Anexo I. Modelo de Actividades Prácticas libres.
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Actividad Práctica 1. Modelo de Dictamen
DRA. CARMEN BAYOD LÓPEZ
ENCABEZAMIENTO: Objeto de la consulta.
AUTOR: nombre del alumno.
SUMARIO: Puntos a tratar.
DESARROLLO:
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Consulta.
§1. Los hechos.
Se solicita mi parecer, en los términos que ulteriormente se enunciarán, sobre la siguiente cuestión jurídica, que viene configurada sobre los siguientes datos de hecho:
(Narración de los hechos)
§ 2. La cuestión jurídica. Formulación de la cuestión Jurídica:
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Razonamientos legales
(En diversos parágrafos §3. §4. ..., debe argumentar lo que proceda en Derecho en relación a los hechos y a la cuestión jurídica que el cliente le formula)
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Conclusiones. (Debe dar una respuesta clara y contundente y, resumidamente, alegar sus razones jurídicas enumeras de 1 a n.)
"Apreciados todos los expuestos argumentos y posibles soluciones, concreto mi parecer en cuanto al supuesto sometido a mi consideración en afirmar que:
Dña. Julia tiene (o no tiene) el usufructo vidual universal sobre todos los bienes del cónyuge premuerto, y ello porque:
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Este es mi parecer, que someto a cualquier otro mejor fundado
En ... a ... de ... de 20...
Fd. D./D
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Actividad Práctica 1.
DR. LUÍS GARAU JUANEDA
Para realizar el comentario del texto relativo a los artículos reproducidos de la Ley 3/1992, de 1 de julio, de Derecho Civil Foral Vasco, tenga en cuenta las siguientes pautas:
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Con el término "ámbito territorial de vigencia " de una norma nos referimos al territorio en el que rige esta norma. Como regla general el ámbito territorial de vigencia de una norma de origen estatal coincide con el territorio del Estado, o con el territorio de la comunidad autónoma si es una norma autonómica. En ningún caso ese ámbito puede ser superior: por el carácter exclusivo y excluyente de la soberanía estatal en un caso y por razones constitucionales en el otro. Téngase en cuenta que en este contexto el territorio no se limita a la tierra firme, también, en mayor o menor medida, se extiende a los espacios marinos (aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, plataforma continental) y al espacio aéreo suprayacente. Con el término "ámbito territorial de aplicación" nos referimos al territorio en el que debe situarse el supuesto de hecho contemplado en la norma para que ésta sea de aplicación. Para determinarlo se recurre unas veces a conexiones puramente territoriales (lugar de situación de un bien, lugar de producción de un hecho), otras a conexiones que responden a la vinculación de una persona con un territorio (nacionalidad, vecindad civil, domicilio) y otras, en fin, a ambas simultáneamente (hechos producidos en deter-minado territorio llevados a cabo por, o que afectan a personas vinculadas a ese o a otro territorio específico). La denominación "ámbito de aplicación personal" puede resultar equívoca: no parece adecuada la utilización del término "ámbito de aplicación personal" para hacer referencia al...
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