Índice cronológico y resumen de la jurisprudencia citada

AutorVirginia Múrtula Lafuente
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho Civil. Universidad de Alicante

DERECHO ESPAÑOL

Sentencias del Tribunal Supremo (Sala 1.ª)

- STS, 12-1-1928, CL, t. 180, n.º 45 (responsabilidad del arrendatario por los daños causados por las personas de su casa).

- STS, 20-5-1946, RAJ, n.º 568 (exoneración de la responsabilidad del arrendatario por pérdida de la cosa arrendada por actos propios del arrendador).

- STS, 17-5-1967, RAJ, n.º 2422 (responsabilidad del arrendatario en materia de arrendamientos urbanos).

- STS, 20-2-1970, RAJ, n.º 938 (carácter solidario de la obligación de indemnizar cuando el daño es producido por un grupo de personas cuyas responsabilidades personales no es posible determinar).

- STS, 10-3-1971, RAJ, n.º 1654 (presunción iuris tantum de culpabilidad del arrendatario ex art. 1.563 del C.c. por destrucción de la vivienda o local arrendado debido a un incendio).

- STS, 7-1-1978, RAJ, n.º 9 (daños causados por reses de caza procedentes de cotos colindantes, sin que resulte posible precisar la procedencia de la caza. Sobre el carácter solidario de la obligación de indemnizar).

- STS, 14-3-1978, ADC, 1979, p. 267 y ss. (Incendio de unos alminares por el paso de un tractor. Inversión de la carga de la prueba de la relación de causalidad).

- STS, 30-4-1982, CL, n.º 195 (responsabilidad mancomunada del arquitecto y constructor demandado, por ser imputables los defectos constructivos al proyecto y a la realización y dirección de las obras, actos en los que medió distinto grado de negligencia por parte de los interesados).

- STS, 8-2-1983, RAJ, n.º 867 (lesión causada a un niño en un ojo por un grupo de niños. Indeterminación del causante del daño. Responsabilidad solidaria de los padres de los menores).

- STS, 28-4-1983, RAJ, n.º 2195 (daño causado por una res perfectamente diferenciable del resto del ganado. No aplicación del régimen de la solidaridad).

- STS, 17-5-1983, RAJ, n.º 2843 (daños causados por conejos procedentes de una finca determinada. No procede la responsabilidad solidaria del resto de los colindantes).

- STS, 24-9-1983, RAJ, n.º 4677 (presunción iuris tantum de culpabilidad del arrendatario ex art. 1563 del C.c. por destrucción de la vivienda o local arrendado debido a un incendio).

- STS, 19-6-1984, RAJ, n.º 3250 (determinación del ámbito de la responsabilidad contractual).

- STS, 3-7-1984, RAJ, n.º 3792 (responsabilidad del empresario -art. 1.903.4 del C.c.- Daños en instalación telefónica subterránea, supuestamente causados al inyectar cemento en obras de consolidación de un puente. No es necesario precisar la identidad del sujeto físicamente realizador del acto antijurídico y dañoso imputable a la empresa).

- STS, 1-12-1984, RAJ, n.º 6021 (responsabilidad solidaria del promotor-constructor, del arquitecto y del aparejador por defectos en la construcción. Fundamento: aseguramiento de la reparación del daño a los perjudicados).

- STS, 10-5-1985, RAJ, n.º 2265 (responsabilidad de los padres por los daños causados por un grupo de menores mientras montaban a caballo sin ir acompañados de un mayor de edad, invadiendo ambos lados de la calzada y sin ningún tipo de alumbrado. Aplicación del art. 1.902 del C.c.).

- STS, 13-9-1985, RAJ, n.º 4259 (daños causados a un menor en el ojo izquierdo al ser alcanzado por un proyectil cuando otros dos niños disparaban una escopeta de aire comprimido, sin que se pudiera saber cuál de ellos lanzó el balín causante del daño. Coautoría. Responsabilidad solidaria de los padres de los menores).

- STS, 4-4-1987, RAJ, n.º 2490 (responsabilidad del arquitecto director de la obra por unas fosas asépticas deficientemente proyectadas y defectuosamente ejecutadas).

- STS, 11-3-1988, RAJ, n.º 1961 (irresponsabilidad de la mercantil propietaria del hotel Corona de Aragón, por el fallecimiento del marido de la demandante como consecuencia del incendio originado en la cocina del hotel. Interrupción del nexo causal por la intervención de un tercero: colocación por personas desconocidas de un elemento que pudo ser pirogal o napalm).

- STS, 16-5-1988, RAJ, n.º 4308 (responsabilidad de la entidad bancaria por los daños causados a un empleado al no concederse finalmente el traslado ofrecido, por los actos preparatorios al mismo. No obsta que la acción se ejercitara en el ámbito de la culpa contractual y resultare infringido el art. 1.902 del C.c.. Concepto de unidad de culpa civil).

- STS, 7-6-1988, RAJ, n.º 4823 (presunción iuris tantum de culpabilidad del arrendatario ex art. 1563 del C.c. por destrucción de la vivienda o local arrendado debido a un incendio).

- STS, 22-6-1988, RAJ, n.º 5124 (responsabilidad del INSALUD ex art. 1.903.4 del C.c., por los daños causados a una menor como consecuencia de la inyección de determinados medicamentos por una ATS que no logró ser identificada).

