La incoherencia de la pretensión como estrategia procesal

AutorLluís Muñoz Sabaté
Cargo del AutorAbogado. Profesor Titular de Derecho Procesal Universidad de Barcelona
Páginas409-410

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Narra Freud en su trabajo «El chiste y su relación con el inconsciente»1 una graciosa historieta consistente en que un individuo había pedido prestado un caldero y lo devolvió agujereado. El propietario le reclama una indemnización, pero él se defiende alegando: «Primeramente nadie me ha prestado ningún caldero; en segundo lugar el caldero estaba ya agujereado, y por último, yo he devuelto el caldero a su dueño completamente intacto.»

Seguro que a muchos jueces y abogados nos suena este paradigma freudiano con el cual se adorna en ocasiones la pretensión procesal de una parte. Se hace ciertamente difícil de aceptar, por no decir imposible, que la historieta narrada anteriormente tenga algo de coherente, a no ser que descendamos a las cavernas del inconsciente, pues como comenta el propio Freud refiriéndose a la misma «en lo inconsciente no existe la exclusión recíproca de pensamientos incompatibles, aunque aisladamente bien motivados. El sueño en el que se patentizan los procedimientos intelectuales inconscientes no conoce, por tanto, alternativas (esto o aquello), sino tan solo yuxtaposiciones».

Tamaña exposición freudiana no alcanza en la pretensión procesal esas cotas tan elevadas como la historieta del caldero, pero tampoco ha de resultar desdeñable totalmente a tenor de nuestra experiencia la aparición a veces de un atisbo patológico. Incluso me atrevería a lamentar que jueces y abogados no poseamos una potentísima lente de aumento que en tiempos relativamente reducidos permita descubrir todas las minúsculas incoherencias que pueda contener una narrativa procesal de los hechos.

Me apresuro a advertir que en principio excluyo del presente comentario las pretensiones formuladas en forma eventual o subsidiaria cuya validez confirma el artículo 399 5.° de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y que no dejan de constituir una manifestación más de la lícita estrategia con que se adorna el «juego» en el proceso, pero con la misma prontitud debo salir al paso de pretensiones que formuladas

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igualmente en forma subsidiaria (y a veces alternativa), relacionadas entre sí, como la historia del caldero, ponen de manifiesto un contrasentido lógico que hace inacep-table, por no decir irrisible a veces, suplir el fracaso de la pretensión principal por la subsidiaria. El ejemplo más típico, por su frecuente exposición, sería el caso de pretensionar de forma principal la resolución de un contrato y de forma subsidiaria su nulidad. Cierto...

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