Impugnar la orden de paralización de trabajos decretada por la inspección de trabajo y seguridad social

AutorVicente Albert Embuena
Cargo del AutorAbogado y Profesor Asociado de la Universidad de Valencia
Actualizado aNoviembre 2015

A LA INSPECCION DE TRABAJO

D. ………………………, mayor de edad, provisto de DNI nº………, como………….. Administrador Único de la mercantil ……………………………según copia de escritura de poder que se acompaña y con domicilio en………….., calle ………., ante ese organismo comparezco y como mejor proceda en derecho DIGO:

Que con fecha…………..el Inspector de Trabajo y Seguridad Social D. ……………………ordenó la paralización de los trabajos hasta tanto se adoptaran las siguientes medidas en evitación del grave e inminente riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores………………(copiar lo indicado en la orden de paralización).

Que no estando conforme con la orden de paralización acordada por la Inspección de Trabajo, por medio del presente escrito procedo a impugnarla ante autoridad laboral en base a los siguientes motivos

  1. - Los trabajos de estructura del edificio en construcción situado en……………si que disponían de medidas de protección colectiva consistentes en……………

  2. - Los trabajadores sí que disponían de medidas de protección individual contra el riesgo de caída en altura consistentes en…………

Por lo expuesto,

A LA INSPECCION DE TRABAJO SOLICITO que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y tener por interpuesto en tiempo y forma escrito de impugnación contra la orden de paralización de trabajos acordada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en mérito de lo expuesto, dicte resolución acordando dejar sin efecto la orden de paralización decretada por la Inspección de Trabajo.

OTROSÍ DIGO, que en prueba de mis alegaciones aduzco los siguientes medios de prueba:

  1. Documental consistente en los documentos……………. (...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR