ORDEN de 25 de enero de 1999 por la que se autoriza la implantación de los programas de garantía social en sus distintas modalidades, para el curso 1998-1999, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Cultura.

MarginalBOE-A-1999-5756
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

ORDEN de 25 de enero de 1999 por la que se autoriza la implantación de los programas de garantía social en sus distintas modalidades, para el curso 1998-1999, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Cultura.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo establece, en su artículo 23.2 y 3 que las Administraciones educativas garantizarán una oferta suficiente de programas específicos de Garantía Social, dirigidos a aquellos alumnos que hayan abandonado la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria sin alcanzar los objetivos correspondientes. Establece también que la finalidad de dichos programas es proporcionar a estos alumnos una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios, especialmente en la Formación Profesional Específica de grado medio, a través de la prueba de acceso a los correspondientes ciclos formativos. Dicha Ley señala la posibilidad de que la Administración Local pueda colaborar en el desarrollo de estos programas.

Asimismo, el Real Decreto 1345/1991, de 6 de septiembre ('Boletín Oficial del Estado' del 13), dispone que los programas específicos de Garantía Social serán regulados por el Ministerio de Educación y Ciencia, en su territorio de gestión, estableciendo que dicho Ministerio promoverá la realización de estos programas con otras Administraciones e Instituciones públicas o privadas.

A tal efecto, y con el fin de facilitar la reinserción en el sistema educativo de los jóvenes que lo deseen, o bien posibilitar el principio constitucional de acceso a un puesto de trabajo en las mejores condiciones posibles para aquellos que decidan incorporarse a la vida activa, y teniendo en cuenta el Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio, sobre enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, el Ministerio de Educación y Ciencia elabora la Orden de 12 de enero de 1993 ('Boletín Oficial del Estado' del 19), que regula los programas de Garantía Social, durante el período de implantación anticipada del segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, que se pongan en marcha en el ámbito territorial de gestión que le corresponde, a través de distintas modalidades adaptadas a las necesidades de los alumnos, en los centros educativos o en régimen de colaboración o convenio del Ministerio de Educación y Ciencia con otras Administraciones o instituciones públicas o privadas.

En el Real Decreto 696/1995, de 28 de abril, de Ordenación de la Educación de los Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, se establece que los alumnos cuyas necesidades educativas especiales se asocien a condiciones personales de discapacidad podrán cursar los programas de Garantía Social en régimen de integración en los grupos ordinarios o en una modalidad específicamente organizada para ellos, igualmente con el fin de proporcionarles una formación básica y profesional que facilite su acceso al mundo laboral.

Por otra parte, el Real Decreto 229/1996, de 28 de febrero, regula los aspectos relativos a la ordenación de las actuaciones de compensación educativa dirigidas a prevenir y compensar las desigualdades de acceso, permanencia y promoción en el sistema educativo de las personas, grupos o territorios en situación de desventaja por factores sociales, económicos, geográficos, étnicos o de cualquier otra índole personal o social.

Por todo ello, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.--Autorizar el desarrollo de los programas de Garantía Social, durante el curso 1998-1999, relacionados en el anexo que se acompaña, una vez recogidas las renuncias de los interesados.

Segundo.--El desarrollo de los programas deberá atenerse a lo dispuesto en la Orden de 12 de enero de 1993 ('Boletín Oficial del Estado' del 19), por la que se regulan los programas de Garantía Social durante el período de implantación anticipada del segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria y por la normativa específica que se detalla a continuación:

A) Modalidades desarrolladas en centros públicos dependientes del Ministerio de Educación y Cultura:

Iniciación profesional y para alumnos con necesidades educativas especiales:

Instrucciones de 30 de julio de 1998 de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional relativas a los programas de Garantía Social, en las modalidades de Iniciación Profesional y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales en centros sostenidos con fondos públicos para el curso 1998/1999.

Modificación de 12 de noviembre de 1998 de las Instrucciones de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional relativas a los programas de Garantía Social, en las modalidades de Iniciación Profesional y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales en centros sostenidos con fondos públicos para el curso 1998/1999.

B) Modalidades desarrolladas con otras entidades:

Iniciación Profesional en centros privados concertados, Formación-Empleo (con Corporaciones Locales y Asociaciones empresariales sin fines de lucro), Talleres Profesionales con Instituciones sin fines de lucro y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales con entidades pro personas con discapacidad sin ánimo de lucro.

Orden de 2 de junio de 1998 de Educación y Cultura ('Boletín Oficial del Estado' de 19 de junio), por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de Garantía Social, en las modalidades de Iniciación Profesional en Centros docentes privados, Formación-Empleo (Corporaciones Locales y Asociaciones Empresariales), y Talleres Profesionales con Instituciones sin fines de lucro y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales.

