Igualdad en el ámbito de las prestaciones de la Seguridad Social y prohibición de discriminación por razón de discapacidad. A propósito de la STC 172/2021, de 7 de octubre

AutorMaría José Romero Rodenas
CargoCatedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Castilla-La Mancha
Páginas151-165
151
1. ALGUNAS NOTAS PRELIMINARES SOBRE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA EN
CASO DE DISCAPACIDAD1
La STC 172/2021, de 7 de octubre2, objeto de comentario, resuelve el recurso de
amparo 4119/2020, promovido respecto de la sentencia del Tribunal Superior
de Justicia del País Vasco 81/2018, de 16 de enero y las sentencias de las Salas
de lo Social del Tribunal Supremo 512/2020, de 24 de junio y que desestimaron,
en casación y suplicación, demanda de reconocimiento de la situación de gran
invalidez derivada de contingencia común, vulneración del derecho a no pade-
cer discriminación por razón de discapacidad: diferencia de trato no prevista
en la normativa y carente de justificación objetiva y razonable derivada exclusi-
vamente del hecho de haber accedido a la situación de jubilación anticipada a
causa de la situación de discapacidad.
La situación jurídica de partida comporta dos situaciones muy comunes en la
vida de las personas que necesitan de una consideración y protección especial,
por un lado, la situación habitual cuando se cumple determinada edad para
acceder a la protección social de la prestación de jubilación, en este caso para
la jubilación anticipada y por otro lado, quienes reúnen la condición jurídica y
social de persona con discapacidad3. Ambas situaciones son objeto de análisis en
1 En la STC se hace referencia al art. 206.2 TRLGSS. Sin embargo, la Ley 21/2021, de 28 de diciembre de
garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera
y social del sistema público de pensiones, introduce el nuevo art. 206 bis TRLGSS jubilación anticipada en
caso de discapacidad, sin suponer en el caso enjuiciado modificación sustantiva respecto al contenido y aná-
lisis de la STC objeto de comentario. En este comentario haremos referencia al articulo 206.2 TRLGSS que es
2 Misma doctrina en la STC 191/2021, de 17 de diciembre.
3 Interesante el estudio de FERNÁNDEZ ORRICO F.J., “Vejez y discapacidad: una realidad necesitada de
especial protección social”, Por una pensión de jubilación, adecuada, segura y sostenible, III Congreso Inter-
1. Algunas notas preliminares sobre la jubilación anticipada en caso de discapacidad. 2. Hechos controvertidos
en la STC 172/2021, de 7 de octubre. 3. Fundamentación jurídica STC 172/2021, de 7 de octubre. 3.1. Doctrina
constitucional sobre el principio de no discriminación. 3.2 Doctrina constitucional sobre la igualdad y no discri-
minación y las prestaciones de la Seguridad Social. 3.3. Revisión constitucional de la situación controvertida de
la STC 172/2021, de 7 de octubre. 4. Argumentos para la estimación del amparo. 5. Votos particulares en la STC
172/2021, de 7 de octubre. 6. Conclusiones.
María José Romero Rodenas
Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Castilla-La Mancha.
ANÁLISIS JURISPRUDENCIA
IGUALDAD EN EL ÁMBITO DE LAS PRESTACIONES DE LA
SEGURIDAD SOCIAL Y PROHIBICIÓN DE DISCRIMINACIÓN
POR RAZÓN DE DISCAPACIDAD. A PROPÓSITO DE LA STC
172/2021, DE 7 DE OCTUBRE

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