Impugnación del recurso de súplica

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado. Profesor de Derecho Administrativo/Letrado Jefe del IBSALUT. Letrado de la Seguridad Social

AL JUZGADO (AL JUZGADO CENTRAL) DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO/ A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

(según corresponda).

Don ... Procurador de los Tribunales, en nombre y representación que tengo acreditada de D./Dª...., ante el Juzgado/la Sala, en el procedimiento ...... nº .... comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que con fecha ...... se me da traslado del recurso de súplica interpuesto por …. contra el Auto nº ... de fecha ... (o la providencia) del Juzgado/Sala por la que ... (indicar el contenido de la misma).

Que, dentro del plazo de cinco días conferido, de conformidad con el artículo 102 bis LJCA 29/1998, por medio del presente escrito se procede a la IMPUGNACIÓN DEL RECURSO DE SÚPLICA citado, con base en las siguientes

ALEGACIONES

Primera.- ..........

Segunda.- ........

Tercera.- .............

Por todo lo expuesto y en su virtud,

AL JUZGADO/SALA SUPLICO: tenga por presentado este escrito y por impugnado el recurso de súplica de … de fecha … contra … , desestimando el mismo en todos sus extremos.

Es justo en ...... (Lugar y fecha).

Firma y número de colegiado de Abogado y Procurador.

COMENTARIO

El artículo 79 de la LJCA 29/1998, señala:

  1. Contra las providencias y los autos no susceptibles de apelación o casación podrá interponerse recurso de súplica, sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada, salvo que el órgano jurisdiccional, de oficio o a instancia de parte, acuerde lo contrario.

  2. No es admisible el recurso de reposición contra las resoluciones expresamente exceptuadas del mismo en esta Ley, ni contra los autos que resuelvan los recursos de reposición y los de aclaración.

  3. El recurso de súplica se interpondrá en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la resolución impugnada.

  4. Interpuesto el recurso en tiempo y forma, el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado de las copias del escrito a las demás partes, por término común de cinco días, a fin de que puedan impugnarlo si lo estiman conveniente. Transcurrido dicho plazo, el órgano jurisdiccional resolverá por auto dentro del tercer día.

Respecto al plazo de 5 días, la STC (Sala Segunda) núm. 198/2007 de 24 septiembre 2007 indica:

En el presente caso la aplicación de dicha jurisprudencia...

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