DECRETO 73/2006, de 29 de junio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la iglesia de Santa Marina de Puerto de Vega, en el concejo de Navia.
Sección | I - Principado de Asturias |
Emisor | de Vegadeo |
Rango de Ley | Decreto |
La iglesia de Santa Marina de Puerto de Vega es un templo de grandes dimensiones erigido entre los años 1730 y 1749 con proyecto, entre otros, de José Francisco Menéndez Camina, arquitecto perteneciente a un linaje vinculado a los más destacados ejemplos del barroco asturiano, como la capilla de Santa Eulalia de la Catedral, o los palacios de Revillagigedo en Gijón y Camposagrado en Avilés.
Cuenta además esta iglesia con un excelente conjunto de retablos obra del arquitecto y escultor José Bernardo de la Meana.
La constatación de la importancia histórica y artística de esta iglesia llevó a la entonces Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura a incoar, con fecha 7 de abril de 1982, el expediente administrativo para su declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento.
El citado expediente fue tramitado inicialmente por esta Consejería de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero La aprobación de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, determinó que, en virtud de la disposición transitoria primera, el expediente continuase su tramitación conforme a lo establecido en la nueva normativa. En aplicación de esta legislación, se aprobó una nueva Resolución, con fecha 21 de octubre de 2005 (con una corrección de errores de fecha 23 de diciembre de 2005), por medio de la cual se procedió a delimitar un entorno de protección provisional para la iglesia de Santa Marina.
Se cuenta con informes favorables a esta declaración de la Real Academia de la Historia, de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, de la Universidad de Oviedo y de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias.
Por Resolución de 23 de diciembre de 2005, de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, se abrió un período de información pública para que todas aquellas personas o entidades interesadas formulasen las alegaciones que estimasen oportunas. Los escritos presentados durante este plazo se resumen en el anexo I de este Decreto.
Asimismo, el Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión de 22 de mayo de 2006, emitió informe favorable y motivado, por lo que, cumplimentados los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes y la disposición transitoria primera de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, y así, a propuesta de la Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 29 de junio de 2006, D I S P O N G O
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