Incendios forestales

AutorManuel Jaén Vallejo - Ángel Luis Perrino Pérez
Cargo del AutorMagistrado - Fiscal
Páginas159-161

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Varias son las novedades que encontramos en la regulación de los incendios tras la reforma. La primera que cabe destacar se encuentra

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en la Disposición final tercera por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo del Tribunal del Jurado, y de la que se extrae que los incendios forestales (arts. 352 a 354), ya no formarán parte del catálogo de los delitos competencia del Tribunal del Jurado.

En relación con el enjuiciamiento de estos delitos y dado que el art. 353 establece para los incendios forestales dolosos que alcancen una especial gravedad la pena de seis años de prisión (en lugar de los cinco anteriores), la competencia en estos casos corresponderá por lo tanto a la Audiencia Provincial y no al Juzgado de lo Penal.

Lo cierto es que el enjuiciamiento ante el Tribunal del Jurado siempre había provocado ciertas reticencias, no solo por los detractores de la propia institución del Jurado, que la consideran contraria al rigor científico y a la celeridad propia de la administración de justicia84, sino por la complejidad de la prueba que requiere la acreditación de estos delitos en concreto, en muchos casos la denominada prueba indirecta o indiciaria, que llevan en buena lógica a pensar que solo un tribunal profesional va a tener la capacidad técnica precisa para valorar en su justa medida.

Los incendios forestales siguen siendo uno de los problemas más importantes que afectan a nuestros montes, provocando daños y pérdidas irreparables al menos a corto o medio plazo. La preocupación no es nueva, ya la Fiscalía en una antigua instrucción en el año 199085

indicaba que riqueza forestal española estaba siendo agredida de modo continuado desde diversos puntos, en los que es de presumir la nota de intencionalidad, señalando que "el resultado final previsible sería la desertización de nuestro territorio, capítulo en el que tienen un claro protagonismo los incendios forestales" , y lo cierto es que el derecho penal ha ido evolucionando de manera acertada para intentar afrontar de manera eficaz estos execrables comportamientos.

Ya más recientemente, el Parlamento Europeo, en su resolución de 16 de Septiembre de 2009, lamentaba que tantos de estos incendios forestales se debieran aparentemente a actos intencionados, y se mostraba particularmente preocupado por el hecho de que los incendios forestales en Europa se deban cada vez más a actos delictivos de este tipo, pidiendo además, a los Estados miembros que...

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