STSJ Comunidad de Madrid 666/2006, 25 de Septiembre de 2006

PonenteJAVIER JOSE PARIS MARIN
ECLIES:TSJM:2006:9771
Número de Recurso1889/2006
Número de Resolución666/2006
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2006
EmisorSala de lo Social

IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER JUAN MIGUEL TORRES ANDRES JAVIER JOSE PARIS MARIN

RSU 0001889/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 1889/2006

Sentencia número: 666/2006

Mª P.Z.

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZALEZ ALLER

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRES

Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARIN

En la Villa de Madrid, a veinticinco de septiembre de dos mil seis.

Habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el recurso de suplicación número 1889/2006 formalizado por la Letrado Dª Rosario Real Calama en nombre y representación del INSS Y TGSS contra la sentencia de fecha 7 de diciembre de 2005 dictada por el Juzgado de lo Social número 19 de MADRID en sus autos número 516/05 seguidos a instancia de Dª Ariadna representada por el letrado D. Miguel A. Santalices Romero frente a los Organismos recurrentes y SERMAS en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARIN y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

  1. - La actora Dª Ariadna nacida el 11-10-1945, figura afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000.

  2. - La profesión habitual de la actora es la de Enfermera.

  3. - Por resolución de la Dirección Provincial del INSS de Madrid de fecha 08-04-2005 se denegó a la actora la incapacidad permanente por no alcanzar, las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente, según lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE 29/06/94), en relación con el artículo 136.1 de la misma disposición en la redacción dada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE 31/12/94 ).

    Por no ser constitutivas de incapacidad permanente las lesiones que padece, en ninguno de los grados establecidos por la ley, ni valorables como lesiones permanentes no invalidantes, según lo dispuesto en los artículos 136, 137 y 150 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE 29/06/94 ).

    Habiéndose objetivado por el EVI el siguiente cuadro clínico residual:

    "A.T.: TENDINITIS DE D'QUERVAIN BILATERAL LEVE MODERADA.E.C.: TRASTORNO ANSIOSO DEPRESIVO EN EVOLUCION FAVORABLE".

  4. - La actora actora padece: tendinitis de D'Quervain en muñeca izquierda derivada de accidente de trabajo sufrido en junio de 2001; intervenida en dos ocasiones sin mejoría con limitación de la movilidad flexo-extensora y lateral de la muñeca que se ha agravado últimamente y que requiere la utilización continua de una férula de descarga en muñeca izquierda; con dolor intenso en punta de dedo. Tras la intervención quirúrgica ha desarrollado fibrosis reactiva.

    Esta lesión ha dado lugar a dos procesos de I.T. del 29-06-2001 a 28-12-2002 y desde el 07-10- 2004 hasta la actualidad.

    Asimismo, la actora presenta un cuadro ansioso-depresivo reactivo a su discapacidad que ha dado lugar a la baja de incapacidad temporal de 07-04-2003 a 31-08-2004.

  5. - Por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se confirmó la sentencia de instancia del Juzgado de lo Social n° 34 de Madrid de 26-02-2004 desestimando la declaración de incapacidad permanente total a la actora en base a que las lesiones objetivadas, tendinitis de D'Quervain por limitación funcional en muñeca izquierda en menos del 50%, no le incapacita para realizar su profesión habitual.

  6. - La base reguladora de la prestación de incapacidad permanente derivada de enfermedad común ascendería a 1.501 euros/mes y la derivada de accidente de trabajo a 1.683,81 euros, reconocida por ambas partes.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Estimando la demanda formulada por Dª...

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