Incendio en garaje de la comunidad de propietarios. Acción de subrogación frente al propietario del vehículo. El comunero no tiene consideración de tercero a efectos del artículo 43 de la LCS

AutorJavier López y García de la Serrana
Cargo del AutorAbogado. Doctor en Derecho
Páginas48-53
INCENDIO EN GARAJE DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS. ACCIÓN
DE SUBROGACION FRENTE AL PROPIETARIO DEL VEHICULO. EL
COMUNERO NO TIENE CONSIDERACIÓN DE TERCERO A EFECTOS DEL
ARTÍCULO 43 DE LA LCS
Comentario a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias
(Sección 5ª) de 8 de abril de 2015. Ponente: Mª Jose Pueyo Mateo.
1. Introducción
Resulta de gran relevancia la sentencia que nos ocupa habida cuenta la
casuística que trata, así como la solución adoptada en este caso por la Audien-
cia Provincial de Asturias algo controvertida como veremos, sobre las dos
cuestiones planteadas. En primer lugar, se discute si la solución adoptada por
el Juzgado de Primera Instancia de estimar la acción subrogatoria ejercitada
por la aseguradora frente al propietario del vehículo causante del incendio
que origina los daños en los elementos comunitarios, abonados previamente
por la reclamante en virtud del contrato de seguro suscrito con la Comunidad
de Propietarios afectada, es acorde a los presupuestos recogidos en el artícu-
lo 43 de la LCS. En concreto, se plantea si se debe considerar al propietario
del vehículo causante como tercero ajeno a la cobertura de la póliza, dada su
condición de comunero de la Comunidad de Propietarios asegurada.
Y en segundo lugar, se vuelve a plantear la cuestión sobre si la asegura-
dora codemandada, con quien tenía suscrito el vehículo incendiado seguro de
responsabilidad civil, resulta igualmente responsable, para lo cual se discute
si el estacionamiento del vehículo en garaje de la comunidad por un tiempo
de 14 días consecutivos supone o no un hecho de la circulación.
2. Supuesto de hecho
La reclamación trae origen de los hechos producidos el 24 de septiem-
bre de 2.013 en el garaje del inmueble de la comunidad asegurada por la ac-
tora como consecuencia de un incendio que ocasionó daños a dos vehículos
Cuestiones controvertidas en materia de seguros.indd 48 13/08/2019 10:01:54

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