STSJ Comunidad de Madrid 849/2006, 26 de Mayo de 2006
Ponente | JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA |
ECLI | ES:TSJM:2006:6234 |
Número de Recurso | 796/2003 |
Número de Resolución | 849/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA JOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZ ANTONIA DE LA PEÑA ELIAS MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 00849/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 849
RECURSO NÚM.: 796-2003
PROCURADOR DÑA. MARIA ROSARIO FERNANDEZ MOLLEDA
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo
En la Villa de Madrid a 26 de mayo de 2006
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 796-2003 interpuesto por PROGELAN S.A representado por el procurador DÑA. MARIA ROSARIO FERNANDEZ MOLLEDA contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 22.11.2002 reclamación nº 28/10788/99 interpuesta por el concepto de IVA habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni la celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 23.5.2006 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna
Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 22 de noviembre de 2002 en la que acuerda desestimar la reclamación económico administrativa número 28/10788/99 interpuesta contra liquidación de la Oficina Técnica de Inspección de la Delegación Espacial de Madrid de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, derivada de Acta modelo A02 número 70120602, relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicios 1.994, 1.995, 1.996 y 1.997 de la que resulta una cantidad a compensar de 35.298,61 €, siendo el importe solicitado de 63.044,64 €.
La entidad recurrente solicita en su demanda que se revoque la resolución recurrida y se anule la liquidación practicada declarando ajustada a derecho la deducción del I.V.A. soportado correspondiente al ejercicio de 1.991 en la forma realizada por la demandante, alegando, en resumen, como fundamento de su pretensión, que en los ejercicios de 1.992 y 1.993 compensó el I.V.A. soportado en 1.991, quedando pendiente de compensar el I.V.A. soportado en dichos ejercicios de 1.992 y 1.993, compensación que se efectuó en los ejercicios siguientes de acuerdo con lo que establece el art. 99.1 de la Ley del I.V.A., no compartiendo el criterio de la Inspección al señalar ésta que en 1.996 ya había prescrito el derecho del...
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