Un importante paso más hacia el mercado único digital: la aprobación del reglamento relativo a la portabilidad transfronteriza de contenidos en línea

AutorNerea Sanjuán Rodríguez
CargoAbogada del Área de Mercantil de Uría Menéndez (Madrid)
Páginas71-78
71
FORO DE ACTUALIDAD
UN IMPORTANTE PASO MÁS HACIA EL MERCADO ÚNICO DIGITAL:
LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO RELATIVO A LA PORTABILIDAD
TRANSFRONTERIZA DE CONTENIDOS EN LÍNEA
Un importante paso más hacia un mercado único
digital: la aprobación del Reglamento relativo a la
portabilidad transfronteriza de contenidos en línea
La aprobación del Reglamento relativo a la portabilidad transfronte-
riza de contenidos en línea supone un cambio sustancial en el consu-
mo legal de ese tipo de contenidos a nivel europeo. De acuerdo con
este Reglamento, aprobado en el marco de la estrategia para un
“mercado digital europeo” lanzada en 2015 por la Comisión Euro-
pea, cualquier abonado a un servicio de contenidos en línea de los
descritos en el Reglamento podrá acceder a él cuando se desplace de
forma temporal a otro Estado miembro de la Unión Europea, sin
necesidad de que el prestador de dicho servicio tenga que solicitar
autorizaciones adicionales de los titulares de derechos de propiedad
intelectual sobre esos contenidos para su difusión en los restantes
Estados miembros de la Unión Europea. Esa portabilidad transfron-
teriza será posible siempre que se cumplan determinados requisitos,
entre los que destaca la obligación del prestador de verificar el Esta-
do miembro de residencia del abonado en cuestión. Esta nueva nor-
ma constituye un paso muy importante en la eliminación de barreras
en la Unión Europea hacia el desarrollo de una industria sólida de
prestación de servicios de contenidos en línea.
One more a substantial step towards a Digital
Single Market: The approval of the Regulation on
cross-border portability of online content
The approval of the Regulation on cross-border portability of online
content constitutes a substantial transformation in the legal consump-
tion of that kind of contents within the European Union. According to
this Regulation, which has been approved in the context of the strategy
for a “digital single market” launched in 2015 by the European Com-
mission, any user of an online content service –as described in the
Regulation- may access such same content when temporarily traveling
to a different Member State of the European Union. For such transna-
tional use of content the provider of the service does not need to obtain
any additional authorization from the owners of such content in order
to offer it in each Member State of the European Union, provided
certain requirements are complied with. Among those requirements, it
is particularly important the obligation of the service provider to veri-
fy the Member State of residency of the individual requesting the cross-
border portability. This new ruling is a substantial step towards the
elimination of barriers within the European Union to the development
of a strong industry of online content provision services.
palaBras claVe
Mercado único digital, Portabilidad transfronteriza, Conteni-
dos en línea, Derechos de autor y derechos afines, Territoriali-
dad, Principio de país de origen.
Key Words
Digital single market, Cross-border portability, Online content,
Copyright and related rights, Territoriality, Country of origin prin
-
ciple.
Fecha de recepción: 1-10-2018
Fecha de aceptación: 18-10-2018
INTRODUCCIÓN: LA ESTRATEGIA PARA EL
MERCADO ÚNICO DIGITAL
El Reglamento (UE) 2017/1128 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, rela-
tivo a la portabilidad transfronteriza de los servicios
de contenidos en línea en el mercado interior
(“Reglamento de Portabilidad Transfronteriza” o
“Reglamento”) , constituye una de las primeras ini-
ciativas legislativas en materia de derechos de
autor y derechos afines lanzadas por la Comisión
Europea en el marco de su estrategia para la crea-
ción de un “mercado único digital” (“Estrategia
MUD”), contenida en la Comunicación de la Comi-
sión al Parlamento Europeo, el Consejo, el Comité
Económico y Social y el Comité de las Regiones. Una
Estrategia para el Mercado Único Digital de Europa,
de 6 de mayo de 2015 (COM(2015) 192 final)
(“Comunicación MUD”). A ella se suma el recien-
temente aprobada Directiva por la que se estable-
cen las normas sobre el ejercicio de los derechos de
autor y determinados derechos afines a los dere-
chos de autor aplicables a determinadas transmisio-
nes en línea de los organismos de radiodifusión y a
las retransmisiones de programas de radio y televi-
sión, cuyo texto ha sido recientemente aprobado
por el Parlamento Europeo (COM (2016) 0594)
(“Reglamento de Transmisiones”).
En particular, el Reglamento de Portabilidad Trans-
fronteriza se enmarca en el primero de los tres pila-
res sobre los que se construye dicha Estrategia
MUD, es decir, el relativo a “Mejorar el acceso de los
consumidores y las empresas a los bienes y servicios en
línea en toda Europa, lo que a su vez requiere eliminar
las diferencias entre los mundos en línea y fuera de
línea para así facilitar la actividad transfronteriza en
línea”. Dentro de este primer pilar, el Directiva de

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