Orden de 12 de noviembre de 1998 de Educación y Cultura ('Boletín Oficial del Estado' de 12 de diciembre), por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas de Garantía Social, a iniciar durante 1998, en las modalidades de Iniciación Profesional en Centros docentes privados, Formación-Empleo (Corporaciones Locales y Asociaciones Empresariales), y Talleres Profesionales con Instituciones sin fines de lucro y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales.

C) Programas de garantía social desarrollados en colaboración con la Comunidad Autónoma de Madrid:

Los programas de Garantía Social, tanto en la modalidad de Iniciación Profesional como en la de Talleres Profesionales, que se desarrollen al amparo del Convenio con la Comunidad Autónoma de Madrid, se regirán por las Instrucciones de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa que al efecto se dicten.

Madrid, 25 de enero de 1999.

RAJOY BREY

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación, Universidades, Investigacion y Desarrollo e Ilmos. Sres.

Secretario general de Educación y Formación Profesional, Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa y Directores Provinciales de Educación y Cultura.

ANEXO

Programas de garantía social. Curso 1998-1999

Alumnos con necesidades educativas especiales. Iniciación profesional. Talleres Profesionales. Formación-empleo con asociaciones empresariales

Provincia Modalidad Entidad NIF Localidad Perfil

Albacete. ACNEE. Asociación Inform. Formac. Animac. y Desarr.

(IFAD).

G-02201812 Albacete. Operario de imprenta rápida y manipulados.

Albacete. ACNEE. Asociación para la atención a personas con retraso mental de la provincia de Albacete-Asprona San Ginés.

G-02009009 Albacete. Operario de mecanizado de la madera.

Albacete. ACNEE. Asociación para la atención a personas con retraso mental de la provincia de Albacete-Asprona San Ginés.

G-02009009 Albacete. Operario de manipulados auxiliares de la industria.

Albacete. IP. Centro de Estudios Convesti. 5.129.378 X Albacete. Servicios auxiliares de oficina.

Albacete. IP. Centro de Estudios Convesti. 5.129.378 X Albacete. Operario maquinista de confección industrial.

Albacete. IP. Centro de Estudios Convesti. 5.129.378 X Albacete. Auxiliar dependiente de comercio.

Albacete. TP. Asociación Inform. Formac. Animac. y Desarr.

(IFAD).

G-02201812 Albacete. Auxiliar de ayuda a domicilio y residencias asistidas.

Albacete. TP. Fundación Laboral de la Construcción. G-80468416 Albacete. Yesista-Escayolista Albacete. TP. Inst. Formación y Estudios Sociales (IFES). G-78385416 Albacete. Auxiliar de ayuda a domicilio y residencias asistidas.

Asturias. ACNEE. ADEPAS-Asociación pro Defic. Psíq. Asturias. G-33022054 Oviedo. Auxiliar de alojamiento, lencería y lavandería.

Asturias. ACNEE. Asociación de familiares y amigos de deficientes 'Rey Pelayo'.

G-33397365 Avilés. Operario de Bisutería.

Asturias. ACNEE. Asociación de Padres de deficientes mentales Fraternidad-Asociación Fraternidad.

G-33039710 Tapia Casariego. Auxiliar de alojamiento, lencería y lavandería.

Asturias. ACNEE. Religiosas de María Inmaculada (Servicio Doméstico) Casa de Oviedo.

Q-3300122-C Oviedo. Auxiliar de floristería.

Asturias. ACNEE. 'Pularga, Sociedad Limitada' -Centro especial de empleo-.

B-33483009 Pola de Laviana. Operario de mecanizado de la madera.

Asturias. ACNEE. Fundación Casa Nueva. G-33468158 Oviedo. Operario de carpintería.

Asturias. ACNEE. Fundación Vinjoy. G-33396292 Oviedo. Artesano vidriero.

Asturias. ACNEE. Gremio Artesanos Confiteros Principado de Asturias.

G-33051061 Oviedo. Ayudante de panadería y repostería.

Asturias. FE (AA.EE.). Asociación Academias Principado de Asturias (ADAPA).

G-33233735 Avilés. Servicios auxiliares de oficina.

Asturias. FE (AA.EE.). Asociación Cooperativa por el Empleo de Asturias.

G-33551003 Oviedo. Auxiliar dependiente de comercio.

Asturias. FE (AA.EE.). Asociación de Empresarios PROTECNO. G-33525114 Oviedo. Operario maquinista de confección industrial.

Asturias. FE (AA.EE.). Cám. Of. Comercio, Ind. y Naveg. de Gijón. Q-3373007-H Gijón. Ayudante de reparación de vehículos.

Provincia Modalidad Entidad NIF Localidad Perfil

Asturias. FE (AA.EE.). Cám. Of. Comercio, Ind. y Naveg. de Gijón. Q-3373007-H Gijón. Servicios auxiliares de oficina.

Asturias. FE (AA.EE.). Cám. Of...

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