STSJ Aragón , 21 de Febrero de 2005

PonenteJAIME SERVERA GARCIAS
ECLIES:TSJAR:2005:387
Número de Recurso360/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso Nº 360 del año 2003 SENTENCIA Nº 135 DE 2005 Ilmos. Srs. Presidente D. Jaime Servera Garcías Magistrados D. Eugenio Esteras Iguacel D. Fernando García Mata Zaragoza, veintiuno de febrero de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, el recurso número 360/2003, seguido entre partes, como demandante, Dña. María Antonieta , representada por el Procurador, D. Víctor Visuales Nuez y defendida por la Letrado, Dña.

Begoña Cuenca Alcaine; como demandada la Administración Estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Es objeto de impugnación la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón, de 22 de mayo de 2003, que desestima la reclamación 50/4268/00, contra acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria por deudas en el Impuesto de Sociedades e IVA, ejercicios 1993 y 1994.

Procedimiento: Ordinario Cuantía: 34.167,53 Ponente: Iltmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado con fecha 8 de septiembre de 2003, la parte actora dedujo el presente recurso contencioso-administrativo contra la indicada resolución.

SEGUNDO

Previa la interposición del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora formuló demanda en súplica de que se dicte sentencia que anule la resolución impugnada ordenando a la Administración a sobreseer y archivar el procedimiento dirigido contra esta parte, con expresa condena en costas y se opusiere.

TERCERO

La Administración demandada, en su contestación a la demanda, suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, no se admitió la propuesta, por los motivos que consta en autos.

QUINTO

Finado el periodo probatorio, las partes no solicitaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y fallo del recurso el día 16 de los corrientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la referida resolución del Tribunal Económico, la demandante-declarada responsable subsidiaria por deudas de la Entidad AMAC, Aragonesa de Materiales Auxiliares para la Construcción, Sociedad Limitada, de la que era administradora, relativas a los impuestos y períodos de referencia, por un importe total de 5.684.998 Ptas-, deduce el presente recurso contencioso-administrativo en el que solicita la anulación de la resolución impugnada, con archivo del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR