altas y Modificación de reuniones
La siguiente tabla describe los campos utilizados para dar de alta y modificar las reuniones.
Campos de Altas y Modificación de las reuniones
Nombre del
campo
Tipo
Valores
Pestaña
Obligatorio/
Opcional
Descripción
Ámbito
Desplegable
Valores de la tabla de
administración de Ámbitos
(accesible sólo por
Administradores del
Sistema)
Datos generales
Obligatorio
Especifica el grupo de
usuarios (por Ministerios)
que pueden acceder a la
información de la reunión.
Código
Texto
Creado automáticamente
por el sistema
Datos generales
Automático
Código identificativo de la
reunión creado
automáticamente por el
sistema
Fecha reunión
dd/mm/aaaa
Calendario
Datos generales
Obligatorio
Fecha de celebración de la
reunión
Nombre de
reunión
Texto
Libre
Datos generales
Opcional
Nombre de la reunión
Presidente
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Cargo de Asistente"
Datos generales
Opcional
Indica el cargo del
Presidente de la reunión
Legislatura
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Legislatura"
Datos generales
Obligatorio
Indica la Legislatura en que
se celebra la reunión
Acude
representante
Binario
No/Sí
Datos generales
Obligatorio
Indica si a la reunión acude
representante
Observaciones
Texto
Libre
Datos generales
Opcional
Observaciones sobre la
reunión
Código Órgano
Selección
Lista de los Órganos
existentes
Órganos
Opcional
Código del Órgano asociado
a la reunión
Nombre
Órgano
Selección
Lista de los Órganos
existentes
Órganos
Opcional
Nombre del Órgano
asociado a la reunión
Área sectorial
Selección
Lista de los Órganos
existentes
Órganos
Opcional
Especifica el Área Sectorial
propia del Órgano asociado
a la reunión
Participante
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Participantes"
Participantes
Opcional
Indica los asistentes a la
reunión
Cargo
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Cargo de Asistente"
Participantes
Opcional
Indica el cargo de los
asistentes a la reunión
Código de
Documento
Texto
Creado automáticamente
por el sistema
Documentos
Automático
Código identificativo
creado automáticamente
por el sistema
Tipo de
documento
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Tipo de Documento"
Documentos
Obligatorio
Especifica el tipo de
documento
Asunto
Texto
Libre
Documentos
Opcional
Descripción del documento
Fecha
dd/mm/aaaa
Calendario
Documentos
Opcional
Fecha del documento
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
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Nombre del
campo
Tipo
Valores
Pestaña
Obligatorio/
Opcional
Descripción
Idioma
Desplegable
Valores de la tabla maestra
"Idioma"
Documentos
Obligatorio
Idioma del documento
Fichero
Documento
Documentos disponibles en
el sistema de archivos
Documentos
Obligatorio
Documento seleccionado
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
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4.2. Búsquedas de reuniones
Para la búsqueda de Órganos se dispone de la siguiente pantalla, con estos campos:
4.2.1. Pantalla de búsqueda
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4.2.2. Descripción de los campos de búsqueda de reuniones
La siguiente tabla describe los campos utilizados para realizar búsquedas de reuniones.
Campos de Búsquedas de Reuniones
Nombre del
campo
Tipo
Valores
Descripción
Ámbito
Desplegable
Valores de la tabla de
administración de
Ámbitos (accesible sólo
por Administradores del
Sistema)
Especifica el grupo de usuarios (por Ministerios) que
pueden acceder a la información de la reunión.
Código Reunión
Texto
Libre
Código identificativo de la reunión creado
automáticamente por el sistema
Nombre de
reunión
Texto
Libre
Nombre de la reunión
Código órgano
Texto
Libre
Código identificativo de la reunión creado
automáticamente por el sistema
Nombre órgano
Texto
Libre
Nombre de la reunión
Presidente
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Cargo de
Asistente"
Indica el cargo del Presidente de la reunión
Legislatura
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Legislatura"
Indica la Legislatura en que se celebra la reunión
Fecha reunión
(desde - hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha de celebración de la reunión
4.2.3. Acciones disponibles
Se dispone de las siguientes acciones:
Limpiar los campos de búsqueda
Ejecutar la búsqueda
Ver detalles de la reunión seleccionada
Modificar la reunión seleccionada
Eliminar la reunión seleccionada
Exportar a Excel la búsqueda realizada
Alta de una nueva reunión
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
26 de 42
4.2.4. Detalle de reuniones
Para la consulta de los datos asociados a las reuniones, se dispone de las siguientes pantallas, organizadas
por pestañas:
4.2.4.1. Datos generales
4.2.4.2. Órganos
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
27 de 42
4.2.4.3. Participantes
4.2.4.4. Documentos Reunión
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
28 de 42
5. GESTIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE LAS REUNIONES
En esta opción del menú principal (“Documentos Reunión”) se puede acceder directamente a toda la
documentación asociada a las reuniones.
5.1. Pantalla de búsqueda
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
29 de 42
5.2. Descripción de los campos de búsqueda de los documentos de reuniones
La siguiente tabla describe los campos utilizados para realizar búsquedas de documentación de las
reuniones.
Campos de Búsquedas de documentación de reuniones
Nombre del
campo
Tipo
Valores
Descripción
Ámbito
Desplegable
Valores de la tabla de
administración de
Ámbitos (accesible sólo
por Administradores del
Sistema)
Especifica el grupo de usuarios (por Ministerios) que
pueden acceder a la información de la reunión.
Código de
documento
Texto
Libre
Código identificativo del documento creado
automáticamente por el sistema
Asunto
Texto
Libre
Asunto del documento
Nombre
Texto
Libre
Nombre del fichero subido
Tipo de
documento
Texto
Valores de la tabla
maestra "Tipo de
Documento"
Indica el tipo de documento
Fecha documento
(desde - hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha del documento
Código Reunión
Texto
Libre
Código de la reunión
Nombre Reunión
Texto
Libre
Nombre de la reunión
Legislatura
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Legislatura"
Indica la Legislatura en que se celebra la reunión
Fecha reunión
(desde - hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha de la reunión
5.3. Acciones disponibles
Se dispone de las siguientes acciones:
Limpiar los campos de búsqueda
Ejecutar la búsqueda
Ver detalles de la reunión seleccionada
Modificar la reunión seleccionada
Descargar documento
Exportar a Excel la búsqueda realizada
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
30 de 42
6. BÚSQUEDA GENÉRICA
Esta opción del menú principal se utiliza para realizar búsquedas de cualquiera de los elementos del sistema
(Órganos, reuniones y documentos)
6.1. Pantalla de búsqueda
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
31 de 42
6.2. Descripción de los campos de búsqueda genérica
La siguiente tabla describe los campos utilizados para realizar búsquedas genéricas.
Campos de búsquedas genéricas
Nombre del campo
Tipo
Valores
Descripción
Ámbito
Desplegable
Valores de la tabla de
administración de
Ámbitos (accesible sólo
por Administradores del
Sistema)
Especifica el grupo de usuarios (por Ministerios)
que pueden acceder a la información de la
reunión.
Texto libre
Texto
Libre
Texto a buscar que se encuentre en cualquiera
de los elementos del sistema
Buscar en
Desplegable
Opciones:
Todos/Órganos/
Reuniones/Documentos
/Texto Documentos
Indica dónde se quiere realizar la búsqueda
Ministerio
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Ministerio"
Especifica el Ministerio del que depende el
Órgano
Área sectorial
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Área
Sectorial"
Especifica el Área Sectorial propia del Órgano
Fecha de creación
del Órgano
(desde hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha de creación del Órgano
Presidente
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Cargo de
Asistente"
Indica el cargo del Presidente de la reunión
Legislatura
Desplegable
Valores de la tabla
maestra "Legislatura"
Indica la Legislatura en que se celebra la reunión
Fecha reunión
(desde - hasta)
dd/mm/aaaa
Calendario
Fecha de la reunión
6.3. Acciones disponibles
Se dispone de las siguientes acciones:
Limpiar los campos de búsqueda
Ejecutar la búsqueda
Ver detalles del Órgano, reunión o documento
Descargar, en caso de que se trate de un documento
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
32 de 42
7. GESTIÓN DE NOTIFICACIONES
El sistema dispone de un sistema de notificaciones a usuarios mediante correo electrónico.
La gestión se realiza desde la opción notificaciones, mediante la siguiente pantalla:
Para dar de alta un usuario que reciba notificaciones por correo electrónico, se realizará mediante la
siguiente acción:
Alta de un nuevo usuario para notificar
Para cada usuario que se quiera incluir en las notificaciones, se deberá introducir su Ámbito (Ministerio) y su
correo electrónico
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
33 de 42
8. GESTIÓN DE TABLAS MAESTRAS
La opción de “Tablas Maestras” se utiliza para el mantenimiento de los valores utilizados en los campos
desplegables donde se quiere limitar las posibles opciones.
En el Anexo-I se recogen las tablas disponibles y los valores actuales. Los campos desplegables que utilizan
los valores de estas tablas han sido descritos anteriormente en este documento.
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
34 de 42
9. ACCESO Y AUTORIZACIÓN
El acceso y autenticación se realiza mediante certificado electrónico (Autentica).
Cada usuario ha de ser previamente autorizado por los administradores del sistema y asociado a un ámbito,
para poder acceder al sistema.
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
35 de 42
ANEXO I TABLAS MAESTRAS
Legislaturas
Código
Descripción
Fecha inicio
Fecha fin
I
LEGISLATURA (27/03/1979 - 17/11/1982)
27/03/1979
17/11/1982
II
LEGISLATURA (18/11/1982 - 14/07/1986)
18/11/1982
14/07/1986
III
LEGISLATURA (15/07/1986 - 20/11/1989)
15/07/1986
20/11/1989
IV
LEGISLATURA (21/11/1989 - 28/06/1993)
21/11/1989
28/06/1993
V
LEGISLATURA (29/06/1993 - 26/03/1996)
29/06/1993
26/03/1996
VI
LEGISLATURA (27/03/1996 - 04/04/2000)
27/03/1996
04/04/2000
VII
LEGISLATURA (05/04/2000 - 01/04/2004)
05/04/2000
01/04/2004
VIII
LEGISLATURA (02/04/2004 - 30/03/2008)
02/04/2004
30/03/2008
IX
LEGISLATURA (01/04/2008 - 12/12/2011)
01/04/2008
12/12/2011
X
LEGISLATURA (13/12/2011 - 20/12/2015)
13/12/2011
20/12/2015
XI
LEGISLATURA (21/12/2015 - 18/07/2016)
21/12/2015
18/07/2016
XII
LEGISLATURA (19/07/2016 - 20/05/2019)
19/07/2016
20/05/2019
XIII
LEGISLATURA (21/05/2019 - 02/12/2019)
21/05/2019
02/12/2019
XIV
LEGISLATURA (03/12/2019 -
03/12/2019
Comunidades Autónomas
Descripción
Andalucía
Aragón
Principado de Asturias
Baleares
Canarias
Cantabria
Castilla-La Mancha
Castilla y León
Cataluña
Extremadura
Galicia
La Rioja
Comunidad de Madrid
Región de Murcia
Comunidad Foral de Navarra
País Vasco
Comunidad Valenciana
Ceuta
Melilla
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
36 de 42
Situaciones
Descripción
CONSTITUIDO
SUPRIMIDO
SIN CONSTITUIR
SIN DATOS
Ministerios
Código
Descripción
DEF
DEFENSA
TMA
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
INT
INTERIOR
JUS
JUSTICIA
AUC
ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
HAC
HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
EFP
EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
TES
TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
TFP
POLÍTICA TERRITORIAL
CUD
CULTURA Y DEPORTE
CIN
CIENCIA E INNOVACIÓN
PCM
PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
TED
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
APA
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
SND
SANIDAD
ICT
INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
ETD
ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
PG
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
DSA
DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
IGD
IGUALDAD
CSM
CONSUMO
ISM
INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
UNI
UNIVERSIDADES
Idioma
Descripción
ESPAÑOL
INGLÉS
FRANCÉS
ITALIANO
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
37 de 42
Áreas Sectoriales
Descripción
Ministerio
ACCION CULTURAL
CUD
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUS
ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
TFP
AGENDA 2030
DSA
AGRICULTURA Y GANADERIA
APA
AGUAS Y OBRAS HIDRAULICAS
TED
ALIMENTACIÓN
APA
ARCHIVOS, MUSEOS Y BIBLIOTECAS
CUD
ARTES AUDIOVISUALES
CUD
ARTES ESCENICAS Y MUSICALES
CUD
CAMBIO CLIMÁTICO
TED
CARTOGRAFIA Y ASISTENCIA TECNICA OBRAS PUBLICAS
TMA
COMERCIO
ICT
COMUNICACIONES POSTALES Y TELEGRAFICAS
TMA
CONSERVACION DE LA NATURALEZA
TED
CONSUMO
CSM
COOPERACION INTERNACIONAL
AUC
DEFENSA
DEF
DEFENSA - SEGURIDAD NACIONAL
PG
DEPORTE
CUD
DESARROLLO REGIONAL
ICT
DROGODEPENDENCIAS
SND
ECONOMÍA
ETD
ECONOMIA SOCIAL
TES
EDUCACION
EFP
EMPLEO
TES
ENERGIA
TED
ENERGIA NUCLEAR
TED
ESPECTACULOS
INT
ESTADISTICA
ETD
FARMACIA
SND
FORMACION PROFESIONAL
EFP
FUNCION PUBLICA
HAC
HACIENDA
HAC
INDUSTRIA
ICT
INFRAESTRUCTURAS Y ACCION TERRITORIAL
TMA
INSTITUCIONES FINANCIERAS
ETD
INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
INT
INVESTIGACION
CIN
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
38 de 42
Descripción
Ministerio
JUEGO
CSM
JUVENTUD
DSA
MEDIO AMBIENTE
TED
MEMORIA DEMOCRÁTICA
PCM
MIGRACIONES
ISM
ORGANIZACION, INFORMATICA Y PROCEDIMIENTOS
TFP
PATENTES
ICT
PATRIMONIO HISTORICO-ARTISTICO
CUD
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
ICT
PESCA
APA
POLITICA DE IGUALDAD
IGD
PRESIDENCIA
PCM
PROCESOS ELECTORALES
INT
PROPIEDAD INTELECTUAL
CUD
PROTECCION CIVIL
INT
PROTECCION DEL MENOR
DSA
PUERTOS
TMA
RELACIONES LABORALES
TES
RETO DEMOGRÁFICO
TED
SALUD PUBLICA Y PROMOCION DE LA SALUD
SND
SANIDAD
SND
SEGURIDAD
INT
SEGURIDAD SOCIAL
ISM
SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA
DSA
SISTEMA DE FINANCIACION
HAC
TELECOMUNICACIONES Y SOCIEDAD DE LA
INFORMACION
ETD
TRAFICO
INT
TRANSPORTES
TMA
TURISMO
ICT
UNIDAD DE MERCADO
TFP
UNION EUROPEA
AUC
UNIVERSIDADES
UNI
VIVIENDA Y URBANISMO
TMA
Niveles
Descripción
NIVEL 1
NIVEL 2
NIVEL 3
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
39 de 42
Materias
Descripción
LEY GARANTÍA UNIDAD DE MERCADO
Cargo de Asistente
Descripción
MINISTRO
SECRETARIO DE ESTADO
SUBSECRETARIO
SECRETARIO GENERAL
CONSEJERO
VICECONSEJERO
DIRECTOR GENERAL
SUBDIRECTOR GENERAL
COORDINADOR DE ÁREA
PRESIDENTE
COMISIONADO
PRESIDENTE DE SECCIÓN
VOCAL ASESOR
SUBDIRECTOR GENERAL ADJUNTO
CONSEJERO TÉCNICO / JEFE DE AREA
MINISTRO
SECRETARIO DE ESTADO
SUBSECRETARIO
SECRETARIO GENERAL
CONSEJERO
VICECONSEJERO
DIRECTOR GENERAL
SUBDIRECTOR GENERAL
COORDINADOR DE ÁREA
PRESIDENTE
COMISIONADO
PRESIDENTE DE SECCIÓN
VOCAL ASESOR
SUBDIRECTOR GENERAL ADJUNTO
CONSEJERO TÉCNICO / JEFE DE AREA
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
40 de 42
Participantes
Descripción
Tipo de Participante
AGE: ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CABILDO DE TENERIFE
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CIUDAD DE CEUTA
CIUDADES CON ESTATUTO DE AUTONOMÍA
CIUDAD DE MELILLA
CIUDADES CON ESTATUTO DE AUTONOMÍA
COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ILLES BALEARS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE
ASTURIAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD DE MADRID
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
COMUNITAT VALENCIANA
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL NORTE
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SUR
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
DIPUTACIÓN FORAL DE GUIPUZCOA
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
DIPUTACIÓN FORAL DE VIZCAYA
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
FEDERACIÓN INTERNACIONAL Y PARA IBEROAMÉRICA
DE ADMINISTRACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
41 de 42
FEMP: FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y
PROVINCIAS
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
Tipos de participantes
Descripción
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
CIUDADES CON ESTATUTO DE AUTONOMÍA
DIPUTACIONES Y OTROS ÓRGANOS
Tipos de Órganos
Descripción
Nivel
COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN CON CC.AA.
NIVEL 1
COMISION SECTORIAL
NIVEL 2
COMISION TERRITORIAL DE COORDINACIÓN
NIVEL 2
COMITÉ CONSULTIVO
NIVEL 2
CONFERENCIA SECTORIAL
NIVEL 1
GRUPO DE TRABAJO BILATERAL
NIVEL 3
GRUPO DE TRABAJO SECTORIAL
NIVEL 3
Nivel 1 - ÓRGANO COLEGIADO AGE SIN PARTICIPACIÓN DE CC.AA.
NIVEL 1
Nivel 2 - ÓRGANO COLEGIADO AGE SIN PARTICIPACIÓN DE CC.AA.
NIVEL 2
N1 - ÓRGANO COLEGIADO AGE CON PARTICIPACIÓN CC.AA.
NIVEL 1
N1 - ÓRGANO DE COOPERACIÓN CON ENTIDADES LOCALES
NIVEL 1
N2 - ÓRGANO COLEGIADO AGE CON PARTICIPACIÓN CC.AA.
NIVEL 2
N2 - ÓRGANO DE COOPERACIÓN CON ENTIDADES LOCALES
NIVEL 2
OTRO ÓRGANO DE COOPERACIÓN BILATERAL
NIVEL 1
OTRO ÓRGANO DE COOPERACIÓN SECTORIAL
NIVEL 1
SUBCOMISIÓN DE COOPERACIÓN BILATERAL
NIVEL 2
SUBGRUPO DE TRABAJO SECTORIAL
NIVEL 3
Subdirección General de Cooperación Autonómica
Descripción del sistema REOICO Órganos de Cooperación
REOICO. Descripción del sistema_v1.0.docx
42 de 42
Tipos de documentos
Descripción
01 ORDEN DEL DÍA
02 ACTA
03 NOTA DE LA REUNIÓN
04 NOTA DE PRENSA
05 NOTA INFORMATIVA
06 DOCUMENTACIÓN PARLAMENTARIA
07 OTROS
08 ASISTENTES
09 MEMORIA
10 ACUERDO
11 PROPUESTA DE ACUERDO
12 REGLAMENTO
13 TRÁMITE DE AUDIENCIA
14 DISTRIBUCIÓN DE FONDOS
15 LEGISLACIÓN CREACIÓN Y CONSTITUCIÓN
Código seguro de Verificación : GEN-e3d5-8b40-c2f5-949c-0d9b-2c31-ff58-019e | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV :
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : | FECHA : 19/10/2022 14:45 | Sin acción específica
MINISTERIO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
SECRETARÍA DE ESTADO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
SECRETARÍA GENERAL
DE COORDINACIÓN TERRITORIAL
DIRECCIÓN GENERAL
DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL POR LA
QUE SE ACUERDA LA SUPRESIÓN DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO
El Consejo para la Unidad de Mercado se crea en el artículo 10 de la Ley 20/2013, de 9 de
diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado. Este órgano se constituye con naturaleza de
órgano de cooperación interadministrativa para el seguimiento de la aplicación del contenido
de esta Ley.
El Consejo de Unidad de Mercado, cuya Presidencia recaía en el Ministerio de Política Territorial
se constituyó t ras la entrada en vigor de la Ley 20/2013, el día 27 de enero de 2015. Este
Consejo solo se ha llegado a reunir en dos ocasiones, en su sesión constitutiva y otra más, el día
22 de febrero de 2017.
Si bien este órgano no ha mantenido más reuniones en su composición como Conferencia
Sectorial, sí se ha mantenido activa la Comisión técnica, y muy especialmente la Red de Puntos
de Contacto, ambos sistemas de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
Ambas formaciones son gestionadas desde la Subdirección General de Mejora de la Regulación,
Apoyo a la Empresa y Competencia que es la unidad competente que dentro de la Dirección
General de Política Económica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital,
tiene atribuidas entre otras de las funciones de Secretaría del Consejo de Unidad de Mercado,
según establecen los artículos 5.1.o) y 5.2.d) del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica de este Departamento.
En julio de 2021 se constituyó la Conferencia Sectorial de Mejora Regulatoria y Clima de
Negocios que asumió en la práctica las competencias que correspondían al Consejo de Unidad
de Mercado, mejorándolas, al tiempo que reunía en un solo Ministerio las fun ciones de
Presidencia y Secretaría de este órgano con naturaleza de Conferencia Sectorial.
La Ley 18/2022, De 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas modifica la Ley
20/2013, de 9 de diciembre, d e garantía de la unidad de mercado, introduciendo aclaraciones
en su redacción, derivadas de la experiencia acumulada en sus años de aplicación y reforzando
los mecanismos de cooperación interadministrativa. En particular, se da nueva redacción al
artículo 10 de esta norma en la que se prevé expresamente que la nueva Conferencia Sectorial
para la Mejora Regulatoria y el Clima de Negocios asumirá las funciones del Consejo para la
Unidad de Mercado.
Por lo tanto, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1 letras a) y f) del Real Decreto
683/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio
de Política Territorial, por el que se atribuye a esta Dirección General la competencia de
Código seguro de Verificación : GEN-e3d5-8b40-c2f5-949c-0d9b-2c31-ff58-019e | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consult...
CSV :
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.es/pagSedeFront/servicios/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : | FECHA : 19/10/2022 14:45 | Sin acción específica
- 2 -
MINISTERIO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
análisis, impulso y seguimiento de las relaciones de cooperación multilateral entre la
Administración General del Estado y las comunidades autónomas, especialmente de las
conferencias sectoriales; así como en la gestión del Registro Electrónico estatal de Órganos de
instrumentos de Cooperación del sector público estatal, sección correspondiente a los Órganos
de Cooperación,
RESUELVO:
Primero. Considerar suprimido a efectos legales el Consejo para la Unidad d e Mercado en
cumplimiento de lo dispuesto en el nuevo artículo 10 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de
garantía de la unidad de mercado.
Segundo. Ordenar la eliminación formal de dicho órgano en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal, sección Órganos.
Tercero. La presente Resolución surtirá efectos en el momento de su firma.
EL DIRECTOR GENERAL
DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
MINISTERIO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
SECRETARÍA DE ESTADO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
SECRETARÍA GENERAL
DE COORDINACIÓN TERRITORIAL
DIRECCIÓN GENERAL
DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL, POR LA
QUE SE ACUERDA LA SUPRESIÓN DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DEL JUEGO
La Conferencia Sectorial del Juego se creó el 5 de mayo de 1999 en el Ministerio de Hacienda.
Su finalidad era asegurar la cooperación entre las Administraciones Públicas con competencias
en materia de juego.
La Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego establece en su artículo 34 la
constitución del Consejo de Políticas del Juego, como órgano de participación y coordinación
entre las Comunidades autónomas y el Estado. Este Consejo está integrado por los consejeros
que desempeñen las responsabilidades en materia de juego de todas las Comunidades y
Ciudades Autónomas y por un número paritario de representantes de la Administración
General del Estado. La presidencia del Consejo corresponde al titular del Ministerio de
Economía y Hacienda.
Posteriormente, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
codificó y sistematizó el régimen jurídico de los órganos de cooperación entre el Estado y las
Comunidades Autónomas y en particular la naturaleza, composición y funciones de las
Conferencias Sectoriales, recogiendo su régimen jurídico en los artículos 147 a 152.
El artículo 147 de la Ley 40/2015 define las Conferencias Sectoriales como órganos de
cooperación, de composición multilateral y ámbito sectorial determinado, que reúne como
Presidente a un miembro del Gobierno que sea competente por razón de la materia y a los
correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno en representación de las
Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
El Consejo de Políticas de Juego se constituye en 2011, año en que se aprueba el Reglamento,
sustituido por una nueva versión aprobada en 2018 y modificado recientemente en 2020.
Tanto la Ley del Juego como el Reglamento del Consejo de Políticas del Juego son anteriores a
la Ley 40/2015, por lo que en un principio la composición del Consejo (número paritario de
representantes de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas) no
coincide con la composición que establece la Ley 40/2015 para las conferencias sectoriales.
Ahora bien, el sistema de voto que prevé el Reglamento del Consejo de Políticas de Juego
mantiene el equilibrio de votos entre Administraciones, independientemente del número de
representantes de la misma que participen en la reunión. Esta razón permite atribuir al Consejo
de Políticas de Juego la naturaleza jurídica de una Conferencia Sectorial ya que su régimen de
adopción de acuerdos y su composición encajan con las previsiones de la Ley 40/2015.
- 2 -
MINISTERIO
DE POLÍTICA TERRITORIAL
En consecuencia, actualmente coexisten dos órganos de cooperación entre el Estado y las
Comunidades Autónomas con competencias idénticas en materia de juego, estando la
Conferencia Sectorial inactiva desde su constitución en 1999 y ejerciendo las funciones de
cooperación el Consejo de Políticas de Juego que ha mantenido un ritmo constante de
reuniones y actividad.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone en su
Disposición Adicional séptima, apartado 6º, que los órganos de cooperación que no se hayan
reunido en un plazo de cinco años desde su creación o en un plazo de cinco años desde la
entrada en vigor de esta ley quedarán extinguidos.
Por lo tanto, oído el Ministerio de Consumo, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1
letras a) y f) del Real Decreto Real Decreto 683/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial, por el que se atribuye a esta
Dirección General la competencia de análisis, impulso y seguimiento de las relaciones de
cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las comunidades
autónomas, especialmente de las conferencias sectoriales; así como en la gestión del Registro
Electrónico estatal de Órganos de instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
sección correspondiente a los Órganos de Cooperación,
RESUELVO:
Primero. Considerar suprimida a efectos legales la Conferencia Sectorial del Juego por
inactividad de acuerdo con la Disposición Adicional Séptima apartado 6º de la Ley 40/2015 y
por entender que la actividad material desempeñada por este órgano se encuentra cubierto
por el Consejo de Políticas del Juego.
Segundo. Ordenar la eliminación formal de dicho órgano en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal.
Tercero. La presente Resolución surtirá efectos en el momento de su firma.
DIRECTOR GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
Alegaciones formuladas por la Ministra de Derechos
Sociales y Agenda 2030
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV: 0101F2202204.F2202204_019.SMPDZADGVFXGVXXQ
IONE BELARRA URTEAGA con DNI 72814136T ha registrado el trámite Fiscalización de las actuaciones para
las relaciones de cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las comunidades
autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19 a las 10:36:15, el día
14/11/2022.
Su número de registro es el 202299900077414.
FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PARA LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN
MULTILATERAL ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESARROLLADAS EN EL MARCO DE LA GESTIÓN DE
LA PANDEMIA COVID-19
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Ione Belarra Urteaga
DNI:
72814136T
En Calidad de
Ministro/a
Entidad:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Periodo:
31.03.2021 a presente
Correo electrónico:
¿La firma del envío telemático de este expediente se realiza por el alegante (Presidente/Expresidente)? (en
caso negativo, deberá cumplimentar a continuación Identificación del representante)
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 1
Número de página del texto (o número de cuadro o gráfico o anexo) :
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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4 páginas
Epígrafe del texto sobre el que se alega (o línea del cuadro o anexo):
II.1.1b) II.3.2, Anex 3.1,4,6
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
a)En la página 16 del anteproyecto encontramos: (…) No obstante, se han detectado las siguientes
debilidades:
• En algunas ocasiones los órganos de apoyo se han reunido solo informalmente, como es el caso del
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema de Atención a la Dependencia en su reunión del
20 de marzo de 2020.
b)En la tabla de la página 66 figura con el nº 28 el Consejo Territorial de servicios sociales y del sistema
para la autonomía y atención a la dependencia. Se indica como fecha de creación o primera sesión el
16 de enero de 2013 y como norma de creación la Ley 39/2006.
c)Respecto de lo indicado en el Anexo IV. Debilidades e incidencias, incluido en la página 70 de dicho
anteproyecto de Informe.
d) Con respecto a las consideraciones recogidas en la página 36 relativas a la Conferencia Sectorial
para la Agenda 2030, y concretamente en lo que hace referencia al literal “Al margen de la muestra, se
ha detectado la celebración de otras reuniones de órganos de cooperación que no constaban
registradas en REOICO”.
Alegación:
a)Estimamos que habiéndose declarado el Estado de Alarma el 14 de marzo de 2020, dada la gravedad
de la situación que se atravesaba; la urgencia con la que se debían adoptar medidas y la necesidad de
que estas se adoptaran por las máximas autoridades competentes (órganos superiores del Ministerio y
Consejerías de las comunidades autónomas), en este caso, no puede calificarse como “debilidad” el
echo de haber convocado una reunión extraordinaria de la Conferencia Sectorial sin unas comisiones
delegadas previas (la de servicios sociales y la de autonomía y atención a la dependencia). Además, los
formalismos para convocar sesiones de una Comisión delegada establecidos en el Reglamento del
Consejo Territorial implican el envío de convocatoria y documentación con 10 días de antelación o dos
días hábiles en caso de sesión extraordinaria, lo que hubiera entorpecido realmente la adopción de
medidas. De hecho, se produjo una reunión informal ya tres días antes (17 de marzo de 2020) entre
consejerías y Ministerio. Por otra parte, el Consejo Territorial puede celebrarse en sesión extraordinaria
sin necesidad de que se produzcan sesiones previas de los órganos de apoyo (comisiones delegadas y
comité consultivo de dependencia).
b)El Consejo que se derivó de la Ley 39/2006 tuvo su sesión constitutiva el 16 de enero de 2013. Como
se ha indicado, el artículo 8 de la Ley 39/2006 se modifica por el artículo 22 del Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio y su Disposición Adicional Novena fusiona las dos conferencias sectoriales
preexistentes: la de servicios sociales y el consejo territorial del SAAD. Sugerimos en este punto
incorporar una llamada o nota a pie de página aclarando este extremo ya que con la actual redacción
podría parecer que la conferencia sectorial que deviene de una ley de 2006 no se constituyó en su
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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primera sesión hasta siete años después.
c)Respecto de lo indicado en el Anexo IV. Debilidades e incidencias, incluido en la página 70 de dicho
anteproyecto de Informe, se traslada que, en efecto, en la Conferencia Sectorial para la Agenda 2030 no
se produce la concentración de funciones de secretaría de la conferencia sectorial y de la comisión
sectorial por dos razones fundamentales. La primera, de índole jurídico, puesto que el Real Decreto
452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en su artículo 9.1, atribuye
a la Secretaría General Técnica la secretaría de las conferencias sectoriales en las competencias
propias del Departamento, pero nada dice al respecto de las comisiones sectoriales. La segunda
atiende a que, desde un punto de vista operativo, la Comisión Sectorial para la Agenda 2030, conforme
a lo establecido el art. 5 y 12 del Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno de la
Conferencia Sectorial para la Agenda 2030, aprobado en la reunión celebrada el 9 de julio de 2020 y
publicada en el BOE mediante Resolución de 19 de enero de 2021, de la Secretaría de Estado para la
Agenda 2030, constituye un órgano de apoyo y asesoramiento de la Conferencia Sectorial para la
Agenda 2030 con funciones de preparación de los asuntos a tratar en dicha Conferencia Sectorial y,
por ende, de las relaciones interadministrativas entre este Departamento y el resto de miembros de la
misma. En este sentido, se determinó que la secretaría de la comisión sectorial debería recaer en la
unidad administrativa competente por razón de la materia, recayendo en la Dirección General de
Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, tal y como recoge el art. 14. La práctica de
más de dos años de funcionamiento de esta conferencia sectorial, creada al inicio de la actual
legislatura, ha puesto de manifiesto que esta dualidad en la secretaría lejos de suponer un obstáculo al
funcionamiento adecuado de la conferencia, ha permitido que pueda actuar con total eficacia y
eficiencia en el cumplimiento de los fines de este órgano de cooperación.
d) Con respecto a las consideraciones recogidas en la página 36 relativas a la Conferencia Sectorial
para la Agenda 2030, y concretamente en lo que hace referencia al literal “Al margen de la muestra, se
ha detectado la celebración de otras reuniones de órganos de cooperación que no constaban
registradas en REOICO” se ha solicitado al Ministerio de Política Territorial que proceda a trasladar las
consideraciones que resulten oportunas en su calidad de ministerio competente en la materia.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Cuatro página de alegaciones en PDF
Documentos:
Nombre: Alegaciones SEA2030 TC.pdf, Hash:
Nombre: Alegaciones APIF Conferencias Sectoriales.pdf, Hash:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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3
ALEGACIONES DE LA SECRETARÍA DE ESTADO PARA LA AGENDA 2030 CON RELACIÓN AL
ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA COOPERACIÓN MULTILATERAL ENTRE LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA S COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN LA GESTIÓN DE
LA PANDEMIA COVID-19
Remitida a esta Secretaría de Estado el Anteproyecto de informe de fiscalización de la cooperación
multilateral entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas en la gestión
de la pandemia COVID-19, realizado por el Tribunal de Cuentas conforme a lo dispuesto en el
artículo 44.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, se
procede a trasladar las siguientes alegaciones:
(a) Respecto de lo indicado en el Anexo IV. Debilidades e incidencias, incluido en la página 70 de
dicho anteproyecto de Informe, se traslada que, en efecto, en la Conferencia Sectorial para la
Agenda 2030 no se produce la concentración de funciones de secretaría de la conferencia
sectorial y de la comisión sectorial por dos razones fundamentales.
La primera, de índole jurídico, puesto que el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda
2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en su artículo 9.1, atribuye a la
Secretaría General Técnica la secretaría de las conferencias sectoriales en las competencias
propias del Departamento, pero nada dice al respecto de las comisiones sectoriales.
La segunda atiende a que, desde un punto de vista operativo, la Comisión Sectorial para la
Agenda 2030, conforme a lo establecido el art. 5 y 12 del Reglamento de Organización y
Funcionamiento Interno de la Conferencia Sectorial para la Agenda 2030, aprobado en la
reunión celebrada el 9 de julio de 2020 y publicada en el BOE mediante Resolución de 19 de
enero de 2021, de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, constituye un órgano de apoyo
y asesoramiento de la Conferencia Sectorial para la Agenda 2030 con funciones de preparación
de los asuntos a tratar en dicha Conferencia Sectorial y, por ende, de las relaciones
interadministrativas entre este Departamento y el resto de miembros de la misma. En este
sentido, se determinó que la secretaría de la comisión sectorial debería recaer en la unidad
administrativa competente por razón de la materia, recayendo en la D irección General de
Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, tal y como recoge el art. 14.
La práctica de más de dos años de funcionamiento de esta conferencia sectorial, creada al
inicio de la actual legislatura, ha puesto de manifiesto que esta dualidad en la secretaría lejos
de suponer un obstáculo al funcionamiento adecuado de la conferencia, ha perm itido que
pueda actuar con total eficacia y eficiencia en el cumplimiento de los fines de este órgano de
cooperación.
(b) Con respecto a las consideraciones recogidas en la página 36 relativas a la Conferencia
Sectorial para la Agenda 2030, y concretamente en lo que hace referencia al literal “ Al margen
de la muestra, se ha detectado la celebración de otras reuniones de órganos de cooperación
que no constaban registradas en REOICO” se ha solicitado al Ministerio de Política Territorial
que proceda a trasladar las consideraciones que resulten oportunas en su calidad de ministerio
competente en la materia.
MINISTERIO
DE DERECHOS SOCIALES Y
AGENDA 2030
SECRETARÍA DE ESTADO
PARA LA AGENDA 2030
1
MINISTERIO
DE DERECHOS SOCIALES
Y AGENDA 2030
Alegaciones relativas al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD
Recibido el anteproyecto de Informe de Fiscalización (IF) de la cooperación multilateral entre la
Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas en la gestión de la pandemia
COVID-19, emitimos informe valorando en contenido del mismo y las posibles alegaciones en
relación con las referencias al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante CTSS).
El anteproyecto remitido tiene por objeto la Fiscalización de las actuaciones para las relaciones
de cooperación multilateral entre la Administración General del Estado y las Comunidades
Autónomas desarrolladas en el marco de la gestión de la pandemia COVID-19” con los objetivos
específicos de Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades
públicas” y “Incrementar las fiscalizaciones operativas”.
No podemos perder de vista que el organismo fiscalizado es el Ministerio de Política Territorial
(MPT), aunque indirectamente se está fiscalizando el funcionamiento de las conferencias
sectoriales, entre las que se encuentra el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Dicho Consejo Territorial celebró formalmente cuatro sesiones plenarias, todas ellas por
videoconferencia, como se indica correctamente en el anteproyecto de informe de fiscalización,
en las siguientes fechas:
- 20 de marzo.
- 18 de junio.
- 2 de octubre.
- 2 de diciembre.
En cuanto a sus órganos de apoyo, (Comisiones delegadas y Comité consultivo de dependencia),
constan al menos las siguientes convocatorias:
Reuniones de la Comisión delegada del SAAD celebradas en 2020:
- 25 de junio
- 22 de septiembre
Además, de los acuerdos adoptados en el CT se derivaban grupos de trabajo que, tras
intercambiar documentos y aportaciones por diferentes procedimientos, se reunieron con
carácter formal:
- 11 de noviembre; Grupo de trabajo COVID-19 y Residencias.
- 11 de diciembre; Grupos de datos semanales residencias.
En realidad, dichos grupos reproducían las comisiones delegadas puesto que todos los miembros
de la misma querían participar.
Comisiones delegadas de Servicios Sociales celebradas en 2020:
Comités consultivos del SAAD celebrados en 2020:
- 25 de junio
- 22 de septiembre
2
MINISTERIO
DE DERECHOS SOCIALES
Y AGENDA 2030
Además de esta actividad, constan un buen número de reuniones convocadas y mantenidas sin
la formalidad de un Consejo Territorial, siempre por videoconferencia y dirigidas por órganos
superiores del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 (en concreto por la Secretaría de
Estado de Derechos Sociales). Dichas sesiones, como la celebrada el 17 de marzo de 2020 (previa
al Consejo Territorial del día 20) se convirtieron en auténticas sesiones preparatorias para
alcanzar los acuerdos formales posteriores. Se convocaban mediante la remisión de correos
electrónicos y con los enlaces oportunos para la conexión remota.
Según consta en las agendas oficiales, se celebraron reuniones del SE de Derechos Sociales con
todos los Consejeros y Consejeras en las fechas:
- 17 de marzo; Asunto: COVID-19 16:00h.
- 4 de agosto; Asunto: medidas residencias y COVID-19 (desescalada) - 10:00h.
- 24 de agosto: Asunto: Coordinación sociosanitaria. 16:00h.
- 8 de septiembre; Asunto: COVID-19. 12:00h.
- 5 de noviembre; Asunto: COVID-19. Situación residencias. 16:00h.
Por otra parte, como Conferencia Sectorial, hay que considerar que el actual Consejo Territorial
de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia no es sino
la fusión de la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales y del Consejo Territorial del SAAD que
se produjo en 2012 a través de la reforma producida por el artículo 22 del Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento
de la competitividad. Así, en el APIF figura como fecha de constitución el 16/01/2013, si bien, la
primera sesión del Consejo Territorial del SAAD originario tuvo lugar el 22 de enero de 2007.
Considerando cuanto antecede, creemos oportuno presentar las siguientes ALEGACIONES:
PRIMERA.
En la página 16 del anteproyecto encontramos:
(…) No obstante, se han detectado las siguientes debilidades:
• En algunas ocasiones los órganos de apoyo se han reunido solo informalmente, como es el caso
del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema de Atención a la Dependencia en su
reunión del 20 de marzo de 2020.
En este sentido, estimamos que habiéndose declarado el Estado de Alarma el 14 de m arzo de
2020, dada la gravedad de la situación que se atravesaba; la urgencia con la que se debían
adoptar medidas y la necesidad de que estas se adoptaran por las máximas autoridades
competentes (órganos superiores del Ministerio y Consejerías de las comunidades autónomas),
en este caso, no puede calificarse como “debilidad” el echo de haber convocado una reunión
extraordinaria de la Conferencia Sectorial sin unas comisiones delegadas previas (la de
servicios sociales y la de autonomía y atención a la dependencia).
Además, los formalismos para convocar sesiones de una Comisión delegada establecidos en el
Reglamento del Consejo Territorial implican el envío de convocatoria y documentación con 10
días de antelación o dos días hábiles en caso de sesión extraordinaria, lo que hubiera
entorpecido realmente la adopción de medidas. De hecho, se produjo una reunión informal ya
tres días antes (17 de marzo de 2020) entre consejerías y Ministerio.
3
MINISTERIO
DE DERECHOS SOCIALES
Y AGENDA 2030
Por otra parte, el Consejo Territorial puede celebrarse en sesión extraordinaria sin necesidad de
que se produzcan sesiones previas de los órganos de apoyo (comisiones delegadas y comité
consultivo de dependencia).
SEGUNDA.
En la tabla de la página 66 figura con el nº 28 el Consejo Territorial de servicios sociales y del
sistema para la autonomía y atención a la dependencia. Se indica como fecha de creación o
primera sesión el 16 de enero de 2013 y como norma de creación la Ley 39/2006. No obstante,
el Consejo que se derivó de la Ley 39/2006 tuvo su sesión constitutiva el 16 de enero de 2013.
Como se ha indicado, el artículo 8 de la Ley 39/2006 se modifica por el artículo 22 del Real
Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio y su Disposición Adicional Novena fusiona las dos
conferencias sectoriales preexistentes: la de servicios sociales y el consejo territorial del SAAD.
Sugerimos en este punto incorporar una llamada o nota a pie de página aclarando este extremo
ya que con la actual redacción podría parecer que la conferencia sectorial que deviene de una
ley de 2006 no se constituyó en su primera sesión hasta siete años después.

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