INFORME nº 1223 de 2017 de Tribunal de Cuentas, 29-06-2017

Fecha29 Junio 2017
EmisorTribunal de Cuentas
TRIBUNAL DE CUENTAS
Nº 1.223
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA AGENCIA
ESTATAL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO,
EJERCICIO 2014
EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida
en los artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, y a tenor de lo
previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988, de 5 de
abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado en su sesión de 29 de junio de
2017, el “INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL BOLETÍN OFICIAL DEL
ESTADO, EJERCICIO 2014”, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales, así como al
Gobierno de la Nación, según lo prevenido en el artículo 28 de la Ley de Funcionamiento.
ÍNDICE
(Página 1 de 2)
PÁGINA PUNTOS
I.- INTRODUCCIÓN
I.A) Antecedentes de la fiscalización
I.B) Descripción del ámbito de gestión fiscalizado
I.C) Objetivos, alcance y limitaciones de la fiscalización
I.D) Trámite de alegaciones
II.- ANÁLISIS DEL CONTROL INTERNO
II.A) Configuración del sistema
II.B) Seguridad de los activos
II.B.1) Inmovilizado
II.B.2) Existencias
II.C) Control contable, Tesorería, ingresos y procedimientos
III.- OPINIÓN SOBRE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS
III.A) Balance
III.A.1) Inmovilizado no financiero
III.A.2) Patrimonio
III.A.3) Existencias
III.A.4) Deudores y Acreedores
III.B) Remanente de tesorería
III.C) Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial (CREP)
III.D) Memoria y otros estados contables
III.E) Liquidación del presupuesto
IV.- TESORERÍA
IV.A) Estados de Situación de Tesorería
IV.B) Cuentas bancarias
IV.C) Cajas de efectivo
V.- ANÁLISIS DE LOS INGRESOS
V.A) Ingresos por las tasas BOE y BORME
V.A.1) Configuración de las tasas BOE y BORME
V.A.2) Gestión tasa publicación anuncios en BOE y BORME
V.A.3) Gestión tasa publicación actos en el BORME
V.B) Ingresos por facturación de la imprenta
V.C) Ingresos por venta de publicaciones
V.D) Otros ingresos
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27
27
27
29
31
32
34
36
1.1 a 1.2
1.3 a 1.6
1.7 a 1.11
1.12 a 1.13
2.1
2.2 a 2.7
2.2 a 2.5
2.6 a 2.7
2.8 a 2.9
3.2 a 3.28
3.4 a 3.13
3.14 a 3.15
3.16 a 3.20
3.21 a 3.28
3.29 a 3.30
3.31 a 3.34
3.35 a 3.36
3.37 a 3.46
4.5 a 4.6
4.7 a 4.11
4.12 a 4.13
5.2 a 5.26
5.3 a 5.11
5.12 a 5.20
5.21 a 5.26
5.27 a 5.33
5.34 a 5.38
5.39 a 5.41
1.1 a 1.13
2.1 a 2.9
3.1 a 3.46
4.1 a 4.13
5.1 a 5.41
ÍNDICE
(Página 2 de 2)
PÁGINA PUNTOS
VI.- ANÁLISIS DE LOS GASTOS DE PERSONAL
VI.A) Plantilla
VI.B) Expedientes de personal y gestión de altas y bajas
VI.C) Examen de las nóminas
VI.D) Complemento de productividad e incentivos a la producción
VI.D.1) Personal funcionario: Productividad y gratificaciones
VI.D.2) Personal laboral: Incentivos, productiv. y paga beneficios
VI.E) Otros gastos de personal
VII.- ANÁLISIS DE OTROS GASTOS
VII.A) Resultados del examen de los contratos de gasto
VII.B) Convenios y encomiendas de gestión, generadores de gasto
VII.C) Anticipos de Caja fija y pagos a justificar
VIII.- ANÁLISIS DE EFICACIA, EFICIENCIA Y ECONOMÍA
VIII.A) Planificación estratégica. Análisis de eficacia
VIII.B) Análisis de eficiencia y economía
VIII.B.1) Análisis de costes e ingresos de las actividades
VIII.B.2) Naturaleza de la AEBOE como medio propio
IX.-
ASPECTOS RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY
ORGÁNICA 3/2007 PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y
HOMBRES
X.- CONCLUSIONES
XI.- RECOMENDACIONES
ANEXOS
ALEGACIONES
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48
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51
53
53
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58
65
6.2 a 6.9
6.10 a 6.12
6.13 a 6.16
6.17 a 6.30
6.21 a 6.25
6.26 a 6.30
6.31 a 6.38
7.1 a 7.11
7.12 a 713
7.14 a 7.17
8.1 a 8.12
8.13 a 8.27
8.13 a 8.21
8.22 a 8.27
6.1 a 6.38
7.1 a 7.17
8.1 a 8.27
9.1 a 9.5
10.1 a 10.28
11.1 a 11.9
RELACIÓN DE SIGLAS UTILIZADAS EN ESTE INFORME
AEAT
Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEBOE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
BOE
Boletín Oficial del Estado
BORME
Boletín Oficial del Registro Mercantil
CECIR
Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones
CORA
Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas
CREP
Cuenta de Resultado Económico Patrimonial
IGA
Índice General de Cumplimiento de Objetivos de la Agencia
IGAE
Intervención General de la Administración del Estado
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
IVA
Impuesto sobre el Valor Añadido
LGP
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
MHAP
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
MUFACE
Mutualidad General de Funcionarios de la Administración Civil del Estado
PCAP
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
PGCP
Plan General de Contabilidad Pública, aprobado por Orden EHA/1037/2010 de 13 de abril
RRM
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 9
I.- INTRODUCCIÓN
I.A) Antecedentes de la fiscalización
1.1.- La presente fiscalización figura en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas
para el año 2016, aprobado por acuerdo del Pleno de 22 de diciembre de 2015, dentro del apartado
III. "FISCALIZACIONES PROGRAMADAS POR INICIATIVA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS",
subapartado III.1. "Fiscalizaciones en el ámbito de la Administración General del Estado y de sus
organismos". Los motivos para su inclusión en el Programa de Fiscalizaciones fueron dos: a) el
Tribunal de Cuentas no ha realizado ningún informe específico de fiscalización relativo a la gestión
económico-financiera de esta entidad desde un informe que se aprobó en 1995, cuando tenía la
naturaleza de organismo autónomo; y b) se trata de una entidad de relevancia económica, su
presupuesto para 2014 (créditos definitivos) ascendió a 62,0 millones de euros y al inicio de dicho
ejercicio disponía de una tesorería de 117,2 millones de euros.
1.2.- Las Directrices Técnicas que han regido la fiscalización fueron establecidas mediante acuerdo
del Pleno del Tribunal de Cuentas de 25 de febrero de 2016.
I.B) Descripción del ámbito de gestión fiscalizado
1.3.- La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE) es un organismo adscrito al Ministerio
de la Presidencia. Su transformación de organismo autónomo de carácter comercial a Agencia
estatal, y la aprobación de su estatuto, se produjo mediante el Real Decreto 1495/2007, de 12 de
noviembre, en virtud de la autorización otorgada al Gobierno por la disposición adicional segunda
de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos
(Ley de Agencias Estatales). Tiene encomendada la publicación del “Boletín Oficial del Estado”
(BOE) y del “Boletín Oficial del Registro Mercantil” (BORME) y la difusión de la legislación. También
desarrolla una parte de su actividad en el ámbito editorial y de las artes gráficas, para la
Administración General del Estado y sus organismos y entidades de derecho público, como medio
propio instrumental de todos ellos, y para otras administraciones públicas, a través de los
correspondientes convenios.
1.4.- El artículo 3 del estatuto establece que la Agencia ajustará su actuación a lo dispuesto en la
Ley de Agencias Estatales1, a lo establecido en el propio estatuto y sus normas de desarrollo, y,
supletoriamente, a las previsiones normativas que le sean aplicables de acuerdo con el artículo 2,
apartado 2, de la citada Ley de Agencias Estatales. El régimen de contratación es el establecido en
la legislación de contratos del sector público con las particularidades que se señalan en el propio
estatuto y, en su caso, por las normas de contratación aplicables a las entidades declaradas
medios propios de la administración. El régimen presupuestario, económico-financiero, de
contabilidad, intervención y control de la Agencia es el establecido en la Ley de Agencias Estatales
y en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, así como en los capítulos VIII y
IX de su estatuto.
1.5.- Los recursos económicos de la Agencia se detallan en el artículo 32, apartado 1 de su
estatuto. La principal fuente de financiación son las tasas por la publicación de los actos
empresariales inscritos en la sección I del BORME y, por la publicación de anuncios en los diarios
BOE y BORME. Además, la Agencia obtiene ingresos por su actividad en materia de impresión,
edición, distribución y venta de publicaciones oficiales y, en menor medida, de determinadas
suscripciones y por enajenaciones ocasionales de material obsoleto. La Agencia gestiona dos
1 La Ley 28/2006, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, ha sido derogada por la Ley 40/2015,
de régimen jurídico del sector público, si bien se mantendrá en vigor hasta que, de acuerdo con lo previsto en la
disposición adicional cuarta de dicha ley, concluya el plazo de tres años para la adaptación de las Agencias
existentes en el sector público estatal.
10 Tribunal de Cuentas
programas presupuestarios: el Programa 000X, constituido por las transferencias al Estado que
reconoció obligaciones en 2014 por 30,4 millones de euros, y el Programa 921R “Publicidad de las
normas legales” que reconoció obligaciones por 26,2 millones de euros.
1.6.- La estructura orgánica y administrativa de la Agencia está regulada en el capítulo III del
estatuto. Los órganos de gobierno son el Presidente y el Consejo Rector. El órgano ejecutivo es el
director de la Agencia, del que dependen directamente las siguientes unidades administrativas,
cuyos titulares serán funcionarios de nivel 30 y tienen la consideración de personal directivo:
a) Secretaría General
b) Subdirección de la Imprenta Nacional
c) Departamento de Gestión Editorial, Documentación e Información
d) Departamento de Tecnologías de la Información
e) Departamento de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.
f) Departamento de Programación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión
También cuenta la Agencia con una Intervención Delegada, dependiente orgánica y funcionalmente
de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE). El número total de empleados a
31 de diciembre de 2014 era de 429, de los que 79 eran funcionarios (6 de ellos personal directivo),
340 empleados fijos en régimen laboral (de ellos 7 fuera de convenio) y 10 personas con contrato
laboral temporal de formación y aprendizaje. La plantilla media durante el ejercicio 2014 fue de 433
empleados.
I.C) Objetivos, alcance y limitaciones de la fiscalización
1.7.- En las presentes actuaciones, programadas como una fiscalización integral, se ha buscado
conseguir los siguientes objetivos:
a) Comprobar si la gestión económica y financiera de la AEBOE se ha reflejado
adecuadamente en el sistema contable del mismo, así como la fiabilidad de la información
contenida en las cuentas rendidas, de acuerdo con los principios y criterios contables que le son de
aplicación.
b) Verificar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que
resulten aplicables a la gestión de los fondos públicos asignados a la entidad.
c) Evaluar la adecuación y fortaleza del sistema de control interno establecido por la
Agencia y comprobar y analizar su funcionamiento efectivo.
d) Examinar si la gestión de la Agencia se adecúa a los principios de eficacia, eficiencia y
economía, evaluando la validez, suficiencia y representatividad de los objetivos e indicadores
establecidos, el grado de consecución de los objetivos previstos y los demás aspectos de gestión
relevantes.
e) Verificar el cumplimiento de la normativa para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
así como de las prescripciones de transparencia establecidas en la normativa, en todo aquello en
que lo dispuesto en estas normativas pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones
fiscalizadoras2.
1.8.- El ámbito subjetivo de la fiscalización es la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. El
ámbito objetivo se corresponde con la gestión económico-financiera derivada de las competencias
de la Agencia. Hay que puntualizar que de los dos programas presupuestarios responsabilidad de
la AEBOE, la gestión del programa 000X se reduce exclusivamente a la tramitación de la
2 Las previsiones más directamente aplicables a la AEBOE de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, se contienen en el Título preliminar, que entró en vigor el 11 de diciembre de
2014, por lo que no tuvo aplicación en el ejercicio fiscalizado, salvo unos pocos días.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 11
transferencia anual al Estado analizada en el punto 5.5. Así, pues, la totalidad de los contenidos de
este informe de fiscalización, salvo los referidos en el citado punto y concordantes, se refieren a la
gestión del Programa 921R “Publicidad de las normas legales”. El ámbito temporal abarca el
ejercicio 2014, si bien las comprobaciones han sido ampliadas a ejercicios anteriores y posteriores
en aquellos aspectos que se ha considerado conveniente para el adecuado cumplimiento de los
objetivos de la fiscalización previstos.
1.9.- En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras se ha producido una limitación al llevar a
cabo las pruebas conducentes a verificar los saldos y autorizaciones de las cuentas bancarias de la
AEBOE, a consecuencia de la falta de colaboración de una entidad bancaria, que no ha
respondido a las reiteradas solicitudes de información, haciendo dejación de sus obligaciones
legales y contractuales y dificultando el control del Tribunal sobre la correcta justificación de los
fondos públicos. Esta limitación se ha superado en gran parte mediante pruebas alternativas, pero
dada la naturaleza e importancia de estas comprobaciones no se puede asegurar su total
conformidad3. En el resto de la fiscalización no se han presentado limitaciones que hayan impedido
realizar las pruebas previstas en los programas de trabajo o, en su defecto, aquellas otras pruebas
alternativas que se han estimado necesarias a efectos de obtener la evidencia suficiente que
permita emitir un juicio crítico sobre las actuaciones, procedimientos o cuentas objeto de
fiscalización, conforme a los objetivos de la misma.
1.10.- La AEBOE presentó las cuentas de 2014 en tiempo y forma, dando cumplimiento a las
obligaciones de rendición de cuentas establecidas. El personal de la Agencia ha prestado toda la
colaboración que le ha sido requerida por el Tribunal de Cuentas. Las comprobaciones se han
realizado en la sede de la Agencia (Avda. de Manoteras, nº 54) y en la librería del BOE (c/
Trafalgar, nº 27), ambas en Madrid, además de los trabajos en la propia sede del Tribunal.
1.11.- En la ejecución del trabajo se han aplicado las Normas de Fiscalización del Tribunal de
Cuentas aprobadas por el Pleno en su reunión de 23 de diciembre de 2013. Los procedimientos
aplicados han abarcado cuantas comprobaciones se han estimado necesarias para fundamentar la
opinión del Tribunal en relación con los objetivos de la fiscalización. En concreto, se ha procedido al
examen y verificación de los registros contables principales y auxiliares, así como de sus
justificantes; al análisis de los sistemas de control interno y realización de comprobaciones de
cumplimiento, con especial incidencia en aquellas áreas que presentaban mayor posibilidad de
riesgo; a la realización de comprobaciones sustantivas sobre las operaciones de ingresos y cobros,
y de gastos y pagos; a la realización de entrevistas, inspecciones físicas y examen de otra
documentación; a comprobaciones directas e inversas sobre la integridad y corrección de los
inventarios; al tratamiento y análisis de la información relativa a la planificación estratégica y, en
general, a cuantas actuaciones se han estimado necesarias para alcanzar los objetivos marcados.
Los citados procedimientos se han apoyado en las técnicas convencionales de auditoría y
muestreo.
I.D) Trámite de alegaciones
1.12.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7/1988 de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, el Anteproyecto de Informe de la presente fiscalización se
remitió para alegaciones el 22 de febrero de 2017 al actual Presidente de la Agencia Estatal Boletín
Oficial del Estado y a quien lo era en el ejercicio fiscalizado, así como al actual Director de la
Agencia, que lo era también en el ejercicio fiscalizado. También se remitió para alegaciones a la
actual Ministra de la Presidencia, que lo es desde 2011. No se solicitó prórroga del plazo concedido
(30 días hábiles) por ninguno de ellos. Únicamente ha presentado alegaciones el actual Director de
la Agencia, con fecha 10 de abril, que se adjuntan íntegramente al presente Informe (excepto los
anexos por su excesivo volumen y su función meramente instrumental).
3 Dentro del plazo concedido para alegaciones se ha recibido contestación de la entidad bancaria a la solicitud de
información reiterada en su día, si bien de modo defectuoso, puesto que no se incluye información sobre las
personas autorizadas para la disposición de fondos y demás operaciones en las cuentas.
12 Tribunal de Cuentas
1.13.- Tras el examen por el Tribunal de las indicadas alegaciones y de la documentación remitida,
se han introducido en el Informe los cambios que se han estimado procedentes. Se hace constar
que el Tribunal no se pronuncia respecto de las alegaciones relativas a medidas puestas en
práctica con posterioridad al periodo fiscalizado no comprobadas, explicaciones sobre las causas y
circunstancias de determinados hechos, o cuestiones colaterales al contenido del Informe. En
algunos casos se ha estimado conveniente insertar una nota a pie de página para precisar el
contenido de algún punto concreto o la opinión del Tribunal sobre el contenido de algunas
alegaciones. No obstante, la falta de comentario expreso sobre el resto de las alegaciones no
significa que el Tribunal comparta su contenido. Se señala, por lo tanto, que el resultado definitivo
de la fiscalización es el expresado en los posteriores apartados de este Informe, con independencia
de las consideraciones que pudieran haberse manifestado en las alegaciones.
II.- ANÁLISIS DEL CONTROL INTERNO
II.A) Configuración del sistema
2.1.- En general, se aprecia en la AEBOE un adecuado sistema de control interno, que garantiza
razonablemente la salvaguarda de los activos y recursos de la entidad, otorga fiabilidad a los
registros contables y asegura el funcionamiento de la organización de acuerdo con la normativa de
aplicación y con los principios de buena gestión. Como se expone más detalladamente en el
apartado VIII “Análisis de eficacia, eficiencia y economía”, la AEBOE cuenta con un buen sistema
de planificación y control de la gestión. Dispone en general de una correcta organización de los
recursos humanos y materiales, de sistemas de seguimiento y de control de las actividades y de
detalladas instrucciones y manuales de procedimiento para la mayoría de las áreas de gestión.
Todo ello sin perjuicio de algunas debilidades concretas apreciadas en la fiscalización por el
Tribunal, que se exponen en este Informe y que se recomienda subsanar.
II.B) Seguridad de los activos
II.B.1) INMOVILIZADO
2.2.- La gestión del inmovilizado se regula en un manual de procedimientos elaborado en 2010 y un
borrador de actualización de 2011 en el que se detalla con bastante precisión las actividades a
realizar en cada fase del proceso (altas, bajas, etc.). En líneas generales, se ha observado por el
Tribunal el cumplimiento de los procedimientos de altas, bajas y amortizaciones, pero no el relativo
a la revisión física anual de los activos, que no se realiza.
2.3.- El inventario del inmovilizado se elaboró por una empresa externa con referencia al uno de
septiembre de 1999. Se valoraron todos los activos a esa fecha, con asignación de vida útil en
función de sus características y estado de conservación. Desde esa fecha se han incorporado al
inventario los activos adquiridos, reflejando como valor contable el precio de adquisición y
asignando vida útil en función de las tablas de la aplicación informática SOROLLA-2, elaborada por
la IGAE. La amortización se ha realizado de forma lineal y completa en función de la vida útil de
cada activo.
2.4.- Se han realizado por el Tribunal comprobaciones directas sobre una muestra de 169
elementos del inventario a 31 de diciembre de 2015 registrados en 13 ubicaciones físicas y
comprobaciones inversas sobre otros 103 elementos observados en las mismas ubicaciones y en
otras 5 salas y despachos. Los resultados ponen de manifiesto la falta de revisión, control y
actualización del inventario. De los 169 elementos directamente seleccionados, solo 102 se
encontraban en la ubicación física registrada en el inventario (si bien uno de ellos se encontraba
retirado del servicio, aunque sin tramitar la baja correspondiente). Otros 3 se localizaban en otra
ubicación cercana. Los restantes 64 elementos no fueron encontrados, de los cuales 6 deberían
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 13
haber causado baja hace años (ninguno de excesiva cuantía). Por otro lado, de los 103 bienes
observados en las comprobaciones inversas, solo 47 estaban correctamente registrados en el
inventario. Del resto, 41 elementos se encontraban registrados en otras ubicaciones y 15
elementos no figuraban en el inventario (de ellos 9 con etiqueta y 6 sin etiqueta, destacando en la
sala del Consejo Rector una alfombra de gran tamaño fabricada a medida y una serie de cuatro
grabados firmados, el resto eran mesas y estanterías).
2.5.- Además, figuran en inventario 45 elementos con la indicación de “desplazados” (un router en
el Ministerio, 30 expositores en librerías asociadas y varios ordenadores e impresoras aplicados al
programa “AulaBOE”, destinados a varias universidades españolas y al Instituto de Estudios
Fiscales desde el año 2001), de los que no se lleva ningún control y se desconoce si están en uso
o han causado baja (lo más probable dada su previsible obsolescencia técnica).
II.B.2) EXISTENCIAS
2.6.- Existen dos almacenes de existencias: uno en la librería (c/ Trafalgar), para las existencias
comerciales y productos terminados; y otro en la sede de Avda. de Manoteras, para las materias
primas y otros aprovisionamientos (véanse los puntos 3.16 y siguientes). El control interno sobre
ambos almacenes se considera correcto por el Tribunal, existiendo suficientes medidas de
seguridad y adecuados procedimientos de control y valoración de los bienes, de los que se ha
comprobado su cumplimiento. La gestión de los productos terminados se realiza por medio de una
aplicación informática de terceros denominada “GESPUBOE”, que permite llevar el registro y
control de dichos bienes. La gestión de las materias primas se realiza a través de la aplicación
informática denominada “ALMACENES”, que ha sido elaborada por los servicios informáticos de la
propia Agencia, lo que ha permitido un apreciable ahorro económico, además de ajustarse a las
necesidades y requerimientos de la gestión del organismo y permitir su fácil adaptación a nuevas
necesidades. Esta aplicación integra la gestión de solicitudes, pedidos, entradas y valoración de
existencias. Además, conecta con el proceso productivo mediante la creación y registro de “partes
de trabajo” que en los que se formalizan las salidas de materias primas para su consumo,
asociadas a cada trabajo de imprenta concreto. No sucede igual, sin embargo, con los bienes
calificados como “otros aprovisionamientos” que figuran como consumos genéricos. Como
integración de ambas funcionalidades, la aplicación incorpora también un inventario permanente
valorado, con posibilidad de consultas históricas y exportación de datos a hoja de cálculo. Dicho
inventario es el que soporta los asientos contables de fin de ejercicio relativos a estos bienes.
2.7.- Realizadas comprobaciones por el Tribunal en ambos almacenes sobre distintas muestras de
bienes, al objeto de verificar su registro en el inventario, su disponibilidad física, su valoración y sus
medidas de seguridad, no se han detectado incidencias ni errores significativos, salvo el hecho
relevante de que el valor de los productos terminados en contabilidad está afectado por un
deterioro no registrado que el Tribunal estima hasta en 1.618.268,00 euros, el 80% de su importe
total (véase el punto 3.17).
II.C) Control contable, Tesorería, ingresos y procedimientos
2.8.- Por lo que se refiere a los procedimientos de autorización, supervisión y control de las
operaciones contables y administrativas, no se han observado debilidades significativas del
sistema, así como tampoco en la gestión de Tesorería (excepto por la limitación señalada en el
punto 4.3) y en los procedimientos de gestión, facturación, cobros y seguimiento de deudores por
las tasas BOE y BORME, y por ventas en la librería, todo ello sin perjuicio de las deficiencias
encontradas en las respectivas áreas que ponen de manifiesto las debilidades de control que se
recogen en este informe, que deben subsanarse. La Agencia cuenta con dos útiles aplicaciones
informáticas desarrolladas por sus propios medios: la aplicación COIN, para el control de los
ingresos, y la aplicación CAIN, para el seguimiento de todo el proceso productivo.
2.9.- En cuanto a los controles internos sobre los aspectos de legalidad, se han apreciado algunos
errores en la documentación soporte de los contratos y otros gastos, así como en las encomiendas
14 Tribunal de Cuentas
de gestión ejecutadas por la AEBOE como medio propio (trabajos de imprenta), que evidencian las
debilidades de control que se recogen en este informe, tanto en aspectos formales y de
procedimiento como materiales y jurídicos, que deben subsanarse.
III.- OPINIÓN SOBRE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS
3.1.- El Tribunal de Cuentas considera que los estados financieros rendidos por la AEBOE
correspondientes al ejercicio 2014 expresan adecuadamente la imagen fiel del patrimonio y de la
situación financiera de la entidad fiscalizada, de acuerdo con el marco de información financiera
aplicable y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo, sin
perjuicio de algunas incidencias detectadas en la fiscalización, que no afectan sustancialmente a la
representatividad general de las cuentas rendidas (se reproducen los principales estados
financieros en el anexo 1)
III.A) Balance
3.2.- El balance de la AEBOE al 31 de diciembre de 2014, de acuerdo con las cuentas rendidas,
presenta en resumen las siguientes cifras (euros):
2014
2013
Inmovilizado intangible
Inmovilizado material
Inversiones financiera a largo plazo
Existencias
Deudores y otras cuentas a cobrar
Inversiones financieras a corto plazo
Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
979.046,56
18.924.851,27
252.212,54
2.566.173,96
4.273.555,12
-39,20
110.303.761,82
695.413,78
19.852.970,68
263.947,69
2.549.238,29
6.461.238,69
7.530,74
117.182.971,22
TOTAL ACTIVO 137.299.562,07 147.013.311,09
Patrimonio aportado
Patrimonio generado
Provisiones a largo plazo
Provisiones a corto plazo
Deudas a corto plazo
Acreedores y otras cuentas a pagar
174.007.754,49
-47.242.537,41
7.543,00
236.736,75
173.579,45
10.116.485,79
174.007.754,49
-30.168.085,61
7.543,00
245.354,97
431.088,93
2.489.655,31
TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO
137.299.562,07
147.013.311,09
3.3.- Los aspectos más significativos en la comparativa del balance de estos dos ejercicios son: a)
la disminución de los deudores (el 34%); b) la disminución de la tesorería (el 6%); c) el incremento
del saldo negativo del patrimonio generado, debido a la incorporación de las pérdidas del ejercicio
(el 57%); y d) el incremento de los acreedores (el 306%). En los epígrafes siguientes se analizan en
detalle las principales agrupaciones del balance: III.A.1.- “Inmovilizado no financiero”, III.A.2.-
“Patrimonio”, III.A.3.- “Existencias” y III.A.4.- “Deudores y Acreedores”. La agrupación “Efectivo y
otros activos líquidos equivalentes” se analiza en el apartado IV “Tesorería”.
III.A.1.- INMOVILIZADO NO FINANCIERO
3.4.- El valor neto contable del inmovilizado no financiero de la AEBOE presenta a fin del ejercicio
2014 una reducción del 3% respecto al ejercicio anterior y del 7% respecto a 2012, debida
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 15
fundamentalmente a que la amortización de los bienes supera el importe de la inversión nueva y de
reposición. La cuenta 211 “Construcciones” refleja una reducción del 4% (a pesar de que se
activaron las obras de acceso a las instalaciones de la Agencia), y la cuenta 214 “Maquinaria y
utillaje” una disminución del 8%.
Datos en euros a 31-12-2014
Cuentas Valor de
adquisición Amortización
Acumulada Valor neto
contable
203
Propiedad industrial e intelectual
46.600,00
1.527,08
45.072,92
206
Aplicaciones informáticas
6.934.324,79
6.000.351,15
933.973,64
20. Inmovilizaciones intangibles
6.980.924,79
6.001.878,23
979.046,56
210
Terrenos y bienes naturales
3.512.327,14
0,00
3.512.327,14
211
Construcciones
16.209.991,13
7.439.758,35
8.770.232,78
214
Maquinaria y utillaje
10.920.180,07
7.001.668,94
3.918.511,13
215
Instalaciones técnicas y otras instalaciones
6.470.241,27
5.689.931,77
780.309,50
216
Mobiliario
2.027.712,49
1.372.348,90
655.363,59
217
Equipos para procesos de información
4.450.099,83
3.397.095,22
1.053.004,61
218
Elementos de transporte
113.605,92
91.452,89
22.153,03
219
Otro inmovilizado material
166.203,97
4.638,26
161.565,71
21. Inmovilizaciones materiales
43.870.361,82
24.996.894,33
18.873.467,49
231
Construcciones en curso
51.383,78
0,00
51.383,78
Total Inmovilizado no financiero
50.902.670,39
30.998.772,56
19.903.897,83
3.5.- Las adquisiciones en el ejercicio ascendieron a 949.619,48 euros, principalmente en la cuenta
206 “Aplicaciones informáticas” (394.437,87 euros) y 217 “Equipos para procesos de información”
(279.393,31 euros). La principal disminución (35.932,66 euros) corresponde a bajas por
enajenaciones de material obsoleto o deteriorado, en su mayor parte totalmente amortizado.
3.6.- En la cuenta 203 “Propiedad industrial e intelectual” se activan los importes abonados en
concepto de cesión de los derechos de reproducción y distribución a la AEBOE de obras
incorporadas al patrimonio de la misma. Las altas más relevantes en 2014 corresponden a las
obras: “Colección de las leyes históricas de España”, “Historia del protectorado de Marruecos” y
“Código de derecho urbanístico”.
3.7.- La cuenta 206 “Aplicaciones informáticas” se compone principalmente de la “Base de datos
Gazeta”, por la colección histórica del diario desde 1661 hasta 1959 con un valor de 1.657.842,85
euros, la adquisición de las aplicaciones “Sistema integrado de gestión PEOPLESOFT” y “Nuevo
sistema de información y producción” por 739.501,71 y 754.895,13 euros respectivamente, el “Plan
marco de excelencia en el BOE” por 436.510,94 euros y el servicio de elaboración de legislación
consolidada por 215.176,05 euros. El incremento se debe fundamentalmente a la “Creación de
objetos digitales de la Gazeta de Madrid” (por 394.437,87 euros).
3.8.- El inmovilizado en curso, cuenta 231 “Construcciones en curso”, se compone de dos facturas
por el proyecto y dirección facultativa del acondicionamiento de la nave de la rotativa para el
almacén de palets.
3.9.- La cuenta 210 “Terrenos y bienes naturales” recoge el valor del suelo de los edificios de la
Avda. de Manoteras (2.609.241,90 euros) y de la calle Trafalgar (903.085,24 euros). La titularidad
de los terrenos de Manoteras se modificó en 2007, pasando de “bien propio” a “bien recibido en
16 Tribunal de Cuentas
adscripción” por lo que, aunque el bien y su valor se encuentran correctamente registrados, no
computan en el cálculo del patrimonio propio de la Agencia.
3.10.- La cuenta 211 “Construcciones refleja la propiedad del edificio de la Avenida de Manoteras
(valor neto contable de 7.192.542,55 euros) y de algunas plantas del edificio de la calle Trafalgar
(valor neto contable de 1.577.690,23 euros), donde se ubica la tienda del BOE, ya que el resto del
edificio está cedido al Consejo General del Poder Judicial y al Instituto Nacional de Estadística. La
amortización del edificio de Manoteras está fijada en 30 años, al ser considerado como industrial.
Sin embargo, se trata de dos edificaciones unidas mediante pasarelas, una de uso industrial donde
se ubica la imprenta con una superficie construida de 17.570 m2, y la otra de uso administrativo,
con 9.075 m2, por lo que esta última debería deslindarse contablemente y prolongar su vida útil
hasta los 100 años adaptando en consecuencia su amortización.
3.11.- En la cuenta 216 “Mobiliario y enseres” se han activado adquisiciones del ejercicio por
18.309,57 euros, de las que se han revisado facturas, actas de recepción y fichas de alta en
inventario, encontrándose de conformidad. Se ha examinado también el contrato 2013/428 para la
adquisición de material electrodoméstico para la sección de comedor por 7.056,46 euros, sin que
se hayan observado incidencias relevantes.
3.12.- La cuenta 219 “Otro inmovilizado material”, recoge los fondos bibliográficos y obras de arte
financiados con el “1% cultural”. Las esculturas y la mayor parte de los fondos bibliográficos por un
importe total de 147.810.46 euros no se amortizan, por considerar que son elementos que no
pierden valor. En este importe también se incluye el Fondo Bibliográfico Antiguo (anterior a 1940)
de la Gaceta de Madrid (cuatro libros valorados en 3.213,44 euros).
3.13.- La amortización se realiza de manera automática por la aplicación SOROLLA2. En junio de
2015 la IGAE comunicó a la AEBOE que el cálculo de la dotación para 2014 se había realizado de
forma incorrecta y adjuntó un nuevo cuadro de amortización que incrementaba su importe en
28.001,25 euros. Esta incidencia fue corregida correctamente por la ABOE mediante un asiento
directo en las cuentas de 2015, con cargo a la cuenta 120 “Resultados de ejercicios anteriores”.
III.A.2.- PATRIMONIO
3.14.- Los movimientos del patrimonio neto durante 2014 coinciden con los datos del “Estado total
de cambios en el patrimonio neto” incluido en las cuentas anuales de la AEBOE. Los únicos
movimientos, aparte de los habituales de registro de los resultados del ejercicio 2014 y de
reclasificación de los del ejercicio anterior, son pequeños ajustes netos del resultado de ejercicios
anteriores por 1.338,88 euros, correspondientes a inmovilizado y a deudores.
3.15.- Se han analizado también los movimientos de la cuenta de patrimonio neto desde el 1 de
enero de 2001, siendo los más notables:
a) La minoración del patrimonio neto en 2011 por 2.049.491,06 euros, debido a la baja en
contabilidad de las plantas cedidas del edificio de la c/ Trafalgar, por aplicación de los criterios del
nuevo Plan General de Contabilidad Pública. Anteriormente figuraba en contabilidad como bien
cedido.
b) La reclasificación en 2007 desde la cuenta “Patrimonio” a la de “Patrimonio por
adscripción recibida” de 2.609.241,90 euros, debido a la modificación de la titularidad del terreno de
la Avda. de Manoteras a favor de la Dirección General de Patrimonio.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 17
III.A.3.- EXISTENCIAS
Datos en euros a 31-12-2014
Subgrupos de cuentas
2014
2013
30
Existencias comerciales
66.265,09
66.244,66
31
Materias primas
370.655,30
403.954,48
32
Otros aprovisionamientos
117.874,73
130.781,67
35
Productos terminados
2.014.723,48
1.950.609,38
39
Deterioro valor existencias y otros activos en venta
-3.344,64
-2.351,90
3. Existencias y otros activos en estado de venta
2.566.173,96
2.549.238,29
3.16.- Como se observa en el cuadro anterior, son muy escasas las diferencias entre los dos
ejercicios presentados. A la vista de los resultados obtenidos por el Tribunal en las comprobaciones
de control interno practicadas en los almacenes de existencias (puntos 2.6 y 2.7), se considera que,
salvo en el subgrupo 35 “productos terminados”, los importes contabilizados están suficientemente
soportados y se consideran correctos.
3.17.- La principal cuenta de existencias es la de “Productos terminados”, que corresponde
principalmente, por un lado, a 101.302 ejemplares de publicaciones de edición propia por la
AEBOE, con un valor contable de 707.229,09 euros; y por otro lado a 89.857 ejemplares de obras
en coedición, con un valor contable de 1.287.845,63 euros. La mayor parte de las publicaciones,
tanto de edición propia como en coedición, tienen asignados precios de venta excesivos e irreales
(el 27% de ellas presenta un margen del 300% sobre sus costes). Tampoco su valor contable es
representativo, al estar afectado por un deterioro no registrado que según las estimaciones del
Tribunal podría alcanzar 1.618.268,00 euros (el 80% de su importe total), si bien la AEBOE en sus
alegaciones reconoce solo un deterioro no registrado de 370.952,49 euros, lo que no se considera
por el Tribunal coherente con los resultados de la revisión que se encuentra realizando la AEBOE
sobre las existencias más antiguas.
3.18.- No se contabilizan los productos en curso ni los ejemplares sobrantes de ediciones que se
encuentran en la imprenta, sino solo los productos terminados cuando entran en el almacén de la
librería.
3.19.- Las existencias comerciales son publicaciones adquiridas por la AEBOE para su venta. Las
existencias registradas al 31 de diciembre de 2014 se componen de 5.463 ejemplares de alrededor
de 3.000 títulos, en su gran mayoría de uno o dos ejemplares por título, principalmente de
organismos públicos (Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Estudios Políticos
y Constitucionales, Ministerio de Fomento, etc.) aunque también de diversas editoriales privadas,
con un coste total registrado de 66.265,09 euros. En registros extracontables figuran, además,
21.024 ejemplares recibidos en depósito para su venta.
3.20.- La cuenta de materias primas corresponde en su práctica totalidad a papel de diferente
calidad y formatos, para los trabajos de la imprenta. Por su parte la cuenta “Otros
aprovisionamientos” incluye también material utilizado por la imprenta: encuadernación, planchas y
soportes de impresión, tóner y elementos de embalaje. Una parte de las materias primas y de otros
aprovisionamientos tienen muy escasa demanda (p.ej. el papel que carece de certificado de
sostenibilidad FSC). Así, el 25% de las referencias de almacén de dichos productos no tuvo
consumo en el ejercicio, y un 6% no tiene movimientos desde 2011.
18 Tribunal de Cuentas
III.A.4.- DEUDORES Y ACREEDORES
Datos en euros a 31-12-2014
2014
2013
Deudores por operaciones de gestión
4.186.851,63
6.052.252,55
Otras cuentas a cobrar
86.635,45
210.185,43
Administraciones públicas
68,04
198.800,71
Deudores y otras cuentas a cobrar
4.273.555,12
6.461.238,69
Acreedores por operaciones de gestión
8.961.362,41
1.485.233,34
Otras cuentas a pagar
511.096,54
522.016,53
Administraciones Públicas
644.026,84
482.405,44
Acreedores y otras cuentas a pagar
10.116.485,79
2.489.655,31
3.21.- El significativo incremento de los acreedores en 2014 respecto al ejercicio anterior es debido
a un pago pendiente de las transferencias al Estado por 7.591.500,00 euros, correspondientes a
dicho ejercicio. Figura también pendiente un saldo de 847.526,99 euros por la paga de beneficios a
personal laboral fijo y eventual. Ambas obligaciones se abonaron en enero de 2015.
3.22.- El total de deudores presupuestarios (incluyendo ejercicios cerrados) es de 4.435.947,37
euros, según los registros contables, si bien la relación de deudores facilitada al Tribunal presenta
una diferencia en menos de 5.020,00 euros, debido a cobros de los que no se ha podido identificar
el deudor, correspondiendo a 118 partidas de pequeños importes por ventas de librería y
documentación. El 95% de la deuda corresponde a 2014.
3.23.- De la deuda pendiente, el 78% corresponde a tasas (3.455.727,45 euros) y el 22% a otra
facturación. Del importe de tasas, el 75% (2.575.582,24 euros) corresponde al Registro Mercantil
Central por Actos BORME, el 99% por el último trimestre de 2014. Las deudas anteriores a 2011 se
han anulado por prescripción: 51.140,68 euros, IVA incluido, de los que 24.285,05 euros
corresponden a ingresos por tasas de anuncios, en su mayor parte de “pago en su día” (véase el
punto 5.18), y 22.961,25 euros al Registro Mercantil Central por tasas de Actos BORME. El resto
eran pequeñas deudas por ventas en librería. Esta actuación se considera justificada.
3.24.- Para confirmar los saldos se ha circularizado a una muestra de deudores y de acreedores,
que representa el 76% de los saldos de acreedores presupuestarios (restando los dos saldos
mencionados en el punto 3.21), el 63% del importe de deudas por facturación y el 75% del importe
de deudas por tasas. Todos los saldos han sido conformes o han sido conciliados, salvo cuatro
acreedores y un deudor (la Dirección General de Tráfico) que no han contestado a la
circularización. El Registro Mercantil Central comunica menor deuda que la registrada por importe
de 10.402,24 euros, importe que se ha identificado con pagos de 2011 a 2013 que están
registrados erróneamente como cobros pendientes de aplicación.
3.25.- En 2014 la AEBOE no realizó periodificaciones de gastos. En 2015 sí lo ha hecho. Según la
información facilitada, las facturas emitidas por acreedores en 2014 y recibidas en la AEBOE en
2015 suponen un importe de 336.081,66 euros.
3.26.- No se realizan reclamaciones de pago de deuda de los anuncios publicados bajo la
modalidad de “pago en su día”, debido a su especial naturaleza (véase el punto 5.18), ni al Registro
Mercantil Central. Del resto de tasas no se presentan en general deudores (salvo incidencias
puntuales), al gestionarse mediante pago previo (véase el punto 5.15). En cuanto a la facturación
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 19
industrial, se ha facilitado un listado de reclamaciones de deuda de marzo de 2014, donde se
incluye un importe total de 26.177,98 euros de deuda reclamada y un total de 101.791,54 euros de
deuda sin reclamar. Revisado el estado de algunas de estas facturas en la aplicación informática
COIN, aparecen como cobradas posteriormente en el año 2014 y otras están anuladas por error en
la fecha de la factura y sustituidas por otras que se han cobrado también en 2014.
3.27.- En la cuenta 490 “Deterioro valor de los créditos” se ha registrado un importe de 186.655,95
euros, de los cuales 65.332,09 euros corresponden al 93,01% de las deudas por tasas de anuncios
publicados bajo la modalidad de “pago en su día”; 8.847,94 euros al 50% de la deuda por tasas de
anuncios relativos a procedimientos concursales; y 104.233,53 euros al total de la deuda por
facturación de la librería cuyos deudores están en concurso de acreedores (el 80% corresponde a
una empresa), suscriptores dados de baja y otras situaciones de riesgo de cobro. El sistema se
considera razonable.
3.28.- La cuenta 449 “Otros deudores no presupuestarios” tiene un saldo de 24.195,66 euros, que
corresponde al Consejo General del Poder Judicial y al Instituto Nacional de Estadística por los
gastos comunes del edificio de la calle Trafalgar 27, conforme a las cuotas de financiación
establecidas en el convenio de colaboración firmado en 2006, siendo el órgano de contratación la
AEBOE. En el ejercicio 2014 la parte a abonar por estas dos entidades se registraba como
operación extrapresupuestaria, pero en 2015 se cambia la forma de registro, contabilizando el
documento presupuestario ADO por el total del gasto y como reintegro los cobros procedentes de
las citadas entidades, sistema que se considera apropiado por el Tribunal.
III.B) Remanente de tesorería
3.29.- El Remanente de tesorería calculado al cierre del ejercicio 2014 asciende a 104.287.251,70
euros, un 13,5% inferior al de 2013 (120.633.881,33 euros). En la elaboración del presupuesto para
2014 de la AEBOE, se previó como fuente de financiación la utilización de parte del Remanente de
tesorería de 2013, por importe de 30.117.580,00 euros, si bien el mejor resultado presupuestario
obtenido en la liquidación del ejercicio redujo el importe del Remanente de tesorería finalmente
utilizado a cerca de la mitad (16.346.629,63 euros).
2014
2013
Fondos líquidos
Derechos pendientes e cobro
Obligaciones pendientes de pago
Partidas pendientes de aplicación
Saldos de dudoso cobro
110.303.761,82
4.460.211,07
-9.882.361,66
-407.703,58
-186.655,95
117.182.971,22
6.551.093,62
-2.510.259,74
-410.599.23
-179.324,54
REMANENTE DE TESORERÍA NO AFECTADO 104.287.251,70 120.633.881,33
3.30.- A pesar de esta modesta reducción, el Remanente de tesorería de la AEBOE sigue siendo
desproporcionado por excesivo. Supone el 182% de los gastos de gestión ordinaria, y el 389% si se
exceptúa la transferencia anual al Estado de 30,4 millones de euros analizada en los puntos 5.5 Y
5.6. El Tribunal de Cuentas viene recomendando en sus Declaraciones anuales sobre la Cuenta
General del Estado que se tomen las medidas necesarias para reducir los remanentes de tesorería
de los organismos públicos, magnitud que no debería exceder del importe de sus presupuestos de
gastos. En el caso de la AEBOE, descartando la citada transferencia anual al Estado, el
Remanente de tesorería no debería superar un volumen de alrededor de 30 millones de euros.
III.C) Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial (CREP)
3.31.- La Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial de la AEBOE relativa al ejercicio 2014
presenta las siguientes cifras (euros):
20 Tribunal de Cuentas
2014
2013
Ingresos tributarios y cotizaciones sociales
Ventas netas y prestaciones de servicios
Variac.existencias de prod.terminados y deterioro valor
Otros ingresos de gestión ordinaria
Excesos de provisiones
36.052.887,36
3.909.268,18
64.114,10
11.000,00
30.715,85
38.786.901,69
2.878.339,43
481.408,72
14.569,57
8.376,27
TOTAL INGRESOS DE GESTIÓN ORDINARIA 40.067.985,49 42.169.595,68
Gastos de personal
Transferencias y subvenciones concedidas (*)
Aprovisionamientos
Otros gastos de gestión ordinaria
Amortización del inmovilizado
-18.966.155,57
-30.440.499,84
-2.011.962,43
-4.161.519,11
-1.590.865,58
-19.556.985,27
-30.429.427,65
-1.407.318,44
-4.035.896,59
-1.659.572,27
TOTAL GASTOS DE GESTIÓN ORDINARIA
-57.171.002,53
-57.089.200,22
Resultado (ahorro o desahorro) de la gestión ordinaria
-17.103.017,04
-14.919.604,54
Bajas y enajenaciones del inmovilizado no financiero
Ingresos extraordinarios
Ingresos financieros
Gastos financieros
Deterioro valor, bajas y enaj. activos y pasivos financ.
-2.668,22
92.009,47
4.007,11
-6.311,03
-58.472,09
-42.400,93
40.683,69
168,80
-3.564,36
590,007.98
RESULTADO NETO DEL EJERCICIO
-17.074.451,80
-14.334.709,36
(*) Este importe incluye una transferencia anual de 30.366.000,00 euros al Estado (programa 000X).
3.32.- El resultado neto del ejercicio arrojó unas pérdidas de 17,1 millones de euros, un 19% más
que en el ejercicio anterior, debido a la disminución de los ingresos, puesto que los gastos apenas
registran variaciones. Los aspectos más significativos en la comparativa de la CREP de estos dos
ejercicios son: a) la disminución de los ingresos por las tasas BOE y BORME (el 7%); b) el
incremento de las ventas de la librería y trabajos de imprenta (el 36%); c) la variación de
existencias, magnitud poco representativa por depender de las compras y del proceso productivo;
d) la escasa disminución de los gastos de personal (el 3%); y el incremento en el epígrafe “Ingresos
extraordinarios”, que corresponden fundamentalmente a tasas cobradas por anuncios, pendientes
de devolución, cuyo derecho ha prescrito.
3.33.- Especial mención debe hacerse de la incidencia de dos cambios de criterio contable en el
ejercicio 2013 que dan lugar a variaciones significativa en la comparativa con 2014. Se trata, por un
lado, de la agrupación “Deterioro de valor, bajas y enajenaciones de activos y pasivos financieros”
en la que en 2013 se imputó un ingreso contable extraordinario de 797.084,68 euros por reversión
del deterioro de los créditos a cobrar, debido al cambio de criterio, que se estima razonable. Por el
contrario, en la agrupación “Variación de existencias de productos terminados y en curso de
fabricación y deterioro de valor” se imputó en 2013 un ingreso contable extraordinario de
629.657,43 euros por reversión del deterioro de productos terminados, apunte que el Tribunal
considera incorrecto, ya que se basa en una interpretación errónea de la Norma de valoración 11ª.
En efecto, la valoración de los productos terminados debe efectuarse por su valor realizable neto y
no, como hizo la AEBOE, por comparación del valor estimado de reposición con relación al precio
medio ponderado, método que es solo aplicable a las materias primas. Como se ha señalado en el
punto 3.17, el deterioro de los productos terminados se estima por el Tribunal en hasta 1,6 millones
de euros.
3.34.- El análisis detallado de las operaciones registradas en la CREP se deduce de los resultados
expuestos en otros lugares: el epígrafe III.A.1) “Inmovilizado no financiero” (por las amortizaciones);
los subapartados V.A)Ingresos por las tasas BOE y BORME”, V.B)Ingresos por facturación de la
imprenta” y V.C) “Ingresos por venta de publicaciones”; y los apartados IV.- ”Tesorería”, VI.-
“Análisis de los gastos de personal” y VII.- “Análisis de otros gastos”.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 21
III.D) Memoria y otros estados contables
3.35.- La memoria de la cuenta publicada en el BOE cumple con los requisitos de publicación
establecidos en la Resolución de 28 de mayo de 2012, de la IGAE. No obstante, en el contenido
más amplio de la Memoria integrante de las cuentas rendidas se aprecian algunos aspectos no
incluidos, de los que la Agencia dispone de amplia información:
a) En la memoria se indica el número medio de empleados durante el ejercicio, y la
situación a 31 de diciembre, distinguiendo entre funcionarios y laborales, pero sin clasificarlos por
categorías y sexos como establece el PGCP.
b) En la presentación por actividades del contenido de la CREP, la información facilitada de
los ingresos y de los gastos se limita a su clasificación económica, sin detallarlos por actividades.
Aunque no es obligatoria, dicha información es relevante y no existe obstáculo alguno para poder
incluirla, ya que la AEBOE dispone de contabilidad analítica.
c) El mismo caso sucede con la información sobre el coste de las actividades, que en la
Memoria se limita a los ingresos por tasas, sin incluir la información sobre la actividad industrial de
la imprenta y el resto de actividades. También en este caso se dispone de información suficiente
para ofrecerla en la memoria, aunque no sea obligatorio.
d) No se incluyen indicadores de gestión económica4.
e) El dato relativo a los costes de la organización indicado en el cuadro 8 del punto “26.
Indicadores de gestión” no coincide con el indicado en el cuadro F.25.1 “Información sobre el coste
de las actividades”.
3.36.- El “Estado de flujos de efectivo” se genera de forma automática por el sistema contable SIC,
configurado por la IGAE, sin que la AEBOE conozca los conceptos incluidos en cada uno de los
apartados. Recalculado el estado por el Tribunal, a partir del balance, de la cuenta de pérdidas y
ganancias y del estado de operaciones extrapresupuestarias, se confirma la variación total del
efectivo, aunque se aprecian algunas diferencias en la distribución de las partidas, que no afectan a
su representatividad.
III.E) Liquidación del presupuesto
3.37.- La liquidación del presupuesto de gastos de la AEBOE del ejercicio 2014 presenta las
siguientes cifras (miles de euros):
4 En alegaciones se afirma que “en la AEBOE ningún factor de producción supera el 3% del total de costes de la
organización”. Sin embargo, de las cifras de la contabilidad analítica resulta que los costes relativos a la adquisición
de bienes y servicios alcanza el 8,7% del total de costes de la agencia, y los relativos a servicios exteriores el 13,3%
(porcentajes que en el ámbito de los costes relativos a la actividad de Imprenta son del 12,6% y 12,2%,
respectivamente).
22 Tribunal de Cuentas
Créditos
definitivos
OR netas % Pagos
Pdte.de
pago
1.- Gastos de personal
21.837,88
18.944,06
87%
18.094,78
849,27
2.- Gastos corrientes en bienes y servicios
8.000,00
6.142,46
77%
5.623,09
519,37
3.- Gastos financieros
10,00
6,31
63%
5,10
1,21
4.- Transferencias corrientes
75,00
74,50
99%
74,50
0,00
6.- Inversiones reales
1.600,00
949,62
59%
776,04
173,58
8.- Activos financieros
135,00
134,41
100%
118,41
16,00
Total Programa 921-R
31.657,88
26.251,36
83%
24.691,92
1.559,43
Programa 000-X
30.366,00
30.366,00
100%
22.774,50
7.591,50
TOTAL AEBOE
62.023,88
56.617,36
91%
47.466,42
9.150,93
3.38.- Conforme al artículo 33.3 del estatuto de la AEBOE, aprobado por Real Decreto 1495/2007,
de 12 de noviembre, el presupuesto de gastos de la agencia se configura de un modo muy flexible:
tiene carácter limitativo por su importe global y carácter estimativo para la distribución de los
créditos en categorías económicas, con excepción de los correspondientes a gastos de personal
que en todo caso tienen carácter limitativo y vinculante por su cuantía total. En la liquidación del
presupuesto de 2014 no se aprecia ningún incumplimiento de estos requisitos.
3.39.- No obstante, en algunos conceptos se observan desviaciones por exceso sobre las
previsiones de gasto (obligaciones reconocidas por encima de los créditos definitivos), aunque,
como se ha indicado, no constituyen ningún incumplimiento legal ni reglamentario. Los casos más
significativos son (euros):
aplicación presupuestaria
crédito def.
oblig.recon.
exceso
%
131. Retribuc. pers. laboral eventual
0,00
129.529,85
129.529,85
- -
150. Productividad
491.650,00
584.694,69
93.044,69
119%
225.00. Tributos estatales
35.690,00
175.411,41
139.721,41
491%
225.02. Tributos locales
212.460,00
245.119,47
32.659,47
115%
270. Suministros materias primas y otros
1.079.550,00
1.236.528,17
156.978,17
115%
831. Préstamos l/pl a familias e inst.s.a. lucro
99.000,00
134.409,59
35.409,59
136%
3.40.- Los procedimientos seguidos para la ejecución del presupuesto de gastos (obligaciones
reconocidas) fueron, en síntesis, los siguientes (miles de euros):
nómina contratos
convenios y
encomiendas
ACFyPAJ
otros
procedim.
TOTAL
Cap.1
18.722,77
157,21
64,08
18.944,06
Cap.2
4.616,39
485,73
494,60
545,74
6.142,46
Cap.3
6,31
6,31
Cap.4
74,50
74,50
Cap.6
890,25
59,37
949,62
Cap.8
134,41
134,41
Total Progr. 921-R
18.857,18
5.663,85
545,10
494,60
690,63
26.251,36
Progr. 000-X
30.366,00
30.366,00
TOTAL AEBOE
18.857,18
5.663,85
545,10
494,60
31.056,63
56.617,36
3.41.- La liquidación del presupuesto de ingresos de la AEBOE del ejercicio 2014 presenta las
siguientes cifras, conforme a las cuentas rendidas al Tribunal (miles de euros):
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 23
Capítulo
Previsiones
def.
Der.Rec.
Netos
Recaud.
Neta
Pdte.
Cobro
309. Otras tasas
28.000,00
36.052,89
32.675,27
3.377,62
329.01. Ingresos de comedor
300,00
80,46
80,46
0,00
329.02. Ingresos suscripc.Farmacopea
164,67
164,46
0,21
335. Venta material de desecho
0,00
34,05
26,88
7,17
339.01. Venta de bienes. librería
3.500,00
530,29
454,98
75,31
339.02. Facturación imprenta
3.167,57
2.454,39
713,18
339.03. Venta de bienes. Documentación
25,15
24,97
0,18
380. Reintegros de ejerc. cerrados
3,00
1,92
1,92
0,00
399. Otros ingresos
10,80
27,52
27,52
0,00
520. Intereses de cuentas bancarias
2,50
4,01
4,01
0,00
619. Venta de otras inversiones reales
0,00
0,42
0,42
0,00
830. Reintegro de préstamos a c/plazo
20,00
7,57
7,57
0,00
831. Reintegro de préstamos a l/plazo
70,00
146,14
146,14
0,00
SUMA
31.906,30
40.242,66
36.068,99
4.173,67
870. Remanente de tesorería
30.117,58
- -
- -
- -
TOTAL
62.023,88
40.242,66
36.068,99
4.173,67
3.42.- Los derechos reconocidos brutos ascendieron a 40.464.892,65 euros, de los cuales se
anularon derechos por 222.223,27 euros y se cancelaron otros por 5,20 euros, siendo los derechos
reconocidos netos, por tanto, de 40.242.664,18 euros, lo que representa el 126% de ejecución
sobre las previsiones definitivas, descontando el concepto 870 “Remanente de tesorería”, cuya
ejecución no tiene reflejo en la liquidación del presupuesto, conforme a la normativa vigente. Este
importante incremento de los ingresos, junto con la más discreta ejecución de los gastos, ha
permitido que la utilización del Remanente de tesorería para la financiación de gastos, previsto en
30,1 millones, fuese finalmente solo de 16,3 millones.
3.43.- De los derechos anulados, el 95% corresponde a facturación industrial por trabajos de la
imprenta. Se han analizado los dos principales apuntes contables, que incluyen 21 facturas por un
importe total de 140.575,77 euros. Los motivos de las anulaciones responden, en un 62% de los
casos, a error en la base imponible; en un 24% a cambio en la fecha de expedición de la factura a
solicitud del cliente; y en el resto a errores en el destinatario o en la cantidad. Se ha comprobado
también que se haya elaborado una nueva factura y su cobro. Únicamente señalar que la
autorización de las anulaciones presenta un riesgo de control, dado que la única justificación de los
apuntes contables es un resumen de facturas con la firma de la Jefa del Servicio de Control de
Ingresos.
3.44.- Se ha registrado también una baja por prescripción de derechos pendientes de cobro de
ejercicios cerrados, por importe de 51.140,68 euros, de los cuales el 47% corresponde a tasas por
anuncios en el BOE de los denominados “de pago en su día”; el 45% a tasas por Actos BORME y
el resto a ventas de librería. Estas bajas se encuentran debidamente aprobadas por el director de la
Agencia.
3.45.- De los derechos reconocidos, el 90% corresponde a las tasas por publicación de anuncios en
el BOE y por publicación de anuncios y actos en el BORME, que presentan un grado de realización
del 129% (36,1 millones de euros de derechos reconocidos respecto de unas previsiones de 28,0
millones).
3.46.- La recaudación neta ascendió al 90% de los derechos reconocidos netos, si bien presentan
menores porcentaje de cobro los derechos reconocidos por ventas de la librería (el 86%) y por
facturación de la imprenta (el 77%).
24 Tribunal de Cuentas
IV.- TESORERÍA
4.1.- Las cuentas de tesorería del balance de la AEBOE al cierre de 2014 presentan los siguientes
saldos:
cta.contable
cuenta bancaria
saldo (euros)
571
Banco de España. Cuenta principal
98.326.353,95
571
Banco1. Pagos en firme
8.981.373,53
573
Banco1. Restringida principal de ingresos
2.616.176,64
570-571
Banco1. Anticipos de Caja fija y Pagos a justificar
355.159,93
5760
Banco1. Nóminas (Decreto 680/74)
19.857,70
570
Caja de efectivo
4.840,07
TESORERIA
110.303.761,82
4.2.- Para la gestión de su Tesorería, la AEBOE disponía en 2014 de la titularidad de las siguientes
cuentas corrientes abiertas en entidades bancarias:
una cuenta principal en el Banco de España, en la que están depositados la mayoría de los
saldos y que gestiona los ingresos y los pagos en firme más importantes.
una cuenta en una entidad bancaria privada (que en este informe se denomina como
Banco1) para la gestión de los pagos en firme de carácter ordinario.
una cuenta en el mismo banco, restringida de ingresos, para la gestión de los cobros.
una cuenta en el mismo banco para la gestión del sistema de Anticipos de Caja fija y de los
pagos a justificar.
una cuenta en el mismo banco para la gestión del pago de haberes.
una cuenta en el mismo banco para la gestión de los cobros por tasas de examen, sin
saldo, procedente de ejercicios anteriores y que, según informa la AEBOE, se canceló en
octubre de 2014, por lo que no figura en el cierre de la contabilidad.
4.3.- Como es habitual en los procedimientos de verificación de saldos y de autorizaciones para la
disposición de fondos, se solicitó la información pertinente al Banco de España y al Banco1. El
Banco de España confirmó el saldo bancario a 31 de diciembre y facilitó la información sobre los
empleados de la AEBOE con firmas de disposición reconocidas en la cuenta, sin que se hayan
observado incidencias. Por el contrario, el Banco1 no ha respondido a la primera solicitud por
correo (firmada por la AEBOE y como destinatario de la información el Tribunal, como es habitual),
ni a su reiteración entregada en mano en la oficina situada en el propio edificio de la AEBOE en la
Avda. de Manoteras. Esta falta de colaboración supone una limitación al alcance de la fiscalización
y una incertidumbre sobre la corrección de los saldos bancarios de estas cuentas y sobre la
identidad de las personas autorizadas para su disposición. Aunque la limitación se ha superado en
gran parte mediante pruebas alternativas, dada la naturaleza e importancia de estas
comprobaciones no se puede asegurar su total conformidad. Por otra parte, la falta de atención del
banco a un requerimiento de información por parte de su cliente, entidad pública que está siendo
objeto de control por el Tribunal de Cuentas, constituye una dejación de sus obligaciones legales y
contractuales, que perjudica la correcta justificación por la AEBOE de los fondos públicos que tiene
a su cargo.
4.4.- Dos cuentas contables de tesorería no presentan detalle de sus apuntes, incumpliendo las
normas de funcionamiento establecidas en el PGCP, lo que supone una devaluación de la
información contable y la pérdida del control interno que proporcionan las conciliaciones bancarias:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 25
a) La cuenta 576 “Bancos e instituciones de crédito. Pago de nóminas” presenta un solo
apunte contable por el saldo final del ejercicio de 19.857,70 euros, que corresponde a unos talones
de un trabajador pendientes de retirar. Durante el ejercicio no se han contabilizado las
transferencias desde la cuenta bancaria de pagos en firme, ni los pagos de las nóminas realizados.
En su lugar se contabiliza el pago de la nómina directamente en la cuenta contable 571 “Bancos,
cuentas operativas” y por su importe total, sin considerar los saldos residuales por la falta de cobro
de algunos talones.
b) La cuenta 5709 “Caja, anticipos de Caja fija” presenta también un único apunte contable
por el saldo final anual. Este apunte se contabiliza cada 31 de diciembre con la contrapartida 5581
“Provisiones de fondos para anticipos de Caja fija pendientes de justificación”.
IV.A) Estados de Situación de Tesorería
4.5.- Revisados los estados de situación de tesorería trimestrales de 2014, no se han observado
incidencias relevantes. De las cuentas gestionadas por el Cajero-pagador (Banco de España,
Banco1-pagos en firme y Banco1-anticipos de Caja fija y pagos a justificar) se han aportado los
extractos bancarios en papel, no habiéndose aportado los de las cuentas Banco1-restringida de
ingresos y Banco1-nóminas. No obstante, se han aportado en hoja de cálculo los movimientos
bancarios de 2014 de todas las cuentas en el Banco1.
4.6.- De los movimientos bancarios realizados durante el ejercicio, cabe destacar:
a) Se han registrado ingresos por 43,6 millones de euros, casi en su totalidad en la cuenta
restringida del Banco1, salvo 1,1 millones recibidos directamente en el Banco de España.
b) Los saldos quincenales existentes en la cuenta restringida de ingresos se transfieren
oportunamente a la cuenta del Banco de España, sin que se hayan observado incidencias
relevantes.
c) La cuenta del Banco de España no ha tenido apenas movimiento. Únicamente los cobros
antes mencionados; la transferencia al Estado por 22,8 millones de euros (quedaron pendiente de
pago otros 7,6 millones); y las transferencias internas por 30,0 millones a la cuenta del Banco1 de
pagos en firme y por 0,6 millones para anticipos de Caja fija y pagos a justificar. Por lo tanto el flujo
de efectivo neto en esta cuenta en 2014 ha sido de -11,3 millones de euros, lo que supone que la
mayor parte de su elevado saldo inicial (109,6 millones) no ha tenido movimiento en el ejercicio.
d) Desde la cuenta de pagos en firme del Banco1, se han transferido 11,2 millones de euros
a la cuenta de pago de nóminas y se han tramitado como pagos en firme 15,9 millones. Por
intereses se han registrado 4.007,11 euros, cantidad transferida al Banco de España.
e) En la cuenta de Banco1 de nóminas se ha pagado la totalidad del saldo recibido, excepto
19.857,70 euros que quedaban al 31 de diciembre, debido a una incidencia con un trabajador que
se solventó el 14 de enero de 2015.
f) La cuenta de anticipos de Caja fija y pagos a justificar sirve de enlace para las
transferencias a las cajas de efectivo. Al 31 de diciembre, la suma del saldo de la cuenta bancaria y
del saldo de las cajas coincide con los 360.000,00 euros asignados al sistema por la Resolución de
la AEBOE del 2 de septiembre de 2014.
g) A partir de los extractos bancarios y de los movimientos registrados en la hoja de cálculo
facilitada, se ha revisado una muestra de operaciones con sus justificantes y se han cruzado otras
con los datos de cobros y pagos examinados en otras áreas de la fiscalización (ventas, personal,
contratación, etc.), sin que se hayan observado incidencias significativas.
26 Tribunal de Cuentas
IV.B) Cuentas bancarias
4.7.- Se ha aportado la obligada autorización de la Dirección General de Tesoro y Política
Financiera, de 2010, para la apertura de las cuentas bancarias en el Banco1: pagos en firme;
anticipos de Caja fija y pagos a justificar; restringida de ingresos; y pago de nóminas. En
alegaciones se ha aportado también la correspondiente a la cuenta restringida de ingresos para el
cobro de tasas de examen.
4.8.- El contrato de gestión bancaria se adjudicó al Banco1 en 2010 para un periodo de tres años y
fue prorrogado en 2013 para otro periodo igual. Se aportó al Tribunal el pliego de prescripciones
técnicas y una hoja con las condiciones de las comisiones e intereses de la propuesta del banco, y
en alegaciones también el contrato firmado. En el pliego se establece la apertura de las cinco
cuentas (incluyendo la restringida de ingresos para cobro de tasas de examen), y son relevantes
las siguientes clausulas:
a) La retribución de los pasivos se fija en la tasa Euribor menos 0,40 a 0,05 puntos, en
función de los saldos medios.
b) Se establecen determinadas obligaciones operativas, como la posibilidad de operar en
banca electrónica, importar los datos a los sistemas de gestión de la AEBOE y exportarlos a
formato Excel.
c) Se prevé la instalación de terminales punto de venta (TPV) para la realización de cobros
con tarjetas bancarias, que llevan aparejadas comisiones sobre los ingresos trimestrales del 1%
para operaciones a débito y del 1,5% para operaciones a crédito. En 2014 estas comisiones
ascendieron a 4.593,47 euros, según la cuenta 669 “Otros gastos financieros”.
d) La AEBOE facilita un espacio para la instalación de una oficina bancaria en el edificio de
la calle Manoteras con acceso restringido a clientes, asumiendo la AEBOE los gastos
correspondientes a luz, calefacción y mantenimiento del local.
e) El banco recogerá dos veces por semana el dinero en efectivo de las ventas del edificio
de la calle Trafalgar y diariamente en caso de ferias y congresos con fines comerciales.
4.9.- Según se indica en el informe realizado por la interventora delegada relativo a la “contratación
privada de la AEBOE ejercicio 2013”, este contrato de servicios bancarios no incluye la cláusula a
la que hace referencia el artículo 109 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, de exclusión de la facultad de compensación y el respeto al beneficio de
inembargabilidad de los fondos públicos establecido en el artículo 23 de la misma ley.
4.10.- Los gastos financieros que figuran en la contabilidad ascienden a 4.593,47 euros y
corresponden en su totalidad a comisiones por operaciones con TPV, conforme a las condiciones
de las cuentas en el Banco1. Dicho importe se considera coherente con los registros de cobros
mediante TPV (“liquidación remesas comerciales”) según el extracto bancario de la cuenta
restringida de ingresos. Las comisiones se detraen periódicamente de dicha cuenta,
regularizándose mediante un cargo trimestral en la cuenta Banco1 de pagos en firme.
4.11.- Los ingresos financieros registrados han sido de 4.007,11 euros y corresponden en su
totalidad a la remuneración acordada con el Banco1, según el siguiente detalle:
a) Por la remuneración de la domiciliación de pagos de seguros sociales y de impuestos, se
han ingresado 196,72 euros.
b) Por la retribución trimestral de intereses sobre el saldo medio, se han ingresado 3.810,39
euros, correspondientes a los dos primeros trimestres y por saldos medios de entre 6 y 11 millones
de euros. En el segundo semestre no se ingresó importe alguno, debido a que la bajada del Euribor
determinaba un tipo de interés negativo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 27
IV.C) Cajas de efectivo
4.12.- Realizado por el Tribunal un arqueo en la Caja Central (que incluye la subcaja del comedor),
no se observaron incidencias significativas. El importe de efectivo era reducido, 2.553,26 euros, y
se presentó el detalle de los anticipos pendientes de justificar a dicha fecha, por 1.994,08 euros.
Los procedimientos de gestión y control se consideran correctos, realizándose arqueos periódicos
firmados por los responsables.
4.13.- Se realizó el mismo procedimiento en la Caja de la librería, también sin incidencias
significativas. El efectivo en caja, incluyendo las ventas en efectivo de esa mañana (268,01 euros)
ascendía a 872,13 euros, con un diferencia superior al saldo registrado irrelevante.
V. ANÁLISIS DE LOS INGRESOS
5.1.- Los principales ingresos de la AEBOE corresponden a las tasas por la publicación de
anuncios en el BOE y por la publicación de anuncios y de actos en el BORME, que en conjunto
suman 36.052.887,36 euros, lo que supone el 90% del total de derechos reconocidos. Otros
ingresos relevantes son: las ventas en la librería (530.289,81 euros) y la facturación de la imprenta
(3.167.464,08 euros). Ha de tenerse en cuenta que, a partir de la edición electrónica, de acceso
universal y gratuito, del BOE y del BORME, desde 2009 ya no se producen ingresos por la venta de
los boletines en papel (Reales Decretos 181/2008, de 8 de febrero, y 1979/2008, de 28 de
noviembre).
V.A) Ingresos por las tasas BOE y BORME
5.2.- La publicación de las leyes, disposiciones, resoluciones y actos de inserción obligatoria que
deban ser incluidos en las secciones I, II y III del BOE se efectúan sin contraprestación económica.
En cambio, la publicación de anuncios en el BOE y la publicación de actos y anuncios en el
BORME están sujetas al pago de las tasas establecidas por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de
modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las
Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público. Ambas tasas forman parte del presupuesto de
ingresos de la AEBOE.
V.A.1.- CONFIGURACIÓN DE LAS TASAS BOE Y BORME
5.3.- Elemento fundamental de la configuración del sistema de tasas públicas en general es el
“principio de equivalencia”, regulado en los artículos 7 y 19 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos:
Artículo 7. Principio de equivalencia.
Las tasas tenderán a cubrir el coste del servicio o de la actividad que constituya su hecho imponible.
Artículo 19. Elementos cuantitativos de la tasa.
2. En general y con arreglo a lo previsto en el párrafo siguiente, el importe de las tasas por la
prestación de un servicio o por la realización de una actividad no podrá exceder, en su conjunto, del
coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate o, en su defecto, del valor de la
prestación recibida.
3. Para la determinación de dicho importe se tomarán en consideración los costes directos e
indirectos, inclusive los de carácter financiero, amortización del inmovilizado y, en su caso, los
necesarios para garantizar el mantenimiento y un desarrollo razonable del servicio o actividad por
cuya prestación o realización se exige la tasa, todo ello con independencia del presupuesto con
cargo al cual se satisfagan.
28 Tribunal de Cuentas
5.4.- La simple comparación de las cifras reflejadas en la CREP del ejercicio 2014 (36,1 millones de
euros por recaudación de tasas frente a 26,7 millones de euros de total gastos de gestión,
descartando la transferencia al Estado), refleja de manera concluyente el incumplimiento de los
artículos 7 y 19 de la Ley 8/1989, en relación con el principio de equivalencia en la determinación
de las cuantías de estas tasas de la AEBOE.
5.5.- También refuerza esta conclusión el hecho de que sistemáticamente se incluya en el
presupuesto de la AEBOE, desde hace años, una transferencia anual al presupuesto del Estado
(programa 000X) de 30,4 millones de euros (superior incluso a los propios gastos de gestión de la
Agencia), lo que indica que desde la inicial elaboración del presupuesto de la AEBOE no se
configuran estas tasas como una compensación del coste de los servicios prestados, sino como un
recurso recaudatorio del presupuesto estatal, de muy dudosa legalidad a la vista de que su
fundamento es el citado incumplimiento de la Ley 8/1989.
5.6.- En las cuentas rendidas por la AEBOE (estado “F.25.4. Resumen relacionando costes e
ingresos de actividades con ingresos finalistas”) se presenta un detalle sobre las cifras de costes
por publicación del BOE y BORME y de los correlativos ingresos por recaudación de tasas, que
aporta mayor información sobre la importancia cuantitativa del citado incumplimiento en 2014 (en
ejercicios anteriores era incluso superior). A pesar de que la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para 2008, redujo un 12% el importe de las tasas como
consecuencia de la edición electrónica del BOE y BORME, su importe sigue siendo excesivo, lo
que ha favorecido que, además de la transferencia anual al Estado, se generasen elevados
Remanentes de Tesorería (véase el punto 3.33).
Actividades
Coste Total
Actividad
Ingresos
(derech.rec.)
Margen cobertura
PUBLICACIÓN DEL BOE 6.411.474,49 11.976.934,21 5.565.459,72 187%
PUBLICACIÓN DE ACTOS BORME 629.034,86 17.542.838,86 16.913.804,00
2.789%
PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS BORME 2.065.939,41 6.533.114,29 4.467.174,88 316%
Totales 9.106.448,76 36.052.887,36 26.946.438,60 396%
5.7.- Por otro lado, no se ha elaborado la Memoria económico-financiera que exige el artículo 20 de
la Ley 8/1989 sobre el coste o valor del recurso o actividad de que se trate y sobre la justificación
de la cuantía de la tasa propuesta5:
Artículo 20. Memoria económico-financiera.
1. Toda propuesta de establecimiento de una nueva tasa o de modificación específica de las cuantías
de una preexistente deberá incluir, entre los antecedentes y estudios previos para su elaboración,
una memoria económico-financiera sobre el coste o valor del recurso o actividad de que se trate y
sobre la justificación de la cuantía de la tasa propuesta. La falta de este requisito determinará la
nulidad de pleno derecho de las disposiciones reglamentarias que determinen las cuantías de las
tasas.
5.8.- Aunque en el contrato de gestión para 2013-2016, apartado 2.2.4. epígrafe c) figura el
programa “Estudio y modificación del sistema actual de tasas” para adecuar sus importes como
consecuencia de la aplicación de nuevas tecnologías en la publicación del BOE y del BORME, que
5 En alegaciones se aporta un documento fechado el 9 de junio de 2008, sin firmas, membrete, ni identificación del
servicio y personas que lo elaboran, cuyo contenido se limita a proponer una reducción de las cuantías de las tasas,
sin estudio alguno sobre el coste de la actividad de que se trata. El Tribunal no puede considerar este documento
como la memoria ec onómico-financiera que exige el artículo 20 de la Ley 8/1989.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 29
ha supuesto una mejora en la eficiencia de los procesos implicados y una reducción de los costes,
lo cierto es que hasta la fecha no se ha producido ningún resultado sobre dicho asunto.
5.9.- Otro importante elemento en la configuración de las tasas es el “principio de capacidad
económica”, conforme al artículo 8 de la Ley 8/1989:
Artículo 8. Principio de capacidad económica.
En la fijación de las tasas se tendrá en cuenta, cuando lo permitan las características del tributo, la
capacidad económica de las personas que deben satisfacerlas.
5.10.- En la configuración de las tasas BOE y BORME no se aprecian elementos encaminados a
considerar la capacidad económica de las personas que deban satisfacerlas, si bien parece
probable que las características del tributo no lo permitan, circunstancia que, en su caso, debería
explicitarse y justificarse.
5.11.- Por otra parte, según los apartados tercero.3 y sexto.3 de la Orden de 30 de septiembre de
1999, a los importes calculados de las tasas BOE y BORME se les aplicará el IVA correspondiente.
Esta previsión es contraria al artículo 7, apartado 8º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido, que declara no sujetas a dicho impuesto “Las entregas de bienes
y prestaciones de servicios realizadas directamente por las Administraciones Públicas sin
contraprestación o mediante contraprestación de naturaleza tributaria” (como es el caso de las
tasas), considerándose Administraciones Públicas a estos efectos, entre otros organismos, a las
Agencias estatales.
V.A.2) GESTIÓN DE LA TASA POR PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS EN BOE Y BORME
5.12.- El devengo de esta tasa se produce con la publicación del anuncio. Las cuantías de la tasa
en su actual estructura se establecieron por la Orden de 30 de septiembre de 1999; el
procedimiento de recaudación por la Resolución de la AEBOE de 14 de diciembre de 2009; y el
procedimiento para la inserción de anuncios por la Resolución de la AEBOE de 22 de febrero de
2010.
5.13.- Las tarifas aplicadas en 2014 para la publicación de los anuncios en el BOE y en el BORME,
conforme al artículo 79 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, y actualizaciones posteriores, son las
siguientes (euros):
Tipo de anuncio
nea de título
Línea de texto
Secciones IV, V.A y V.B del BOE
0,00
12,804531
Sección V.C del BOE y Sección II del BORME
11,524077
12,804531
(los anuncios que se publiquen como urgentes satisfarán una cuantía doble)
Los anuncios sujetos al pago de la tasa son los siguientes:
1.- Anuncios publicados a instancias de los particulares.
2.- Licitaciones de contratos celebrados por las administraciones públicas.
3.- Anuncios oficiales de la Administración de Justicia ordenados a instancias de particulares.
4.- Anuncios cuyo coste sea repercutible a los interesados (denominados “de pago en su día”).
Se contemplan las siguientes exenciones al pago de la tasa:
1.- Cuando resulte obligatorio por una norma legal o reglamentaria.
2.- Los edictos y anuncios de Juzgados y Tribunales ordenados de oficio, salvo que se publiquen a
instancias de particulares o sean repercutibles a estos.
3.- Anuncios referidos a procedimientos criminales seguidos ante la jurisdicción ordinaria o militar
4.- Demás procedimientos judiciales si se litiga con el beneficio de asistencia jurídica gratuita.
30 Tribunal de Cuentas
5.14.- El número de anuncios publicados en 2014, según los documentos internos “Informes a la
Dirección”, fueron los siguientes:
BOE
BORME
TOTAL ANUNCIOS
Normal
15.582
9.749
25.331
43%
Urgente
2.044
3.468
5.512
9%
Gratuito
28.292
9
28.301
48%
TOTAL
45.918
13.226
59.144
100%
5.15.- Las tasas por anuncios se gestionan y recaudan conforme al procedimiento establecido en
las Resoluciones de la AEBOE de 14 de diciembre de 2009 y 22 de febrero de 2010. En la sede
electrónica del BOE constan formularios para cada tipo de anuncio que deben ser cumplimentados
por el anunciante. Una vez recibido el formulario, se genera automáticamente un borrador del
anuncio con el mismo formato que el que se publicará en el Boletín, así como el impreso para la
autoliquidación de la tasa (modelo 791), con el importe a pagar, en el que se justificará, en su caso,
la gratuidad del anuncio. El pago puede hacerse por vía telemática, a través de la pasarela de
pagos de la AEAT, o presencial mediante ingreso en las cuentas restringidas abiertas en las
entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria. En ambos
casos, se genera un “número de referencia completo” (NRC) que es requisito previo para que, una
vez comprobado por la AEBOE, se proceda a la publicación del anuncio. Esta última fase del
procedimiento no siempre se completa, lo que genera un elevado número de partidas pendientes
de aplicación por cobros de los que no se ha llegado a publicar el anuncio. En los casos en los que
el anuncio no pueda ser publicado por contener errores o cualquier otra causa, el interesado puede
recuperar el importe de la tasa. Por la AEBOE se comprueba que el anuncio esté bien transferido,
que el texto sea correcto y que la tasa se haya pagado o justificada su gratuidad y, en caso
contrario, se contacta con el anunciante para subsanar el problema.
5.16.- Se revisó por el Tribunal una muestra de 466 anuncios, con el fin de comprobar que el
cálculo del importe de la tasa fuese correcto; que la gratuidad, en su caso, estuviese justificada; y
que el cobro se hubiera producido por la cuantía debida y en plazo. No se observaron en general
incidencias significativas, salvo las siguientes:
a) En los anuncios de las secciones IV, V.A y V.B del BOE, el título se valora como texto y
se incluye en el cálculo de la tasa, lo que contradice lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 2/2008,
que no contempla tasa para el título de los anuncios de estas secciones.
b) Los anuncios de la sección V.C, en cambio, sí tienen asignada tasa por el título, según la
citada norma. Sin embargo, en el cálculo de la tasa por la AEBOE se aplica gratuidad al título de
los anuncios del portal de subastas notariales (Sección V.C), para equipararlo al portal de subastas
judiciales (Sección IV), sin que conste la debida justificación para este proceder. Se ha observado
además en la muestra que algunos anuncios de subastas notariales están publicados en la sección
V.A.
c) En 41 casos de los 251 anuncios en que se autoliquidó tasa, el importe calculado según
el número de líneas del borrador no coincidía con el número de líneas finalmente publicado, sin que
la diferencia fuese objeto de reclamación o devolución.
5.17.- Por otra parte, el sistema establecido para el pago de las tasas no es totalmente conforme
con el artículo 13 de la Ley 25/1998, que establece que de forma simultánea a la solicitud de
inserción, deberá constituirse un depósito previo a resultas de que una vez efectuada la publicación
y determinada la cuantía exacta exigible se practique la liquidación complementaria o devolución.
Por el contrario, el sistema de pago establecido no constituye un depósito previo, sino un pago en
firme, sin que la autoliquidación de la tasa sea objeto de liquidación definitiva posterior, como se
comprobó en la revisión de la muestra indicada.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 31
5.18.- Unos anuncios de carácter especial son los denominados “de pago en su día”, relativos a
determinados procedimientos judiciales, en los que se tramita el pago solo cuando se declara
procedente la tasa en la fase de liquidación de costas. Conforme a la información de la aplicación
COIN (desarrollada por la AEBOE para el control de los ingresos), en el ejercicio 2014 se
reconocieron 169 tasas por anuncios “de pago en su día”, por un importe de 40.498,74 euros, de
las que a mediados de 2016 quedaban pendientes de cobro 138 tasas por importe de 32.303,86
euros.
5.19.- Según la citada aplicación, los ingresos recaudados por anuncios en 2014 se elevaron a
19.233.997,76 euros, la inmensa mayoría de ellos a través de la pasarela de pagos de la AEAT.
5.20.- Son muy numerosas las devoluciones de tasas cobradas, bien porque no se publica el
anuncio y son reclamadas por el interesado, bien porque se realizan pagos duplicados. En 2014 se
realizaron devoluciones por 261.608,55 euros, de los que 222.887,51 euros correspondían a tasas
de 2014 y el resto proviene desde el año 2010. En 2015 se realizaron devoluciones por tasas
cobradas en 2014 por otros 20.733,22 euros. Revisada una remesa de devoluciones de 2014, por
importe de 18.410,66 euros, que constaba de 36 devoluciones, 5 de ellas por pago duplicado tras la
publicación del anuncio, no se observaron incidencias significativas.
V.A.3) GESTIÓN DE LA TASA POR PUBLICACIÓN DE ACTOS EN EL BORME
5.21.- En cuanto a las tasas por actos publicados en la Sección Primera del BORME, las cuantías
fijas son las siguientes, según la naturaleza de los actos (euros):
Actos simples
27,33
Actos complejos
56,24
Otros actos
9,45
gratuitos
5.22.- El Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la edición electrónica
del Boletín Oficial del Registro Mercantil, establece en su artículo 14 que los actos destinados a su
publicación en la Sección Primera del BORME se remitirán en formato electrónico a la AEBOE por
el Registro Mercantil Central, al contrario que los anuncios y avisos legales que se publican en la
Sección Segunda, que se remitirán directamente a la AEBOE por los interesados, en formato
electrónico o papel (analizados en el epígrafe anterior).
5.23.- Por lo que se refiere a la publicación de los actos en el BORME, las tasas correspondientes
son recaudadas directamente por el Registro Mercantil Central. Mensualmente desde la AEBOE se
formaliza una liquidación de todos los actos publicados y se remite al Registro para su cobro. El
Registro realiza pagos parciales hasta completar el importe total de la liquidación, surgiendo
pequeñas diferencias todos los meses que dieron lugar a un pendiente de cobro al término de 2014
de 1.530,51 euros de las liquidaciones del propio ejercicio. Sin embargo, al circularizar al Registro
Mercantil Central, se observó que había realizado pagos en exceso por 10.402,24 euros, de
ejercicios anteriores, que figuran en cobros pendientes de aplicación por 10.401,42 euros.
5.24.- Las liquidaciones se remiten al Registro Mercantil Central entre uno y tres meses después
del mes al que corresponden, por lo que parte de las liquidaciones de noviembre y diciembre de
2014 se cobraron en 2015, y las de octubre a diciembre de 2013 en 2014.
5.25.- Los actos a publicar son remitidos por los registros mercantiles al Registro Mercantil Central,
que procede al tratamiento y verificación de datos y los envía a la AEBOE. En la Agencia se recibe
un fichero electrónico con la relación de los actos a publicar y las tasas pertinentes. La Agencia
verifica la concordancia entre la tipología de los actos y el importe de las tasas y emite un listado de
errores con las diferencias. No se realizan comprobaciones sobre posibles errores en la
clasificación de los actos remitidos por el Registro Mercantil Central.
32 Tribunal de Cuentas
5.26.- Permanece pendiente de cobro a fin de ejercicio un importe de 2.558.459,49 euros, debido
fundamentalmente a liquidaciones del último trimestre de 2014 cobradas en 2015, salvo un
pendiente de 1.530,51 euros. Revisada por el Tribunal una muestra de los actos publicados en tres
trimestres de 2014, se han observado únicamente algunos errores de escasa relevancia.
V.B) Ingresos por facturación de la imprenta
5.27.- Los ingresos por facturación de la imprenta de la AEBOE se formalizan mayoritariamente
mediante encomiendas de gestión6, dado que, conforme al artículo 2.4 de su estatuto: “La Agencia
Estatal Boletín Oficial del Estado se constituye como organismo especializado de la Administración
General del Estado para la edición y distribución de publicaciones oficiales y tiene la consideración
de medio propio instrumental de la Administración General del Estado y de sus organismos y
entidades de derecho público para las materias que constituyen sus fines.”
5.28.- Además de la regulación general de las encomiendas de gestión en el ámbito de la
Administración del Estado (principalmente a nuestros efectos el artículo 24.6 del TRLCSP), en el
ámbito concreto de la AEBOE los requisitos específicos de las encomiendas de gestión que reciba
se regulan en el artículo 29.5 de su Estatuto:
5. La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado tiene la consideración de medio propio instrumental de la
Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público para la edición,
publicación, distribución y venta en las materias que constituyen sus fines.
En virtud de ése carácter, la Administración General del Estado y sus organismos y entidades de derecho
público podrán encomendar directamente a la Agencia la realización de trabajos, servicios y encargos sobre las
materias que constituyen sus fines, viniendo ésta obligada a la realización y prestación de los mismos en la
forma establecida en la Ley de Agencias estatales, en el presente estatuto y demás normas que resulten de
aplicación.
Las encomiendas o encargos establecerán los términos y condiciones de realización de los citados trabajos o
servicios.
El importe a pagar por los trabajos y servicios realizados por medio de la Agencia se determinará aplicando a las
unidades ejecutadas las tarifas que hayan sido aprobadas por el consejo rector, a propuesta de su director.
Dichas tarifas se calcularán en función de los costes de realización.
Los contratos que la Agencia Boletín Oficial del Estado deba concertar con terceros para la ejecución de los
trabajos que realice como medio propio de la Administración, se sujetarán a los procedimientos de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas que les resulten de aplicación, según la naturaleza y cuantía de los
contratos, con las particularidades previstas en los apartados precedentes de este artículo.
5.29.- Con carácter general, en relación con este precepto del Estatuto de la AEBOE, cabe señalar:
a) Tanto en este artículo como en el 10.1.d), se atribuye la competencia para la aprobación
de las tarifas al Consejo Rector de la Agencia. Esta regulación, sin embargo, es contraria al art.
24.6, segundo párrafo, del TRLCSP, del cual se desprende que la aprobación de las tarifas es
competencia de la entidad pública de la que dependa el medio propio, que en este caso, según el
artículo 5.1 de su Estatuto, es el Ministerio de la Presidencia.
b) Por otro lado, el citado artículo 29.5 establece también que las tarifas “se calcularán en
función de los costes de realización”. Sin embargo, se incluyen los siguientes recargos que no se
encuentran suficientemente justificados: a) hasta el 20% de la tarifa sobre el coste en casos de
especial urgencia que requieran un consumo extraordinario y/o alteren sustancialmente la
6 En sesión del 22 de diciembre de 2016, el Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado una moción a las Cortes
Generales sobre la necesidad de desarrollar un adecuado marco legal para el empleo de las encomiendas de gestión
por las Administraciones Públicas, a la vista de los resultados de la actividad fiscalizadora en los últimos años,
habiéndose observado problemas prácticos que afectan a todas las facetas de dicha forma de gestión, tanto
sustantivas como de procedimiento, siendo la causa principal de esta situación la ausencia de una regulación
suficiente que confiera seguridad jurídica a su utilización por parte de los gestores públicos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 33
planificación establecida; b) el 10% sobre el coste de los suministros de papel, materiales de
encuadernación y otros suministros; y c) el 8% cuando por su atipicidad o peculiaridad no puedan
ser elaborados con los medios de la Agencia y tengan que ser encargados a proveedores externos.
c) En las tarifas no se detalla el coste por la distribución de las obras terminadas. Este
servicio suele realizarse por la propia Agencia cuando es en Madrid y mediante contratación
externa en los demás destinos. Solo en algunos casos se factura a los clientes por este servicio.
5.30.- Se han fiscalizado las 8 encomiendas de gestión que seguidamente se relacionan, cuya
facturación en 2014 representa el 57% de las firmadas en 2014, analizando su formalización,
condiciones, tarifas, ejecución, facturación y cobro, todo ello desde el ámbito exclusivo de la
gestión de la AEBOE, sin que se hayan revisado los expedientes formados en los órganos
encomendantes.
1.- Encomienda de gestión de 3 de febrero de 2014, de la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios (AEMPS) a la AEBOE, por la que se encarga la realización de talonarios de recetas
oficiales de estupefacientes.
2.- Acuerdo de 1 de diciembre de 2012, entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia
(UNED) y la AEBOE, por el que se encarga la realización de trabajos de imprenta y edición de publicaciones,
y adenda-1 de 2 de octubre de 2014.
3.- Acuerdo de encomienda de gestión de 30 de septiembre de 2014, de la Subsecretaría del
Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría General Técnica, a la AEBOE, para la impresión del Mapa
Oficial de Carreteras 2015 (edición 50) del Ministerio de Fomento.
4.- Encomienda de gestión de 1 de abril de 2014, de la Dirección General de Tráfico (DGT) a la
AEBOE, para la realización de trabajos de imprenta y edición de publicaciones.
5.- Resolución de 3 de marzo de 2014, por la que se aprueba la documentación correspondiente y se
acuerda el encargo a la AEBOE del servicio de “encomienda de gestión a la AEBOE del servicio de imprenta
y edición de las publicaciones del Ministerio de la Presidencia correspondientes al programa editorial del año
2014”.
6.- Encomienda de gestión de 4 de julio de 2014, del Ministerio del Interior a la AEBOE, para la
realización de trabajos de imprenta y edición de publicaciones de la unidad editora de la Secretaría General
Técnica.
7.- Acuerdo de 9 de diciembre de 2013, entre la AEAT y la AEBOE, por el que se encarga la
realización de trabajos de imprenta y edición de publicaciones, y adenda-1 de 16 de diciembre de 2014
8.- Encomienda de gestión de 24 de noviembre de 2014, del Ministerio de Justicia a la AEBOE, para
la edición, impresión y distribución de diversos impresos.
5.31.- Del análisis formal practicado cabe señalar las siguientes circunstancias e incidencias:
a) En todos los casos se estima procedente la aceptación por la AEBOE de la encomienda
de gestión tramitada, habida cuenta de la concurrencia de los requisitos exigidos por la normativa
contractual y por su Estatuto.
b) La formalización de las encomiendas resulta muy heterogénea en sus contenidos
contractuales y formalidades administrativas, si bien esta incidencia viene causada por la
diversidad de procedimientos en los organismos encomendantes, deficiencia que ha sido puesta de
manifiesto por el Tribunal repetidamente (véase la nota 6).
c) En la mayoría de los casos, las encomiendas de gestión tienen un objeto genérico: la
edición e impresión del Plan Editorial del año en curso del órgano encomendante, sin concretar los
títulos a realizar. Es mediante la aceptación de los presupuestos correspondientes cuando se
definen los encargos concretos.
d) Por las particularidades técnicas del proceso de edición e impresión, en la mayoría de los
casos no se fija un plazo concreto de entrega.
34 Tribunal de Cuentas
e) En muchos de los presupuestos elaborados no se desglosa el material a utilizar, a pesar
de suponer un porcentaje importante del coste, ni el importe de la distribución.
f) En 5 de las 8 encomiendas de gestión analizadas se subcontrató todo o parte del
encargo. Sobre el coste de la subcontratación se aplicaron en algunos casos recargos superiores al
8% previsto en las tarifas aprobadas.
g) En relación con trabajos subcontratados por la AEBOE, es frecuente que la factura al
cliente institucional exceda notablemente el coste asumido por la subcontratación, debido al efecto
acumulado de la aplicación de tarifas superiores al coste de la subcontratación, más el recargo
establecido del 8%. En un caso de los examinados por el Tribunal, el exceso facturado llegó al 55%
del coste de la subcontratación, y en otros dos casos superó el 30%.7
h) En las hojas de ruta de la aplicación CAIN, donde se detalla todo el proceso productivo,
los materiales utilizados, las comunicaciones con el cliente, etc., no suele reflejarse la parte de la
producción que se subcontrata.
i) En un caso, la facturación por el trabajo realizado y la entrega del producto es previa a la
firma de la encomienda de gestión, lo que indica que se ejecutó el trabajo sin la debida habilitación
formal. Posteriormente se anuló la factura para reelaborarla tras la firma de la encomienda.
j) En una subcontrata para la traducción, impresión, encuadernación y distribución del
manual de la renta en catalán, por 67.050,00 euros, en la factura se aplica incorrectamente un IVA
del 21% sobre la base imponible total, en lugar de desglosar el tipo aplicable a los distintos
trabajos: el 4% por la impresión y encuadernación y el 21% por la distribución y traducción.
5.32.- Se han examinado también los dos contratos siguientes, en los que no se aplicó el
procedimiento de encomienda de gestión por no tratarse de órganos de la Administración General
del Estado ni entidades dependientes:
1.- Contrato con el Senado de 16 de diciembre de 2010 (vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012,
prorrogado por 2 años más), para la edición electrónica de las publicaciones oficiales del Senado
2.- Contrato con el Congreso de los Diputados de 1 de agosto de 2012 (vigencia máxima 6 años),
para la edición electrónica y demás procesos técnicos de las publicaciones oficiales que se concretan en el
contrato.
5.33.- En estos contratos, la determinación de la compensación a percibir por los trabajos y
servicios realizados por la Agencia, al no existir una tarifa previamente aprobada, se realizó por el
director de la AEBOE, por delegación del Consejo Rector (art. 10.2 del Estatuto). En la
formalización y ejecución de estos dos contratos no se han observado incidencias relevantes.
V.C) Ingresos por venta de publicaciones
5.34.- Por ventas de publicaciones se contabilizaron en 2014 ingresos por importe de 530.289,81
euros en la cuenta 700 “Venta de mercaderías”, lo que supone un incremento del 23% respecto al
ejercicio anterior. Permanece pendiente de cobro el 14% de los derechos reconocidos netos. La
AEBOE comercializa a través de su librería tanto sus propios productos editoriales (el 89% de los
ingresos en 2014) como otras publicaciones editadas por organismos oficiales y Administraciones
blicas (el 11%). El 64% de las ventas se formalizaron en la tienda física (c/ Trafalgar), el 20%
7 Las alegaciones a este inciso (que referencia erróneamente al punto 5.29) no desvirtúan su contenido. En relación
con el trabajo relativo al Mapa Oficial de Carreteras 2015, el importe de la subcontratación fue de 21.837,00 euros y
se facturó al cliente por las actividades subcontratadas 28.211,05 euros, un 29% más, (al margen de la facturación de
los trabajos propios de la imprenta de la AEBOE). El otro servicio subcontratado a que se refiere este inciso no es el
señalado en alegaciones (“guía sobre grandes rapaces”), sino el que tenía por contenido “Distribución del manual
práctico de la renta 2013”, siendo el importe de la subcontratación 45.405,38 euros y facturado al cliente 59.535,00
euros (incremento del 31%). En cuanto al trabajo relativo a la elaboración de talonarios de recetas oficiales, las
alegaciones son solo explicaciones sobre el exceso facturado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 35
mediante el envío a distribuidores, el 15% a través de la tienda virtual de la página web y el 1% a
través de librerías asociadas. El número total de ejemplares vendidos en 2014 ascendió a 29.582
de la propia AEBOE (el 92%) y 2.563 de otros organismos (el 8%). Las ventas se soportan
mediante facturas, cuando se corresponden con un cliente habitual (generalmente distribuidores o
libreros), o bien mediante facturas simplificadas (tiques) por ventas directas en la tienda, ventas por
la web y pedidos. Se dispone de una aplicación informática, GESPUBOE, que gestiona el almacén
y la tienda, y desde la que se emiten las facturas o tiques de venta.
5.35.- En el siguiente cuadro se detallan los ingresos generados en 2014 por tipo de operación, de
acuerdo con los registros de ventas (la pequeña diferencia que se observa con la cuenta 700
“Venta de mercaderías” se debe a rectificaciones de derechos de ejercicios anteriores y a un ajuste
contable por redondeos).
Importe
%
Venta directa (tiques)
49.589,77
9%
Pedidos
13.017,91
2%
Tienda virtual (web)
77.845,61
15%
Rectificativas
-3.456,59
-1%
Facturación clientes habituales
396.624,90
75%
Abonos en facturas
-5.661,10
-1%
TOTAL
527.960,50
100%
5.36.- Se comprobaron los contratos con los principales distribuidores, sin que se hayan apreciado
incidencias. Las condiciones pactadas son adecuadas al mercado, en los expedientes consta la
documentación contractual exigible y la facturación es conforme con los contratos. Se ha
comprobado también, sin incidencias, el contrato 2013/383, cuyo objeto es el servicio de transporte
y entrega de libros, revistas, impresos y ediciones de la AEBOE. Fue adjudicado por procedimiento
abierto por 62.000,00 euros (IVA excluido).
5.37.- Los envíos de publicaciones se realizan, además de por la empresa de transporte
contratada, por medios propios de la AEBOE, que dispone de 5 camiones o furgonetas para ello.
No se cobran los gastos de envío a los clientes si la compra se hace a través de la página web, o
bien en la tienda por importe superior a 90,00 euros (en compras por importe inferior se cobran
6,00 euros). Para los pedidos se aplica un precio en función del peso, destino y plazo de entrega,
conforme al contrato celebrado con el transportista. Según información de la librería, en 2014 se
tramitaron 3.216 envíos, con un coste estimado de 57.523,94 euros, habiéndose repercutido a
clientes 16.623,96 euros, que se contabilizaron incorrectamente como venta de mercaderías.
5.38.- Se ha analizado una muestra de facturas obtenidas del COIN que representaban el 24% de
la facturación de 2014, obteniendo los siguientes resultados:
a) Realizado un cruce de las facturas con los albaranes de entrada y salida en el almacén,
obtenido del GESPUBOE, y con los ingresos registrados en COIN, no se observaron incidencias
significativas. Únicamente cabe señalar que, en el caso de distribuidores o librerías asociadas,
GESPUBOE permite hacer anulaciones de facturas completas, pero no parciales, lo que implica
que para acreditar estas devoluciones parciales se debe esperar a formalizar facturas futuras, de
las que se van descontando las cantidades correspondientes, lo que genera confusión.
b) Hay muchas pequeñas diferencias (euros o céntimos) de las facturas con la aplicación
COIN, que obliga a hacer ajustes contables que, aunque de pequeño importe, dificulta el cruce de
datos entre las distintas aplicaciones.
c) En ocasiones, los clientes habituales realizan pagos por importes diferentes a la factura,
incluso a veces el cobro es previo a la factura. En estos casos, se van aplicando los cobros a las
facturas disponibles, quedando la diferencia cobrada en exceso como pendiente de aplicar, a la
espera de una nueva factura, sistema contable que no es ortodoxo.
36 Tribunal de Cuentas
d) No constan en las facturas los descuentos aplicados, habiéndose observado por el
Tribunal la aplicación de descuentos no contemplados en las tarifas.
V.D) Otros ingresos
5.39.- La cuenta 703 “Ventas de subproductos y residuos” presenta un saldo de 34.049,53 euros,
derivados de la venta de papelote y materiales de desecho originados en la imprenta. Se
comprobaron las facturas y los cobros, sin observar deficiencias.
5.40.- En la cuenta 705 “Prestaciones de servicios” figuran ingresos por 164.668,17 euros, que
corresponden a las suscripciones a la base de datos de la Real Farmacopea Española. Su origen
es un convenio con la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios de 2010, por el
cual ambas entidades se responsabilizan de la coedición electrónica de la base de datos, a la que
se accede a través de la página web de la AEBOE, mediante suscripción, repartiéndose los
ingresos al 50%. Revisados los ingresos y las liquidaciones, no se han observado incidencias
relevantes. Hay que señalar que, conforme al artículo 11.5 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de
garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, “las oficinas de farmacia,
servicios farmacéuticos, entidades de distribución y laboratorios farmacéuticos deben garantizar
que disponen de acceso a la Real Farmacopea Española”, por lo que estos ingresos presentan
características que podrían encuadrarse en los supuestos típicos de las tasas públicas.
5.41.- En la misma cuenta 705 se registraron también ingresos por importe de 25.151,76 euros por
servicios de documentación y 80.458,69 euros por el servicio de comedor, cuyos muy reducidos
precios apenas cubren el 50% de los costes.
VI.- ANÁLISIS DE LOS GASTOS DE PERSONAL
6.1.- La AEBOE gestiona la nómina del personal mediante una aplicación informática propia
denominada SAVIA, ya que el sistema NEDAES (Nómina Estándar de la Administración del
Estado) no se adapta a las particularidades de la Agencia. La aplicación SAVIA integra, además de
la información necesaria para la confección de las nóminas, los principales datos laborales y
administrativos de los empleados y conserva registros históricos de su vida laboral en el organismo.
La gestión de personal se apoya además en herramientas informáticas elaboradas por la
Administración General del Estado para la gestión unificada de determinados aspectos, entre las
que destacan: el "Sistema de Información de Asistencia a la Gestión de Personal BADARAL"
(sistema de información integrado con el Registro Central de Personal y el Portal CECIR); y el
Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social.
VI.A) Plantilla
6.2.- De acuerdo con el contenido del segundo contrato de gestión, las plantillas máximas de la
Agencia para el periodo 2013-2016 se cifran en los siguientes efectivos:
2013
2014
2015
2016
Personal directivo
6
6
6
6
Personal técnico funcionario
33
33
33
33
Resto de personal funcionario
52
50
50
50
Personal laboral fuera de convenio
9
9
9
9
Personal laboral técnico
16
16
16
16
Resto de personal laboral
361
354
338
326
Total
477
468
452
440
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 37
6.3.- Las Relaciones de Puestos de Trabajo obtenidas del Registro Central de Personal, con
referencia al 31 de diciembre de 2014, presentan los siguientes puestos de trabajo aprobados y los
vacantes, de cuyos datos se deduce un grado de cobertura del 90% de los mismos:
PT aprobados
Vacantes
%
Funcionario
Personal directivo
6
0
0 %
Personal técnico
35
4
11 %
Resto personal funcionario
52
10
19 %
SUMA
93
14
15 %
Laboral-fijo
Fuera de convenio
8
1
12 %
Grupo profesional I
8
1
12 %
Grupo profesional II
4
1
25 %
Grupo profesional III
246
17
7 %
Grupo profesional IV
93
5
5 %
Grupo profesional V
13
7
54 %
SUMA
372
32
9 %
Total AEBOE
465
46
10 %
6.4.- El personal directivo son 6 funcionarios nivel 30, titulares de las siguientes Unidades
administrativas, de conformidad con la estructura orgánica y administrativa de la Agencia aprobada
por el artículo 14 del Estatuto de la AEBOE. Todos ellos dependen del Director de la Agencia
Estatal Boletín Oficial del Estado (alto cargo):
Secretaria General
Subdirector/Subdirectora de la Imprenta Nacional
Director/Directora del Departamento de Gestión Editorial, Documentación e Información
Director/Directora del Departamento de Tecnologías de la Información
Director/Directora del Departamento de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
Director/Directora del Dpto. de Programación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión.
6.5.- Los efectivos reales con referencia al 31 de diciembre de 2014 sumaban 429 empleados (el
92% de la cifra máxima permitida), de los cuales 79 eran funcionarios y 350 laborales. La
distribución de la plantilla por niveles a la fecha citada era la siguiente:
niveles
Func.
niveles
Lab-fijo
Lab-temp.
30
6
fuera de convenio
7
29
4
1
1
28
5
2
6
26
22
3
3
24
2
4
30
22
22
5
55
20
1
6
144
18
5
7
51
17
2
8
34
16
1
9
3
15
7
10
6
14
2
contratos formación
10
TOTAL
79
TOTAL
340
10
38 Tribunal de Cuentas
6.6.- Del personal laboral fijo, 237 empleados (el 70%) prestan sus servicios en la imprenta del
BOE. Los 7 empleados laborales fuera de convenio son: el director Comercial, 5 directores/as de
Área y la Jefa del Servicio de Prevención y Salud Laboral. Los 10 empleados de carácter laboral
temporal son contratos formalizados dentro de la modalidad de “Formación y Aprendizaje” de
acuerdo al Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la
formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
6.7.- En los dos contratos de gestión formalizados, el primero para el periodo 2009-2012 y el
segundo para el periodo 2013-2016, se establece un compromiso para la reducción de efectivos,
así como la congelación de la oferta de empleo público en ambos periodos, acorde con las políticas
presupuestarias de los últimos años.
6.8.- La evolución de los efectivos de la AEBOE en esos años es coherente en general con el
cumplimiento de dicho compromiso, ya que se ha reducido el número de empleados en 85
personas en el periodo 2009-2015, como se aprecia en el siguiente cuadro, debido
fundamentalmente a la jubilación de 12 funcionarios y 99 laborales, cuyas vacantes se han cubierto
solo en parte. También se aprecia un ligero trasvase de personal laboral fijo a personal funcionario.
Las escasas y puntuales modificaciones de la RPT de la Agencia durante el año 2014 (creación de
5 nuevos puestos de trabajo), aprobadas por el Consejo Rector, no supusieron coste salarial
alguno al financiarse mediante la amortización de 6 puestos de trabajo.
año
funcionarios
laborales
total
2009
77
424
501
2010
84
413
497
2011
81
396
477
2012
81
373
454
2013
82
355
437
2014
79
350
429
2015
85
331
416
6.9.- El convenio colectivo por el que se rige el personal laboral de la AEBOE fue publicado en el
febrero de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo, entrando en
vigor al día siguiente de su publicación. Se establece una Comisión Paritaria de Interpretación,
Vigilancia y Estudio (CPIVE) del convenio, compuesta por cinco miembros.
VI.B) Expedientes de personal y gestión de altas y bajas
6.10.- La documentación relativa a cada empleado consta en expedientes individualizados
archivados por orden alfabético, cuyos principales datos constan también en la aplicación SAVIA,
en un apartado específico. Se ha examinado una muestra de expedientes de personal,
representativa de los distintos colectivos del organismo, a fin de comprobar la corrección de los
datos personales y administrativos y de los conceptos acreditados en nómina. En general los
expedientes están completos y la documentación es correcta, si bien se han observado las
siguientes deficiencias: a) no se dispone de los registros históricos necesarios para verificar el
complemento personal de antigüedad acreditado a los empleados con referencia al 31 de julio de
1986; b) en la mayoría de los contratos laborales falta la firma de la Intervención Delegada; y c) en
varios expedientes no consta la titulación académica (según la agencia, se trata de contratos
celebrados al amparo del anterior convenio colectivo, en el que no se preveía titulación académica
para categorías distintas de técnicos titulados.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 39
6.11.- A lo largo de 2014 se formalizaron 9 altas de funcionarios, una de personal laboral y los 10
contratos laborales de “formación y aprendizaje”. Por otro lado, se tramitaron 12 bajas de
funcionarios (4 por jubilación y 8 por cese) y 15 de laborales (10 por jubilación y 5 por otras
causas). También se han producido 11 concursos internos de ascensos o traslados. Se ha
examinado la documentación administrativa y laboral justificativa de cada uno de estos procesos, el
cálculo de retribuciones y finiquito y el reflejo de los datos en la aplicación SAVIA, sin observar
incidencias significativas.
