Indemnizaciones laborales exentas

AutorZulema Calderón Corredor
Páginas32-34

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Las indemnizaciones laborales exentas están reguladas fundamentalmente en el artículo 7 del IRPF, aunque algunos de sus supuestos cuentan con un desarrollo reglamentario específico. A continuación se propone un cuadro?resumen de las mismas, aunque en la práctica cada caso puede tener especialidades que deban ser consideradas con carácter previo para poder afirmar que se trata de indemnizaciones exentas.

En todo caso esta cuestión es relevante para el empleador en la medida en que, de estar exentas, son cuantías que no deben someterse a retención ni considerarse a efectos de su cálculo.

CAUSA DE LA INDEMNIZACIÓN ó PRESTACIÓN CANTIDAD EXENTA COMENTARIOS
Despido o cese Cuantía establecida en ET, normativa de desarrollo o normativa de ejecución de sentencias
Lecturas complementarias:
Consulta DGT V1804-12, de 18/9/12
1)Rescisión justificada del contrato por el trabajador
2)Por causas objetivas (EREs)
3)Despido improcedente
Art. 7 e)

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Consulta DGT V0161-11 de 31/1/11 (causas objetivas)
Muerte, jubilación o incapacidad del empresario un mes de salario Art. 49.1 g) ET
Traslado de puesto de trabajo a municipio
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