Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

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La reducción del 95% en la base imponible prevista para la sucesión de empresa familiar exige, entre otros requisitos, que el sujeto pasivo o cualquier persona del grupo de parentesco ejerza efectivamente funciones de dirección en la empresa, percibiendo por ello una remuneración que represente más del 50% de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal.

En el presente supuesto, las funciones eran realizadas, no por el causante, sino por uno de sus hijos, que cumplía el requisito antes mencionado en el ejercicio en que se produjo el fallecimiento (entre el 1 de enero y la fecha del mismo) pero no en el anterior.

La Administración consideraba, conforme a lo indicado en la Resolución 2/1999, de 23 de marzo, de la DGT, que cuando era el causante el que ejercía las funciones directivas, para el cumplimiento del citado requisito había que tomar en consideración el periodo comprendido entre el 1 de enero del año de su fallecimiento y el día en que éste tiene

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lugar. Sin embargo, si quien ejercía las funciones de dirección no era el fallecido sino cualquier otro de los miembros del grupo familiar, habría que atender a los datos del ejercicio anterior a la muerte del causante.

El Tribunal Supremo, en contra del criterio de la Administración, considera que debe atenderse a la fecha del devengo del...

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