La incapacidad temporal: una prestación sometida a límites y controles crecientes

AutorRicardo Esteban Legarreta
Páginas17-21
17
INTRODUCCIÓN
LA INCAPACIDAD TEMPORAL: UNA PRESTACIÓN SOMETIDA
A LÍMITES Y CONTROLES CRECIENTES
Por razones de diversa consideración, la incapacidad temporal es
una prestación de Seguridad Social en el punto de mira por el halo
de sospecha y de mala utilización que la acompaña. Sin duda en ese
planteamiento pesa la desconfianza intemporal hacia el uso desviado
que los trabajadores, así como hacia la indolencia del personal médico
que debe llevar a cabo el seguimiento de la incapacidad temporal. Los
datos a propósito del absentismo laboral1 vinculado a situaciones de
enfermedad que en ocasiones se acompañan con cifras de simulación
de enfermedad2 contribuyen a la abundante producción legislativa y a
la elaboración de manuales y guías para una “gestión eficiente” de la
incapacidad temporal3.
1
El concepto de absentismo contiene una cierta dosis de volatilidad. Como señala
POQUET CATALÀ, R.: “La configuración del absentismo laboral como causa extintiva
tras la reforma laboral de 2012”, Actualidad Laboral núm. 11, 2012, versión electrónica,
pág 1 “(...) con bastante frecuencia se habla de absentismo en un sentido general, más
propio de la gestión de recursos humanos centrado exclusivamente en las faltas de asis-
tencia del trabajador al centro de trabajo, y no en un sentido técnico-jurídico relaciona-
do con la posible justificación o no del incumplimiento por parte del trabajador”. Por
su parte el VII Informe Adecco sobre Absentismo, Madrid, 2018, pág. 13 define al mismo
como “la ausencia de una persona de su puesto de trabajo, en horas que correspondan a
un día laborable, dentro de la jornada legal de trabajo”. De mayor interés se me antoja la
noción de tasa de absentimo, del mismo informe (pág. 23), que sería el cociente de divi-
dir las horas no trabajadas por causas ocasionales (sin considerar ERTEs ni vacaciones
y festivos) y las horas pactadas efectivas.
2
Sobre la cuestión del fraude en la IT puede verse BLANCO FERNÁNDEZ, S.; VE-
LASCO RODRÍGUEZ, J. y GONZÁLEZ PAIS, C.: “Despidos disciplinarios por fraude en
incapacidades temporales.” ¿Qué simulamos y por qué”, Revista de Trabajo y Seguri-
dad social/ CEF 406, 2019, pág. 107, no reflejan cifras unánimes pero no son ni mucho
menos inapreciables. A titulo de ejemplo, y reflejando otras fuentes señalan estimacio-
nes de un 14 por 100 de simulación por ansiedad.
3
Destacan a este respecto las que ha ido elaborando el INSS a lo largo de estos úl-
timos años. La última versión consultada es INSS: Manual de Tiempos óptimos de la
incapacidad Temporal, 2017, 4ª edición.

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