CÓDIGO Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG), conforme al capítulo VII del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 16 al 18 de junio de 1980). Enmienda 29-98 aplicable a partir del 1 de enero de 1999, adoptada en Londres el 20 de mayo de 1998.

MarginalBOE-A-1999-11410
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyCódigo

CÓDIGO Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG), conforme al capítulo VII del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 ('Boletín Oficial del Estado' del 16 al 18 de junio de 1980). Enmienda 29-98 aplicable a partir del 1 de enero de 1999, adoptada en Londres el 20 de mayo de 1998.

En suplemento aparte se publica el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG).

Enmienda 29-98.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 11 de mayo de 1999.--El Secretario general Técnico, Julio Núñez Montesinos.

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