Individualización de la responsabilidad y bases para la comprensión entre modelos

AutorElena B. Fernández Castejón
Cargo del AutorProfesora de Derecho penal en la Universidad Miguel Hernández e investigadora del Centro Crímina para el estudio y prevención de la delincuencia, de la misma Universidad
Páginas133-156
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Individualización de la responsabilidad y
bases para la comprensión entre modelos
«La formulación de un problema es más importante que su solución».
Albert E
1. La necesidad de mantener la
individualización de la responsabilidad
penal en el seno de la empresa
A la luz de lo visto, la propia inclusión de la empresa como sujeto
o como agente responsable ya es en sí mismo un problema. Como ya
hemos apuntado anteriormente, aunque en Estados Unidos son res-
ponsables las personas físicas y las jurídicas por los actos cometidos en
el seno de la empresa, los tribunales tienden en la praxis a condenar a
las empresas y a absolver a las personas físicas, cuando son claramente
estos últimos son los que cometieron los actos criminales178.
178 Véase, LF, W. R.: Criminal law, op. cit., p. 281, n. 102. En este mismo
sentido, también M P, S.: «Una tercera vía en materia de responsabi-
CAPÍTULO III
INDIVIDUALIZACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL POR LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL EN EE.UU.
¿UN MODELO PARA EL DERECHO PENAL ESPAÑOL?
Elena B. Fernández Castejón
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Parece que de esta forma ya tenemos una «cabeza de turco» so-
bre la que recae la pena, hay un culpable, y de esta forma se olvida y
se obvia la importante necesidad de «levantar el velo» de la persona
jurídica. Todo ello está llevando en la práctica a que se «escondan» los
verdaderos culpables tras una responsabilidad penal de las personas
jurídicas que está resultando criminógena.
Así pues, y a pesar de las dicultades reales que se han ido apun-
tando anteriormente para la adscripción de responsabilidad indivi-
dual, es necesario un esfuerzo metodológico para analizar y redenir
los criterios para la individualización de la responsabilidad penal en
la empresa. Para ello, serán cruciales, como punto de partida metodo-
lógico las ideas anteriormente apuntadas acerca del orden lógico para
evitar el problema de la confusión de planos en la práctica judicial,
así como tener presente en todo momento la premisa de que sólo la
persona física puede delinquir. Por ello, en las líneas que siguen, se
centrará el esfuerzo de este estudio en la búsqueda de criterios que
puedan resolver de un modo adecuado los problemas que se vienen
presentando en la práctica judicial en el ámbito de la imputación de
hechos delictivos relacionados con estructuras empresariales comple-
jas, pues como ha quedado reejado en el segundo capítulo de este
trabajo, esto no es sólo una cuestión teórica, sino que parte de una
imperante necesidad práctica.
lidad penal de las personas jurídicas», Revista electrónica de ciencia penal y
criminología, no 6, 2004.

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