SAP Lugo 697/2007, 17 de Octubre de 2007
Ponente | JOSE ANTONIO VARELA AGRELO |
ECLI | ES:APLU:2007:1068 |
Número de Recurso | 669/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 697/2007 |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00697/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
Sección 1.ª
SENTENCIA NÚMERO 697
ILMOS/AS. SRES/AS.:
PRESIDENTA:
D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ
D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO
Lugo, diecisiete de octubre de dos mil siete.
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º
669/2.007, dimanante del Juicio Verbal n.º 34/2.007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº
1 de Monforte sobre rectificación de hechos inexactos; siendo apelante el demandado D. Ángel, representado por la procuradora Sra. Cendán Fernández-Peinado y asistido
del letrado Sr. Amarelo Fernández y apelada la demandante Doña. María Antonieta,
representada por la procuradora Sra. De la Fuente Morado y asistida del letrado Sr. Martínez
Fernández; actuando como ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO.
Con fecha 22 de marzo de 2.007, el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Monforte, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que, estimando la demanda formulada por Doña. María Antonieta, representada por la procuradora Sra. Cao Pérez, contra D. Ángel, en su calidad de Director del periódico El Progreso de Lugo, representado por la Procuradora Sra. Crespo Vázquez, DEBO CONDENAR Y CONDENO al expresado demandado a publicar y difundir íntegramente en el diario El Progreso de Lugo la rectificación interesada por la actora, en la integridad solicitada en la misiva remitida al diario en fecha 19/01/07, documento nº 3 de la demanda, y tal como se contempla en el hecho segundo de la demanda, en el sentido de rectificar las informaciones citadas en el hecho primero (documentos nº 1 y 2 de la demanda), referidas al hijo de la actora; lo cual deberá ser realizado en la página local de Lemos, con titular destacado y en espacio similar al utilizado por las noticias publicadas los días 16 y 17 de enero de 2007. Ello con expresa condena del demandado al pago de las costas procesales causadas.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por D. Ángel, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Consiste la contienda en una demanda ejercitada al amparo de la Ley Orgánica 2/84 sobre derecho a la rectificación que ejercita la madre de un joven fallecido en el Hospital de Monforte y que se dirige contra el Sr. Director de El Progreso por insuficiente cumplimiento de lo exigido en la Ley en la publicación de la versión de los hechos facilitados por la familia.
La sentencia estima la pretensión actora y contra esta decisión judicial se alza en apelación la parte civilmente condena a la publicación en la forma establecida en la sentencia.
Los antecedentes del hecho consisten en la publicación en el Diario El Progreso de 16 de Enero de 2007 de la noticia en las...
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