6.12.- Hay que señalar, sin embargo, la notable diferencia que se observa en los importes
acreditados como liquidación por la jubilación del personal laboral con respecto a los funcionarios.
Estos últimos perciben la parte proporcional correspondiente de la paga extraordinaria devengada y
de las vacaciones no disfrutadas. Los laborales, de acuerdo con lo estipulado en el convenio
colectivo, perciben además indemnizaciones por los siguientes conceptos: dos pagas
extraordinarias (art. 67 del convenio), media paga en concepto de Acción Social (art. 55.4 del
convenio) y una paga de beneficios del 8% de los haberes íntegros percibidos en el año de la baja.
Así, por ejemplo, en la muestra examinada por el Tribunal consta la liquidación de un funcionario
nivel 28 (baja por jubilación el 31 de marzo) por importe de 1.836,20 euros, mientras que el
empleado laboral de la muestra que menos ha cobrado (nivel 10, baja por jubilación el 1 de mayo)
ha sido por un importe de 5.291,45 euros.
VI.C) Examen de las nóminas
6.13.- A lo largo de 2014, la AEBOE formalizó cada mes 5 nóminas ordinarias: “Altos cargos”,
“Funcionarios”, “Laborales”, “Laborales fuera de convenio” y “Laborales con contratos de formación
y aprendizaje”. Se tramitaron también diversas nóminas complementarias para hacer frente al pago
de liquidaciones y finiquitos, pago de productividad a funcionarios y paga de beneficios a laborales.
6.14.- El importe total bruto de las nóminas de la AEBOE en 2014 ascendió a 14.908.310,64 euros,
conforme al detalle que se refleja en el siguiente cuadro. Sumando la cuota patronal y otros gastos
de personal formalizados al margen de la nómina, el total de los costes de personal de la AEBOE
imputados a presupuesto fue de 18.944.057,94 euros. En 2014 se han aplicado correctamente las
retribuciones aprobadas para los funcionarios en la normativa correspondiente, así como para los
laborales (las del convenio colectivo menos un 5%).
Retribuciones
ordinarias
Otros
conceptos
Transporte y
Acc.Social
Total
Altos cargos
98.048,52
98.048,52
Funcionarios
2.550.330,47
630.414,67
108.485,72
3.289.230,86
Laborales fijos y fuera convenio
10.175.729,29
837.929,31
373.112,81
11.386.771,41
Laborales temporales
119.932,17
9.597,68
4.730,00
134.259,85
Total nómina
12.944.040,45
1.477.941,66
486.328,53
14.908.310,64
Costes sociales: cuota patronal + ILT
3.814.686,18
Gastos de personal fuera de nómina
221.061,12
TOTAL COSTES DE PERSON AL
18.944.057,94
6.15.- Se ha examinado la justificación contable y formal de todas las nóminas, la justificación
documental y los cálculos de las variaciones de las mismas (altas, bajas, incapacidad laboral
transitoria, etc.), el contenido material de las nóminas de un mes, la corrección y justificación
documental (con los correlativos expedientes personales) de las retribuciones acreditadas a una
muestra de perceptores representativa de todos los colectivos, los descuentos practicados (IRPF,
Seguridad Social, etc.) y los cálculos y liquidaciones por cotizaciones sociales a la Seguridad
Social, Derechos pasivos, etc.
40 Tribunal de Cuentas
6.16.- De las comprobaciones efectuadas, no se han observado, en general, incidencias relevantes.
Únicamente señalar como deficiencia de control la existencia de diferencias entre los documentos
contables de aplicación presupuestaria y los resúmenes de las nóminas por conceptos
presupuestarios, derivados del sistema de registro de las incapacidades temporales, que no son
descontadas en los documentos de nóminas pero sí en los documentos contables. A efectos de un
mejor control, debería hacerse coincidir los importes de las nóminas con los documentos contables,
y efectuar posteriormente los ajustes necesarios.
VI.D) Complemento de productividad e incentivos a la producción
6.17.- El artículo 24 del estatuto de la AEBOE, que regula el régimen retributivo del personal de la
Agencia, establece un “complemento de productividad” para el personal funcionario y un concepto
equivalente para el personal laboral (que en este informe, para evitar confusiones, se denomina
“incentivo de productividad”). Estos complementos deben estar vinculados en todo caso al
cumplimiento de los objetivos fijados en el contrato de gestión, como ordenan los apartados 3 y 4
del citado artículo 24:
3. La cuantía de la masa salarial destinada al complemento de productividad, o concepto equivalente
del personal laboral, está en todo caso vinculada al grado de cumplimiento de los objetivos fijados en
el contrato de gestión.
4. En el marco de la política de recursos humanos y de acuerdo con los sistemas de representación y
participación del personal de la Agencia, se establecerá un sistema de evaluación que sirva de
instrumento objetivo para la valoración del desempeño del puesto de trabajo y la asignación del
complemento de productividad a que se refiere el punto anterior. El sistema de evaluación deberá
permitir valorar los rendimientos colectivos de las unidades, así como realizar una valoración
individual del desempeño de cada puesto de trabajo.
6.18.- Por su parte, el contrato de gestión, en su artículo 4.4, establece que “el montante de la
masa salarial destinada al complemento de productividad del personal de la Agencia, se
determinará en función de los resultados alcanzados en el cumplimiento de los compromisos
recogidos en el Contrato de Gestión, medidos a través del Índice General de cumplimiento de
objetivos de la Agencia (IGA), del año anterior”. Cuando concurran ciertas circunstancias, el
montante de la masa salarial destinada al complemento de productividad podrá incrementarse en la
cuantía que determine el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MHAP). Además,
para el personal funcionario no directivo y para el personal laboral acogido al convenio, la
productividad así calculada se ajustará anualmente por un coeficiente K referido al grado de
cobertura de la RPT, y se tendrá en cuenta también la reestructuración de la plantilla por los
procesos de transformación de personal laboral en funcionario. En abril de 2014 se aprobó por la
Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas para estos complementos un
importe total de 1.320.965,00 euros, de los que 93.873,00 euros corresponden al personal
funcionario directivo; 490.822,00 euros al personal funcionario no directivo; 648.397,00 euros al
personal laboral de convenio; y 87.873,00 euros al personal laboral fuera de convenio. El importe
de productividad autorizada para el personal funcionario supuso un incremento de 338.873,00
euros sobre la aprobada provisionalmente por Orden del MHAP en febrero. En esta Orden se
aprobó también un importe de 45.720,00 euros para gratificaciones extraordinarias a funcionarios.
Sobre estos créditos la AEBOE retuvo un 8% para su inclusión en la paga de beneficios a acreditar
en 2015 (véase el punto 6.30).
6.19.- En el artículo 4.5 del contrato de gestión se establecen los criterios para la determinación de
la retribución variable individual en función del cumplimiento de objetivos. Para cada departamento
de la Agencia se elaborará anualmente un índice de cumplimiento de los objetivos de gestión,
ponderando diversos factores, que será aprobado por el Consejo Rector, a propuesta del director
de la Agencia. La productividad del personal directivo estará referida al grado de cumplimiento de
los objetivos estratégicos de su departamento, en forma proporcional a una media ponderada
obtenida en la forma que describe este artículo. La retribución variable individual del resto del
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 41
personal funcionario y del personal laboral se determinará mediante criterios que tengan en cuenta
el cumplimiento de objetivos y la evaluación del desempeño.
6.20.- La AEBOE ha diseñado un sofisticado sistema de valoración individual del rendimiento de los
empleados en función de tres factores (cumplimiento de objetivos de la unidad, valoración del
rendimiento individual y asistencia), del que se desprende un cálculo objetivo de los incentivos por
productividad que corresponderían en cada caso. Analizado el sistema por el Tribunal, se considera
adecuado y efectivo, de acuerdo con la naturaleza de la Agencia, para responder a los
requerimientos de eficacia de su estatuto y del contrato de gestión. Sin embargo, dicho sistema se
aplica exclusivamente al incentivo de productividad del personal laboral y a un importe muy
reducido del complemento de productividad del personal funcionario, excluyéndose además de
dicho sistema al personal funcionario directivo y al personal laboral fuera de convenio.
VI.D.1) PERSONAL FUNCIONARIO: PRODUCTIVIDAD Y GRATIFICACIONES
6.21.- En 2014 se abonaron al personal funcionario las cantidades detalladas en el siguiente cuadro
por el complemento de productividad y por gratificaciones extraordinarias (se corresponden con la
columna “otros conceptos” del cuadro inserto en el punto 6.14). Ambas cantidades respetan los
importes máximos aprobados en abril de 2014 por la Dirección General de Costes de Personal y
Pensiones Públicas.
pers.directivo
resto funcionarios
TOTAL
150.00 Productividad
93.872,88
490.821,81
584.694,69
151.00 Gratificaciones
36.719,98
9.000,00
45.719,98
6.22.- El concepto 150.00 “Productividad” relativo a funcionarios se gestionó por la AEBOE en su
mayor parte (453.923,44 euros, el 78%) mediante la acreditación de una cantidad mensual a cada
funcionario (incluidos los directivos) en la nómina ordinaria; y otros 26.071,00 euros, el 4%, se
abonaron a los funcionarios (excluidos en este caso los directivos) en otros dos repartos
(noviembre y diciembre) como “productividad complementaria”. La única justificación de los
importes acreditados en ambos casos es la aprobación por el director de la Agencia de una lista en
la que constan los funcionarios que deben percibir el complemento de productividad (mensual y
complementaria), sin especificar los criterios que justifican los importes asignados, aunque resultan
en general proporcionales a sus retribuciones. No se ha acreditado que este reparto del
complemento de productividad se vinculara al cumplimiento de objetivos, conforme requieren el
estatuto de la Agencia y el contrato de gestión.
6.23.- Otras cantidades relativas a este concepto se abonaron a los funcionarios (excluidos también
en este caso los directivos) en la siguiente forma: 90.000,25 euros, el 15%, se acreditó en dos
repartos (junio y diciembre) como “productividad semestral”; y 14.700,00 euros, el 3%, en un
reparto (mayo) como “productividad adicional CORA”. En el primer caso, la distribución del
complemento se calculó de conformidad con el sistema establecido en la Agencia referido en el
punto 6.20, estimándose por el Tribunal debidamente justificado. En cuanto a la productividad
adicional CORA, el acuerdo del director que la aprueba alude, genéricamente, al “trabajo y esfuerzo
realizado a la hora de llevar a cabo las tareas encomendadas por la CORA y en la consecución de
los objetivos estratégicos de la Agencia Estatal”, sin que conste justificación concreta de dichos
trabajos por los perceptores.
6.24.- Se deduce, por lo tanto, de los puntos anteriores, que solo se ha acreditado que el 15% del
reparto del complemento de productividad a funcionarios por la AEBOE se atiene a los requisitos
exigidos para dicho complemento por el estatuto de la Agencia y el contrato de gestión, esto es, su
vinculación al cumplimiento de objetivos de la Agencia.
42 Tribunal de Cuentas
6.25.- Por lo que se refiere a las gratificaciones extraordinarias (concepto presupuestario 151), el
80% de su importe se acreditó al personal directivo en tres repartos (mayo, julio y noviembre), y el
resto a otros 21 funcionarios (en junio, noviembre y diciembre). La única justificación de estos
repartos son los respectivos actos del director de la Agencia, en los que se indica que se asignan
las cantidades “en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 28/2006 de 18 de julio de
Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos”, artículo que se refiere exclusivamente
a las competencias del director, sin que se aclaren ni justifiquen los motivos por los que se
acreditan estas gratificaciones.
VI.D.2) PERSONAL LABORAL: INCENTIVOS, PRODUCTIVIDAD Y PAGA DE BENEFICIOS
6.26.- El importe de obligaciones reconocidas netas relativas a las retribuciones acreditadas al
personal laboral fijo de la AEBOE en 2014 fueron las siguientes (euros):
130.00
Retrib.básicas
130.01
Otras remunerac.
Total
Personal laboral de convenio
8.278.359,60
2.338.059,76
10.616.419,36
Personal laboral fuera de convenio
301.783,86
95.455,38
397.239,24
Total
8.580.143,46
2.433.515,14
11.013.658,60
6.27.- Dentro del subconcepto presupuestario 130.01 “Otras remuneraciones” se contienen
diversos complementos salariales acordados en el convenio colectivo, entre los que se encuentra
un denominado “complemento de productividad”, que no guarda relación alguna con el
cumplimiento de objetivos ni con el rendimiento individual del trabajador, y que tampoco se tiene en
cuenta en el cálculo de la masa salarial para productividad aprobada por el MHAP. Se trata en
realidad de una retribución ordinaria cuyo importe es una cantidad fija (14 mensualidades)
establecida en el anexo V del convenio colectivo, para todos los niveles retributivos (1 al 10) y
proporcional a las retribuciones ordinarias. En 2014 por este complemento se acreditó en nómina
un importe de 345.411,48 euros.
6.28.- Por otro lado, con igual concepto en nómina de “complemento de productividad” se acreditó
al personal laboral fuera de convenio el incentivo de productividad financiado con los créditos
presupuestarios aprobados por el MHAP, reseñados en el punto 6.18, por un importe de 87.873,00
euros. No consta que la distribución de este complemento de productividad al personal fuera de
convenio se encuentre vinculado al cumplimiento de objetivos y al rendimiento individual, por lo que
no es conforme con los requisitos exigidos por el estatuto de la Agencia y el contrato de gestión
para el mismo. Por otro lado, los importes acreditados por el incentivo de productividad a este
colectivo superan los porcentajes máximos establecidos en sus contratos para el mismo (p.ej.,
empleado 77394, límite contractual 17% y productividad acreditada 25%; y empleado 105888,
límite contractual 15% y productividad acreditada 17,5%), a lo que hay que sumar el 8% retenido
para la paga de beneficios.
6.29.- Por el contrario, el importe de este incentivo de productividad correspondiente al personal de
convenio se reguló mediante un acuerdo con el Comité de Empresa, por el que se establece un
“Sistema de incentivos por cumplimiento de objetivos para el personal laboral de la AEBOE”. Este
método responde al sistema reseñado en el punto 6.20 y, por lo tanto, el Tribunal lo considera
debidamente justificado. Esta retribución se acreditó en nómina en 2014 en dos repartos
semestrales, por la suma de 600.282,23 euros, cantidad resultante de retener un 8% del importe
autorizado por el MHAP, para atender la paga de beneficios proporcional a este complemento en el
ejercicio siguiente.
6.30.- En cuanto a la “paga de beneficios”, se trata de otro complemento salarial ordinario
establecido en el convenio colectivo, sin relación alguna, a pesar de su denominación, con los
resultados económicos de gestión de la Agencia, ni tampoco con el cumplimiento de objetivos. Se
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 43
trata de un complemento aplicable a todos los niveles retributivos y cuantificado en el 8% del total
anual de las retribuciones de cada trabajador en el año inmediatamente anterior. En 2014 por este
complemento se acreditó en nómina un importe de 886.700,01 euros.
VI.E) Otros gastos de personal
6.31.- En el subconcepto 162.02 “Transporte del personal” se contabilizaron 372.357,45 euros, que
se corresponden con la acreditación en nómina de 99,00 euros por once meses a cada empleado
(funcionarios y laborales) en concepto de “ayuda por desplazamiento”, conforme a la Resolución
del director de la Agencia del 15 de enero de 2014. Esta ayuda es compatible con el complemento
retributivo de convenio “Plus de transporte”, devengado por el personal laboral sometido a turnos
especiales, que se aplica al subconcepto 130.01 “Otras remuneraciones”.
6.32.- El subconcepto 162.04 refleja los gastos derivados del Plan de Acción Social de la AEBOE,
cuyos criterios se ajustan a los comunes aplicables a los Planes de Acción Social en la
Administración General del Estado aprobados por Acuerdo de 27 de julio de 2011. Las principales
ayudas en 2014, distribuidas a propuesta del Grupo de Trabajo de Acción Social y Formación,
fueron: a) ayuda por gastos sanitarios (45.344,66 euros), concedida a 205 empleados; b) bolsa de
vacaciones (38.997,91 euros), concedida a 427 empleados; c) paga por jubilación del 25% de dos
mensualidades ordinarias, concedida a 13 empleados (14.099,54 euros); d) ayuda para gastos
extraordinarios de familiares con grado de discapacidad superior al 33% (15.578,98 euros),
concedida a 9 empleados; y e) al Grupo Socio-Cultural (5.228,92 euros, pagados fuera de nómina),
del que forman parte todos los empleados.
6.33.- En cuanto a los demás gastos de personal fuera de nómina se corresponden con los
siguientes subconceptos: 162.00 “Formación” (118.514,98 euros); 162.01 “Economatos y
comedores” (16.376,07 euros); 162.05 “Seguros” (14.515,23 euros); y 162.09 “Otros” (66.425,92
euros). Todos estos gastos se tramitan mediante contratos y convenios, menos un importe de
25.237,09 euros del subconcepto 162.00 “Formación”, que se tramitó mediante ayudas directas al
personal que lo solicitó, en ejecución del Plan de Formación 2013-2014.
6.34.- Con respecto al Plan de Formación vigente en 2014 se ha examinado una muestra de las
obligaciones reconocidas, que incluye contratos y ayudas individuales, sin observar incidencias
relevantes. El expediente de contratación más significativo es el contrato plurianual de servicios nº
2013/387, tramitado por procedimiento negociado sin publicidad, por importe total de 135.000,00
euros (exento de IVA), para las anualidades 2014, 2015 y 2016. Analizado el expediente (pliegos,
informe de la Abogacía del Estado, ofertas presentadas, valoraciones, etc.), no se han observado
deficiencias, salvo la evidencia de que la adjudicación del contrato (el 19 de noviembre de 2013)
fue anterior a la propuesta de adjudicación por parte del Subdirector de la Imprenta Nacional (el 20
de noviembre).
6.35.- Dentro del subconcepto 162.09 “Otros” se contemplan los conciertos firmados con una
sociedad de prevención, uno para actividades preventivas de forma multidisciplinar bajo la
especialidad de Seguridad en el Trabajo y otro para la realización de exámenes de salud y
analíticas, ambos con vigencia anual, primero desde el 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014, y
luego para el mismo periodo siguiente. En 2014 se reconocieron obligaciones por importe de
33.386,17 euros, de los cuales 27.722,50 corresponden al concierto para actividades preventivas y
el resto a exámenes de salud inicial y vigilancia de la salud. Examinada una muestra, no se
apreciaron deficiencias relevantes.
6.36.- La AEBOE tiene establecidos préstamos a largo plazo a su personal para la adquisición de
vivienda habitual (importe máximo por empleado 16.000,00 euros, a devolver en 8 años, sin
interés), además de anticipos reintegrables de 4 mensualidades de salario base y antigüedad a
devolver en 24 mensualidades, sin interés. El seguimiento de ambas operaciones se realiza a
través de una aplicación propia y registros auxiliares. En 2014 se reconocieron obligaciones por
importe de 32.000,00 euros por préstamos para vivienda y 104.409,59 euros por anticipos
reintegrables. Por reintegros se contabilizaron 146.144,74 euros. Examinados los registros y una
44 Tribunal de Cuentas
muestra de expedientes, no se observaron deficiencias significativas. Por otro lado, la AEBOE
declara correctamente, a efectos del IRPF, la exención de intereses como retribución en especie de
los empleados. También se ha comprobado sin incidencias la tramitación de los anticipos sobre la
propia nómina del mes.
6.37.- Por lo que se refiere a los contratos para la formación y aprendizaje, la Agencia participa en
el Plan de Juventud 2013-2015, iniciativa interministerial promovida por el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad, a través del Instituto de la Juventud. Para ello la AEBOE presentó en
el Pleno de la Comisión su Plan Estratégico de Emancipación Joven, cuyo objetivo era la
contratación de diez jóvenes en la modalidad de formación y aprendizaje, dedicando parte de su
jornada laboral a la formación, en la especialidad de Técnico de Grado Medio en Impresión Gráfica,
durante 3 años. Los jóvenes fueron seleccionados por el Servicio Público de Empleo Estatal y los
contratos redactados de conformidad con el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de
medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y con el Real Decreto 1529/2012, de 8 de
noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen
las bases de la formación profesional dual. El gasto de estos 10 contratos en 2014 fue de
104.665,14 euros aplicados al subconcepto 131.00 “Retribuciones básica, personal laboral
eventual”; 15.688,71 euros aplicados al subconcepto 131.01 “Otras remuneraciones, personal
laboral eventual”; y 4.730,00 euros aplicados al subconcepto 162.02 “Transporte del personal”. Se
aplicaron a estos empleados los conceptos retributivos del convenio colectivo, así como los
incentivos por productividad.
6.38.- Por último, a lo largo de 2014 continuaron vigentes las seis becas de formación postgrado
convocadas por la Resolución de la AEBOE de 6 de mayo de 2013, ajustándose a las bases
reguladoras aprobadas por la Orden PRE/1023/2011, de 13 de abril, para el estudio, tratamiento y
difusión de la documentación jurídica y de los fondos documentales del BOE, con una vigencia de
12 meses prorrogables por igual periodo. La dotación asciende a 1.000,00 euros mensuales por
beca, debiendo cumplir los becarios 30 horas semanales. El coste total de las becas en 2014
ascendió a 74.499,84 euros, aplicados al concepto 480 “Becas de postgrado”, incluyendo la cuota
patronal de la Seguridad Social (2.499,84 euros). La Resolución de adjudicación de las becas, en la
que figuran los 6 seleccionados y 29 suplentes es de fecha 26 de julio, iniciándose su prestación el
9 de septiembre. Examinados los procedimientos de publicidad de las becas, la valoración de las
391 solicitudes presentadas, una muestra de los expedientes y la razonabilidad de la adjudicación
de las becas, no se han apreciado incidencias relevantes. Únicamente señalar que no consta en los
expedientes la declaración de los interesados de no estar inhabilitados o incursos en prohibición
para la obtención de ayudas públicas, requisito exigido en el artículo 2.c) de las bases reguladoras.
Por otro lado, la prórroga de las becas se solicitaron por los interesados el 7 de julio de 2014,
cuando el plazo para ello terminaba el 9 de junio (3 meses antes de finalizar el primer año, según la
adjudicación). Además, aunque las prórrogas se aprobaron por Resolución del director el 12 de
septiembre, la comunicación de su aprobación se había realizado a los becarios por el
Departamento de Recursos Humanos el 9 de julio.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 45
VII.- ANÁLISIS DE OTROS GASTOS
VII.A) Resultados del examen de los contratos de gasto
7.1.- El régimen de contratación al que debe someterse la AEBOE es el prescrito por el artículo 29
de su estatuto, conforme al cual:
1. El régimen de contratación es el establecido en la legislación de contratos del sector público con
las particularidades que se señalan a lo largo de este artículo y, en su caso, por las normas de
contratación aplicables a las entidades declaradas medios propios de la administración.
2. Se considerarán contratos privados los de edición a que se refiere el artículo 58 del Real Decreto
Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad
Intelectual, cuando se trate de editar una obra ya realizada por un autor, y los de distribución de
publicaciones encomendados a una pluralidad de distribuidores en las condiciones de mercado para
este tipo de contratos.
3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 3.1.f) de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, los contratos de suministro de bienes adquiridos para devolverlos al tráfico jurídico
celebrados por la Agencia, no están sujetos al citado texto legal. El director de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado resolverá las reclamaciones que se formulen contra los actos de
preparación y adjudicación de estos contratos y sus resoluciones podrán ser impugnadas ante la
jurisdicción contencioso-administrativa.
4. Dado que la Agencia Boletín Oficial del Estado dispone de una imprenta propia, cuando la
ejecución de los trabajos que tenga que efectuar la lleve a cabo en colaboración con empresarios
particulares, los contratos que celebre con éstos tendrán carácter administrativo especial, excepción
hecha de los de suministro a que se refiere el número 3 del presente artículo. En el pliego de
cláusulas administrativas particulares de los contratos a que se refiere el párrafo anterior se hará
constar su carácter de contratos administrativos especiales, la forma de preparación y adjudicación,
las garantías exigibles y demás circunstancias que resulten de aplicación en cada caso.
5. La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado tiene la consideración de medio propio instrumental
de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público para la
edición, publicación, distribución y venta en las materias que constituyen sus fines. … Los contratos
que la Agencia Boletín Oficial del Estado deba concertar con terceros para la ejecución de los
trabajos que realice como medio propio de la Administración, se sujetarán a los procedimientos de la
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas que les resulten de aplicación, según la
naturaleza y cuantía de los contratos, con las particularidades previstas en los apartados precedentes
de este artículo.
7.2.- Como desarrollo de algunos supuestos de la regulación contenida en el anterior precepto, se
dictó por la AEBOE la Circular de 20 de octubre de 2009. Otras normas de interés en este ámbito
son: a) la Resolución de 17 de septiembre de 1998, modificada por la Resolución de 19 de
septiembre de 2013, relativa a las funciones y composición de la Comisión de Adquisiciones de la
AEBOE; b) la Resolución de 7 de mayo de 2012, por la que se dictan instrucciones en relación con
la elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas; y c) Resolución del 7 de mayo de 2012,
por la que se designan los miembros de la Mesa de Contratación de la Agencia.
7.3.- En el examen por el Tribunal de los expedientes de contratación de la AEBOE se ha tenido en
cuenta, por lo tanto, la citada normativa especial, además de la general establecida en la
legislación de contratos del sector público, en cuanto resulte aplicable a la Agencia.
7.4.- De acuerdo con la relación de contratos facilitada por la AEBOE, en el ejercicio 2014 estaban
vigentes en la AEBOE los contratos de gasto cuyo resumen y características se reflejan en los
siguientes cuadros:
46 Tribunal de Cuentas
Número de contratos
abierto
negoc. sin
publicidad
negoc. con
publicidad
adj.directa centraliz. menores Total contratos
Servicios
22
24
3
92
141
Suministros
21
5
1
38
65
Obras
1
1
2
Otros
28
28
TOTAL
43
30
3
28
1
131
236
Importes de adjudicación (euros, sin IVA)
abierto
negoc. sin
publicidad
negoc. con
publicidad
adj.directa centraliz. menores Total contratos
Servicios
4.790.624,57
1.890.018,66
120.280,00
607.570,82
7.408.494,05
Suministros
3.008.499,99
174.758,60
8.500,00
299.500,23
3.491.258,82
Obras
71.373,54
6.204,90
77.578,44
Otros
96.600,00
96.600,00
TOTAL
7.799.124,56
2.136.150,80
120.280,00
96.600,00
8.500,00
913.275,95
11.073.931,31
Obligaciones reconocidas en 2014 (euros, sin IVA)
abierto
negoc. sin
publicidad
negoc. con
publicidad
adj.directa centraliz. menores Total contratos
Servicios
2.495.683,13
755.615,09
26.482,47
471.597,77
3.749.378,46
Suministros
938.326,35
114.174,89
1.424,13
286.992,30
1.340.917,67
Obras
72.515,88
1.323,51
73.839,39
Otros
35.700,00
35.700,00
TOTAL
3.434.009,48
942.305,86
26.482,47
35.700,00
1.424,13
759.913,58
5.199.835,52
Por capítulos presupuestarios (euros, sin IVA)
cap.1
cap.2
cap.6
adjud.
OR-2014
adjud.
OR-2014
adjud.
OR-2014
Servicios
21
331.497,20
157.208,94
119
6.536.996,85
3.197.731,65
1
540.000,00
394.437,87
Suministr os
49
3.360.417,44
1.221.940,42
16
130.841,38
118.977,25
Obras
28
96.600,00
35.700,00
Otros
2
77.578,44
73.839,39
TOTAL
21
331.497,20
157.208,94
170
9.974.992,73
4.493.511,46
45
767.441,38
549.115,12
7.5.- A los datos anteriores hay que añadir otros 22 contratos no figurados en los cuadros, que se
deducen de la relación de facturas del ejercicio, por un importe de 464.006,45 euros de
obligaciones reconocidas: a) 15 contratos de suministro de tramitación centralizada, aplicados al
capítulo 6 por 341.132,51 euros; b) 3 contratos de suministro aplicados al capítulo 2, por 50.475,49
euros; y c) 4 contratos de servicios de mantenimiento de tramitación centralizada, aplicados al
capítulo 2, por 72.398,45 euros. Además, se aplicaron otros gastos al capítulo 2, no tramitados
mediante contrato, por importe de 545.740,00 euros, que corresponden principalmente al pago de
impuestos y a regularización del IVA, salvo un gasto por importe de 141.154,84 euros relativo al
servicio de vigilancia y seguridad de los edificios en un periodo entre dos contratos, pagado sin
tramitar el preceptivo expediente contractual.
7.6.- Se ha examinado por el Tribunal una muestra de 76 expedientes (de los cuales 28 son
contratos menores), que se identifican en el anexo 2. Suman 4,13 millones de euros en los
importes de adjudicación y 1,88 millones de euros en obligaciones reconocidas en 2014 (todas las
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 47
cifras sin IVA). En la muestra se comprende la documentación de expedientes adjudicados en
2014, así como la documentación relativa a algunos contratos adjudicados en años anteriores, con
obligaciones reconocidas en 2014.
7.7.- Se aprecia en general un control interno suficiente de la AEOBE sobre la actividad de
contratación. Los expedientes son formal y materialmente bastante completos, apreciándose la
constancia en casi todos ellos de la documentación exigida por la normativa contractual: memorias
justificativas del gasto, acuerdos de inicio, pliegos de cláusulas administrativas particulares y de
prescripciones técnicas, acuerdos de aprobación del expediente y de los pliegos, informes de la
Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada, documentos contables, documentos relativos a
la publicidad y a la promoción de concurrencia, actuaciones de la Mesa de contratación,
justificantes de pagos, etc. Los contratos que, según los expedientes, debían ser comunicados al
Tribunal de Cuentas, lo han sido en tiempo y forma.
7.8.- Sin perjuicio de lo anterior, se han observado algunas deficiencias de carácter general en los
expedientes examinados, de las que cabe destacar:
a) En gran parte de los expedientes, las memorias justificativas de la necesidad del contrato
no incluyen cálculos ni documentación relativos al presupuesto de contratación.
b) La documentación presentada por los licitadores para atender al requisito establecido por
el artículo 151.2 del TRLCSP no tiene fecha de entrada en la AEBOE, por lo que no se puede
comprobar el cumplimiento del plazo establecido para su presentación.
c) En ningún expediente consta el bastanteo de los poderes de representación que
acreditan la capacidad de obrar, sin que resulte suficiente a estos efectos que el Abogado del
Estado forme parte de las mesas de contratación8.
d) En los PCAP se indica que los medios admitidos para acreditar la solvencia económica y
técnica de las empresas son los recogidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP, pero no se indican
los valores mínimos exigidos para cada uno de ellos. Únicamente el expediente 2014/443 cumple
este requisito.
e) En las facturas de los contratos de suministro se estampa un sello que indica la recepción
de conformidad del mismo, pero no consta en los expedientes el acto formal de recepción que
establece la cláusula 15.6 de los PCAP, cuando resulta aplicable. Únicamente el expediente
2014/600 cumple este requisito.
7.9.- Como deficiencias particulares observadas en algunos expedientes, son relevantes las
siguientes:
a) En el expediente 2013/387, el acuerdo de adjudicación del contrato por el director de la
Agencia es del día anterior al informe de valoración de las ofertas y de la propuesta de adjudicación
firmada por el Subdirector de la Imprenta Nacional (véase el punto 6.34).
b) En los expedientes 2013/411 y 2014/519, los certificados de estar al corriente de las
obligaciones tributarias que presentan los adjudicatarios no son suficientes para contratar.
c) En el expediente 2014/521 falta la firma de la presidenta de la mesa de contratación en el
acta de la reunión y en la propuesta de adjudicación. El certificado de estar al corriente de las
obligaciones tributarias presentado es para recibir subvenciones, no para contratar.
8 En relación con las alegaciones a este inciso, cabe recordar la exigencia del requisito de capacidad de obrar para
contratar con el sector público (artículo 54.1 TRLCSP), cuya deficiencia determina su nulidad de pleno derecho
(artículo 32 TRLCSP). Por su parte, el artículo 21 del Reglamento de la LCSP establece que: “…los que
comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante al efecto”. Debido a la
importancia jurídica del bastanteo de los poderes aportados, se reserva dicha competencia a los Abogados del
Estado, con el carácter de acto administrativo (artículo 29 del Real Decreto 997/2003).
48 Tribunal de Cuentas
d) 9
7.10.- Por lo que se refiere a los 28 contratos menores examinados, no se han observado
incidencias significativas, cumpliéndose formalmente los requisitos establecidos en el artículo 111
del TRLCSP sobre este tipo de contratos, así como los contenidos en la Circular del 20 de octubre
de 2009, que regula el procedimiento de contratación de los suministros y servicios de la Imprenta
Nacional de la AEBOE.
7.11.- Son numerosos los contratos de adquisición de distintos tipos de papel, a través de
diferentes procedimientos y concentrados en cinco proveedores, como se observa en el siguiente
cuadro y en el anexo 3, sin que conste justificación de esa diversidad que, en principio, parece
evidenciar una insuficiente planificación de las necesidades en la adquisición de este material e
incluso posibles incumplimientos del artículo 86.2 del TRLCSP 10. De un total de 437.120,70 euros
destinados a esas adquisiciones en 2014, solo el 40% se gestionó mediante contratación por
procedimiento abierto, otro 31% se tramitó por contratos menores y un 29% por anticipos de Caja
fija. obligaciones reconocidas, euros
descripción
proc.abierto
menores
ACF
Total
270.03 Papel offset
99.101,15
74.728,63
66.496,82
240.326,60
270.04 Papel estucado
73.564,13
16.456,36
24.954,42
114.974,91
270.05 Papel semibiblia
0,00
20.661,55
11.652,55
32.314,10
270.06 Otros papeles y cartulinas
0,00
25.549,55
23.955,56
49.505,11
TOTAL
172.665,28
137.396,09
127.059,35
437.120,70
VII.B) Convenios y encomiendas de gestión, generadores de gastos
7.12.- Con soporte en los 6 convenios de colaboración vigentes en 2014, la AEBOE aplicó
474.911,20 euros de obligaciones reconocidas al capítulo 2 del presupuesto, sin que se hayan
apreciado incidencias significativas. Tres de ellos, que suman el 59% de las obligaciones
reconocidas por la AEBOE, corresponden a convenios con las Comunidades autónomas de
Cataluña, Galicia y País Vasco para la publicación normativa en las respectivas lenguas. Los otros
son: con la Abogacía General del Estado para la asistencia jurídica; con la FNMT para la prestación
de servicios técnicos en las comunicaciones; y con la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios para la gestión de la base de datos de la Real Farmacopea española.
7.13.- En 2014 se encontraban vigentes cinco encomiendas de gestión encargadas por la AEBOE,
sin que se hayan apreciado incidencias significativas, salvo la falta de previsión sobre la inviabilidad
jurídica de una obra proyectada, que constituyó el contenido de tres encomiendas a la empresa
pública SEGIPSA. Se trataba del acondicionamiento de la nave de la rotativa para almacén de
palets en el edificio de Avda. de Manoteras, que dio lugar a la encomienda 2013/334 para el
proyecto y dirección facultativa; la 2013/335 para la ejecución, gestión de la construcción y
seguridad y salud; y la 2014/604 para el levantamiento planimétrico. Por la primera de ellas se
reconocieron obligaciones por 18.782,63 euros en 2013 y 32.601,77 euros en 2014, mientras que
las otras dos se cancelaron por la imposibilidad de obtener la licencia municipal, sin que en estas
últimas consten pagos por la AEBOE.
9 Inciso suprimido a consecuencia de las alegaciones.
10 La AEBOE alega que muchos encargos requieren papeles especiales para tiradas muy reducidas, teniendo que
recurrir de forma excepcional a compras por caja fija de dichos materiales, que pueden no volver a ser usados en el
futuro, de forma que una eventual compra global podría resultar en la creación de stocks de papel con muy poca
salida. Esta justificación se considera aplicable a ciertos casos de los examinados, pero no en general.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 49
VII.C) Anticipos de Caja fija y pagos a justificar
7.14.- La regulación de los anticipos de caja fija en la AEBOE en 2014 se contiene en dos
Resoluciones del director de la Agencia, de 24 de enero y 2 de septiembre, que son conformes con
el Real Decreto 725/1989, de 16 de junio. De acuerdo con dicha normativa, el sistema de anticipos
de caja fija tiene por objeto la atención de gastos periódicos y repetitivos, tales como dietas, gastos
de locomoción, material no inventariable, conservación, tracto sucesivo y otros de similares
características. Entre otras disposiciones relativas al procedimiento a seguir, cabe destacar dos: a)
no pueden realizarse con cargo a este sistema pagos individualizados superiores a 5.000,00 euros,
excepto los destinados a gastos de teléfono, energía eléctrica, combustibles o indemnizaciones por
razón de servicio; y b) tampoco podrán acumularse en un solo justificante pagos que se deriven de
diversos gastos, ni fraccionarse un único gasto en varios pagos. El importe máximo autorizado por
la AEBOE para la disponibilidad de fondos destinados a este sistema fue de 360.000,00 euros, que
no se superó en ningún momento. El importe total de las obligaciones reconocidas fue de
488.126,46 euros, IVA excluido. Para la gestión del sistema se estableció una sola caja, con dos
subcajas autorizadas para mantener un pequeño saldo de efectivo destinado a cambios en ventas
de librería y vales de comedor.
7.15.- Varias aplicaciones presupuestarias se gestionaron íntegramente a través del sistema de
Anticipos de Caja fija, como se refleja en el siguiente cuadro, en el que se resumen las cifras más
significativas de la gestión del sistema en 2014 (euros):
aplicación presup.
OR-cap2
OR-ACF
%
221.99. Otros suministros
11.669,07
11.223,40
96,2
226.06. Reuniones, conferencias y cursos
18.046,79
18.046,79
100,0
231. Locomoción
10.926,49
10.926,49
100,0
233. Otras indemnizaciones
12.779,65
12.779,65
100,0
270.09. Suministros. Repuestos
63.678,85
59.526,85
93,5
270.10. Suministros. Otros materiales
36.534,90
36.534,90
100,0
270.11. Suministros. Envases y embalajes
17.030,93
17.030,93
100,0
270.17. Suministros. Tintas y barnices para libros
25.062,95
25.062,95
100,0
272.90. Adquisiciones de publicaciones destinadas a la venta
35.735,93
35.735,93
100,0
Otras aplicaciones gestionadas mayoritariamente por ACF
42.743,24
42.510,95
99,5
270.03. Papel offset
240.326,60
66.496,82
27,7
270.04. Papel estucado
114.974,91
24.954,42
21,7
270.05. Papel semibiblia
32.314,10
11.652,55
36,1
270.06. Otros papeles y cartulinas
49.505,11
23.955,56
48,4
270.12. Materias primas auxiliares de encuadernación
30.386,36
24.355,00
80,1
271.12. Mantenimiento, maquinaria, instalac., activid.industrial
234.341,90
21.172,44
9,0
Gastos ACF imputados a otras aplicaciones presupuestarias
n/a
46.160,83
n/a
TOTAL GASTOS TRAMITADOS POR EL SISTEMA DE ACF 488.126,46
7.16.- Se ha analizado por el Tribunal la totalidad de la documentación justificativa de los gastos
tramitados por este sistema, siendo los principales resultados los siguientes:
50 Tribunal de Cuentas
a) Se han detectado numerosas facturas pagadas a proveedores de papel por este sistema,
que no es el adecuado para ello y que evidencia posibles fraccionamientos de gasto. Esta
irregularidad ya fue señalada en el informe de la Intervención Delegada del ejercicio 2013.
b) Se han adquirido numerosos suministros en el año a las mismas empresas, sin que se
hayan tramitado los oportunos expedientes de contratación. Las de mayor volumen de pagos en
2014 son: dos empresas proveedoras de papel, por 66.067,96 euros y 33.240,49 euros,
respectivamente; y una de repuestos, por 28.201,63 euros.
c) Se observan numerosas facturas que corresponden a gastos por servicios o suministros
del ejercicio 2013.
d) Varios gastos por importe de 14.733,29 euros, que han sido imputados al subconcepto
presupuestario 226.06 “Reuniones, conferencias y cursos”, no responden a la clasificación
económica de dicho subconcepto, sino más propiamente a la del subconcepto 226.01 “Atenciones
protocolarias y representativas”, ya que se trata de comidas de protocolo, transporte e intérpretes
para visitas de delegaciones extranjeras, fiesta del niño, homenaje a jubilados, etc.
e) De los gastos aplicados al subconcepto 221.06 “Productos farmacéuticos y material
sanitario”, la mayor parte corresponde a la adquisición en cantidades elevadas de medicamentos
de uso general para enfermedades comunes y molestias leves, cuya necesidad no está justificada.
f) Las cuentas justificativas respetan en general los modelos normalizados establecidos, si
bien se han observado algunas omisiones de firmas y fechas
g) En cuanto a las indemnizaciones por razón del servicio, reguladas por el Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, y por la Resolución del director de la Agencia de 27 de enero de 2014;
de las 33 comisiones de servicio analizadas, en 17 no consta el anexo I, o no consta el programa o
la convocatoria del acto que motiva la comisión; en 16 no se respeta el plazo para el inicio de la
tramitación, de al menos diez días anterior a la fecha prevista para el desplazamiento; y en 10 se
observa la omisión del Anexo IV, o bien no está fechado o lleva fecha anterior a la realización de la
comisión de servicios.
7.17.- Por el sistema de pagos a justificar se tramitaron únicamente cuatro provisiones, por importe
total de 7.186,76 euros, de las que se justificaron gastos por 6.473,27 euros y se realizó un
reintegro de 713,49 euros. Examinadas las cuentas justificativas, no se han observado en general
incidencias relevantes, cumpliéndose los requisitos establecidos por el artículo 79 de la Ley
General Presupuestaria, por el Real Decreto 640/87 de 8 mayo y por la Orden de 23 diciembre
1987, que dicta normas de desarrollo y aplicación del mismo, así como por la Resolución de 1
marzo 2010 de la Dirección de la AEBOE por la que se regula el sistema de pagos a justificar.
Únicamente cabe señalar que uno de los gastos corresponde a la compra de 23 relojes para su
entrega a los trabajadores que se jubilaron en el 2014 y a los que cumplieron 25 años en la entidad,
que se imputó al subconcepto 226.99 “otros gastos diversos” por importe de 3.409,07 euros, y que
por su naturaleza resulta más propio del subconcepto 226.01 “Atenciones protocolarias y
representativas”.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 51
VIII.- ANÁLISIS DE EFICACIA, EFICIENCIA Y ECONOMÍA
VIII.A) Planificación estratégica. Análisis de eficacia
8.1.- De acuerdo con la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la Mejora de los
Servicios Públicos, que establece el marco de actuación de las Agencias estatales centrado en un
contrato plurianual de gestión y concretado en planes de acción anual, la Orden PRE/454/2014 de
17 de marzo aprobó el contrato de gestión plurianual de la AEBOE para el período 2013-2016, que
renovó el anterior, correspondiente al período 2009-2012.
8.2.- El contrato de gestión constituye el plan estratégico de la Agencia, que responde
satisfactoriamente a los requerimientos técnicos de un plan de esas características. Así, cabe
señalar:
a) La misión estratégica de la AEBOE se define por remisión al objeto, competencias y
funciones atribuidos a la Agencia por la disposición adicional segunda de la Ley 28/2006, que
autorizó su creación, y por su estatuto.
b) Se establecen tres objetivos estratégicos a medio plazo, coherentes con la misión y
compatibles entre sí, que cubren todos los aspectos significativos de la actividad de la Agencia.
c) Para lograr estos objetivos la Agencia desplegará su actividad a través de una serie de
planes de actuación, con un alcance temporal igual al del contrato de gestión. En el contrato 2013-
2016 se establecen 13 planes de actuación, de los cuales 8 se asocian a los tres objetivos
estratégicos y los otros 5 son de carácter horizontal, referidos a la gestión interna. A su vez, cada
plan de actuación tiene asociados una serie de programas y proyectos, que en total suman 52. La
concreción anual de los planes de actuación, mediante la fijación de los objetivos operativos de los
programas y proyectos asociados, darán lugar al plan de acción anual.
8.3.- En el anexo 4 se reproducen los principales elementos de la planificación estratégica de la
AEBOE, cuyos tres objetivos estratégicos a medio plazo son:
Objetivo 1: Cumplir eficientemente y en la forma legalmente prevista, el servicio público de publicidad
de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento jurídico considera que
deben ser publicados en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Objetivo 2: Llevar a cabo la máxima difusión de la legislación, ofreciendo servicios singularizados que
atiendan las necesidades específicas de información jurídica de los ciudadanos, profesionales,
empresas y otros clientes de la Agencia, y ser fuente y motor de la actividad económica ligada a la
gestión del conocimiento jurídico.
Objetivo 3: Ser la imprenta y el distribuidor "de referencia" de la Administración General del Estado y
sus organismos de derecho público para todo tipo de publicaciones oficiales, así como para realizar
todo tipo de trabajos que constituyen los fines de la Agencia y prestar dichos servicios a otras
administraciones públicas en los términos que se acuerden.
8.4.- Hay que considerar que, tanto en la estructura de la Agencia como en sus actividades, se
aprecia una marcada dualidad, cuya diferenciación resulta imprescindible para obtener una visión
objetiva de la Agencia, ya que en el marco de una única organización funcionan en la práctica dos
actividades muy distintas, con unas características peculiares: por un lado, una actividad moderna
de servicio público y, por otro, una actividad tradicional de carácter industrial y comercial. En efecto,
durante la vigencia del primer contrato de gestión (2009-2012) los esfuerzos de la Agencia se
dirigieron, prioritariamente, a la puesta en marcha y consolidación de la publicación electrónica de
los diarios oficiales con valor legal y a realizar los cambios en el sistema de producción,
organizativos, y de reasignación de recursos que ocasionó la supresión de la impresión y
distribución de los diarios en papel. Como consecuencia, en la actualidad conviven en la Agencia,
por un lado, gran parte de los recursos humanos y materiales adscritos a la Imprenta Nacional y a
la librería del BOE, con sus métodos tradicionales; y, por otro lado, los recursos asignados a las
modernas funciones de la Agencia, fundamentalmente basadas en avanzadas tecnologías.
52 Tribunal de Cuentas
Además, lógicamente, de los recursos dedicados a la gestión interna (personal, gastos, etc.), de
carácter horizontal.
8.5.- Esa dualidad se aprecia claramente en los objetivos estratégicos:
a) El objetivo 1 se refiere a la prestación del servicio público de publicidad de las normas
encomendado a la Agencia. Se trata de un servicio público esencial en un Estado de Derecho y de
un principio garantizado por el artículo 9.3 de la Constitución. Resulta, por lo tanto, elemento
esencial de la misión de la Agencia, e indispensable en su actividad.
b) El objetivo 2 participa de las características del objetivo 1, con un carácter
complementario aunque muy importante. En el momento actual, el principio constitucional de
publicidad de las normas no se puede considerar constreñido a un requisito puramente formal. Tras
las enormes posibilidades propiciadas por la evolución tecnológica, el Estado ha asumido que el
servicio público de publicidad de las normas exige superar el reducido ámbito de imprimir unos
boletines diarios y que se debe promover el acceso universal y gratuito de todos los ciudadanos al
conocimiento en general del ordenamiento jurídico y, en particular, de las normas que les afecten
más directamente. Esta concepción más amplia del servicio público de publicidad de las normas es
a la que se refiere este objetivo, atendido por la AEBOE a través de su página web, bases de datos
públicas, códigos de legislación, etc. Resulta igualmente elemento esencial de la misión de la
Agencia, e indispensable en su actividad.
c) El objetivo 3, por el contrario, se refiere a la actividad de imprenta y distribución “de
referencia” de publicaciones oficiales, una actividad instrumental e interna de la Administración que
se justifica coyunturalmente por las razones que se analizan en el epígrafe VIII.B.2), pero que no es
esencial ni indispensable en la configuración objetiva de la Agencia, ya que dicha actividad podría
ser cubierta por la Administración a través de otros medios. Similares características tiene también
la actividad de la Agencia relativa a la edición de obras y a la distribución y venta de publicaciones
en papel mediante la librería.
8.6.- La concreción de la planificación estratégica para el ejercicio fiscalizado se estableció en el
“Plan de acción de 2014” que establece 59 programas y proyectos, para cada uno de los cuales se
identifica su numeración y descripción, el objetivo estratégico u horizontal al que está asociado, el
resultado cuantificado a obtener, el plazo establecido, el indicador que mide el grado de
consecución del objetivo operativo, las unidades de la AEBOE que intervienen en su ejecución y la
ponderación en porcentaje que supone la actividad en el cálculo del cumplimiento global, así como
su distribución entre las seis unidades de la AEBOE.
8.7.- Los proyectos y programas establecidos en el plan de acción de 2014 no coinciden totalmente
con los aprobados en el contrato de gestión ni todos ellos se encuentran vinculados a los planes de
actuación. No obstante, el Tribunal considera que están correctamente definidos y son viables y
medibles tanto en la consecución de los objetivos operativos como en la identificación de las
unidades involucradas.
8.8.- Los proyectos y programas son comunicados al personal de cada unidad, estableciendo
objetivos individuales y específicos, coherentes con los de su unidad, a efectos de evaluar su
desempeño a efectos de la remuneración variable (véase los puntos 6.17 y siguientes). Los
responsables de las unidades analizan periódicamente los indicadores de cumplimiento y se emiten
informes al Comité de Dirección y al Área de Evaluación de la Gestión, que elabora periódicamente
el cuadro de mando y varios informes mensuales de seguimiento. Se aprecia, por lo tanto, un
adecuado control interno de dirección, gestión y seguimiento en la aplicación de la planificación
estratégica en la Agencia.
8.9.- Los objetivos estratégicos no están cuantificados específicamente, sino que se valoran de
modo conjunto a través del denominado “Índice General de cumplimiento de objetivos de la
Agencia” (IGA). Se trata de una fórmula de cálculo representativa de la evaluación global de la
gestión de la Agencia. En 2014 alcanzó un resultado del 97% (véase el anexo 4). Se obtiene con
carácter anual, mediante la ponderación de los resultados de diversos indicadores. La importancia
del IGA calculado se manifiesta en tres aspectos principales:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 53
a) Posibilita la exigencia de responsabilidad, apercibimiento o cese, por la gestión de los
órganos ejecutivos y el personal directivo, cuando el IGA sea inferior al 50%.
b) Es la variable a partir de la cual, mediante la fórmula aprobada en el contrato de gestión,
se calcula el importe máximo de la masa salarial de productividad e incentivos para el personal de
la Agencia.
c) Es un dato que se publica anualmente y que permite a los ciudadanos visualizar el
resultado de la gestión de la Agencia de forma concreta y evaluable.
8.10.- Los indicadores que conforman el IGA se consideran relevantes, son coherentes y medibles
y están en general relacionados con la actividad de la Agencia, si bien se aprecian algunas
omisiones y carencias que pueden disminuir su validez para la evaluación rigurosa del
cumplimiento de toda la actividad de la AEBOE. Así:
a) Algunos indicadores IGA no presentan una relación directamente apreciable con el
cumplimiento de los objetivos estratégicos, de forma que un buen resultado de estos indicadores no
permite asumir que se hayan cumplido en la misma proporción los objetivos estratégicos. Esta
insuficiencia se deriva en gran parte del hecho de que los objetivos estratégicos no están
cuantificados, y aunque los indicadores de los planes de acción anuales sí lo están, no hay una
asociación directa entre ellos y los indicadores IGA.11
b) Algunos planes de actuación no tienen asignado ningún indicador IGA, por lo que todos
los trabajos y resultados obtenidos en ese ámbito no tienen reflejo en la evaluación global de la
Agencia. Destaca, por ejemplo, el Plan Edictal Único. Tampoco hay indicadores IGA asociados a
los planes de actuación de carácter horizontal.
c) Todos los indicadores IGA son de eficacia, sin ninguna referencia a variables de
eficiencia o economía, incluidos los del objetivo 1, del que se desprende específicamente un
objetivo de eficiencia.
8.11.- Al margen de los indicadores IGA, en los planes de acción anuales se contemplan
indicadores internos relativos al cumplimiento de los objetivos asignados a los programas y
proyectos, que se utilizan para el control de la gestión y para el reparto de la productividad e
incentivos al personal. El resultado conjunto de estos indicadores en 2014 se calculó en un 95,22%,
similar al resultado del IGA. Al tratarse de indicadores más relevantes, completos y coherentes que
los indicadores IGA, parecen más adecuados que estos para la evaluación de la eficacia de la
Agencia.
8.12.- En el anexo 4 se resumen los resultados de eficacia de 2014 de la AEBOE, deducidos de los
indicadores IGA y en el anexo 5 los resultados de los indicadores internos de cumplimiento de
programas y proyectos. Los resultados presentan un alto grado de eficacia de los indicadores con
respecto a los objetivos establecidos, si bien se aprecia en varios casos una excesiva prudencia o
conformismo en las metas a alcanzar.
VIII.B) Análisis de eficiencia y economía
VIII.B.1) ANÁLISIS DE COSTES E INGRESOS DE LAS ACTIVIDADES
8.13.- En 2014 se realizó por la Agencia el cálculo de los indicadores de gestión establecidos en la
Resolución de 28 de julio de 2011 de la IGAE, por la que se regulan los criterios para la elaboración
de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria
11 Las alegaciones a este inciso se refieren a la asociación “indicadores IGA-valor IGA”, mientras que el Informe señala
que no hay asociación directa “indicadores IGA-indicadores planes de acción anuales”, lo que indirectamente afecta a
una correcta interpretación del cumplimiento de los objetivos estratégicos.
54 Tribunal de Cuentas
de las cuentas anuales del Plan General de Contabilidad Pública. Estos indicadores se obtienen de
la contabilidad analítica de la Agencia, que utiliza el sistema CANOA desarrollado por la IGAE. La
información obtenida de la contabilidad analítica resulta de la mayor utilidad para la toma de
decisiones, siempre que el sistema esté correctamente configurado y que la información sea
adecuada y fiable.
8.14.- Para el reparto de los costes la Agencia considera las siguientes cinco actividades, que
cubren los tres objetivos estratégicos del contrato de gestión:
1. Publicación del BOE
2. Publicación de los actos BORME
3. Publicación de anuncios BORME
4. Actividad industrial de la imprenta
5. Actividad de gestión editorial, información y difusión legislativa
8.15.- A juicio del Tribunal, la delimitación de las citadas actividades refleja de manera adecuada la
gestión real del organismo, salvo en la actividad 5, en la que se mezclan dos actividades muy
dispares: por un lado, la actividad de gestión editorial tradicional (edición, distribución,
almacenamiento y venta de publicaciones propias y ajenas); y, por otro lado, el servicio público de
información y difusión legislativa, que si bien una pequeña parte se plasma residualmente en
publicaciones tradicionales, su labor se desarrolla principalmente on line a través del
mantenimiento y acceso a las bases de datos, códigos electrónicos, etc.
8.16.- En cuanto al sistema de distribución de los costes por la Agencia, el 69% se realiza por
imputación directa del gasto a cada una de las actividades y el 31% de manera indirecta aplicando
los criterios de reparto establecidos: a) m2 de superficie para los gastos de suministros, limpieza,
seguridad y mantenimiento de instalaciones y construcciones; y b) personas equivalentes para el
material de oficina e informático no inventariable, teléfono, mantenimiento de mobiliario y de
equipos para procesos de información, primas de seguros y acción social. Se ha revisado por el
Tribunal el sistema y las imputaciones específicas de costes, tanto directos como indirectos,
apreciándose algunas omisiones de gastos y diferencias de criterio, pero de escasa relevancia, por
lo que los datos de la contabilidad analítica se consideran en general representativos, sin perjuicio
de la distorsión que provoca la inadecuada delimitación de la actividad 5 antes indicada. Hay que
señalar, por otra parte, que en la memoria de las cuentas anuales la Agencia solo presenta los
datos relativos a las actividades que generan ingresos por tasas, omitiendo los relativos al resto de
sus actividades (industrial de imprenta, gestión editorial, información y difusión legislativa, etc.) para
las que dispone de la misma información. Debería incorporarse esta información a la cuenta para
ofrecer una visión completa de sus actividades.
8.17.- En el siguiente cuadro se reproducen los principales datos agrupados del informe de
contabilidad analítica de 2014 elaborado por la Agencia, en miles de euros y sumando tanto los
costes directos como los indirectos. (miles de euros)
elementos de coste
Actividades (punto 8.14)
Total
1
2
3
4
5
PERSONAL (incluye becarios)
4.342,32
501,98
1.678,76
7.378,30
5.538,79
19.440,15
ADQUISICIÓN BIENES Y SERV.
530,13
8,86
22,13
1.365,51
436,08
2.362,72
SERVICIOS EXTERIORES
1.101,02
65,23
231,98
1.322,43
900,62
3.621,27
TRIBUTOS
54,86
5,03
19,90
105,54
71,04
256,38
AMORTIZACIONES
383,13
47,94
113,16
699,93
346,70
1.590,86
TOTAL
6.411,47
629,04
2.065,94
10.871,71
7.293,22
27.271,38
8.18.- Los datos más significativos que se deducen del cuadro anterior son:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 55
a) El principal elemento de coste son los gastos de personal, que constituyen el 71% del
total de costes de la organización, seguido por la contratación de servicios exteriores, el 13%, y la
adquisición de bienes y servicios, el 9%, correspondiendo el resto a tributos y amortizaciones del
inmovilizado. Respecto al ejercicio anterior hay un aumento del 1,2%.
b) En cuanto a los costes por actividades, destaca la 4 “actividad industrial de la imprenta”,
que representa el 40% del total de costes, seguida por la actividad 5 “gestión editorial, información
y difusión legislativa”, el 27%, y la actividad 1 “publicación del BOE”, el 24%. También la actividad 4
presenta una mayor importancia relativa (el 58%) en el elemento adquisición de bienes y servicios
sobre el total de esa categoría, lo que resulta lógico por la naturaleza de sus funciones.
8.19.- En el siguiente cuadro se comparan, por actividades, los costes y los ingresos, según los
datos contenidos en la contabilidad analítica: (miles de euros)
Actividades
costes
ingresos
diferencia
Publicación del BOE
6.411,47
11.976,93
5.565,46
Publicación de actos BORME
629,03
17.542,84
16.913,80
Publicación de anuncios BORME
2.065,94
6.533,11
4.467,17
Actividad industrial de la imprenta
10.871,71
3.202,44
-7.669,27
Gestión editorial, inform. y difus. legislativa
7.293,22
720,14
-6.573,07
TOTAL
27.271,38
39.975,47
12.704,10
8.20.- Destaca especialmente en el cuadro anterior la desproporción que se observa en la actividad
2 “publicación de actos BORME”, cuyos costes representan únicamente el 4% de sus elevados
ingresos, dando lugar a una diferencia positiva de 16,9 millones de euros. Presentan también
diferencias positivas las actividades 1 “publicación del BOE” y 3 “publicación de anuncios BORME”,
por importes de 5,6 y 4,5 millones de euros, respectivamente. La causa de estas diferencias de los
ingresos sobre los costes se encuentra en la excesiva cuantificación de las correlativas tasas
(véanse los puntos 5.2 y siguientes).
8.21.- Por el contrario, la actividad industrial de imprenta presenta una diferencia negativa de 7,7
millones de euros, debida principalmente a los costes de personal y al insuficiente nivel de
producción y facturación de la actividad. También presenta una diferencia negativa de 6,6 millones
de euros la actividad 5 “gestión editorial, información y difusión legislativa”, en cuya interpretación
deben tenerse en cuenta las consideraciones señaladas en el punto 8.15.
VIII.B.2) NATURALEZA DE LA AEBOE COMO MEDIO PROPIO
8.22.- Se han analizado las implicaciones de eficiencia y economía que se desprenden de la
consideración de la Agencia como medio propio de la Administración General del Estado en cuanto
se refiera a trabajos relacionados con su actividad, tanto los de imprenta tradicional (edición,
impresión en papel, encuadernación, distribución, etc.) como los generados por los avances
tecnológicos (edición electrónica, etc.). En principio, esta naturaleza de medio propio se estima
apropiada por el Tribunal, por dos motivos:
a) El abandono de la impresión en papel del BOE y del BORME liberó importantes recursos
humanos (al 31 de diciembre de 2014 permanecen 238 empleados de plantilla adscritos a la
imprenta, muchos de ellos especializados y con gran experiencia) y materiales (tecnología
avanzada, maquinaria, instalaciones, etc.), que representan un importante activo para la
Administración, pero también un alto coste. La falta de aprovechamiento de estos recursos
humanos y materiales supondría un grave perjuicio económico, organizativo y laboral tanto para la
AEBOE como para la Administración General del Estado.
56 Tribunal de Cuentas
b) La existencia de un medio propio eficaz y competente puede suponer un gran ahorro de
costes para la Administración, tanto por las economías de escala como por el aprovechamiento
general de los conocimientos y experiencia de personal especializado y de tecnología y medios
materiales avanzados; siempre y cuando no resulte más beneficioso, teniendo en cuenta todas las
variables, acudir a la contratación pública.
8.23.- Ahora bien, no cabe confundir los objetivos. El medio propio no debería enfocar su atención
a optimizar su propio beneficio, estableciendo tarifas no competitivas. Ello conduciría
inevitablemente a sobredimensionar ineficazmente su estructura y actividad, detrayendo recursos
públicos encomendados a otros órganos para sus respectivos fines. El verdadero objetivo del
medio propio se contrae a utilizar sus recursos del modo más eficaz, eficiente y económico posible,
no en su propio beneficio, sino en el de la Administración en su conjunto. En consecuencia, se
estima necesario que la actividad del medio propio descanse sobre estudios rigurosos de los que
se desprenda sin ningún género de dudas el beneficio y utilidad del mismo para la Administración
en general, comparando sus ventajas en términos de eficacia, organización, costes y tarifas, con
otras posibles soluciones alternativas, principalmente la contratación pública tradicional.
8.24.- En el caso de la AEBOE, las anteriores circunstancias no se encuentran suficientemente
formalizadas y justificadas, a pesar de que en el Informe para la Reforma de las Administraciones
Públicas (aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros del 21 de junio de 2013), se proponen
actuaciones encaminadas a concentrar un porcentaje significativo de los servicios de edición e
impresión de la Administración General del Estado en la AEBOE, especialmente los que superen
un determinado coste, garantizando precios competitivos. También en el apartado decimotercero
del Plan General de Publicaciones Oficiales para el año 2014 (aprobado por Acuerdo del Consejo
de Ministros del 17 de enero), se incluye una referencia expresa a dicho Informe.
8.25.- En particular, no resulta suficientemente justificada la amplitud con la que se recurre a la
subcontratación, a pesar del excedente de recursos de la imprenta12; ni el sobrecoste que supone
la misma para los clientes, en algunos casos desproporcionado; ni la competitividad en general de
las tarifas aprobadas. El coste en términos de recursos excedentes de la transición de los boletines
en papel a boletines electrónicos, que el Tribunal considera justificado por ser inherente e
imprescindible a la modernización del servicio público prestado por la AEBOE, no debería ser
exportado a los demás operadores de la Administración a través del exceso de costes para los
mismos por la facturación de los trabajos de la imprenta.
8.26.- Por otra parte, la inevitable generación de recursos excedentes por la modernización
tecnológica hace necesaria una política eficaz encaminada a la reubicación o el reciclaje del
personal excedente, bien a otras actividades de la propia AEBOE, o bien de otros órganos de la
Administración. A tal efecto, si bien se han realizado por la AEBOE algunas acciones encaminadas
a dicha finalidad, de la evolución del personal destinado en la imprenta y de la situación observada
en 2004 no se deducen resultados satisfactorios, permaneciendo un elevado volumen de recursos
poco aprovechados. Debería planificarse rigurosamente una configuración eficiente de la imprenta,
en la que se establezca un catálogo de los tipos de trabajo que realmente pueda abarcar con sus
propios medios, optimizando los recursos humanos y materiales necesarios para ello y explorando
las posibilidades de reubicación o reciclaje de los excedentes. Dada la importancia de este
problema, su progresiva solución debería constituir un objetivo específico de la Agencia,
registrando además claramente en la contabilidad analítica, por un lado, la rentabilidad del medio
propio así constituido y, por otro, con la debida separación, el coste y el aprovechamiento de los
recursos excedentes.
12 Aunque en alegaciones se niega que exista excedentes de recursos en la imprenta, los datos de personal y de
eficiencia expuestos en este Informe evidencian lo contrario (véanse, por ejemplo, los puntos 6.7, 6.8 y 8.21 y
siguientes). Todo ello sin perjuicio de que dicho excedente proceda de una actuación que el Tribunal considera muy
positiva (migración de los boletines oficiales en papel a edición electrónica) y de las acciones que viene realizando la
AEBOE para enfrentar y resolver el problema.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 57
8.27.- Parte de las consideraciones de los puntos anteriores resultan también aplicables a la
actividad editorial tradicional y de librería de la AEBOE, con un grado de actividad muy reducido, lo
que ha dado lugar también a recursos humanos y materiales excedentes, aunque en una escala
muy inferior a la de la imprenta.
IX.- ASPECTOS RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA 3/2007 PARA LA
IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES
9.1.- En el cuadro siguiente se refleja la información sobre la distribución de efectivos por género,
por departamentos y por naturaleza:
DEPARTAMENTOS
HOMBRES
%
MUJERES
%
TOTAL
DIRECCIÓN
0
0,0
3
100,0
3
SECRETARÍA GENERAL
32
47,8
35
52,2
67
GESTIÓN EDITORIAL
13
46,4
15
53,6
28
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
23
65,7
12
34,3
35
PROGRAMAC. EVALUAC. Y SEGUIM.GESTIÓN
18
47,4
20
52,6
38
RECURSOS HUMANOS
10
50,0
10
50,0
20
IMPRENTA NACIONAL
189
79,4
49
20,6
238
TOTAL
285
66,4
144
33,6
429
PERSONAL FUNCIONARIO
35
44,3
44
55,7
79
PERSONAL LABORAL
250
71,4
100
28,6
350
efectiva de mujeres y hombres, establece que “a los efectos de esta Ley, se entenderá por
composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se
refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta
por ciento”. Los datos mostrados en el cuadro anterior ponen de manifiesto en la AEBOE una
situación equilibrada en la mayoría de los departamentos, salvo en la imprenta, en la que la
presencia de mujeres apenas alcanza a un 21%, situación que se explica por la tradicional
discriminación sufrida por ellas en las actividades de carácter industrial. También se aprecia un
desequilibrio (66%-34%) en el departamento de tecnologías de la información, en cuya actividad no
concurre la misma explicación.
9.3.- Según la información facilitada, la AEBOE ha adoptado numerosas medidas en materia de
igualdad desde que se publicó la ley orgánica y el I Plan de Igualdad entre mujeres y hombres de la
Administración General del Estado, en febrero 2014:
Nombramiento de tribunales de selección de personal con atención a la paridad de género,
en la medida de lo posible.
Incorporación en los programas de los distintos procesos selectivos del epígrafe "Políticas
de promoción de la paridad de género en las Administraciones Públicas”.
Adaptación de las denominaciones de los puestos de trabajo para evitar el uso sexista del
lenguaje.
Puesta en marcha y seguimiento de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y
laboral.
Adopción de medidas adecuadas ante posibles situaciones que requieren una especial
protección.
58 Tribunal de Cuentas
Inclusión de la perspectiva de género en la elaboración de informes.
Desarrollo de los protocolos de actuación frente al acoso laboral, acoso sexual y acoso por
razón de sexo.
Inclusión de cursos en materia de igualdad en el Plan de Formación 2013-2014.
Creación de espacio en la intranet dedicado a la igualdad entre mujeres y hombres.
Solicitud al Servicio Público de Empleo de que en la preselección de aspirantes a los
contratos para la formación y el aprendizaje, con categoría de peón, se seleccionara el
mismo número de mujeres que de hombres.
Inclusión de una cláusula en los pliegos de contratación, de preferencia en la adjudicación a
las empresas que estén llevando a cabo medidas que promuevan la igualdad efectiva entre
hombres y mujeres en el mercado de trabajo, siempre que dichas proposiciones igualen en
sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de
base para la adjudicación.
9.4.- Se ha constituido también una Comisión de Igualdad, conforme al artículo 6 del convenio
colectivo de la AEBOE, cuyas competencias son las de velar por el desarrollo y cumplimiento de
la legislación para la igualdad y evitar la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Dicha Comisión
fomentará la transversalidad del enfoque de género en todas las unidades de la Agencia y podrá
elevar, en su caso, propuestas de corrección de las circunstancias discriminatorias al órgano
pertinente para la corrección de las mismas. En la intranet de la Agencia se publican las
recomendaciones que efectúe la Comisión de Igualdad, además de la legislación sobre dicho
ámbito, artículos, boletines, planes, informes, enlaces a web de recursos de apoyo y prevención,
etc.
9.5.- En las comprobaciones efectuadas en las distintas áreas, no se ha observado por el Tribunal
ningún incumplimiento relevante de la ley orgánica de igualdad.
X.- CONCLUSIONES
Opinión sobre la representatividad de las cuentas
10.1.- El Tribunal de Cuentas considera que los estados financieros rendidos por la AEBOE
correspondientes al ejercicio 2014 expresan adecuadamente la imagen fiel del patrimonio y de la
situación financiera de la entidad fiscalizada, de acuerdo con el marco de información financiera
aplicable y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo, sin
perjuicio de la limitación que se expresa en el siguiente punto y de algunas incidencias detectadas
en la fiscalización, que no afectan sustancialmente a la representatividad general de las cuentas
rendidas. [punto 3.1 y puntos 3.2 a 3.46]
Limitaciones
10.2.- En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras se ha producido una limitación al llevar a
cabo las pruebas conducentes a verificar los saldos y autorizaciones de las cuentas bancarias de la
AEBOE, a consecuencia de la falta de colaboración de una entidad bancaria, que no ha respondido
a las reiteradas solicitudes de información. Esta limitación se ha superado en gran parte mediante
pruebas alternativas, pero dada la naturaleza e importancia de estas comprobaciones no se puede
asegurar su total conformidad. En el resto de la fiscalización no se han presentado limitaciones y el
personal de la Agencia ha prestado toda la colaboración que le ha sido requerida por el Tribunal de
Cuentas. [punto 4.3]
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 59
Remanente de tesorería
10.3.- El Remanente de tesorería calculado al cierre del ejercicio 2014 ascendió a 104,3 millones
de euros, un 13% inferior al de 2013 (120,6 millones). A pesar de esta modesta reducción, el
Remanente de tesorería de la AEBOE sigue siendo desproporcionado por excesivo. Supone el
182% de los gastos de gestión ordinaria, y el 389% si se exceptúa la transferencia anual al Estado
de 30,4 millones de euros analizada en el punto 5.5 y conclusión 10.9. El Tribunal de Cuentas viene
recomendando en sus Declaraciones anuales sobre la Cuenta General del Estado que se tomen
las medidas necesarias para reducir los remanentes de tesorería de los organismos públicos,
magnitud que no debería exceder del importe de sus presupuestos de gastos. En el caso de la
AEBOE, descartando la citada transferencia anual al Estado, el Remanente de tesorería no debería
superar un volumen de alrededor de 30 millones de euros. [puntos 3.29 y 3.30]
Análisis del control interno
10.4.- En general, se aprecia en la AEBOE un adecuado sistema de control interno, que cuenta con
un buen sistema de planificación y control de la gestión y que garantiza razonablemente la
salvaguarda de los activos y recursos de la entidad, otorga fiabilidad a los registros contables y
asegura el funcionamiento de la organización de acuerdo con la normativa de aplicación y con los
principios de buena gestión. Todo ello sin perjuicio de algunas debilidades concretas apreciadas en
la fiscalización por el Tribunal, que se exponen en este Informe, con especial incidencia en el
inventario de inmovilizado y en la valoración de existencias. [puntos 2.1 a 2.9]
Tesorería
10.5.- Se aprecia en general un control suficiente y una gestión adecuada de la Tesorería por parte
de la AEBOE, sin perjuicio de las incidencias de importancia señaladas en las conclusiones 10.2 y
10.3, así como de otras de menor relevancia detalladas en el informe. [puntos 4.1 a 4.13]
Gestión de las tasas por publicación de anuncios en el BOE y BORME y por actos BORME
10.6.- Los principales ingresos de la AEBOE corresponden a las tasas por la publicación de
anuncios en el BOE y por la publicación de anuncios y de actos en el BORME, que en conjunto
sumaron 36,1 millones de euros, lo que supone el 90% del total de derechos reconocidos por la
AEBOE en 2014. Su simple comparación con los 26,7 millones de euros de total gastos de gestión,
descartando la transferencia al Estado (conclusión 10.9), refleja de manera concluyente la excesiva
cuantificación de estas tasas, contraria a los artículos 7 y 19 de la Ley 8/1989, de Tasas y Precios
Públicos, en relación con la obligatoriedad de considerar el principio de equivalencia en la
determinación de las cuantías de las tasas. Además, no se ha elaborado la memoria económico-
financiera que exige el artículo 20 de la citada Ley, sobre el coste o valor del recurso o actividad de
que se trate y sobre la justificación de la cuantía de la tasa propuesta. [puntos 5.4 a 5.7]
10.7.- Aunque en el contrato de gestión para 2013-2016, figura el programa “Estudio y modificación
del sistema actual de tasas” para adecuar sus importes como consecuencia de la aplicación de
nuevas tecnologías en la publicación del BOE y del BORME, lo cierto es que hasta la fecha no se
ha producido ningún resultado sobre dicho asunto. [punto 5.8]
10.8.- Por otra parte, según los apartados tercero.3 y sexto.3 de la Orden de 30 de septiembre de
1999, a los importes calculados de las tasas BOE y BORME se les aplicará el IVA correspondiente.
Esta previsión es contraria al artículo 7, apartado 8º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido, que declara no sujetas a dicho impuesto “Las entregas de bienes
y prestaciones de servicios realizadas directamente por las Administraciones Públicas sin
contraprestación o mediante contraprestación de naturaleza tributaria” (como es el caso de las
tasas), considerándose Administraciones Públicas a estos efectos, entre otros organismos, a las
Agencias estatales. [punto 5.11]
60 Tribunal de Cuentas
10.9.- La cuantificación de estas tasas por encima de los costes reales del servicio, genera
anualmente un exceso de recaudación que financia una transferencia anual al presupuesto del
Estado (programa 000X) de 30,4 millones de euros (superior incluso a los propios gastos de
gestión de la Agencia), lo que constituye de facto un ingreso para el presupuesto estatal derivado
de un exceso recaudatorio no permitido por la Ley 8/1989. [punto 5.5]
Ingresos por facturación de la imprenta
10.10.- Los derechos reconocidos por facturación de la imprenta de la AEBOE ascendieron en
2014 a 3,2 millones de euros. Se formalizaron mayoritariamente mediante encomiendas de gestión,
dado que, conforme al artículo 29.5 de su estatuto, la AEBOE tiene la consideración de medio
propio instrumental de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de
derecho público para la edición, publicación, distribución y venta en las materias que constituyen
sus fines. En el estatuto se atribuye la competencia para la aprobación de las tarifas al Consejo
Rector de la Agencia, regulación que es contraria al artículo 24.6 del TRLCSP, del cual se
desprende que la aprobación de las tarifas es competencia de la entidad pública de la que dependa
el medio propio, que en este caso, según el artículo 5.1 de su estatuto, es el Ministerio de la
Presidencia. [puntos 5.27 a 5.29]
10.11.- Se han observado diversas incidencias en el análisis practicado sobre una muestra de
encomiendas de gestión tramitadas como medio propio, de las que cabe destacar: [puntos 5.30 y 5.31]
a) La formalización de las encomiendas resulta muy heterogénea en sus contenidos
contractuales y formalidades administrativas, si bien esta incidencia viene causada por la
diversidad de procedimientos en los organismos encomendantes, deficiencia que ha sido puesta de
manifiesto por el Tribunal repetidamente en sus informes.
b) Es muy frecuente el recurso a la subcontratación de todo o de parte del encargo. Sobre el
coste de la subcontratación se aplicaron en algunos casos recargos superiores al 8% previsto en
las tarifas aprobadas. Es frecuente que la factura al cliente institucional exceda notablemente el
coste externo asumido por la AEBOE, debido al efecto acumulado de la aplicación de tarifas
superiores al coste de la subcontratación, más el recargo establecido del 8%. En un caso de los
examinados por el Tribunal, el exceso facturado llegó al 55% del coste de la subcontratación, y en
otros dos casos superó el 30%.
Ingresos por venta de publicaciones y otros ingresos
10.12.- Por ventas de publicaciones se contabilizaron en 2014 derechos reconocidos por importe
de 0,5 millones de euros, con un incremento del 23% respecto al ejercicio anterior. La AEBOE
comercializa a través de su librería tanto sus propios productos editoriales (el 89% de los ingresos
en 2014) como otras publicaciones editadas por organismos oficiales y Administraciones Públicas
(el 11%). El 64% de las ventas se formalizaron en la tienda física (calle Trafalgar), el 20% mediante
el envío a distribuidores, el 15% a través de la tienda virtual de la página web y el 1% a través de
librerías asociadas. Se contabilizaron derechos también por las suscripciones a la base de datos de
la Real Farmacopea Española (0,2 millones de euros) y otros ingresos por menores importes que
corresponden a la venta de papelote y materiales de desecho originados en la imprenta, al servicio
de documentación y al servicio de comedor. Sobre el conjunto de estos ingresos no se han
detectado deficiencias relevantes. [puntos 5.34 a 5.41]
Gastos de personal
10.13.- Los efectivos de personal con referencia al 31 de diciembre de 2014 sumaban 429
empleados, de los cuales 79 eran funcionarios (6 de ellos personal directivo) y 350 laborales (7 de
ellos fuera de convenio). Del personal laboral fijo, 237 empleados (el 70%) prestan sus servicios en
la imprenta. Además se formalizaron 10 contratos en la modalidad de “formación y aprendizaje”. En
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 61
los dos contratos de gestión aprobados para la AEBOE (el primero para el periodo 2009-2012 y el
segundo para el periodo 2013-2016), se establece un compromiso para la reducción de efectivos,
así como la congelación de la oferta de empleo público en ambos periodos. La evolución de los
efectivos de la AEBOE en esos años es coherente en general con el cumplimiento de dicho
compromiso, ya que se ha reducido el número de empleados en 85 personas en el periodo 2009-
2015, debido fundamentalmente a jubilaciones cuyas vacantes se han cubierto solo en parte. En la
gestión administrativa de los expedientes de personal se han observado algunas deficiencias poco
relevantes. [puntos 6.5 a 6.8]
10.14.- El importe total bruto de las nóminas de la AEBOE en 2014 ascendió a 14,9 millones de
euros. Sumando la cuota patronal y otros gastos de personal formalizados al margen de la nómina,
el total de los costes de personal de la AEBOE imputados a presupuesto fue de 18,9 millones. En el
examen del Tribunal sobre todos los conceptos de gasto, tanto los acreditados en nómina como los
gestionados al margen de la misma, así como los descuentos y liquidaciones practicados, la
gestión de anticipos al personal, los 10 contratos de formación y las 6 becas concedidas, no se han
observado deficiencias especialmente significativas, sin perjuicio de las conclusiones que siguen
sobre los complementos e incentivos de productividad al personal funcionario y laboral. [puntos 6.14 a
6.16]
10.15.- El artículo 24 del estatuto de la AEBOE establece un “complemento de productividad” para
el personal funcionario y un concepto equivalente para el personal laboral, vinculados en todo caso
al cumplimiento de los objetivos fijados en el contrato de gestión. La AEBOE ha diseñado un
sistema de valoración individual del rendimiento de los empleados en función de tres factores
(cumplimiento de objetivos de la unidad, valoración del rendimiento individual y asistencia), que se
considera adecuado por el Tribunal. Sin embargo, únicamente se ha acreditado que dicho sistema
se aplicó en el reparto del incentivo de productividad al personal laboral de convenio y en un
escaso porcentaje (el 15%) del complemento de productividad a funcionarios:
a) No consta que el 85% de la productividad a funcionarios y el incentivo de productividad
acreditado al personal laboral fuera de convenio se encuentre vinculado al cumplimiento de
objetivos, como requieren el estatuto de la Agencia y el contrato de gestión. Por otro lado, los
importes acreditados al personal laboral fuera de convenio superan los porcentajes máximos
establecidos en sus correspondientes contratos. De las gratificaciones extraordinarias, el 80% de
su importe se acreditó al personal directivo y el 20% a otros 21 funcionarios, sin que se aclaren ni
justifiquen los motivos por los que se acreditan estas gratificaciones. [puntos 6.22 a 6.28]
b) Por otra parte, en el convenio colectivo se contemplan otros complementos cuya
denominación induce a error, entre los que cabe destacar el “complemento de productividad” y la
“paga de beneficios”. Ninguno de ellos guarda relación, a pesar de su denominación, con el
cumplimiento de objetivos ni con los resultados económicos de gestión de la Agencia, así como
tampoco con el rendimiento individual de los trabajadores. Se trata de complementos de cuantía
proporcional a los niveles retributivos, el primero determinado en una tabla del convenio y el
segundo cuantificado en el 8% del total anual de las retribuciones de cada trabajador en el año
inmediatamente anterior. [puntos 6.27 a 6.30]
Otros gastos
10.16.- Examinada por el Tribunal una muestra representativa de expedientes de contratación, se
aprecia en general un control interno suficiente de la AEOBE sobre esta actividad. Los expedientes
son formal y materialmente bastante completos, apreciándose la constancia en casi todos ellos de
la documentación exigida por la normativa contractual. Tampoco sobre los convenios y
encomiendas de gestión generadores de gastos para la AEBOE se han observado incidencias
significativas. Sin perjuicio de lo anterior, se han observado algunas deficiencias de carácter
general en los expedientes contractuales examinados, de las que cabe destacar: [puntos 7.6 a 7.11]
a) En gran parte de los expedientes, las memorias justificativas de la necesidad del contrato
no incluyen cálculos ni documentación relativos al presupuesto de contratación. En ningún
62 Tribunal de Cuentas
expediente consta el bastanteo de los poderes de representación que acreditan la capacidad de
obrar, sin que resulte suficiente a estos efectos que el Abogado del Estado forme parte de las
mesas de contratación. En algunos expedientes los certificados de estar al corriente de las
obligaciones tributarias que presentan los adjudicatarios no son suficientes para contratar.
b) Son numerosos los contratos de adquisición de distintos tipos de papel, a través de
diferentes procedimientos, sin que conste justificación de esa diversidad que, en principio, parece
evidenciar una insuficiente planificación de las necesidades en la adquisición de este material e
incluso posibles incumplimientos del artículo 86.2 del TRLCSP. De un total de 437.120,70 euros
destinados a esas adquisiciones en 2014, solo el 40% se gestionó mediante contratación por
procedimiento abierto, otro 31% se tramitó por contratos menores y un 29% por anticipos de Caja
fija.
Anticipos de Caja fija y pagos a justificar
10.17.- El control interno establecido sobre estos sistemas se considera en general suficiente con
respecto a la gestión de los fondos y las formalidades de las cuentas justificativas, sin perjuicio de
las deficiencias observadas por el Tribunal en el examen de las cuentas y de sus justificantes,
siendo los principales resultados los siguientes: [punto 7.15]
a) Se observan numerosas facturas relativas a adquisiciones de papel sin la tramitación de
contratos, que ponen de manifiesto posibles fraccionamientos de gasto, irregularidad que ya fue
señalada en el informe de la Intervención Delegada del ejercicio 2013.
b) En varios gastos se observaron distintas incidencias, en general de importe poco
representativo o puramente formales. Destaca sin embargo la imputación inadecuada a diversos
subconceptos presupuestarios de varios gastos que deberían haberse aplicado al subconcepto
226.01 “Atenciones protocolarias y representativas”.
Planificación estratégica. Análisis de eficacia
10.18.- El contrato de gestión de la AEBOE aprobado para el período 2013-2016, constituye el plan
estratégico de la Agencia, que responde satisfactoriamente a los requerimientos técnicos de un
plan de esas características. Se establecen en el mismo tres objetivos estratégicos a medio plazo
que cubren todos los aspectos significativos de la actividad de la Agencia. Para lograr esos
objetivos se definen 13 planes de actuación, con un alcance temporal igual al del contrato de
gestión y, a su vez, cada plan de actuación tiene asociados una serie de programas y proyectos,
que en total suman 52. La concreción anual de los objetivos operativos de los programas y
proyectos, dan lugar al plan de acción anual. [puntos 8.1 y 8.2]
10.19.- Tanto en la estructura de la Agencia como en sus actividades, se aprecia una marcada
dualidad, cuya diferenciación resulta imprescindible para obtener una visión objetiva de la Agencia,
ya que en el marco de una única organización funcionan en la práctica dos actividades muy
distintas, con unas características peculiares, que se aprecia claramente en los objetivos
estratégicos: [punto 8.4]
a) El objetivo 1 se refiere a la prestación del servicio público de publicidad de las normas
encomendado a la Agencia. Se trata de un servicio público esencial en un Estado de Derecho y de
un principio garantizado por el artículo 9.3 de la Constitución. Resulta, por lo tanto, elemento
esencial de la misión de la Agencia, e indispensable en su actividad.
b) El objetivo 2 participa de las características del objetivo 1, con un carácter
complementario aunque muy importante. Se trata de ampliar el alcance del principio constitucional
de publicidad de las normas mediante su difusión a través de la página web de la AEBOE, bases
de datos públicas, códigos de legislación, etc. Resulta igualmente elemento esencial de la misión
de la Agencia, e indispensable en su actividad.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 63
c) El objetivo 3, por el contrario, se refiere a la actividad de imprenta y distribución de
publicaciones oficiales, una actividad instrumental e interna de la Administración que se justifica
coyunturalmente, pero que no es esencial ni indispensable en la configuración objetiva de la
Agencia, ya que la Administración puede cubrir esa actividad por otros medios. Similares
características tiene también la actividad comercial de la Agencia relativa a la edición de obras en
papel y a la librería.
10.20.- Los objetivos estratégicos no están cuantificados específicamente, sino que se valoran de
modo conjunto a través del denominado “Índice General de cumplimiento de objetivos de la
Agencia” (IGA). Se obtiene con carácter anual, mediante la ponderación de los resultados de
diversos indicadores, que se consideran por el Tribunal relevantes, coherentes y medibles, si bien
se aprecian algunas omisiones y carencias que pueden disminuir su validez para la evaluación
rigurosa del cumplimiento de toda la actividad de la AEBOE, ya que algunos indicadores no
presentan una relación directamente apreciable con el cumplimiento de los objetivos estratégicos,
algunos planes de actuación no tienen asignado ningún indicador IGA y todos los indicadores son
de eficacia, sin ninguna variable de eficiencia o economía. [puntos 8.9 y 8.10]
10.21.- La concreción de la planificación estratégica para el ejercicio fiscalizado se estableció en el
“Plan de acción de 2014” mediante 59 programas y proyectos, que no coinciden totalmente con los
aprobados en el contrato de gestión ni todos ellos se encuentran vinculados a los planes de
actuación. No obstante, el Tribunal considera que están correctamente definidos y son viables y
medibles tanto en la consecución de los objetivos operativos como en la identificación de las
unidades involucradas. En los planes de acción anuales se contemplan indicadores internos
relativos al cumplimiento de los objetivos asignados a los programas y proyectos, que se utilizan
para el control de la gestión y para el reparto de la productividad e incentivos al personal. Al
tratarse de indicadores más relevantes, completos y coherentes que los indicadores IGA, parecen
más adecuados que estos para la evaluación de la eficacia de la Agencia. En el anexo 4 se
resumen los resultados de eficacia de 2014 de la AEBOE, deducidos de los indicadores IGA y en el
anexo 5 los resultados de los indicadores internos de cumplimiento de programas y proyectos. Los
resultados presentan un alto grado de eficacia, si bien se aprecia en algunos casos una excesiva
prudencia o conformismo en las metas a alcanzar. [puntos 8.6, 8.7, 8.11 y 8.12]
Análisis de costes e ingresos de las actividades
10.22.- En 2014 se realizó por la Agencia el cálculo de los indicadores de gestión establecidos en la
Resolución de 28 de julio de 2011 de la IGAE, obtenido de la contabilidad analítica de la Agencia,
Para el reparto de los costes la Agencia considera cinco actividades, que cubren los tres objetivos
estratégicos del contrato de gestión y que, a juicio del Tribunal representan adecuadamente la
gestión de la Agencia, con la salvedad de que en la actividad 5, se mezclan dos tipos de gestión
muy dispares: por un lado, la actividad de gestión editorial y, por otro lado, el servicio público de
información y difusión legislativa, que si bien se plasma residualmente en publicaciones
tradicionales en papel, su labor se desarrolla principalmente on line a través del mantenimiento y
acceso a las bases de datos, códigos electrónicos, etc. [puntos 8.13 y 8.14]
10.23.- Hay que señalar, por otra parte, que en la Memoria de las cuentas anuales, la Agencia solo
presenta los datos relativos a las actividades que generan ingresos por tasas, omitiendo los
relativos al resto de sus actividades (industrial de imprenta, gestión editorial, información y difusión
legislativa, etc.) para las que se dispone de la misma información. [puntos 8.15 y 8.16]
10.24.- Del informe de contabilidad analítica de 2014 elaborado por la Agencia se deducen como
datos de coste más significativos los siguientes: a) el principal elemento de coste son los gastos de
personal, que constituyen el 71% del total de costes de la organización; b) En cuanto a los costes
por actividades, destaca la “actividad industrial de imprenta”, que representa el 40% del total de
costes, seguida por la actividad “gestión editorial, información y difusión legislativa”, el 27%, y la
actividad “publicación del BOE”, el 24%. También la actividad de imprenta presenta una mayor
64 Tribunal de Cuentas
importancia relativa (el 58%) en el elemento adquisición de bienes y servicios, debido a la
naturaleza industrial de sus funciones. [puntos 8.17 y 8.18]
10.25.- Comparando los costes por actividades con sus ingresos, destaca la desproporción que se
observa en la actividad “publicación de actos BORME”, cuyos costes representan únicamente el
4% de sus elevados ingresos, dando lugar a una diferencia positiva de 16,9 millones de euros.
Presentan también diferencias positivas las actividades “publicación del BOE” y “publicación de
anuncios BORME”, por importes de 5,6 y 4,5 millones de euros, respectivamente. La causa de
estas diferencias de los ingresos sobre los costes se encuentra en la excesiva cuantificación de las
correlativas tasas (conclusiones 10.6 y siguientes). Por el contrario, la “actividad industrial de
imprenta” y la actividad “gestión editorial, información y difusión legislativa” presentan déficit de 7,7
y 6,6 millones de euros, respectivamente. [puntos 8.19 a 8.21]
Naturaleza de la AEBOE como medio propio
10.26.- La naturaleza de medio propio de la AEBOE en cuanto se refiera a trabajos relacionados
con su actividad, se estima apropiada coyunturalmente por el Tribunal, por dos motivos: a) los
importantes recursos humanos y materiales liberados por el abandono de la impresión en papel del
BOE y del BORME, cuya falta de aprovechamiento supondría un grave perjuicio económico,
organizativo y laboral tanto para la AEBOE como para la Administración General del Estado; y b) el
ahorro de costes que puede suponer para la Administración disponer de un medio propio eficaz y
competente, tanto por las economías de escala como por el aprovechamiento general de los
conocimientos y experiencia de personal especializado y de tecnología y medios materiales
avanzados; siempre y cuando no resulte más beneficioso, teniendo en cuenta todas las variables,
acudir a la contratación pública. [punto 8.22]
10.27.- El verdadero objetivo de un medio propio se contrae a utilizar sus recursos del modo más
eficaz, eficiente y económico posible, no en su propio beneficio, sino en el de la Administración en
su conjunto. En el caso de la AEBOE, las anteriores circunstancias no se encuentran
suficientemente formalizadas y justificadas. En particular, no resulta suficientemente justificada la
amplitud con la que se recurre a la subcontratación, a pesar del excedente de recursos de la
imprenta; ni el sobrecoste que supone la misma para los clientes, en algunos casos
desproporcionado; ni la competitividad en general de las tarifas aprobadas. Por otra parte, tampoco
se aprecia una evolución satisfactoria del personal destinado en la imprenta en cuanto a la
reubicación o el reciclaje del personal excedente. Parte de estas consideraciones resultan
igualmente aplicables a la actividad editorial tradicional y de librería de la AEBOE, lo que ha dado
lugar también a recursos humanos y materiales excedentes, aunque en una escala muy inferior a la
de la imprenta. [puntos 8.23 a 8.27]
Aspectos relativos al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres
10.28.- La distribución del personal de la AEBOE por género ponen de manifiesto una situación
equilibrada en la mayoría de los departamentos, salvo en la imprenta, en la que la presencia de
mujeres apenas alcanza a un 21%, situación que se explica por la tradicional discriminación sufrida
por ellas en las actividades de carácter industrial. También se aprecia un desequilibrio en el
departamento de tecnologías de la información, en cuya actividad no concurre la misma
explicación. Según la información facilitada, desde que se publicó la citada ley orgánica y el I Plan
de Igualdad entre mujeres y hombres de la Administración General del Estado, en febrero 2014, la
AEBOE ha desarrollado diversas actuaciones tendentes a garantizar el cumplimiento de esta
normativa. En las comprobaciones efectuadas en las distintas áreas, no se ha observado por el
Tribunal ningún incumplimiento relevante de la ley orgánica de igualdad. [puntos 9.2 a 9.5]
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, ejercicio 2014 65
XI.- RECOMENDACIONES
11.1.- Se recomienda al Ministerio de la Presidencia una revisión de las cuantías de las tasas por
publicación de anuncios en el BOE y de anuncios y actos en el BORME, al objeto de cumplir con la
obligatoriedad de considerar el principio de equivalencia, conforme a los artículos 7 y 19 de la Ley
8/1989, de Tasas y Precios Públicos.
11.2.- Se recomienda al Gobierno que se deje de incluir en el presupuesto de la AEBOE la
transferencia anual al presupuesto del Estado (programa 000X), ya que se trata de un recurso
derivado de un exceso recaudatorio no permitido por la Ley 8/1989, de Tasas y Precios Públicos.
11.3.- Se reitera la recomendación que el Tribunal de Cuentas viene efectuando en sus
Declaraciones anuales sobre la Cuenta General del Estado para que se tomen las medidas
necesarias para reducir los remanentes de tesorería de los organismos públicos, magnitud que no
debería exceder del importe de sus presupuestos de gastos. En el caso de la AEBOE, el
Remanente de tesorería no debería superar un volumen de alrededor de 30 millones de euros.
11.4.- Se recomienda a la AEBOE la revisión del sistema de acreditación de los complementos e
incentivos de productividad, tanto para el personal funcionario como el personal laboral, de manera
que su cuantificación individual se encuentre vinculada en todo caso al cumplimiento de los
objetivos fijados en el contrato de gestión y al rendimiento individual. Para ello se estima adecuada
la aplicación generalizada del propio sistema diseñado al efecto por la Agencia a todos los
empleados (incluyendo al personal directivo y al personal laboral fuera de convenio), con las
posibles adaptaciones objetivas que, en su caso, se requieran.
11.5.- Se recomienda a la AEBOE que se adopten las medidas necesarias para fortalecer el control
interno y subsanar adecuadamente las debilidades del mismo puestas de manifiesto en este
Informe, así como para corregir las deficiencias formales y materiales de gestión advertidas en el
mismo y evitar en el futuro su continuación o repetición.
11.6.- Se recomienda el mantenimiento sin gasto alguno para los ciudadanos de la prestación del
servicio público de publicidad de las normas (publicación del BOE y del BORME), así como de la
prestación del servicio público de difusión legislativa (acceso a bases de datos, códigos
electrónicos, etc.). Ello sin perjuicio del mantenimiento de las tasas por la publicación de anuncios
en el BOE y BORME, y de los actos BORME, si bien ajustando su configuración conforme se indica
en la recomendación 11.2.
11.7.- Se recomienda a la AEBOE continuar perfeccionando sus mecanismos de planificación,
especialmente en cuanto a la rigurosa delimitación de sus distintas actividades, atendiendo para la
fijación de los objetivos de eficacia y eficiencia en cada una de ellas a sus propias circunstancias y
a los recursos disponibles, y mejorando al efecto la información de la contabilidad analítica.
11.8.- Se recomienda a la AEBOE la mejora en la configuración de sus actividades industriales y
comerciales, y en especial de las que desarrolla como medio propio, para justificar debidamente la
atención, por un lado, a criterios de necesidad y utilidad para la Administración General del Estado
y, por otro, a los requerimientos normales en las actividades que operan en un mercado competitivo
(costes, tarifas, rentabilidad, etc.).
11.9.- Se recomienda a la AEBOE que promueva la inclusión de un objetivo específico en la
planificación estratégica de la misma, relativo a la progresiva solución del problema de los recursos
excedentes en la actividad industrial de imprenta, generado por la transición de la publicación de
los boletines oficiales desde el soporte papel a los soportes electrónicos. Se trata de un coste
inevitable que el Tribunal considera necesario, pero que no debe exportarse a los clientes de la
imprenta mediante una facturación excesiva. Además, esa situación desfavorable debe tratarse
como coyuntural y establecer políticas efectivas, con plazos concretos, para su subsanación,
66 Tribunal de Cuentas
debiendo explicitarse sus costes debidamente en la contabilidad analítica y en la información de la
Agencia.
Madrid, 29 de junio de 2017
EL PRESIDENTE
Ramón Álvarez de Miranda García
ANEXOS
Anexo 1 Estados financieros de la AEBOE relativos al ejercicio 2014 publicados
en el BOE (excepto, por su excesivo tamaño, la Memoria).
Anexo 2 Muestra de contratos examinados en la fiscalización.
Anexo 3 Procedimientos de adquisición de papel
Anexo 4 Resultados de cumplimiento de los objetivos estratégicos. 2014.
Anexo 5 Resultados de cumplimiento de los programas y proyectos establecidos
en el Plan Anual de 2014
ANEXO 1
Estados financieros de la AEBOE relativos al ejercicio 2014
(excepto, por su excesivo tamaño, la Memoria)
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191 Martes 11 de agosto de 2015 Sec. III. Pág. 72410
Nº Cuentas ACTIVO Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1 Nº Cuentas PASIVO Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
A
) Activo no corriente 20.156.110,37 20.812.332,15 A) Patrimonio neto 126.765.217,08 143.839.668,88
I. Inmovilizado intangible 979.046,56 695.413,78 100 I. Patrimonio aportado 174.007.754,49 174.007.754,49
200, 201,
(2800), (2801)
1. Inversión en investigación y desarrollo 0,00 II. Patrimonio generado -47.242.537,41 -30.168.085,61
203 (2803)
(2903)
2. Propiedad industrial e intelectual 45.072,92 2.000,00 120 1. Resultados de ejercicios anteriores -30.168.085,61 -15.832.831,39
206 (2806)
(2906)
3. Aplicaciones informáticas 933.973,64 693.413,78 129 2. Resultados de ejercicio -17.074.451,80 -14.335.254,22
207 (2807)
(2907)
4 Inversiones sobre activos utilizados en
régimen de arrendamiento o cedidos
0,00 11 3. Reservas 0,00
208, 209 (2809)
(2909)
5. Otro inmovilizado intangible 0,00 III.Ajustes por cambio de valor 0,00
II. Inmovilizado material 18.924.851,27 19.852.970,68 136 1. Inmovilizado no financiero 0,00
210 (2810)
(2910) (2990)
1. Terrenos 3.512.327,14 3.512.327,14 133 2. Activos financieros disponibles para la
venta
0,00
211 (2811)
(2911) (2991)
2. Construcciones 8.770.232,78 9.175.574,73 134 3. Operaciones de cobertura 0,00
212 (2812)
(2912) (2992)
3. Infraestructuras 0,00 130, 131, 132 IV.Otros incrementos patrimoniales
pendientes de imputación a resultados
0,00
213 (2813)
(2913) (2993)
4. Bienes del patrimonio histórico 0,00 B) Pasivo no corriente 7.543,00 7.543,00
214, 215, 216,
217, 218, 219,
(2814) (2815)
(2816) (2817)
(2818) (2819)
(2914) (2915)
(2916) (2917)
(2918) (2919)
(2999)
5. Otro inmovilizado material 6.590.907,57 7.070.914,19 14 I. Provisiones a largo plazo 7.543,00 7.543,00
2300, 2310,
232, 233, 234,
235, 237, 2390
6. Inmovilizado en curso y anticipos 51.383,78 94.154,62 II. Deudas a largo plazo 0,00
III.Inversiones Inmobiliarias 0,00 15 1. Obligaciones y otros valores negociables 0,00
220 (2820)
(2920)
1. Terrenos 0,00 170, 177 2. Deudas con entidades de crédito 0,00
221 (2821
(2921)
2. Construcciones 0,00 176 3. Derivados financieros 0,00
2301, 2311,
2391
3. Inversiones inmobiliarias en curso y
anticipos
0,00 171, 172, 173,
178, 18
4. Otras deudas 0,00
I. Balance
EJERCICIO 2014
25401 - AGENCIA ESTATAL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
(euros)
ANEXO
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Nº Cuentas ACTIVO Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1 Nº Cuentas PASIVO Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
IV. Inversiones financieras a largo plazo en
entidades del grupo, multigrupo y asociadas
0,00 174 5. Acreedores por arrendamiento financiero
a largo plazo
0,00
2400 (2930) 1. Inversiones financieras en patrimonio de
entidades de derecho público
0,00 16 III.Deudas con entidades del grupo,
multigrupo y asociadas a largo plazo
0,00
2401, 2402,
2403 (248)
(2931)
2. Inversiones financieras en patrimonio de
sociedades mercantiles
0,00 C) Pasivo Corriente 10.526.801,99 3.166.099,21
241, 242, 245,
(294) (295)
3. Créditos y valores representativos de
deuda
0,00 58 I. Provisiones a corto plazo 236.736,75 245.354,97
246, 247 4. Otras inversiones 0,00 II. Deudas a corto plazo 173.579,45 431.088,93
V. Inversiones financieras a largo plazo 252.212,54 263.947,69 50 1. Obligaciones y otros valores negociables 0,00
250, (259) (296) 1. Inversiones financieras en patrimonio 0,00 520, 527 2. Deuda con entidades de crédito 0,00
251, 252, 254,
256, 257 (297)
(298)
2. Crédito y valores representativos de
deuda
252.212,54 263.947,69 526 3. Derivados financieros 0,00
253 3. Derivados financieros 0,00 4003, 521, 522,
523, 528, 560,
561
4. Otras deudas 173.579,45 431.088,93
258, 26 4. Otras inversiones financieras 0,00 524 5. Acreedores por arrendamiento financiero
a corto plazo
0,00
2521 (2981) VI. Deudores y otras cuentas a cobrar a
largo plazo
0,00 4002, 51 III.Deudas con entidades del grupo,
multigrupo y asociadas a corto plazo
0,00
B) Activo corriente 117.143.451,70 126.200.978,94 IV. Acreedores y otras cuentas a pagar 10.116.485,79 2.489.655,31
38 (398) I. Activos en estado de venta 0,00 4000, 401, 405,
406
1. Acreedores por operaciones de gestión 8.961.362,41 1.485.233,34
II. Existencias 2.566.173,96 2.549.238,29 4001, 41, 550,
554, 559, 5586
2. Otras cuentas a pagar 511.096,54 522.016,53
37 (397) 1. Activos construidos o adquiridos para
otras entidades
0,00 47 3. Administraciones públicas 644.026,84 482.405,44
30, 35, (390)
(395)
2. Mercaderías y productos terminados 2.080.988,57 2.016.854,04 452, 453, 456 4. Acreedores por administración de
recursos por cuenta de otros entes públicos
0,00
31, 32, 33, 34,
36, (391) (392)
(393) (394)
(396)
3. Aprovisionamientos y otros 485.185,39 532.384,25 485, 568 V. Ajustes por periodificación 0,00
III.Deudores y otras cuentas a cobrar 4.273.555,12 6.461.238,69
4300, 431, 435,
436, 4430
(4900)
1. Deudores por operaciones de gestión 4.186.851,63 6.052.252,55
I. Balance
EJERCICIO 2014 (euros)
cve: BOE-A-2015-9029
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Nº Cuentas ACTIVO Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1 Nº Cuentas PASIVO Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
4301, 4431,
440, 441, 442,
445, 446, 447,
449, (4901),
550, 555, 5580,
5581, 5584,
5585
2. Otras cuentas a cobrar 86.635,45 210.185,43
47 3. Administraciones públicas 68,04 198.800,71
450, 455, 456 4. Deudores por administración de
recursos por cuenta de otros entes públicos
0,00
IV.Inversiones financieras a corto plazo en
entidades del grupo, multigrupo y asociadas
0,00
530, (539) (593) 1.Inversiones financieras en patrimonio de
sociedades mercantiles
0,00
4302, 4432,
(4902), 531,
532, 535, (594),
(595)
2. Créditos y valores representativos de
deuda
0,00
536, 537, 538 3. Otras inversiones 0,00
V. Inversiones financieras a corto plazo -39,20 7.530,74
540 (549) (596) 1. Inversiones financieras en patrimonio 0,00
4303, 4433,
(4903), 541,
542, 544, 546,
547 (597) (598)
2. Créditos y valores representativos de
deuda
-39,20 7.530,74
543 3. Derivados financieros 0,00
545, 548, 565,
566
4. Otras inversiones financieras 0,00
480, 567 VI. Ajustes por periodificación 0,00
VII.Efectivo y otros activos líquidos
equivalentes
110.303.761,82 117.182.971,22
577 1. Otros activos líquidos equivalentes 0,00
556, 570, 571,
573, 575, 576
2. Tesorería 110.303.761,82 117.182.971,22
TOTAL ACTIVO (A+B) 137.299.562,07 147.013.311,09 TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A
+B+C)
137.299.562,07 147.013.311,09
I. Balance
EJERCICIO 2014 (euros)
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Nº Cuentas DESCRIPCIÓN Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
1. Ingresos tributarios y cotizaciones sociales 36.052.887,36 38.786.675,75
720, 721, 722, 723, 724,
725, 726, 727, 728, 73
a) Impuestos 0,00
740, 742 b) Tasas 36.052.887,36 38.786.675,75
744 c) Otros ingresos tributarios 0,00
729 d) Cotizaciones sociales 0,00
2. Transferencias y subvenciones recibidas 0,00
a) Del ejercicio 0,00
751 a.1) subvenciones recibidas para financiar gastos del ejercicio 0,00
750 a.2) transferencias 0,00
752 a.3) subvenciones recibidas para la cancelación de pasivos que no supongan
financiación específica de un elemento patrimonial
0,00
7530 b) Imputación de subvenciones para el inmovilizado no financiero 0,00
754 c) Imputación de subvenciones para activos corrientes y otras 0,00
3. Ventas netas y prestaciones de servicios 3.909.268,18 2.876.020,51
700, 701, 702, 703, 704,
(706), (708), (709)
a) Ventas netas 3.638.989,56 2.603.369,13
741, 705 b) Prestación de servicios 270.278,62 272.651,38
707 c) Imputación de ingresos por activos construidos o adquiridos para otras entidades 0,00
71*, 7930, 7937, (6930),
(6937)
4. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación y
deterioro de valor
64.114,10 481.408,72
780, 781, 782, 783 5. Trabajos realizados por la entidad para su inmovilizado 0,00
776, 777 6. Otros ingresos de gestión ordinaria 11.000,00 14.569,57
795 7. Excesos de provisiones 30.715,85 8.376,27
A
) TOTAL INGRESOS DE GESTIÓN ORDINARIA (1+2+3+4+5+6+7) 40.067.985,49 42.167.050,82
8. Gastos de personal -18.966.155,57 -19.556.985,27
(640), (641) a) Sueldos, salarios y asimilados -14.444.079,74 -14.841.343,12
(642), (643), (644),
(645)
b) Cargas sociales -4.522.075,83 -4.715.642,15
(65) 9. Transferencias y subvenciones concedidas -30.440.499,84 -30.429.427,65
II. Cuenta de resultado económico patrimonial
EJERCICIO 2014 (euros)
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Nº Cuentas DESCRIPCIÓN Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
10. Aprovisionamientos -2.011.962,43 -1.407.318,44
(600), (601), (602),
(605), (607), 606, 608,
609, 61*
a) Consumo de mercaderías y otros aprovisionamientos -2.010.969,69 -1.433.928,65
(6931), (6932), (6933),
7931, 7932, 7933
b) Deterioro de valor de mercaderías, materias primas y otros aprovisionamientos -992,74 26.610,21
11. Otros gastos de gestión ordinaria -4.161.519,11 -4.033.896,59
(62) a) Suministros y otros servicios exteriores -3.757.292,40 -3.791.813,67
(63) b) Tributos -404.226,71 -242.080,77
(676) c) Otros 0,00 -2,15
(68) 12. Amortización del inmovilizado -1.590.865,58 -1.659.572,27
B) TOTAL DE GASTOS DE GESTIÓN ORDINARIA (8+9+10+11+12) -57.171.002,53 -57.087.200,22
I Resultado (Ahorro o desahorro) de la gestión ordinaria (A+B) -17.103.017,04 -14.920.149,40
13. Deterioro de valor y resultados por enajenación del inmovilizado no financiero y
activos en estado de venta
-2.668,22 -42.400,93
(690), (691), (692),
(6938), 790, 791, 792,
799, 7938
a) Deterioro de valor 0,00
770, 771, 772, 774,
(670), (671), (672),
(674)
b) Bajas y enajenaciones -2.668,22 -42.400,93
7531 c) Imputación de subvenciones para el inmovilizado no financiero 0,00
14. Otras partidas no ordinarias 92.009,47 40.683,69
773, 778 a) Ingresos 92.009,47 40.683,69
(678) b) Gastos 0,00
II Resultado de las operaciones no financieras (I +13+14) -17.013.675,79 -14.921.866,64
15. Ingresos financieros 4.007,11 168,80
a) De participaciones en instrumentos de patrimonio 0,00
7630 a.1) En entidades del grupo, multigrupo y asociadas 0,00
760 a.2) En otras entidades 0,00
b) De valores negociables y de créditos del activo inmovilizado 4.007,11 168,80
II. Cuenta de resultado económico patrimonial
EJERCICIO 2014 (euros)
cve: BOE-A-2015-9029
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Nº Cuentas DESCRIPCIÓN Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
7631, 7632 b.1) En entidades del grupo, multigrupo y asociadas 0,00
761, 762, 769, 76454,
(66454)
b.2) Otros 4.007,11 168,80
16. Gastos financieros -6.311,03 -3.564,36
(663) a) Por deudas con entidades del grupo, multigrupo y asociadas 0,00
(660), (661), (662),
(669), 76451, (66451)
b) Otros -6.311,03 -3.564,36
784, 785, 786, 787 17. Gastos financieros imputados al activo 0,00
18. Variación del valor razonable en activos y pasivos financieros 0,00
7646, (6646), 76459,
(66459)
a) Derivados financieros 0,00
7640, 7642, 76452,
76453, (6640), (6642),
(66452), (66453)
b) Otros activos y pasivos a valor razonable con imputación en resultados 0,00
7641, (6641) c) Imputación al resultado del ejercicio por activos financieros disponibles para la
venta
0,00
768, (668) 19. Diferencias de cambio 0,00
20. Deterioro de valor, bajas y enajenaciones de activos y pasivos financieros -58.472,09 590.007,98
7960, 7961, 7965, 766,
(6960), (6961), (6965),
(666), 7970, (6970),
(6670)
a) De entidades del grupo, multigrupo y asociadas 0,00
765, 7966, 7971, (665),
(6671), (6962), (6966),
(6971)
b) Otros -58.472,09 590.007,98
755, 756 21. Subvenciones para la financiación de operaciones financieras 0,00
III Resultado de las operaciones financieras (15+16+17+18+19+20+21) -60.776,01 586.612,42
IV Resultado (Ahorro o desahorro) neto del ejercicio (II + III) -17.074.451,80 -14.335.254,22
(+-) Ajustes en la cuenta del resultado del ejercicio anterior
Resultado del ejercicio anterior ajustado -14.335.254,22
II. Cuenta de resultado económico patrimonial
EJERCICIO 2014 (euros)
cve: BOE-A-2015-9029
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Descripcion Notas en
Memoria I. PATRIMONIO
APORTADO II. PATRIMONIO
GENERADO III. AJUSTES POR
CAMBIOS DE VALOR
IV. OTROS
INCREMENTOS
PATRIMONIALES TOTAL
A. PATRIMONIO NETO AL FINAL DEL EJERCICIO N-1 174.007.754,49 -30.166.746,73 0,00 0,00 143.841.007,76
B. AJUSTES POR CAMBIOS DE CRITERIOS CONTABLES Y CORRECCIÓN DE
ERRORES 0,00 -1.338,88 0,00 0,00 -1.338,88
C. PATRIMONIO NETO INICIAL AJUSTADO DEL EJERCICIO N (A+B) 174.007.754,49 -30.168.085,61 0,00 0,00 143.839.668,88
D. VARIACIONES DEL PATRIMONIO NETO EJERCICIO N 0,00 -17.074.451,80 0,00 0,00 -17.074.451,80
1. Ingresos y gastos reconocidos en el ejercicio 0,00 -17.074.451,80 0,00 0,00 -17.074.451,80
2. Operaciones con la entidad o entidades propietarias 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
3. Otras variaciones del patrimonio neto 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
E. PATRIMONIO NETO AL FINAL DEL EJERCICIO N (C+D) 174.007.754,49 -47.242.537,41 0,00 0,00 126.765.217,08
III. Resumen del estado de cambios en el patrimonio neto
III.1 Estado total de cambios en el patrimonio neto
EJERCICIO 2014 (euros)
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Nº Cuentas DESCRIPCIÓN Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
129 I. Resultado económico patrimonial -17.074.451,80 -14.335.254,22
II. Ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto:
1. Inmovilizado no financiero 0,00
920 1.1 Ingresos 0,00
(820), (821) (822) 1.2 Gastos 0,00
2. Activos y pasivos financieros 0,00
900, 991 2.1 Ingresos 0,00
(800), (891) 2.2 Gastos 0,00
3. Coberturas contables 0,00
910 3.1 Ingresos 0,00
(810) 3.2 Gastos 0,00
94 4. Otros incrementos patrimoniales 0,00
Total (1+2+3+4) 0,00
III. Transferencias a la cuenta del resultado económico patrimonial o
al valor inicial de la partida cubierta:
(823) 1. Inmovilizado no financiero 0,00
(802), 902, 993 2. Activos y pasivos financieros 0,00
3. Coberturas contables 0,00
(8110) 9110 3.1 Importes transferidos a la cuenta del resultado económico
patrimonial 0,00
(8111) 9111 3.2 Importes transferidos al valor inicial de la partida cubierta 0,00
(84) 4. Otros incrementos patrimoniales 0,00
Total (1+2+3+4) 0,00
IV. TOTAL ingresos y gastos reconocidos (I+II+III) -17.074.451,80 -14.335.254,22
III.2 Estado de ingresos y gastos reconocidos
EJERCICIO 2014 (euros)
cve: BOE-A-2015-9029
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DESCRIPCIÓN Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
I. FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN
A
) Cobros: 42.669.223,09 41.264.809,46
1. Ingresos tributarios y cotizaciones sociales 38.179.491,03 37.782.473,32
2. Transferencias y subvenciones recibidas 0,00
3. Ventas netas y prestaciones de servicios 3.679.360,39 2.764.336,35
4. Gestión de recursos recaudados por cuenta de otros entes 0,00
5. Intereses y dividendos cobrados 4.007,11 151,17
6. Otros Cobros 806.364,56 717.848,62
B) Pagos 48.463.657,01 55.568.815,47
7. Gastos de personal 19.005.893,18 19.303.659,23
8. Transferencias y subvenciones concedidas 22.854.999,84 30.423.427,65
9. Aprovisionamientos 0,00
10. Otros gastos de gestión 6.190.232,84 5.407.614,58
11. Gestión de recursos recaudados por cuenta de otros entes 0,00
12. Intereses pagados 6.071,16 3.468,21
13. Otros pagos 406.459,99 430.645,80
Flujos netos de efectivo por actividades de gestión (+A-B) -5.794.433,92 -14.304.006,01
II. FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN
C) Cobros: 154.136,99 105.128,86
1. Venta de inversiones reales 422,31 743,80
2. Venta de activos financieros 153.714,68 104.385,06
3. Otros cobros de las actividades de inversión 0,00
D) Pagos: 1.341.538,55 894.304,60
4. Compra de inversiones reales 1.207.128,96 776.104,54
5. Compra de activos financieros 134.409,59 118.200,06
6. Otros pagos de las actividades de inversión 0,00
Flujos netos de efectivo por actividades de inversión (+C-D) -1.187.401,56 -789.175,74
III. FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN
E) Aumentos en el patrimonio: 0,00
1. Aportaciones de la entidad o entidades propietarias 0,00
F) Pagos a la entidad o entidades propietarias 0,00
2. Devolución de aportaciones y reparto de resultados a la entidad o entidades propietarias 0,00
G) Cobros por emisión de pasivos financieros: 0,00
3. Obligaciones y otros valores negociables 0,00
4. Préstamos recibidos 0,00
5. Otras deudas 0,00
H) Pagos por reembolso de pasivos financieros: 0,00
6. Obligaciones y otros valores negociables 0,00
7. Préstamos recibidos 0,00
IV. Estado de flujos de efectivo
EJERCICIO 2014 (euros)
cve: BOE-A-2015-9029
Verificable en http://www.boe.es
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Núm. 191 Martes 11 de agosto de 2015 Sec. III. Pág. 72419
DESCRIPCIÓN Notas en
Memoria EJ. N EJ. N - 1
8. Otras deudas 0,00
Flujos netos de efectivo por actividades de financiación (+E-F+G-H) 0,00
IV. FLUJOS DE EFECTIVO PENDIENTES DE CLASIFICACIÓN
I) Cobros pendientes de aplicación 102.626,08 -70.565,70
J) Pagos pendientes de aplicación 0,00
Flujos netos de efectivo pendientes de clasificación (+I-J) 102.626,08 -70.565,70
V. EFECTO DE LAS VARIACIONES DE LOS TIPOS DE CAMBIO 0,00
VI. INCREMENTO/DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO Y ACTIVOS LÍQUIDOS
EQUIVALENTES AL EFECTIVO (I+II+III+IV+V)
-6.879.209,40 -15.163.747,45
Efectivo y activos líquidos equivalentes al efectivo al inicio del ejercicio 117.182.971,22 132.346.718,67
Efectivo y activos líquidos equivalentes al efectivo al final del ejercicio 110.303.761,82 117.182.971,22
IV. Estado de flujos de efectivo
EJERCICIO 2014 (euros)
cve: BOE-A-2015-9029
Verificable en http://www.boe.es
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Núm. 191 Martes 11 de agosto de 2015 Sec. III. Pág. 72420
CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
PROGRAMA/CAPITULO INICIALES MODIFICACIONES DEFINITIVOS GASTOS
COMPROMETIDOS
OBLIGACIONES
RECONOCIDAS
NETAS PAGOS OBLIGACIONES
PENDIENTES DE
PAGO A 31 DE DIC
REMANENTES
DE CRÉDITO
(000X) TRANSFERENCIAS INTERNAS 30.366.000,00 0,00 30.366.000,00 30.366.000,00 30.366.000,00 22.774.500,00 7.591.500,00 0,00
4.TRANSFERENCIAS CORRIENTES 30.366.000,00 0,00 30.366.000,00 30.366.000,00 30.366.000,00 22.774.500,00 7.591.500,00 0,00
(921R) PUBLICIDAD DE LAS NORMAS LEGALES 31.657.880,00 0,00 31.657.880,00 28.652.192,64 26.251.355,16 24.691.923,30 1.559.431,86 5.406.524,84
1.GASTOS DE PERSONAL. 21.837.880,00 0,00 21.837.880,00 20.058.510,24 18.944.057,94 18.094.783,22 849.274,72 2.893.822,06
2.GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 8.000.000,00 0,00 8.000.000,00 7.249.875,19 6.142.457,28 5.623.092,17 519.365,11 1.857.542,72
3.GASTOS FINANCIEROS. 10.000,00 0,00 10.000,00 6.311,03 6.311,03 5.098,45 1.212,58 3.688,97
4.TRANSFERENCIAS CORRIENTES 75.000,00 0,00 75.000,00 74.499,84 74.499,84 74.499,84 0,00 500,16
6.INVERSIONES REALES. 1.600.000,00 0,00 1.600.000,00 1.128.586,75 949.619,48 776.040,03 173.579,45 650.380,52
8.ACTIVOS FINANCIEROS. 135.000,00 0,00 135.000,00 134.409,59 134.409,59 118.409,59 16.000,00 590,41
Total 62.023.880,00 0,00 62.023.880,00 59.018.192,64 56.617.355,16 47.466.423,30 9.150.931,86 5.406.524,84
V. Estado de liquidación del presupuesto
V.1 Liquidación del presupuesto de gastos
EJERCICIO 2014 (euros)
PREVISIONES PRESUPUESTARIAS
CAPITULO INICIALES MODIFICACIONES DEFINITIVOS DERECHOS
RECONOCIDOS DERECHOS
ANULADOS DERECHOS
CANCELADOS
DERECHOS
RECONOCIDOS
NETOS RECAUDACIÓN
NETA
DERECHOS
PENDIENTES DE
COBRO A 31 DE
DIC
EXCESO \
DEFECTO
PREVISIÓN (*)
3. TASAS, PRECIOS PUBLICOS Y
OTROS INGRESOS
31.813.800,00 0,00 31.813.800,00 40.306.748,55 222.223,27 5,20 40.084.520,08 35.910.846,77 4.173.673,31 8.270.720,08
5. INGRESOS PATRIMONIALES
2.500,00 0,00 2.500,00 4.007,11 0,00 0,00 4.007,11 4.007,11 0,00 1.507,11
6. ENAJENACION DE INVERSIONES
REALES
0,00 0,00 0,00 422,31 0,00 0,00 422,31 422,31 0,00 422,31
8. ACTIVOS FINANCIEROS
30.207.580,00 0,00 30.207.580,00 153.714,68 0,00 0,00 153.714,68 153.714,68 0,00 63.714,68
Total 62.023.880,00 0,00 62.023.880,00 40.464.892,65 222.223,27 5,20 40.242.664,18 36.068.990,87 4.173.673,31 8.336.364,18
* Para el cálculo de esta columna no se incluyen las previsiones de ingresos del artículo 87-Remanente de Tesorería, y en su caso, el artículo 57- Resultados de operaciones comerciales debido a que en ningún
caso dan lugar a liquidación de derechos.
V.2 Liquidación del presupuesto de ingresos
EJERCICIO 2014 (euros)
cve: BOE-A-2015-9029
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GASTOS INGRESOS
IMPORTE IMPORTE
ESTIMADO REALIZADO ESTIMADO REALIZADO
COMPRAS NETAS 0,00 0,00 VENTAS NETAS 0,00 0,00
DEVOLUCIONES DE VENTAS COBRADAS 0,00 0,00 DEVOLUCIONES DE COMPRAS PAGADAS 0,00 0,00
RAPPELS SOBRE VENTAS COBRADAS 0,00 0,00 RAPPELS SOBRE COMPRAS PAGADAS 0,00 0,00
GASTOS COMERCIALES NETOS 0,00 0,00 INGRESOS COMERCIALES NETOS 0,00 0,00
ANULACIONES DE INGRESOS
COMERCIALES COBRADOS
0,00 0,00 ANULACIONES DE GASTOS COMERCIALES
PAGADOS
0,00 0,00
RESULTADO POSITIVO DE OPERACIONES
COMERCIALES
0,00 0,00 RESULTADO NEGATIVO DE OPERACIONES
COMERCIALES
0,00 0,00
TOTAL 0,00 0,00 TOTAL 0,00 0,00
V.3 Resultado de operaciones comerciales
EJERCICIO 2014 (euros)
CONCEPTOS DERECHOS RECONOCIDOS
NETOS OBLIGACIONES
RECONOCIDAS NESTAS AJUSTES RESULTADO
PRESUPUESTARIO
a. Operaciones corrientes 40.088.527,19 55.533.326,09 -15.444.798,90
b. Operaciones de capital 422,31 949.619,48 -949.197,17
c. Operaciones comerciales 0,00 0,00 0,00
1. Total operaciones no financieras (a+b+c) 40.088.949,50 56.482.945,57 -16.393.996,07
d. Activos financieros 153.714,68 134.409,59 19.305,09
e. Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00
2. Total operaciones financieras (d+e) 153.714,68 134.409,59 19.305,09
I. RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (I = 1+2) 40.242.664,18 56.617.355,16 -16.374.690,98
AJUSTES:
3. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería no
afectado
0,00
4. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 0,00
5. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 0,00
II. TOTAL AJUSTES (II = 3+4-5) 0,00
RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO (I+II) -16.374.690,98
V.4 Resultado presupuestario
EJERCICIO 2014 (euros)
cve: BOE-A-2015-9029
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ANEXO 2
Página 1 de 7
Muestra de contratos examinados en la fiscalización
(todos los importes en euros, IVA excluido)
1.- CONTRATOS DE SERVICIOS
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR ADJUDICATARIO
2013/387 SERVICIO PARA LA FORMACION PROFESIONAL DE TECNICO DE GRADO MEDIO
EN IMPRESION GRAFICA
Negociado
sin publicidad 162.00 134.995,20 44.998,32 CENTRO CULTURAL Y
DEPORTIVO TAJAMAR, S.A.
2013/431 SERVICIO DE IMPRESION Y ENCUADERNACION MANUAL PRACTICO RENTA 2014 abierto
SARA 271.00 360.000,00 264.945,58 EINSA PRINT, S.A.
2013/432 SERVICIO DE ENCUADERNACION DE EDICIONES EN RUSTICA Y CARTONE PARA
LA IMPRENTA NACIONAL (2 LOTES).
adtvo.
especial 271.00 45.000,00 10.992,23 ENCUADERNACION RAMOS, S.A.
2013/432 SERVICIO DE ENCUADERNACION DE EDICIONES EN RUSTICA Y CARTONE PARA
LA IMPRENTA NACIONAL (2 LOTES).
adtvo.
especial 271.00 45.000,00 13.850,41 SUCESORES DE FELIPE MENDEZ
GARCIA, SL
2014/455 SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN LAS SEDES DE LA AEBOE DURANTE
UN AÑO, DESDE EL 16-5-2014 AL 15-5-2015 abierto 227.01 688.900,00 265.600,84 GRUPO CONTROL EMPRESA DE
SEGURIDAD, S.A.
2014/456 DISTRIBUCION DEL MANUAL PRACTICO DE LA RENTA 2013 Negociado
sin publicidad 271.02 60.000,00 45.405,38 COMPAÑIA DE DISTRIBUCION
INTEGRAL LOGISTA SA
2014/457 CURSO DE INGLES PARA EMPLEADOS DE LA AEBOE Negociado
sin publicidad 162.00 14.400,00 2.209,32 CENTRO DE ESTUDIOS
VELAZQUEZ, S.A. (ADAMS)
2014/466 SERVICIO DE TRADUCCIÓN, IMPRESIÓN, ENCUADERNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN
DEL MANUAL PRÁCTICO DE LA RENTA 2014 EN CATALÁN.
adtvo.
especial 271.00 70.000,00 67.050,00 TALLERES GRÁFICOS SOLER, SA
2014/486
SERVICIO DE ELABORACION DE TALONARIOS DE RECETAS OFICIALES DE
ESTUPEFACIENTES PARA USO HUMANO Y VETERINARIO Y DE TALONARIOS DE
VALES DE ESTUPEFACIENTES
abierto 271.00 90.567,60 93.928,75 IMPAOR, S.A.
2014/517 SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES Y DEPENDENCIAS DE LA AEBOE
DESDE EL 1 DE OCTUBRE DE 2014 HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015 abierto 227.00 419.618,00 130.756,14 LIMPIEZAS CASTILLA DE
SALAMANCA, SL
2014/519
SERVICIO DE COMUNICACIONES DE DATOS CON DESTINO A LA AGENCIA
ESTATAL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO, (LOTE 2), DEL 1 DE OCTUBRE DE 2014
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015.
abierto 222.00 79.344,00 0,00 ORANGE ESPAGNE SAU
2014/519
SERVICIO DE COMUNICACIONES DE DATOS CON DESTINO A LA AGENCIA
ESTATAL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO, (LOTE 1), DEL 1 DE OCTUBRE DE 2014
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
abierto 222.00 87.993,65 13.818,48 TELEFONICA DE ESPAÑA, S.A.U.
2014/572 SERVICIO DE IMPRESIÓN, ENCUADERNACIÓN, CONFECCIÓN DE ESTUCHES Y
MANIPULADO DEL MAPA OFICIAL DE CARRETERAS 2015. Circular 20 de octubre
adtvo.
especial 27100 23.000,00 21.837,00 TF ARTES GRÁFICAS, SA
2014/592 SERVICIO DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA
EQUIPOS Y SISTEMAS DE LA SECCIÓN DE FOTOMECÁNICA, PARA 2015 Y 2016
Negociado
sin publicidad 271.12 79.576,00 0,00 CIBERGRAF, SL
ANEXO 2
Página 2 de 7
Muestra de contratos examinados en la fiscalización
(todos los importes en euros, IVA excluido)
1.- CONTRATOS DE SERVICIOS (continuación)
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR ADJUDICATARIO
2013/279 SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPO DE RAYOS X Y DEL ARCO DETECTOR
DE METALES DE LA CALLE TRAFALGAR, DESDE EL 1-3-2013 AL 28-2-2014 menor 213 6.133,50 1.221,90 PROSELEC SEGURIDAD, S.A.
UNIPERSONAL
2013/388
UN SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA LA IDENTIFICACION Y ANALISIS DE
MEJORES PRACTICAS INTERNACIONALES EN MATERIA DE PUBLICIDAD
NORMATIVA
menor 227.06 17.500,00 20.917,75 EVERIS SPAIN, S.L.U.
2013/408 POLIZA COLECTIVA DE VIDA Y ACCIDENTES PARA LOS TRABAJADORES DE LA
AGENCIA ESTATAL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO, PARA EL AÑO 2014 menor 162.05 17.900,00 14.515,23 MAPFRE VIDA, S.A.
2013/410 SERVICIO DE RESTAURANTE PARA EL PERSONAL DE LA AEBOE QUE PRESTA
SUS SERVICIOS EN TRAFALGAR, PARA EL AÑO 2014 menor 162.01 18.000,00 16.376,07
ANTERO DOS INOCENTES
FERNANDES (RESTAURANTE
ANAUR)
2013/427
SERVICIO DE RECOGIDA Y ANALISIS DE MUESTRAS EN EL COMEDOR Y EN EL
BAR-CAFETERIA DE LA AGENCIA ESTATAL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO PARA EL
AÑO 2014
menor 227.99 5.330,60 6.371,67 DOADRIO & GONZALEZ CONDE
SL
2014/448
CONTRATACION DE UN SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA LA
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE MODELOS DE REFERENCIA EN MATERIA DE
TRANSPARENCIA Y REUTILIZACION DE LA INFORMACION PUBLICA
menor 227.06 14.000,00 16.734,20 EVERIS SPAIN, S.L.U.
2014/451 RECONOCIMIENTO PREVENTIVO OFTALMOLOGICO, PARA LOS TRABAJADORES
DE LA AEBOE, DESDE EL 1 DE ABRIL AL 30 DE OCTUBRE DE 2014 menor 162.09 18.000,00 7.452,00 SANITAS DIVERSIFICACION, S.L.
2014/470 AMPLIACION DE GARANTIA DE LOS EQUIPOS ANTISPAM DEL ORGANISMO menor 216 11.430,00 13.662,33 SISTEMAS AVANZADOS DE
TECNOLOGIA, S.A.
2014/472 MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD (RAYOS X Y ARCO DETECTOR)
DE TRAFALGAR, 27 DE MADRID menor 213 6.151,89 6.127,79 PROSELEC SEGURIDAD, S.A.
UNIPERSONAL
2014/488 SERVICIO DE ELABORACION DE 7.000 TALONARIOS DE ESTUPEFACIENTES PARA
USO HUMANO Y 1.000 PARA USO VETERINARIO menor 271.00 17.987,00 17.987,00 IMPAOR, S.A.
2014/502
SERVICIO DE ENCUADERNACION EN ESPIRAL DEL LIBRO "GUIA DE
IDENTIFICACION DE RAPACES IBERICAS POR RESTOS OSEOS. 1ª PARTE,
GRANDES RAPACES"
menor 271.00 1.200,00 1.160,00 DIN IMPRESORES, S.L.
2014/515 CURSO DE "ENCUADERNACION BASICA" MAYO-JUNIO 2014, EN LA AEBOE menor 162.00 2.057,00 2.458,73 RAQUEL CASAS SIERRA -
TALLER DE LIBROS
2014/538 MANTENIMIENTO DEL PRODUCTO "ANTENNA HOUSE FORMATTER" menor 216 1.000,00 1.195,30 ELECTRONIC PUBLISHING
SYSTEMS, S.L.
ANEXO 2
Página 3 de 7
Muestra de contratos examinados en la fiscalización
(todos los importes en euros, IVA excluido)
1.- CONTRATOS DE SERVICIOS (continuación)
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR ADJUDICATARIO
2014/556 SERVICIO DE ELABORACION DE TALONARIOS DE RECETAS OFICIALES DE
ESTUPEFACIENTES PARA FARMACIAS menor 271.00 9.500,00 9.500,00 IMPAOR, S.A.
2014/561 ELABORACION DE CARPETAS DE ANILLAS PARA "GUIA PARA EL DESARROLLO
PERSONAL" DEL INSTITUTO DE LA MUJER menor 271.00 4.095,53 4.095,53 SUCESORES DE FELIPE
MENDEZ GARCIA, SL
2014/570 SERVICIO DE REPARACION DE LOS EQUIPOS INHIBIDORES DE FRECUENCIA DE
LA SEDE DE MANOTERAS menor 213 14.502,00 17.334,24 PROSELEC SEGURIDAD, S.A.
UNIPERSONAL
2014/607 SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE DIVERSOS EQUIPOS DE SEGURIDAD EN
MANOTERAS DEL 15-11-2014 AL 15-5-2015 menor 227.01 6.567,67 1.394,47 PROSELEC SEGURIDAD, S.A.
UNIPERSONAL
2014/627 SERVICIO DE RETIMBRADO DE LAS BOTELLAS DE EXTINCION DE INCENDIOS DE
LOS ALMACENES DE LA SEDE DE TRAFALGAR (CONTRATO MENOR) menor 227.99 18.000,00 8.789,40 INSTALACIONES CONTRA
INCENDIOS MADRILEÑA, S.L.
2014/631 SERVICIO DE RESTAURANTE PARA EL PERSONAL DE LA AEBOE QUE PRESTA
SUS SERVICIOS EN TRAFALGAR, PARA EL AÑO 2015 (CONTRATO MENOR) menor 162.01 18.000,00 0,00
ANTERO DOS INOCENTES
FERNANDES (RESTAURANTE
ANAUR)
2.- CONTRATOS DE OBRA
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR ADJUDICATARIO
2014/498 OBRA PARA LA INSTALACION DE CABLEADO DE VOZ Y DATOS DEL EDIFICIO DE
OFICINAS DE LA AEBOE
Negociado
sin publicidad 212 71.373,54 72.515,88 ACUNTIA, S.A.
2014/619 MODIFICACION DE LA ESCALERA DE EMERGENCIA DE LOS EDIFICIOS DE LA
CALLE TRAFALGAR menor 212 6.204,90 1.323,51 CADOR ESPACIOS, SAU
ANEXO 2
Página 4 de 7
Muestra de contratos examinados en la fiscalización
(todos los importes en euros, IVA excluido)
3.- CONTRATOS DE SUMINISTRO
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR ADJUDICATARIO
2012/128
SUMINISTRO DE PAPELES ESTUCADOS, EN HOJA, DE COLOR BLANCO, PARA
LA IMPRESION DE TRABAJOS VARIOS A LLEVAR A EFECTO POR LA IMPRENTA
NACIONAL DE LA AEBOE, DEL 2 DE JULIO DE 2013 AL 1 DE JULIO DE 2014.
abierto 270.04 200.000,00 0,00 TORRASPAPEL, S.A.
2013/296
PRORROGA DEL SUMINISTRO DE PAPELES ESTUCADOS, EN HOJA, DE COLOR
BLANCO, PARA LA IMPRESION DE TRABAJOS VARIOS A LLEVAR A EFECTO POR
LA IMPRENTA NACIONAL DE LA AEBOE, DEL 2 DE JULIO DE 2013 AL 1 DE JULIO
DE 2014.
Abierto
multipl.criterios 270.04 200.000,00 52.501,60 TORRASPAPEL, S.A.
2013/411 SUMINISTRO DE CARTUCHOS DE TONER PARA DIVERSAS IMPRESORAS
HEWLETT-PACKARD UBICADAS EN LA AEBOE
Negociado
sin publicidad 220.02 45.000,00 50.430,21
SERVICIOS
MICROINFORMATICA, S.A.
(SEMIC)
2014/443
SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA EN LAS SEDES DE LA AGENCIA ESTATAL
BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO DEL 1 DE MAYO DE 2014 AL 31 DE MARZO DE
2015
Abierto
un criterio 270.19 815.000,00 309.442,27 GAS NATURAL
COMERCIALIZADORA, S.A.
2014/479
SUMINISTRO DE PLANCHAS TERMICAS SIN PROCESO QUIMICO COMPATIBLES
CON LOS EQUIPOS CTP SCREEN PLATE RITER 8800 Y 8000, Y LAS UNIDADES
DE LAVADO ONE TH 120 Y EGRAF 120 DE LA SECCION DE FOTOMECANICA DE
LA IMPRENTA NACIONAL DE LA AEBOE
Abierto
multipl.criterios 270.16 135.000,00 44.161,20 BECA GRAFIC, S.A.
2014/521 SUMINISTRO DE PAPEL ESTUCADO EN HOJA DE COLOR BLANCO PARA LA
IMPRENTA NACIONAL DE LA AEBOE
Abierto
multipl.criterios 270.04 195.000,00 21.062,53 TORRASPAPEL, S.A.
2014/524 CONTRATACIÓN CONJUNTA CON EL MINISTERIO DE PRESIDENCIA DEL
COMBUSTIBLE DE AUTOMOCIÓN Centralizado 271.13 8.500,00 1424,13 SOLRED, S.A.
2014/600 ADQUISICION DE UNA HENDEDORA INDUSTRIAL PARA LA IMPRENTA NACIONAL Negociado
sin publicidad 620.02 47.173,00 47.173,00 MKM COMERCIAL, S.L.U.
ANEXO 2
Página 5 de 7
Muestra de contratos examinados en la fiscalización
(todos los importes en euros, IVA excluido)
3.- CONTRATOS DE SUMINISTRO (continuación)
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR ADJUDICATARIO
2013/413 SUMINISTRO DE PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA LIMPIEZA, DESENGRASE Y
REGENERACION DE LA MAQUINARIA DE LA IMPRENTA, DURANTE 2014. menor 270.16 12.000,00 11.618,00 BECA GRAFIC, S.A.
2013/428 ADQUISICION DE MATERIAL ELECTRODOMESTICO PARA LA SECCION DE
COMEDOR, TURNO DE NOCHE menor 620.03 5.903,50 7.056,46 FLOORQUIMIA, S.L.
2014/463 SUMINISTRO DE MEMORIAS USB ENCARGADAS POR EL MINISTERIO DEL
INTERIOR menor 270.20 10.196,00 10.196,00 M.P.O. IBERICA, S.L.
2014/531
SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET BLANCO CON DESTINO A LA IMPRESION DEL
"PROGRAMA DE INTERVENCION, SENSIBILIZACION Y REEDUCACION VIAL 2014"
EN LA IMPRENTA DE LA AEBOE. (Circular 20)
menor 270.03 37.000,00 35.675,64 PAPELERA DEL ORIA, S.A.
2014/566
SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET BLANCO CON DESTINO A LA IMPRESION DEL
"PROGRAMA DE INTERVENCION, SENSIBILIZACION Y REEDUCACION VIAL 2014"
EN LA IMPRENTA DE LA AEBOE.( Circular 20)
menor 270.03 11.300,00 11.277,63 TORRASPAPEL, S.A.
2014/567 SUMINISTRO DE 20.020 EJEMPLARES DE LA OBRA "MANUAL PRACTICO DEL IVA
2014" menor 270.20 25.484,65 22.984,65 EINSA PRINT, S.A.
2014/573 SUMINISTRO DE 30 TECLADOS Y 50 RATONES OPTICOS menor 220.02 986,00 1.178,57 BECHTLE DIRECT, S.L.U.
2014/615 ADQUISICION DE DIEZ MONITORES menor 620.04 3.762,50 4.497,32 INFOREIN, S.A.
ANEXO 2
Página 6 de 7
Muestra de contratos examinados en la fiscalización
(todos los importes en euros, IVA excluido)
4.- CONTRATOS DE EDICIÓN
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR ADJUDICATARIO
2014/476 CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA"
Adjudicación
directa 640 85.500,00
6.000,00 CORONAS GONZALEZ, SANTOS M.
2014/476B CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA" 6.000,00 JOSE LUIS GONZALEZ BARCALA
2014/476C
CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA" TRADUCCION AL CASTELLANO DEL DENOMINADO LIBER
IUDICIORUM O LIBER IUDICUM
3.000,00 RAFAEL RAMIS BARCELO
2014/476D
CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". LEYES LOCALES Y TERRITORIALES DE ÁLAVA Y
GUIPUZCOA
4.500,00 AYERBE IRIBAR, ROSA
2014/476E
CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". DISPOSICIONES MODERNAS Y MEDIEVALES DEL REINO
DE MALLORCA.
3.500,00 PLANAS ROSELLÓ, ANTONIO
2014/476F CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". FUEROS PRIVILEGIOS Y CARTAS PUEBLAS DE CASTILLA 2.500,00 CHAMOCHO CANTUDO, M.A.
2014/476G CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". FUENTES DEL REINO DE GALICIA 0,00 CEBREIROS ALVAREZ, EDUARDO
2014/476H CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". FUENTES NAVARRAS 0,00 JIMENO ARANGUREN, ROLDÁN
2014/476I CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". DERECHO ANDALUSÍ 0,00 MARTINEZ ALMIRA, MAGDALENA
2014/476J CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". FUENTES MERCANTILES MEDIEVALES Y MODERNAS 0,00 SERNA VALLEJO, MARGARITA
2014/476K CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". FUEROS LOCALES DE CASTILLA LA VIEJA 0,00 BARÓ PAZOS, JUAN
2014/476L CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "COLECCION HISTORICA DE LAS
LEYES DE ESPAÑA". LEGISLACIÓN ARAGONESA, ECLESIÁSTICA Y DE INDIAS 0,00 PÉREZ MARTÍN, ANTONIO
ANEXO 2
Página 7 de 7
Muestra de contratos examinados en la fiscalización
(todos los importes en euros, IVA excluido)
4.- CONTRATOS DE EDICIÓN (continuación)
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR ADJUDICATARIO
2014/477 CONTRATO PARA LA EDICION DE LA OBRA "HISTORIA DEL PROTECTORADO
ESPAÑOL EN MARRUECOS"
Adjudicación
directa 640 3.600,00
300,00 BALTAR RODRIGUEZ, JUAN
FRANCISCO
300,00 CAMPOS DIEZ, MARIA SOLEDAD
300,00 DOMINGUEZ NAFRIA, JUAN CARLOS
300,00 FERNANDEZ RODRIGUEZ, MANUELA
300,00 GALVAN RODRIGUEZ, EDUARDO
300,00 LOSA CONTRERAS, CARMEN
300,00 MARTINEZ PEÑAS, LEANDRO
300,00 PEREZ FERNANDEZ-TUREGANO,
CARLOS LUIS
300,00 SANTANA MOLINA, MANUEL
300,00 SUEIRO SEOANE, SUSANA
300,00 VILLANOVA VALERO, JOSE LUIS
300,00 YBARRA ENRIQUEZ DE LA ORDEN,
Mª CONCEPCION
0,00 ALVARADO PLANAS, MANUEL
2014/541
PRORROGA DE LA ACTUALIZACION DEL CONTRATO DE EDICION DEL CODIGO
DE DERECHO URBANISTICO DEL 1 DE JULIO DE 2014 HASTA EL 30 DE JUNIO DE
2015
Adjudicación
directa 640 6.000,00 6.000,00 MARINERO PERAL, ANGEL MARIA
ANEXO 3
Página 1 de 3
Procedimientos de adquisición de papel
(todos los importes en euros, IVA excluido)
1.- CONTRATOS DE SUMINISTRO
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR-2014 ADJUDICATARIO
2013/296
PRORROGA DEL SUMINISTRO DE PAPELES ESTUCADOS, EN HOJA, DE COLOR
BLANCO, PARA LA IMPRESION DE TRABAJOS VARIOS A LLEVAR A EFECTO
POR LA IMPRENTA NACIONAL DE LA AEBOE, DEL 2 DE JULIO DE 2013 AL 1 DE
JULIO DE 2014.
