STS 1200/1997, 22 de Diciembre de 1997

PonenteD. JOSE LUIS ALBACAR LOPEZ
Número de Recurso2105/1992
ProcedimientoIMPUGNACION DE DERECHOS DE PROCURADOR POR INDE...
Número de Resolución1200/1997
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 1997
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

En la Villa de Madrid, a veintidós de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el incidente sobre impugnación de honorarios por indebidos interpuesto por la Sociedad L.V. SALAMANCA INGENIEROS, S.A., representados por la Procuradora de los Tribunales Doña Olga Gutiérrez Alvarez; respecto a la tasación instada por KLAUS WIECHERT & COMPAÑIA, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Don José Luis Ortiz-Cañavate y Puig-Mauri, posteriormente sustituido por la Procuradora Doña Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Procurador Don José Luis Ortiz-Cañavate y Puig-Mauri, posteriormente sustituido por la Procuradora Doña Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld, en nombre y representación de KLAUS WIECHERT & COMPAÑIA, S.A., interesó la práctica de la tasación de costas, a cuyo pago fue condenada la parte contraria, Sociedad L.V. SALAMANCA INGENIEROS, S.A., en la sentencia dictada en el presente recurso, con inclusión de honorarios de Letrado, y la cuenta de gastos y derechos devengados por el Procurador.

SEGUNDO

Practicada la tasación de costas interesada, se dio vista de la misma a la parte condenada al pago, presentándose por la Procuradora Doña Olga Gutiérrez Alvarez, en nombre y representación de la Sociedad L.V. SALAMANCA INGENIEROS, S.A., escrito impugnando la tasación de costas por el concepto de honorarios indebidos, por haberse incluido partidas en los derechos u honorarios, cuyo pago no pueden corresponder a esta parte, así como por los defectos que se contienen expresados en el cuerpo del escrito.

TERCERO

Formulada la impugnación se dio traslado de la misma a la parte solicitante de la tasación, quien dentro del término concedido contestó al escrito presentado de contrario.

CUARTO

Traídos los autos a la vista con citación de las partes, se señaló para votación y fallo el día 16 de diciembre de 1.997.

Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ALBÁCAR LÓPEZ

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- No habiéndose incluido en la tasación de costas ninguna de las partidas que en concepto de suplidos, locomoción y copias ni pretenden negar en la cuenta relativa al Procurador y siendo con arreglo a derecho las restantes de Procurador y Abogado, procede la expresa denegación de la impugnación de honorarios por indebidos, imponiéndose las costas del presente incidente a quien lo promovió.

Por lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el pueblo españolFALLAMOS

SE DESESTIMA la impugnación de honorarios por indebidos interpuesta por la Procuradora Doña Olga Gutiérrez Alvarez, condenando a dicha parte a las costas del presente incidente.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos .- Ignacio Sierra Gil de la Cuesta.- José Luis Albácar López.- Antonio Gullón Ballesteros.- Rubricados.- PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el EXCMO. SR. D. José Luis Albácar López, Ponente que ha sido en el trámite de los presentes autos, estando celebrando Audiencia Pública la Sala Primera del Tribunal Supremo, en el día de hoy; de lo que como Secretario de la misma, certifico.

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