Impuesto de Derechos reales

AutorPedro Cabello
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas797-798

Impuesto de Derechos reales (contestaciones al programa de oposiciones al Cuerpo de Registradores de la Propiedad), por E. Giménez Arnáu, Registrador de la Propiedad y Notario, y José E. Torrente, Registrador de la Propiedad. Madrid, 1948.

Decididamente he entrado en la corporación de los opositores y comparto con ellos la preparación del programa. Vuelvo a saber cosas que había olvidado y a tragarme los temas por esa palabrita que se denomina contingencia. Por lo menos, respeto el Impuesto de Derechos reales, por obra y gracia de cuantos compañeros se han dedicado a escribir contestaciones, que tengo que leer, aun cuando no tenga que contestar más que en breve nota bibliográfica. Bueno, y aun eso de leer . lo dejaremos, un poco a un lado, ahora que nadie nos oye, ya que muchas referencias se aprecian con sólo un vistazo, dejando a la honorabilidad de los autores la exactitud en la copia de preceptos legales ían entretenidos como los ,que enumeran los actos sujetos y exentos o las facultades de los Organismos a quienes está" encomendada la gestión de ral impuesto.

Lo más curioso es que lo hago con alborozo. Algo así como la complacencia con que el Muecin advierte se congregan los creyentes al conjuro de su voz y de sus llamamientos desde el minarete, dicho sea con perdón de Marina .Encabo y sin ánimo de invadir su acotado terreno. No es extraño dada la robusta personalidad de Giménez Arnáu y su actividad polifacética; Registrador, Notario, publicista, periodista. Es un valor consagrado y apreciado, que a sus merecimientos anteriores une el de incorporar a sus tareas científicas a otro valor de la extrema juventud, inédito, y dé cuyo entusiasmo tenemos derecho a esperar nuevos esfuerzos. Entonces juzgaremos su labor, que en el presente libro no se puede apreciar porque ignoramos dónde empieza y dónde termina la colaboración de Jos autores. Atención a la futura obra de Torrente. Queda emplazado.Page 798

En estas contestaciones existe una evidente preocupación por ajustarías al tiempo de que dispone el opositor, lo cual no impide una certera nota doctrinal y a veces la referencia a las soluciones de la jurisprudencia. Se ha procurado, mediante adecuada sistematización, aliviar la memoria del estudiante y evitarle el ímprpbo esfuerzo retentivo que requiere materia tan árida, sin perjuicio de que en cada pregunta se cite la disposición o...

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