Inadmisión y necesidad de reelaboración ante el derecho de acceso a la información pública

AutorManuel Fernández Salmerón - Javier Sierra Rodríguez
CargoUniversidad de Murcia (España)
Páginas56-74
ARTÍCULOS 56
Inadmisión y necesidad de reelaboración ante el derecho
de acceso a la información pública
The decision taken by public bodies of not processing a request of
access to public information based in the compulsory requirement
of a re-elaborating action
Manuel Fernández Salmerón
Universidad de Murcia (España)
salmer@um.es
NOTA BIOGRÁFICA
Manuel Fernández Salmerón es Licenciado en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense
y Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia. Es Profesor Titular de Derecho Administrativo de la
Universidad de Murcia y está acreditado a CU. Sus principales líneas de investigación son: sistema de
fuentes y control judicial de la actividad administrativa; procedimiento administrativo; Derecho Audiovisual;
Derecho Ambiental; modernización y tecnificación del sector público; transparencia y privacidad en la
actividad administrativa.
Javier Sierra Rodríguez
Universidad de Murcia (España)
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-9002-5153
javier.sierra@um.es
NOTA BIOGRÁFICA
Javier Sierra Rodríguez es Licenciado en Ciencias Políticas y Doctor en Derecho por la Universidad de
Murcia. Está acreditado como PCD y es profesor asociado del área de Ciencia Política en la Facultad de
Derecho de la Universidad de Murcia. Sus líneas de investigación están relacionadas con la transparencia,
el gobierno abierto y los sistemas electorales.
RESUMEN
El objetivo fundamental de este trabajo consiste en analizar las cuestiones más controvertidas que
se han suscitado ante los tribunales, respecto de las causas de inadmisión de solicitudes acogidas al
derecho de acceso y, específicamente, de la relativa a la necesidad de una acción de reelaboración. Los
presupuestos legitimadores para la eficaz invocación de esta causa fueron examinados en la primera
sentencia del Tribunal Supremo, dictada a raíz de una resolución del Consejo de la Transparencia y Buen
Gobierno.
De su análisis se deriva que la interpretación judicial asume el cambio de modelo operado por la LTBG y
la consideración del derecho de acceso a la información como una garantía expansiva, lo que conduce a
una necesaria interpretación restrictiva de las causas de inadmisión. En lo referente al motivo basado en la
necesidad de una acción de reelaboración, los criterios aceptados desembocan en la inadmisión cuando
Recibido: 24-09-2018
Modicado: 06-02-2019
Aceptado: 06-02-2019
DOI: 10.24965/reala.v0i11.10581
Sección: ARTÍCULOS
ARTÍCULOS 57
Manuel Fernández Salmerón / Javier Sierra Rodríguez
Inadmisión y necesidad de reelaboración ante el derecho de acceso a la información pública
REALA. Nueva Época – N.o 11, Abril-Septiembre 2019 – ISSN: 1989-8975 – DOI: 10.24965/reala.v0i11.10581 – [Págs. 56-74]
las solicitudes fuerzan la elaboración ad hoc de un informe, sin perjuicio de asumir que todo otorgamiento
del acceso requiere un mínimo de tratamiento, considerado tolerable. En cualquier caso, todavía es
seguramente pronto para posicionamientos firmes y tajantes, requiriéndose una mayor producción
jurisprudencial para delimitar con claridad los contornos de las causas de inadmisión, las cuales no dejan
de estar formuladas como conceptos jurídicos indeterminados.
PALABRAS CLAVE
Derecho de acceso; inadmisión; procedimiento administrativo; reelaboración.
ABSTRACT
The main aim of this work is to analyse the most controversial questions which have been raised in courts,
regarding the causes of non-admission of applications based on the right of access to public information
and, specially, the one linked to the necessity of a later re-elaborating action. The legitimacy for the effective
invocation of this cause was revised in a groundbraking decision of the spanish Supreme Court, given after
a resolution of the Council for Transparency and Good Governance.
From its analysis follows that judicial interpretation assumes the change of model operated by the
transparency act, and the ensuing consideration of the right of access to public information as an example of
«expansive right», which leads to an unavoidable restrictive interpretation of the causes of non-admission.
Regarding to the specific cause based on the need of a re-elaboration action, the accepted criteria settle
a due non-admission decision when the applications would force the elaboration of an «ad hoc» report to
be granted, notwithstanding the assumption that any grant of the exercise of the right of access requires
a minimum processing work, considered as tolerable. It is maybe still soon for positive and categorical
assessments about this issue; being necessary more case-law production in order to delimit more clearly
the outlines of all the non-admission causes, which are indeed formulated as legal indeterminate concepts.
KEYWORDS
Access to public information; non-admission; administrative procedure; re-elaborating action.
SUMARIO
1. INTRODUCCIÓN. 2. SOBRE LAS CAUSAS DE INADMISIÓN DEL DERECHO DE ACCESO. 2.1. LA IN-
TERPRETACIÓN DE LOS CRITERIOS DE INADMISIÓN ANTE EL CARÁCTER EXPANSIVO DEL DERE-
CHO DE ACCESO. 2.2. MOTIVACIÓN, SILENCIO ADMINISTRATIVO E INADMISIÓN DE SOLICITUDES
DE ACCESO. SU ARTICULACIÓN EN SEDE JUDICIAL Y ANTE LOS ÓRGANOS ESPECIALES DE RE-
CLAMACIÓN. 3. LA INADMISIÓN POR SER NECESARIA UNA ACCIÓN DE REELABORACIÓN. 3.1. LA
ACCIÓN DE REELABORACIÓN SEGÚN EL CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO.
3.2. LA OMISIÓN DE LA ACCIÓN DE REELABORACIÓN ANTE INFORMACIÓN EXISTENTE QUE SOLO
REQUIERE SER RECOPILADA. a. Caso canales de televisión: producción de información inexistente. b.
Caso Eurovisión 2015: simplicidad del tratamiento necesario. c. Caso: Gala Fin de Año 2015: producción
de información inexistente. d. Caso: Especial Nochebuena y Campanadas 2016: recopilación de informa-
ción existente. 4. A MODO DE CONCLUSIÓN. 5. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
1. INTRODUCCIÓN
El ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciem-
bre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen gobierno (LTBG) está limitado en función de
la posibilidad de producir un perjuicio en torno a una serie de materias y derechos de terceros y, además, las
solicitudes de acceso pueden ser inadmitidas por estar incursas en una serie de supuestos, al margen de las
que hayan podido derivar de otras razones de tipo procedimental.
Las denegaciones son susceptibles de reclamación ante el Consejo de la Transparencia y Buen Gobier-
no (CTBG), mediante un recurso previsto en el artículo 24 de la LTBG, cuya resolución puede confirmarlas
u otorgar el acceso, aunque se observa la tendencia del CTBG a resolver las reclamaciones manteniendo
cierto criterio proclive a la transparencia y, consecuentemente, dado en mayor medida a permitir el acceso
a la información pública.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR