STSJ Extremadura , 28 de Noviembre de 2001

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2001:2556
Número de Recurso2143/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº1965 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a Veintiocho de Noviembre de dos mil uno. Visto el recurso contencioso administrativo número 2143 de, 1998 promovido por el Sr. Prc. Leal López en nombre y representación de DON Plácido , siendo la parte demandada LA ADMINISTRACCIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. ABOGADO DEL ESTADO, recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, recaida en el Exp.

06/543/96 , iniciado en virtud del Acta de Inspección de la Agencia Estatal de Administracción Tributaria en fecha 12 de Febrero de 1.996, actas Nºs 0037589/2, 0037590/1 y 0037591/0.

C U A N T I A : 3.892.000 PESETAS

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilto. Sr. Magistrado.DON ISAAC MERINO JARA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de D. Plácido , se dirige contra la Resolución del T.E.A.R. de Extremadura de 30 de junio de 1998, desestimatoria de la reclamación núm. 06/543/96 interpuesta el día 23 de abril de 1996 contra tres liquidaciones derivadas de tres actas de disconformidad firmadas el día 12 de febrero de 1995, relativas al I.R.P.F., ejercicios 1992, 1993 y 1994 ascendiendo las respectivas deudas tributarias a 1.638.109, 1.470.644 y 1.190.753 pesetas.

SEGUNDO

La regularización propuesta en los tres casos obedece al mismo motivo, el actor presentó su declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, pero, desde el punto de vista de la Inspección, no lo hizo correctamente, y, por eso propone la regularización de su situación tributaria, dado que la base declarada en cada año debe incrementarse en un determinado importe por estimación de rendimientos de capital inmobiliario al considerarse retribuida la cesión de diferentes fincas rústicas (denominadas "...

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