Abierto
multipl.criterios 270.04 200.000,00 52.501,60 TORRASPAPEL, S.A.
2014/491 SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET SUPERIOR (LOTE 1 DE 3) Abierto
multipl.criterios 270.03 30.000,00
0,00 INAPA ESPAÑA DISTRIBUCIÓN
DE PAPEL, S.A.
2014/491 SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET SUPERIOR (LOTE 2 DE 3) Abierto
multipl.criterios 270.03 75.000,00
2014/491 SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET SUPERIOR (LOTE 3 DE 3) Abierto
multipl.criterios 270.03 110.000,00
2014/521 SUMINISTRO DE PAPEL ESTUCADO EN HOJA DE COLOR BLANCO PARA LA
IMPRENTA NACIONAL DE LA AEBOE
Abierto
multipl.criterios 270.04 195.000,00 21.062,53 TORRASPAPEL, S.A.
2014/526 SUMINISTRO DE ROLLOS DE DENUNCIA PDA 2014 Negociado
sin publicidad 270.06 190.000,00 0,00 GRAMA TECNOLÓGICA, S.L.
2.- CONTRATOS MENORES
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR-2014 ADJUDICATARIO
2013/414
SUMINISTRO DE DIVERSAS CARTULINAS Y PAPELES ESPECIALES EN
DIFERENTES COLORES, FORMATOS Y GRAMAJES PARA TRABAJOS EN LA
IMPRENTA DURANTE 2014
menor 270.06 17.000,00 16.527,45 TORRASPAPEL, S.A.
2014/453 SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET AHUESADO, CON DESTINO A LA IMPRESION
DE LA REVISTA "CAUCES" EN LA IMPRENTA NACIONAL DE LA AEBOE menor 270.03 5.000,00 4.910,98 ANTALIS IBERIA, S.A.
2014/485 SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET AHUESADO, PARA LA IMPRESION DE
DIVERSOS TRABAJOS PARA LA UNED EN LA IMPRENTA NACIONAL menor 270.03 5.900,00 5.397,84 PAPELERA DEL ORIA, S.A.
2014/493 SUMINISTRO DE CARTULINA GRAFICA ESTUCADA MATE UNA CARA, PARA LA
CONFECCION DE CUBIERTAS DE PUBLICACIONES DE LA UNED menor 270.04 5.500,00 5.385,50 TORRASPAPEL, S.A.
ANEXO 3
Página 2 de 3
Procedimientos de adquisición de papel
(todos los importes en euros, IVA excluido)
2.- CONTRATOS MENORES (continuación)
Nº EXPTE OBJETO PROC. APLIC. ADJUDIC. OR-2014 ADJUDICATARIO
2014/495 SUMINISTRO DE PAPEL CON DESTINO A LA IMPRESION DE LA OBRA "AVANCE
DE TEMPORADA 2014-2015" DE LA OCNE, EN LA IMPRENTA DE LA AEBOE m enor 270.03 13.000,00 12.984,48 ANTALIS IBERIA, S.A.
2014/520
SUMINISTRO DE PAPEL SEMIBIBLIA EXTRA COLOR BLANCO, EN BOBINAS,
CON DESTINO A LA IMPRESION DE LA OBRA "MANUAL PRACTICO DE
SOCIEDADES 2013"
menor 270.05 21.736,00 21.736,00 MIQUEL Y COSTAS & MIQUEL,
S.A.
2014/531
SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET BLANCO CON DESTINO A LA IMPRESION DEL
"PROGRAMA DE INTERVENCION, SENSIBILIZACION Y REEDUCACION VIAL
2014" EN LA IMPRENTA DE LA AEBOE
menor 270.03 37.000,00 35.675,64 PAPELERA DEL ORIA, S.A.
2014/566
SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET BLANCO CON DESTINO A LA IMPRESION DEL
"PROGRAMA DE INTERVENCION, SENSIBILIZACION Y REEDUCACION VIAL
2014" EN LA IMPRENTA DE LA AEBOE
menor 270.03 11.300,00 11.277,63 TORRASPAPEL, S.A.
2014/569 SUMINISTRO DE CARTULINA GRAFICA ESTUCADA MATE UNA CARA, PARA LA
CONFECCION DE CUBIERTAS PARA EL "LIBRO DE FAMILIA" menor 270.06 9.500,00 9.022,10 INAPA ESPAÑA DISTRIBUCION
DE PAPEL, S.A.
2014/576 SUMINISTRO DE PAPEL ESTUCADO SEMIMATE BLANCO NATURAL "SATIMAT
CLUB NATUREL" menor 270.04 11.500,00 11.226,60 ANTALIS IBERIA, S.A.
2014/578
SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET COLOR BLANCO, EN HOJA, PARA LA
IMPRESION DE FOLLETOS PARA EL CENTRO NACIONAL DE DIFUSION
MUSICAL
menor 270.03 875,14 875,14 ANTALIS IBERIA, S.A.
2014/593
ADQUISICION DE PAPEL OFFSET COLOR BLANCO, EN HOJA, CON DESTINO A
LA REIMPRESION DE LA OBRA "GUIA PARA LAS PERSONAS QUE CONVIVEN
CON ESPASTICIDAD"
menor 270.03 800,00 795,72 TORRASPAPEL, S.A.
2014/594
ADQUISICION DE PAPEL ESTUCADO RECICLADO SEMIMATE, COLOR BLANCO,
EN HOJA PARA LAS OBRAS "ESPECIALIDADES DE LA GUARDIA CIVIL" Y
"OFICINA DE ATENCION AL CIUDADANO DE LA GUARDIA CIVIL"
menor 270.04 845,00 844,26 ANTALIS IBERIA, S.A.
2014/614 SUMINISTRO DE CARTULINA GRAFICA ESTUCADA MATE UNA CARA, PARA LA
CONFECCION DE CUBIERTAS PARA EL "LIBRO DE FAMILIA" menor 270.06 7.500,00 0,00 INAPA ESPAÑA DISTRIBUCION
DE PAPEL, S.A.
2014/620
SUMINISTRO DE PAPEL OFFSET PREMIUM, COLOR BLANCO, EN HOJA, CON
DESTINO A LA IMPRESION DE BOLETINES DOC PARA LA OCNE, EN LA
IMPRENTA NACIONAL DE LA AEBOE
menor 270.03 1.011,13 1.011,13 ANTALIS IBERIA, S.A.
2014/626
SUMINISTRO DE PAPELES OFFSET PREMIUM, COLOR BLANCO, EN HOJA, CON
DESTINO A LA IMPRESION DE DIVERSOS TRABAJOS, EN LA IMPRENTA
NACIONAL DE LA AEBOE
menor 270.03 1.801,00 1.800,07 ANTALIS IBERIA, S.A.
ANEXO 3
Página 3 de 3
Procedimientos de adquisición de papel
(todos los importes en euros, IVA excluido)
3.- ANTICIPOS DE CAJA FIJA
PROVEEDOR Pagos ACF en 2014 por subconceptos presupuestarios
270.03 270.04 270.05 270.06 TOTAL
ANTALIS IBERIA, S.A. 43.699,76 7.899,26 13.904,34 65.503,36
INAPA ESPAÑA DISTRIBUCION DE PAPEL, S.A. 1.232,00 50,72 254,21 1.536,93
PAPELERA DEL ORIA, S.A. 10.458,32 10.458,32
TORRASPAPEL, S.A. 11.106,74 13.813,66 5.647,24 30.567,64
MIQUEL Y COSTAS & MIQUEL, S.A. 11.652,55 11.652,55
OTROS PROVEEDORES 3.190,78 4.149,77 7.340,55
TOTAL 66.496,82 24.954,42 11.652,55 23.955,56 127.059,35
4.- TOTAL, TODOS LOS PROCEDIMIENTOS
PROVEEDOR Contratos ACF TOTAL
todos proced..
abierto + negoc. menor
ANTALIS IBERIA, S.A. 0,00 33.652,66 65.503,36 99.156,02
INAPA ESPAÑA DISTRIBUCION DE PAPEL, S.A. 99.101,15 9.022,10 1.536,93 109.660,18
PAPELERA DEL ORIA, S.A. 0,00 41.073,48 10.458,32 51.531,80
TORRASPAPEL, S.A. 73.564,13 32.986,30 30.567,64 137.118,07
MIQUEL Y COSTAS & MIQUEL, S.A. 0,00 20.661,55 11.652,55 32.314,10
OTROS PROVEEDORES 0,00 0,00 7.340,55 7.340,55
TOTAL 172.665,28 137.396,09 127.059,35 437.120,72
ANEXO 4
Página 1 de 2
Resultados de cumplimiento de los objetivos estratégicos. 2014
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS COMPROMISOS DE MEJORA INDICADORES DE CUMPLIMIENTO DE LOS
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS CUMPL. IGA
1. Cumplir eficientemente y en la forma
legalmente prevista, el servicio público de
publicidad de las normas y de aquellas
otras disposiciones o actos que el
ordenamiento jurídico considera que
deben ser publicados en el "Boletín
Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial
del Registro Mercantil".
1.1 Publicar el diario oficial BOE en la sede
electrónica de la Agencia, antes de las 8 horas,
todos los días del año, excepto los domingos.
1.1 Minutos de retraso al año, computándose como
máximo una pérdida de 20 puntos porcentuales de
cumplimiento por día.
100 15,0
1.2 Publicar el periódico BORME en la sede
electrónica de la Agencia, antes de las 8 horas,
todos los días del año, excepto sábados,
domingos y festivos en la localidad de Madrid.
1.2 Minutos de retraso al año, computándose como
máximo una pérdida de 20 puntos porcentuales de
cumplimiento por día.
100 10,0
1.3 Reducir los plazos de publicación de los
anuncios en los diarios oficiales.
1.3 Porcentaje de anuncios publicados en el tercer día y
quinto día, según se trate de anuncios presentados con
firma electrónica o firma autógrafa, respectivamente.
97 4,9
1.4 Mejorar la calidad de edición del diario BOE.
1.4 Porcentaje de correcciones de erratas en el diario BOE
respecto al total de disposiciones y anuncios publicados
en el diario.
100 5,0
1.5 Ampliar a través de la sede electrónica la
visibilidad de los contenidos de los diarios
oficiales.
1.5 El 76% más la diferencia entre la variación porcentual
del nº de páginas Web que enlazan con boe.es y la media
de las variaciones porcentuales de las páginas que
enlazan a las 7 webs públicas de referencia.
87 8,7
2. Llevar a cabo la máxima difusión de la
legislación, ofreciendo servicios
singularizados que atiendan las
necesidades específicas de información
jurídica de los ciudadanos, profesionales,
empresas y otros clientes de la Agencia, y
ser fuente y motor de la actividad
económica ligada a la gestión del
conocimiento jurídico.
2.1 Difundir la utilización de las bases de datos de
la Agencia. 2.1 Millones de accesos a las bases de datos en el año. 100 10,0
2.2 Mejorar el conocimiento de la legislación
puesta a disposición de los usuarios.
2.2 Promedio de días hábiles en actualizar las normas
consolidadas, contados desde la publicación de la norma
que la modifica hasta que se incorpora consolidada a las
bases de datos de la Agencia.
87 10,4
2.3 Prestar servicios personalizados "BOE a la
carta". 2.3 Número de suscriptores de Alertas al finalizar el año. 100 10,0
2.4 Ofrecer acceso universal y gratuito a libros
electrónicos de legislación.
2.4 Número de libros electrónicos disponibles en la web al
finalizar el año. 100 5,0
2,5 Unificar la producción editorial de las
administraciones públicas. 2.5 Número de títulos publicados en edición y coedición. 97 4,8
ANEXO 4
Página 2 de 2
Resultados de cumplimiento de los objetivos estratégicos. 2014
(continuación)
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS COMPROMISOS DE MEJORA INDICADORES DE CUMPLIMIENTO DE LOS
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS CUMPL. IGA
3. Ser la imprenta y el distribuidor "de
referencia" de la Administración General
del Estado y sus organismos de derecho
público para todo tipo de publicaciones
oficiales, así como para realizar todo tipo
de trabajos que constituyen los fines de la
Agencia y prestar dichos servicios a otras
administraciones públicas en los términos
que se acuerden.
3.1 Mantener la actividad de la Imprenta Nacional
para la Administración General del Estado.
3.1 Importe, en millones de euros, de facturación de los
trabajos de la Imprenta Nacional. 100 5,0
3.2 Mantener la presencia de la Imprenta Nacional
en todas las administraciones públicas.
3.2 Número medio anual de clientes de la Imprenta
Nacional. 100 3,0
3.3 Promover la transformación tecnológica de la
Imprenta Nacional.
3.3 Número de obras editadas para terceros en cualquier
soporte. 100 5,0
CÁLCULO IGA 2014. TOTAL AEBOE 97,0
NOTA.- El “Índice General de cumplimiento de objetivos de la Agencia” (IGA), última columna, se obtiene de multiplicar cada indicador por un factor de
ponderación de su importancia relativa.
ANEXO 5
Página 1 de 8
Resultados de cumplimiento de los Programas y proyectos establecidos en el Plan Anual de 2014
PROGRAMA / PROYECTO OBJETIVO CUMPLIM.
%UNIDADES
PD 1: Elaboración de los diarios oficiales BOE y BORME. Disponer de los diarios, firmados
electrónicamente, antes de las 24:00 horas del día anterior a su publicación ó 4 horas después de la
última relación recibida del Secretariado del Gobierno.
Reducción de 1 punto porcentual por cada 10 días de
retraso en disponer de los diarios firmados entre las 24
horas y 1:30h, y de 1 punto porcentual por cada 5 días de
retraso en disponer de ellos más tarde de la 1:30 horas.
97,72 IN / TI
PD 2: Actualización del Plan de contingencia y centro de respaldo y realización de simulacros.
Realizar cuatro simulacros al año y elaborar los correspondientes informes de incidencias.
Reducción de 25 puntos porcentuales por cada
simulacro/informe de incidencias no realizado. 100,00 IN
PD 3: Control de erratas de disposiciones en el diario BOE. Disminuir el porcentaje de erratas,
respecto al número de disposiciones publicadas, hasta un valor igual o inferior al 0,34%.
Reducción de 2 puntos porcentuales por cada centésima
de punto porcentual que exceda del objetivo. 100,00 IN
PD 4: Control de erratas de los anuncios en los diarios oficiales BOE y BORME. Disminuir el
porcentaje de erratas, respecto al número de anuncios publicados, hasta un valor igual o inferior al
0,03%.
Reducción de 2 puntos porcentuales por cada centésima
de punto porcentual que exceda del objetivo. 100,00 IN
PD 5: Actualización y mantenimiento del sistema de gestión de disposiciones y actos. Implantación
del sistema mixto de montaje del BOE. Ampliar el montaje mixto a disposiciones de complejidad
media antes de 31 de diciembre.
Reducción de 30 puntos porcentuales por no disponer del
sistema de montaje mixto para este tipo de disposiciones
en la fecha prevista.
75,00 IN / TI
PD 6: Mejora de los formatos BOE. Ampliación de plantillas a otras disposiciones. Tener realizadas
nuevas plantillas a 30 de junio y haberlas implantado en un ministerio a 30 de noviembre.
Reducción de 10 puntos porcentuales por cada 30 días de
retraso en disponer de las nuevas plantillas y 10 puntos por
no implantarlas en el plazo previsto.
100,00 IN / TI
PD 7: Gestión de anuncios en el “BOE” y en el “BORME”. Publicar los anuncios, en un plazo de 6 ó
menos días hábiles los presentados con firma electrónica, y de 8 ó menos días los presentados sin
firma electrónica, desde la fecha de conformidad del anuncio (pagado y correcto).
Reducción de 5 puntos porcentuales por cada anuncio
publicado fuera de los plazos establecidos. 100,00 SG / IN
PD 8: Adecuación y mejora del sistema de gestión de anuncios. Elaboración de la propuesta sobre
las modificaciones a realizar en la aplicación “eBOE” en relación con las causas de
interrupción/anulación de los anuncios, antes de 31 de diciembre.
Reducción de 30 puntos porcentuales por no tener
realizado el análisis en la fecha prevista. 100,00 SG
Proyecto PD 9: Tablón edictal de las Administraciones Públicas. Elaborar la normativa con rango
reglamentario y desarrollar el sistema de información para implementar el Tablón edictal antes de 31
diciembre.
Reducción de 20 puntos porcentuales por no elaborar la
normativa de desarrollo y 20 puntos porcentuales por no
disponer del sistema de información en la fecha prevista.
75,00 GEDI / TI /
SG / IN
ANEXO 5
Página 2 de 8
Resultados de cumplimiento de los Programas y proyectos establecidos en el Plan Anual de 2014
(continuación)
PROGRAMA / PROYECTO OBJETIVO CUMPLIM.
%UNIDADES
DL 1: Mantenimiento y depuración de las bases de datos elaboradas a partir del diario oficial BOE y
otras fuentes públicas. Actualizar las bases de datos en 3 días desde que se producen los cambios o
se detectan errores.
Reducción de 0,5 puntos porcentuales por cada
contenido no actualizado en el plazo establecido. 99,50 GEDI / TI
DL 2: Análisis jurídico de las disposiciones normativas incorporadas a la base de datos de
legislación. Realizar el análisis jurídico de las disposiciones normativas que se incorporan a la BD de
Legislación en 3 días.
Reducción de 0,25 puntos porcentuales por cada análisis
realizado entre 4 y 5 días, y de 0,50 puntos los
realizados en más de 5 días.
99,25 GEDI
DL 3: Mantenim iento de la legislación consolidada. Actualizar la normativa consolidada en el plazo
de 0 a 3 días, desde que se publica en el BOE la disposición modificadora.
Reducción de 0,50 puntos porcentuales por cada norma
actualizada en más de 3 días. 91,00 GEDI
Proyecto DL 4: Incorporación de legislación autonómica consolidada en la web de la Agencia.
Consolidar 500 leyes autonómicas.
Reducción de 0,5 puntos porcentuales por cada norma
no consolidada. 100,00 GEDI
Proyecto DL 5: Mejora de la base de datos histórica "Gazeta", años 1836-1939. Revisar los objetos
digitales correspondientes a 10.000 Gazetas, antes de 31 de diciembre.
Reducción de 2 puntos porcentuales por cada 100
unidades de Gazetas que no hayan sido revisadas. 100,00 GEDI / TI
DL 6: Mantenimiento y gestión de las Alertas (BOE a la carta). Enviar las alertas antes de las 10:00
horas del día de su publicación, salvo las de Legislación y Personal que se enviarán antes de las
13:00 horas.
Reducción de 1 punto porcentual por cada envío
realizado fuera de plazo. 92,00 GEDI / TI
DL 7: Atención a las peticiones de información legislativa. Contestar las peticiones de información en
el plazo de 3 días hábiles.
Reducción de 0,10 puntos porcentuales por cada
petición contestada fuera de plazo. 94,10 PSEG
DL 8: Elaboración, gestión y ejecución del Programa Editorial de la Agencia. Editar el 78% de las 246
publicaciones programadas: 192 publicaciones.
Reducción de 0,6 puntos porcentuales por cada título no
publicado. 85,60 PSEG / IN
DL 9: Edición de códigos electrónicos para su publicación en la W eb de la Agencia. Editar y publicar
en la página web 30 códigos electrónicos.
Reducción de 3 puntos porcentuales por cada código no
elaborado. 100,00 PSEG / GEDI
Proyecto DL 10: Portal de Derecho Histórico. Editar en la página web de la Agencia 10 textos
históricos en diferentes versiones y una tabla cronológica.
Reducción de 10 puntos porcentuales por cada texto no
editado. 80,00 PSEG /
GEDI / IN / TI
ANEXO 5
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Resultados de cumplimiento de los Programas y proyectos establecidos en el Plan Anual de 2014
(continuación)
PROGRAMA / PROYECTO OBJETIVO CUMPLIM.
%UNIDADES
MP 1: Elaboración y entrega de los diarios y boletines del Congreso y del Senado los días que
corresponda su publicación. Entregar las diferentes publicaciones antes de las 9 horas.
Reducción de un punto porcentual por cada 30 minutos de
retraso hasta un máximo de 5 puntos al día, por causas
imputables a la Imprenta Nacional.
96,50 IN
MP 2: Sistema de control de calidad del producto final en todos los trabajos de imprenta. Elaborar un
informe trimestral, dentro del mes siguiente al que correspondan los resultados del control y ejecutar
un plan de actuación para evitar las dos incidencias más significativas.
Reducción de 15 puntos porcentuales por cada informe no
elaborado en el plazo establecido, y 20 puntos por cada uno
de los dos planes no ejecutados.
100,00 IN
MP 3: Adaptación del equipamiento e instalaciones de la Imprenta Nacional. Tener adaptada la nave
de la antigua rotativa para almacén de libros antes de 31 de diciembre.
Reducción de 30 puntos porcentuales por no tener adaptada
la nave en la fecha prevista. 70,00 IN / SG
MP 4: Asesoramiento al personal de las unidades de publicaciones de otros Departamentos y
organismos en materias de artes gráficas. Realizar 2 talleres al año.
Reducción de 60 puntos porcentuales por el primer taller no
realizado y de 40 puntos porcentuales por el segundo. 100,00 IN
MP 5: Mejora de los servicios al cliente de la Imprenta Nacional. Índice de satisfacción. Alcanzar un
índice de satisfacción de 8 puntos sobre 10.
Reducción de 10 puntos porcentuales por cada punto que
falte para alcanzar el objetivo. 83,10 IN
Proyecto MP 6: Reorganización de las imprentas y servicios de reprografía y unificación de la edición
e impresión de la AGE en la AEBOE. Contactar con los Departamentos Ministeriales para determinar
los trabajos del PGPO a realizar y planificar su ejecución, y realizar los informes de reorganización
de imprentas de cada Departamento Ministerial.
Reducción de 2,5 puntos porcentuales por cada
Departamento con el que no se haya contactado o por cada
informe no realizado.
100,00 IN
MP 7: Gestión de las suscripciones. Atender las incidencias en las 24 horas laborables siguientes a
su petición.
Reducción de 2 puntos porcentuales por cada incidencia no
resuelta en el plazo comprometido. 100,00 PSEG
MP 8: Gestión de la librería. Entregar los libros adquiridos, a través de correo, fax o de la tienda
virtual, en el plazo de 3 u 8 días hábiles, a contar desde la recepción del pago, según se trate de
envíos por mensajería o por correo postal, respectivamente.
Reducción de 1 punto porcentual por cada entrega realizada
fuera de plazo. 100,00 PSEG
MP 9: Difusión y promoción de los productos/servicios de la Agencia. Realizar 32 acciones
promocionales de los productos/servicios de la Agencia. (28 PSEG y 4 IN).
Reducción de 3 puntos porcentuales por cada acción
promocional no realizada. 100,00 PSEG / IN
ANEXO 5
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Resultados de cumplimiento de los Programas y proyectos establecidos en el Plan Anual de 2014
(continuación)
PROGRAMA / PROYECTO OBJETIVO CUMPLIM.
%UNIDADES
HO 1: Gestión de recursos humanos y relaciones laborales (nóminas, seguridad social,
concursos, OEP, trámites con RCP, etc.). Realizar las actividades en las fechas previstas en la
normativa vigente.
Reducción de 5 puntos porcentuales por cada actividad
realizada fuera del plazo previsto. 95,00 RRHH
HO 2: Plan de formación específico para facilitar el acceso del personal laboral a Cuerpos y
Escalas de funcionarios y para la promoción interna de éstos. Convocar ayudas antes del 31 de
marzo para la preparación de la promoción interna a Cuerpos y Escalas de la AGE, y abonarlas
antes del 31 de diciembre.
Reducción de 1 punto porcentual por cada día de retraso en
cualquiera de los plazos señalados. 100,00 RRHH
HO 3: Plan de formación de la Agencia. Impartir formación al 17% de la plantilla: 447 empleados
de la Agencia a 1 de enero de 2014.76)
Reducción de 7 puntos porcentuales por cada unidad de
porcentaje por debajo del objetivo. 100,00 RRHH / IN
HO 4: Plan de acción social. Gestionar las diferentes ayudas de acción social antes del 31 de
diciembre.
Reducción de 5 puntos porcentuales por cada ayuda gestionada
fuera de plazo. 100,00 RRHH
HO 5: Procesos de negociación. Llegar a acuerdos sobre los diferentes asuntos objeto de
negociación.
Reducción de 5 puntos porcentuales por cada asunto no
acordado. 95,00 RRHH / IN
HO 6: Elaboración y ejecución de los planes de Prevención de riesgos y de Vigilancia de la salud.
Elaborar los dos planes antes de 31 de marzo, y realizar las cinco actuaciones contenidas en
dichos planes en los plazos previstos.
Reducción de 5 puntos porcentuales por cada plan elaborado
fuera de plazo y de 10 puntos porcentuales por cada actuación
realizadas fuera de plazo.
100,00 RRHH
HO 7: Seguimiento de la prestación de servicios internos de la Agencia: Comedo r, cafetería,
limpieza, vestuario y suministro de material de oficina. Prestar a los empleados de la Agencia los
servicios de régimen interior sin incidencias.
Reducción de 2 puntos porcentuales por cada incidente grave y,
1 punto porcentual por cada incidente de otro tipo que se
reflejen en los informes de inspección del comedor y la
cafetería, y en las quejas y reclamaciones del personal
relacionadas con el funcionamiento de estos servicios.
93,00 SG
HO 8: Mantenim iento de los edificios e instalaciones de la Agencia. Controlar el Plan de
Mantenimiento de los edificios de la Agencia. Elaborar y ejecutar el plan anual de actuaciones de
pintura, restauración y rehabilitación.
Reducción de 2 puntos porcentuales por cada inspección
técnica no superada en las citadas áreas, y de 3 puntos
porcentuales por cada actuación contenida en el plan, no
realizada.
94,00 SG
ANEXO 5
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Resultados de cumplimiento de los Programas y proyectos establecidos en el Plan Anual de 2014
(continuación)
PROGRAMA / PROYECTO OBJETIVO CUMPLIM.
%UNIDADES
HO 9: Seguimiento del Plan de seguridad de los edificios de la Agencia. Vigilar y controlar los
edificios de la Agencia (visitas, instalaciones de equipos de seguridad, rondas interiores y
perimetrales). Controlar el cumplimiento del Plan de Seguridad de la empresa contratada.
Reducción de 10 puntos porcentuales por cada incidente
grave, y de 5 puntos porcentuales por cualquier otro
incidente que se refleje en los informes diarios, siempre
que sean responsabilidad del equipo de seguridad.
100,00 SG
HO 10: Gestión de la contratación para la adquisición de bienes y servicios de la Agencia. Cumplir
los plazos previstos internamente en la Agencia para cada tipo de contrato.
Reducción de 2 puntos porcentuales por cada expediente
en el que se haya incumplido el plazo. 84,00 SG / TODOS
HO 11: Gestión y seguimiento del presupuesto de ingresos y gastos. Informes de Control Financiero
Permanente. Disponer de los informes de seguimiento antes del día 15 del mes siguiente al que
corresponde la información, y ausencia de reparos significativos en los informes de control
financiero.
Reducción de 4 puntos porcentuales por cada retraso en
la presentación de los informes de seguimiento y, de 10
puntos porcentuales por cada observación grave en los
informes de control financiero permanente relativa a
cuestiones de competencia de la Secretaría General.
100,00 SG
HO 12: Gestión y seguimiento de los ingresos y cobros: reclamación de deuda pendiente y aplicación
de cobros. Reclamación de deuda pendiente al menos una vez al año y promedio anual de cobros
pendientes de aplicar al final de cada mes igual o inferior al 1,2% de los ingresos anuales.
Reducción de 20 puntos porcentuales si no se reclama
toda la deuda pendiente, y de 2 puntos porcentuales por
cada 0,1% de cobros pendientes de aplicar que exceda
del objetivo. (máximo 70 puntos).
100,00 SG / TI
HO 13: Formulación y publicación de las cuentas anuales y elaboración de los anteproyectos de
presupuestos y de los escenarios presupuestarios. Enviar los correspondientes documentos en las
fechas previstas en la normativa vigente.
Reducción de 25 puntos porcentuales por cada
documento presentado fuera de plazo. 100,00 SG
HO 14: Actualización y mantenimiento del sistema de contabilidad de costes. Disponer del informe
correspondiente al año anterior, antes del 31 de marzo.
Reducción de 25 puntos porcentuales por incumplimiento
del plazo en disponer del informe del ejercicio anterior. 87,50 SG / TODOS
Proyecto HO 15: Implantación del Esquema Nacional de Seguridad. Implantar el sistema de
seguridad y realizar la auditoria externa del sistema, antes del 31 de diciembre.
Reducción de 25 puntos porcentuales por no haber
implantado el sistema y 25 puntos por no realizar la
auditoría externa.
70,00 TI
ANEXO 5
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Resultados de cumplimiento de los Programas y proyectos establecidos en el Plan Anual de 2014
(continuación)
PROGRAMA / PROYECTO OBJETIVO CUMPLIM.
%UNIDADES
HO 16: Portal de subastas electrónicas. Desarrollar e implantar el portal de subastas electrónicas
integrando de forma sucesiva las subastas notariales, administrativas y judiciales, en el plazo de tres
meses desde que se publique la normativa que las desarrolla.
Reducción de 20 puntos porcentuales por cada tipo de
subasta no integrada en el plazo previsto. 100,00 TI / SG
HO 17: Renovación del parque informático de la Agencia. Actualizar versiones del sistema operativo
de 100 equipos y reinstalación de 15 equipos.
Reducción porcentual igual al porcentaje de equipos no
actualizados y no renovados sobre los previstos. 100,00 TI
HO 18: Mantenimiento y actualización de las aplicaciones de gestión. Actualizar 3 aplicaciones de
gestión.
Reducción de 33 puntos porcentuales por cada aplicación
no actualizada a 31 de diciembre. 100,00 TI / TODOS
HO 19: Asistencia a usuarios en materia de microinformática e introducción de nuevas herramientas
ofimáticas. Asistir a los usuarios en un plazo inferior a 24 horas.
Reducción porcentual igual al porcentaje de problemas
solucionados en más de 24 horas. 93,64 TI
HO 20: Elaboración del Informe General de Actividad del año anterior. Elevar el documento al
Consejo Rector antes del 30 de junio.
Reducción de 12 puntos porcentuales por cada 10 días de
retraso en la elevación del informe. 82,00 SG / TODOS
HO 21: Mantenimiento y explotación del cuadro de mandos. Presentar el informe a la Dirección
dentro del mes siguiente al que corresponde la información.
Reducción de 15 puntos porcentuales por cada 10 días de
retraso en la presentación del informe. 100,00 SG / TODOS
HO 22: Redacción del Plan de Acción anual. Disponer del documento, para elevarlo al Consejo
Rector, en la reunión que se celebre tras aprobarse el Contrato de Gestión.
Reducción de 1 punto porcentual por cada día de retraso
en disponer del documento, en la fecha prevista. 100,00 SG / TODOS
HO 23: Desempeño de la Secretaría del Consejo Rector. Realizar las tareas correspondientes en los
plazos previstos en la Ley de Agencias, Estatuto o señalados por el Consejo Rector (convocatorias,
actas, resoluciones, custodia de documentos, etc.)
Reducción de 10 puntos porcentuales por cada
incumplimiento o tarea realizada fuera del plazo
establecido.
90,00 SG
HO 24: Elaboración de informes para el Consejo Rector y la Comisión de Control. Enviar los informes
correspondientes (Ejecución presupuestaria, Objetivos estratégicos, Anteproyecto presupuestos,
etc.) en los plazos previstos en la normativa y/o acordados por el Consejo Rector o la Comisión de
Control.
Reducción de 5 puntos porcentuales por cada
incumplimiento de los plazos establecidos. 100,00 SG
ANEXO 5
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Resultados de cumplimiento de los Programas y proyectos establecidos en el Plan Anual de 2014
(continuación)
PROGRAMA / PROYECTO OBJETIVO CUMPLIM.
%UNIDADES
HO 25: Asesoramiento y apoyo al Director de la Agencia. Realizar los trabajos e informes solicitados
por la dirección de la Agencia.
Reducción porcentual equivalente al cuádruplo del
porcentaje de tareas no realizadas sobre el de solicitadas. 100,00 TODOS
HO 26: Mantenimiento de los Sistemas de Gestión de Calidad ISO 9001 y FSC. Realizar las
reuniones de los Grupos ISO dentro del mes siguiente al trimestre que corresponde, salvo la de
revisión que se celebrará dentro del mes siguiente a aprobarse el Plan de Acción Anual, y las del
Comité de Calidad en los 15 días siguientes a realizarse la última reunión del Grupo.
Reducción de 5 puntos porcentuales por cada
incumplimiento de los plazos establecidos. 95,00 SG / TODOS
HO 27: Impulso, mantenimiento, y gestión de los programas de gestión de calidad del RD 951/2005.
Disponer de los informes de seguimiento de cada programa en los plazos establecidos. Gestionar las
quejas y sugerencias presentadas y contestadas a través de la sede electrónica en el plazo de 16
días hábiles; el resto, en el plazo de 18 días hábiles, a contar desde su recepción en la Agencia.
Reducción de 10 puntos porcentuales por cada retraso en
la presentación de los informes de seguimiento y, de 1
punto porcentual por cada día de retraso, en contestar las
quejas y sugerencias, respecto a los plazos establecidos.
100,00 SG / TODOS
HO 28: Realización de contactos y reuniones Institucionales (CCA, instituciones europeas, países
iberoamericanos, etc.). Asistir a la totalidad de las convocatorias de los grupos en los que participa la
Agencia.
Reducción porcentual igual al porcentaje de inasistencias. 100,00 TODOS
Proyecto HO 29: Proyecto de colaboración para mejorar el diario oficial de Marruecos. Asesorar al
Secretariado General del Gobierno del Reino de Marruecos para la modernización del proceso de
publicación del diario y de la imprenta de Marruecos, realizando 4 misiones.
Reducción de 20 puntos porcentuales por cada misión no
realizada. 100,00 IN
Proyecto HO 30: Sistema de información para la gestión integral de los recursos humanos.
Desarrollar e implantar el nuevo sistema de información integral antes de 31 de diciembre.
Reducción de 30 puntos porcentuales por no disponer del
sistema en la fecha prevista. 100,00 TI / RRHH
Proyecto HO 31: Portal de designación de mediadores concursales. Disponer de un sistema de
asignación de los mediadores concursales inscritos en el Registro de Mediadores, antes del 1 de
junio.
Reducción de 10 puntos porcentuales por cada 30 días de
retraso en disponer del sistema de información. 100,00 TI
ANEXO 5
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Resultados de cumplimiento de los Programas y proyectos establecidos en el Plan Anual de 2014
(continuación)
EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS DEL PLAN DE ACCIÓN 2014
IN Imprenta Nacional 95,37
PSEG Programación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión 94,85
GEDI Gestión editorial, Documentación e Información 95,73
TI Tecnologías de la Información 91,07
RRHH Recursos humanos 96,94
SG Secretaría General 95,33
TOTAL UNIDADES AEBOE 94,88
Relación de los programas / proyectos con los objetivos estratégicos:
PD = Objetivo 1, relativo a la publicidad de los diarios oficiales
DL = Objetivo 2, relativo a la difusión de la legislación
MP = Objetivo 3, relativo a la actividad como medio propio
HO = Objetivo instrumental de carácter horizontal en el funcionamiento interno de la Agencia:
ALEGACIONES
Presentadas el 10 de abril de 2017 por D. MANUEL TUERO SECADES, Director de la
Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado en el ejercicio fiscalizado y hasta la
actualidad (firmadas P.A. por Dª Enriqueta Zepeda, Secretaria General).

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