SAP Madrid 475/2007, 11 de Mayo de 2007

PonenteJESUS GAVILAN LOPEZ
ECLIES:APM:2007:4662
Número de Recurso622/2006
Número de Resolución475/2007
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11

MADRID

SENTENCIA: 00475/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº 475/7

Rollo: RECURSO DE APELACION 622 /2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE

D. JESUS GAVILAN LOPEZ

Dª. MARIA JOSE ALFARO HOYS

En MADRID, a once de mayo de dos mil siete.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 481 /2004 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 47 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante MAGERIT SEGURIDAD, S.A., representado por el Procurador Sr. Aguilar Fernández, y de otra, como apelado NIETZSCHE ARTE Y ENMARCACIONES, S.L., representado por el Procurador Sr. Paniagua García, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 47 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 9 de enero de 2006, cuya parte dispositiva dice:" Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Don Ignacio Aguilar Fernández en nombre y representación de Mercantil Magerit de Seguridad S.A. contra Sociedad Nietzsche arte y enmarcaciones S.L. como parte demandada, debo condenar y condeno, a la demandada al pago a la actora la cantidad e dos mil seiscientos sesenta y ocho euros (2.668,00 euros), más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. Con imposición de las costas, cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad". Notificada dicha resolución a las partes, por MAGERIT SEGURIDAD, S.A. se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que se opuso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 10 de mayo de 2007, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS GAVILAN LOPEZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

La Sala acepta y da por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la resolución de instancia, en los términos de esta resolución.

PRIMERO

La resolución de instancia estima parcialmente la demanda interpuesta que tenía por objeto la indemnización de daños y perjuicios derivados de un contrato de servicios, todo ello en los términos concretos que refleja el antecedente de hecho segundo de esta resolución, que se corresponde con la parte dispositiva de la misma.

El recurso planteado por la representación procesal de la parte impugnante, se fundamenta, a modo de síntesis comprensiva de sus alegaciones formuladas en el escrito de apelación, en la errónea valoración de la prueba, invocando en su escrito de preparación la infracción de los artículos 1.288, 1.254, 1.256, 1.258, 1.583, 1.081 y 1.101 del C.C.

De contrario se interesó la confirmación de la sentencia, previa alegación de inadmisibilidad del recurso, pues la parte contraria presentó escrito de preparación del recurso en el que no se mencionaba expresamente los pronunciamientos objeto de impugnación, de acuerdo con el artículo 457 de la L.E.C.

SEGUNDO

Del examen de las actuaciones se constata,...

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