- STS, 8-7-1988, RAJ, n.º 5681 (daños causados a un menor al recibir impactos de disparos de escopeta de caza por un grupo de cazadores. Práctica de la caza a escasos metros de distancia de un grupo de niños. Indeterminación del causante del daño. Responsabilidad de la partida de caza por la vía del art. 1902 del C.c.).

- STS, 12-12-1988, RAJ, n.º 9435 (el art. 1.563 del C.c. y el principio constitucional de presunción de inocencia).

- STS, 5-7-1989, AC, BD 1032/1989 (daños causados a una niña debido a las heridas que le produjo un cristal desprendido de una vivienda al cerrarse violentamente una de las ventanas. Aplicación del art. 1.910 del C.c. Responsabilidad de los arrendatarios de la vivienda y de la aseguradora de la comunidad).

- STS, 11-7-1989, RAJ, n.º 5598 (responsabilidad del hotelero por los efectos depositados por los viajeros. Entrega para su custodia en caja fuerte).

- STS, 25-10-1989, RAJ, n.º 6964 (responsabilidad solidaria del Estado, funcionarios del Cuerpo de policía, herederos y causahabientes de los atracadores, por los daños causados al actor, herido por los proyectiles de una de las armas de los policías durante una refriega entablada con los delincuentes con ocasión de un atraco. Culpa levísima de los agentes. Imposibilidad de individualizar los respectivos comportamientos. Competencia de la jurisdicción civil cuando la demanda se dirige contra la Administración y particulares).

- STS, 28-10-1989, RAJ, n.º 6969 (responsabilidad solidaria de técnicos y contratistas: presunción iuris tantum de culpa profesional de los intervinientes en la obra implícita en el art. 1.591 del C.c.).

- STS, 18-1-1990, RAJ, n.º 12 (responsabilidad solidaria del aparejador y contratista debidos a cambios en el proyecto determinantes de vicios ruinógenos. No responsabilidad del arquitecto desconocedor del comienzo de la obra y que no consta la dirigiera).

- STS, 30-1-1990, RAJ, n.º 74 (responsabilidad del INSALUD ex art. 1.903.4 del C.c., por los graves daños causados a un paciente durante la fase postoperatoria. Irrelevancia del hecho de que no hayan sido identificados los profesionales, al servicio del INSALUD, a quienes directamente procede atribuir la negligencia causante del daño).

- STS, 6-3-1990, RAJ, n.º 1672 (responsabilidad por defectos en la construcción. Determinación de los vicios y defectos en la construcción y de las personas a quienes son imputables. Irresponsabilidad del arquitecto por falta de intervención).

- STS, 15-3-1990, CCJC, n.º 23, p. 525 y ss. (exoneración de la responsabilidad del hotelero en caso de fuerza mayor: robo a mano armada).

- STS, 8-6-1990, RAJ, n.º 4747 (exoneración de la responsabilidad del arrendatario por pérdida de la cosa arrendada por actos propios del arrendador).

- STS, 5-10-1990, RAJ, n.º 7472 (fundamento de la solidaridad del art. 1591 del C.c. cuando no es posible determinar la responsabilidad del promotor, constructor, arquitecto y aparejadores en su ámbito respectivo: la salvaguardia del interés social).

- STS, 10-11-1990, RAJ, n.º 8538 (responsabilidad del centro docente ex art. 1903.4 del C.c., por los daños sufridos por un menor en el patio de recreo de un centro escolar público, sin que para ello obste el no haberse determinado personalmente quiénes eran los profesores presentes en el lugar en que ocurrieron los hechos).

- STS, 21-11-1990 (RAJ, n.º 9014) (inexistencia de responsabilidad de la directora de una guardería por el daño sufrido por un niño de seis años al ser agredido por otro con un tenedor mientras comían. Calificación del hecho como caso fortuito).

- STS, 10-12-1990, RAJ, n.º 9902 (responsabilidad mancomunada del aparejador, arquitectos y constructor por defectos constructivos).

- STS, 21-12-1990, RAJ, n.º 10316 (responsabilidad solidaria de los agentes de la construcción cuando no se puede concretar la responsabilidad individual).

- STS, 21-1-1991, RAJ, n.º 304 (responsabilidad directa de un menor de 15 años y subsidiaria de su madre, por los daños causados por su motocicleta al incorporarse de forma indebida a una vía principal).

- STS, 5-2-1991, El Derecho BD 1991/1136 (acción de reclamación de cantidad contra el Consorcio de Compensación de Seguros, por la mercantil propietaria de unos autobuses que habían sido incendiados de forma intencionada en el curso de unos incidentes y disturbios de clara significación político-social. Tumulto popular).

- STS, 8-3-1991, RAJ, n.º 2200 (carga de la prueba. Relatividad del principio procesal incumbit probatio ei qui dicit, non qui negat. La prueba de la falta de entrega de la cosa vendida corresponde al comprador).

- STS, 25-3-1991, RAJ, n.º 2443, (responsabilidad del fabricante de un cohete -junto al Ayuntamiento organizador de las fiestas, la Comisión de Fiestas y la aseguradora-, por las graves lesiones producidas al encargado de encender la mecha. Inversión de la carga de la prueba del defecto del producto en aquellos casos en que no se puede obtener una prueba directa).

- STS, 16-4-1991, RAJ, n.º 2697 (responsabilidad médica: no entra en juego la responsabilidad del jefe del equipo médico cuando éste se limita a remitir el paciente al especialista correspondiente).

- STS, 10-6-1991, RAJ, n.º 4434 (accidente en telesquí...

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