Incapacidad permanente (UE)

Actualizado aAgosto 2022
PRESTACIONES DE INCAPACIDAD (UE)
INC-17 UE V.10 20210514
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
1.- DATOS PERSONALES.- Si la solicitud no se formula en nombre propio, sino a través de otra persona (por estar el interesado
incapacitado, por ejemplo) rellene también el apartado correspondiente a los datos del representante.
Si el interesado está acogido en algún Centro oficial o privado que actúa como guardador, indique el establecimiento y especifique
en calidad de qué actúa usted en su nombre (director, secretario, administrador, etc.).
Los datos sobre separación, divorcio y discapacidad son información operante a efectos fiscales (cálculo del % de retención del
IRPF de la pensión) excepto en los Territorios Forales y su cumplimentación es totalmente voluntaria. Si no lo hace no se tendrán
en cuenta estos datos a los efectos mencionados. Si los cumplimenta se entenderá que presta su consentimiento para que puedan
ser tratados informáticamente con ese fin.
2.- DATOS PROFESIONALES.- Sea lo más conciso posible al poner esta información.
3.- DATOS DE SITUACIÓN LABORAL.- No deje de poner la fecha en la que dejó o va a dejar de trabajar: es esencial para el
trámite de la prestación.
4.- DATOS SOBRE PERIODOS TRABAJADOS Y/O SIN ACTIVIDAD LABORAL EN OTROS PAÍSES.- En el espacio
(TRABAJO O RESIDENCIA EN OTROS PAÍSES) consigne el país o países indicando en cuáles de ellos ha trabajado y en
cuáles ha residido sin efectuar ningún trabajo.
5.- DATOS SOBRE SU FUTURA PRESTACIÓN.- Reseñe los ingresos que usted o su cónyuge/pareja de hecho previsiblemente
vayan a obtener en el año en curso y que se correspondan con los conceptos que se indican en las casillas. Esta información es
necesaria para calcular un posible complemento a mínimos de su pensión. Si piensa trabajar una vez tenga concedida la
prestación, debe decirnos dónde, porque ambas situaciones pueden ser incompatibles; incluya los trabajos en las Administraciones
Públicas y otros organismos constitucionales.
6.- DATOS DE LAS PERSONAS QUE CONVIVEN CON EL INTERESADO Y A SU CARGO.- Son necesarios para incluirlas
en su Cartilla de Asistencia Sanitaria. Es preciso que esas personas convivan y dependan económicamente de usted y que no
tengan reconocida la Asistencia Sanitaria por derecho propio.
Los datos referentes a estado civil, discapacidad y tiempo de convivencia de los hijos y ascendientes se utilizan para calcular
correctamente la retención por IRPF y pueden disminuir su cuantía, excepto en los Territorios Forales; su cumplimentación es
totalmente voluntaria. También puede optar por suministrarlos directamente a la Administración Tributaria a fin de que sea ella la
que calcule y comunique el % de retención aplicable a su pensión (STS 18-3-2000 y 20-5-2000).
7.- HIJOS PROPIOS O APORTADOS, OTROS FAMLIARES Y ACOGIDOS LEGALES O DE HECHO.
8.- HIJOS FALLECIDOS.- Algunos países necesitan información sobre hijos fallecidos.
9.- DATOS DE HIJOS QUE NO CONVIVEN CON EL SOLICITANTE.- Requeridos por algunos organismos extranjeros.
10.-
DATOS SOBRE PARTOS, COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO, COMPLEMENTO POR
MATERNIDAD Y CUIDADO DE HIJOS Y MENORES ACOGIDOS
.
10.1
RECONOCIMIENTO DE DÍAS COTIZADOS POR PARTO: exclusivamente cuando la solicitante sea mujer, se podrán
computar como periodo cotizado 112 días por cada parto y aborto de más de 6 meses aunque no se estuviese en situación de activo.
Todos ellos deben figurar inscritos en el Registro Civil para producir efectos
.
10.2
BENEFICIOS POR CUIDADO DE HIJOS O MENORES: se podrá computar como periodo cotizado, a todos los efectos
excepto para alcanzar el periodo mínimo de cotización, un determinado número de días por el periodo comprendido entre la
interrupción de la cotización por extinción de la relación laboral o fin de desempleo entre los 9 meses antes del nacimiento con vida
(o los 3 meses antes de la resolución judicial de adopción o la decisión administrativa o judicial de acogimiento) y la finalización
del sexto año posterior al nacimiento, adopción o acogimiento. Sólo se reconocerá a un progenitor, por lo que en caso de
controversia se otorgará al derecho a la madre
.
10.2
COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO: para pensiones causadas a partir de 4/2/2021,
si se cumplen los requisitos establecidos legalmente, se podrá reconocer un complemento para la reducción de la brecha de género
a los hombres o mujeres que hayan tenido uno o más hijos nacidos con vida o adoptados cuyo nacimiento o adopción se hubiera
producido con anterioridad a la fecha en que se jubila
.
10.2 COMPLEMENTO POR MATERNIDAD: exclusivamente cuando la solicitante sea mujer y para pensiones causadas a partir de
1/1/2016 y hasta 3/2/2021 se podrá reconocer un complemento sobre la pensión a las mujeres que hayan tenido dos o más hijos
nacidos con vida o adoptados cuyo nacimiento o adopción se hubiera producido con anterioridad a la fecha en que se jubila. Todo
ello con independencia del país donde hubiera tenido lugar el nacimiento o la adopción (en el caso de las adopciones internaciona-
les constituidas por autoridades extranjeras deben haber surtido efectos en España con arreglo a las disposiciones de la Ley de
Adopción Internacional).
11.- DATOS FISCALES.- Si el solicitante de la prestación tiene establecida su residencia fiscal (más de 180 días al año) en un país
extranjero o en una Comunidad o Ciudad Autónoma o Territorio Foral distinto del lugar donde solicita su pensión, debe indicarlo
así ya, que el tratamiento de retenciones por IRPF puede ser diferente.
Los pagos de pensión compensatoria al cónyuge o de alimentos por hijos pueden disminuir la base de cálculo a esos mismos
efectos. Su declaración es totalmente voluntaria; si los cumplimenta se entenderá que presta su consentimiento para que puedan
ser tratados informáticamente con esa finalidad. También puede optar por suministrar estos datos directamente a la
Administración Tributaria.
12.- OTROS DATOS.- La elección de LENGUA COOFICIAL sólo surtirá efectos en las Comunidades Autónomas que la tengan
reconocida.
El DOMICILIO DE COMUNICACIONES a efectos legales sólo debe indicarse cuando desee recibirlas en otro distinto del suyo
habitual, incluidas las comunicaciones oficiales en las que se le pidan actuaciones en plazos determinados.
13.- ALEGACIONES.- Si quiere añadir algo que considere importante para tramitar su prestación y no vea recogido en el formulario,
póngalo en este apartado de la forma más breve y concisa posible.
14.- COBRO DE LA PRESTACIÓN.- Debe indicar el BIC (Código Internacional de Banco) y también el número de IBAN, que es
el equivalente a su número de cuenta bancaria. El error o la falta de este dato impediría el pago de la prestación que, en su caso,
pudiera reconocerse. Puede encontrarlo en todos los recibos y comunicaciones que le envía su entidad bancaria actualmente.
Si reside en el extranjero y quiere recibir allí el pago, debe aportarnos todos los datos de su entidad bancaria en ese país mediante
los correspondientes códigos internacionales.

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