Incidente de inejecución de sentencia estimatoria de recurso contencioso-administrativo

AutorDirección del Servicio Jurídico del Estado
Páginas693-697

    Dictamen de la Dirección del Servicio Jurídico del Estado de junio de 1997 (ref. R. D. 167/97). Ponente: Don Fernando Irurzun Montoro.

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Antecedentes

1. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó, con fecha 23 de mayo de 1991, sentencia en el recurso contencioso-administrativo n.° 179/89, en cuyo fallo se señala que «estimando el recurso interpuesto en nombre y representación de don A. G. G. contra la Resolución dictada por la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, de fecha 2 de diciembre de 1988, por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Infraestructura del Transporte, de 6 de junio de 1988, por la que se rechazaba, por extemporánea, la petición de reversión de la finca número 31 de la calle Vinaroz, de Madrid, que fue, en su día, objeto de expropiación; anulamos dichos actos en cuanto deniegan el derecho de reversión solicitado por el recurrente, por ser contrarios al ordenamiento jurídico, reconociendo el derecho de reversión a favor del actor sobre la mencionada finca, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por tal declaración, así como a realizar los actos necesarios para la entrega de la posesión de la finca a la parte recurrente, previo reintegro del justiprecio recibido».

2. La mencionada sentencia fue confirmada por la del Tribunal Supremo de 15 de junio de 1996, por la que se desestima el recurso de Page 694 apelación núm. 8562/1991, interpuesto por el Abogado del Estado y por el Ayuntamiento de Madrid.

3. La notificación de la sentencia al Ministerio de Fomento (al que corresponden las competencias del anterior Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones) se realizó el 24 de marzo de 1997, acusando recibo de la notificación la Subdirección General de Recursos del Ministerio el día 31 de marzo de 1997.

Fundamentos jurídicos

I. El incidente de inejecución de sentencia que se interesa por el Ministerio de Fomento, se funda en que la sentencia es «imposible o muy difícil de llevar a cabo». Excepción a la ejecución que el informe de la Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera justifica, esencialmente, en la necesidad de desalojar a los actuales ocupantes del inmueble, y en la transmisión de la titularidad del mismo a la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid como consecuencia del Convenio suscrito el 23 de abril de 1984, con anterioridad a la solicitud de reversión de la finca presentada por don A. G.

La Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, luego de imponer la...

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