ORDEN FORAL de 16 de marzo de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, mediante concurso, de una subvención para la implantación de una instalación de incineración directa de cadáveres de animales y materiales relacionados con las encefalopatías espongiformes...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 16 de marzo de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, mediante concurso, de una subvención para la implantación de una instalación de incineración directa de cadáveres de animales y materiales relacionados con las encefalopatías espongiformes transmisibles.

La Ley Foral 1/2001, de 13 de febrero, de modificación de la Ley Foral 13/1994, de 20 de septiembre, de gestión de los residuos especiales, ha previsto la incineración como método aplicable al tratamiento y eliminación de los residuos procedentes de los animales muertos en las explotaciones ganaderas, de los animales destinados a la lidia, de los materiales especificados de riesgo relacionados con las encefalopatías espongiformes transmisibles y de las harinas procedentes de la transformación de despojos y cadáveres de animales.

Esta modificación legislativa está en línea con las Decisiones 2000/418/CE, de 29 de junio, por la que se reglamenta el uso de los materiales de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles, y 2000/764/CE, de 29 de noviembre, que contemplan la incineración como el principal método de destrucción de los materiales de riesgo, así como el más seguro y con mayores garantías sanitarias.

La necesidad de eliminar y destruir los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles y de gestionar debidamente los residuos y subproductos animales en los términos de la reciente normativa comunitaria dictada al efecto, aconseja establecer un régimen específico de ayudas públicas a la mejor iniciativa de incineración directa que se promueva bien por personas jurídicas, bien por personas físicas.

Dada la limitada capacidad de generación de los residuos animales en Navarra, así como la necesidad de ordenar y priorizar las distintas ofertas que han venido mostrando su interés en desarrollarse, y el importante volumen económico que caracteriza a estas iniciativas, se considera conveniente establecer un régimen de ayudas públicas, consistente en otorgar, mediante concurso público, una subvención a quien resulte seleccionado de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia y objetividad que informan la gestión y control de las subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra.

Esta subvención a la incineración de los residuos animales se configura en el marco de las previsiones contempladas en el "Plan 2001 de Actuaciones a realizar en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra en relación con la prevención de la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB)", aprobado por el Gobierno de Navarra el 26 de diciembre de 2000, así como de conformidad con la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Asimismo, el régimen de ayudas se establece en aplicación del Reglamento (CE) número 70/2001, de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas, y de la reciente nota de la Comisión Europea de febrero de 2001, en la que se recuerdan las normas comunitarias referidas a las ayudas estatales aplicables a las medidas relacionadas con la encefalopatía espongiforme bovina (EEB), comunicada por la Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Por otro lado, el Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de 5 de marzo de 2001, autorizó al Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación a establecer las bases reguladoras de la concesión, mediante concurso, de una subvención para la implantación de una instalación de incineración de animales, residuos cárnicos y materiales relacionados con las encefalopatías espongiformes transmisibles.

En consecuencia, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y del artículo 5 de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos,

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de esta Orden Foral establecer las bases reguladoras que han de regir la selección, mediante concurso, y la concesión de subvención a una iniciativa, pública o privada, que promueva y gestione, en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, la implantación de un sistema de incineración directa de cadáveres animales y materiales relacionados con las encefalopatías espongiformes transmisibles...

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