Humanismo renacentista, razón universal y sociedad humana en el pensamiento jurídico de Francisco de Vitoria

AutorFernando H. Llano Alonso
CargoUniversidad de Sevilla
Páginas91-114

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1. Introducción

En un jardín situado en pleno corazón de Manhattan, entre la Primera Avenida y la Calle 42, frente a la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, se halla un austero busto de bronce dedicado a un insigne fraile dominico español del siglo XVI; en su pedestal aparece grabado el siguiente rótulo: "Francisco de Vitoria (1486-1546). Fundador del Derecho de Gentes"1. En cierto modo, este pequeño monumento no sólo pretende rendir homenaje a la figura y el pensamiento de este burgalés universal, sino que también simboliza el reconocimiento de todas las naciones del mundo a uno de los precursores del actual sistema de Derecho internacional2.

Pero a Vitoria también le corresponde el mérito de ser el fundador y maestro de la primera generación de la Escuela de Salamanca3, en la que,

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como catedrático de Teología4, contribuyó decisivamente a renovar el método escolástico bajo la influencia de la cultura renacentista que adquirió durante su etapa de formación universitaria y doctoral en el Colegio de Santiago de París (1508-1523)5. En La Sorbona también pudo conocer las principales corrientes dominantes del tomismo y el nominalismo, de las que, por cierto, supo recoger las mejores enseñanzas para enriquecer su tan característico espíritu crítico e innovador, cualidades propias de los genuinos humanistas6.

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A propósito de la riqueza del acervo doctrinal de nuestro autor, se ha podido advertir oportunamente que Vitoria no se limitó tan sólo a cultivar su vasto conocimiento teórico de manera especulativa o abstracta, es decir, al margen de la nueva dimensión socio-cultural, ético-jurídica y económicopolítica que se había abierto para los europeos a partir del descubrimiento de América en 1492, sino que, en sintonía con uno de los rasgos diferenciales de la Escolástica española del Siglo de Oro (su sentido práctico), aplicó el caudal del pensamiento clásico y cristiano a esa nueva realidad histórica, por un lado, acercando los principios de la Teología Moral y del Derecho natural a los hechos concretos y los problemas humanos y, por otro lado, orientando su exposición a los temas vivos del orden jurídico, social y político7.

Por lo tanto, el legado doctrinal de la Escuela de Salamanca, en general, y de Francisco de Vitoria, en particular, no se contenta simplemente con abordar los temas clásicos de la Teología desde una perspectiva moderna y acorde con las señas de identidad de una nueva época, marcada por los descubrimientos geográficos, el desarrollo de la técnica y la ciencia, la expansión del comercio, la aparición del Estado moderno y el florecimiento de las universidades al calor del movimiento humanista y la cultura renacentista8. El interés de Vitoria, como teólogo y jurista, pero sobre todo como profesor universitario, se extiende más allá de la sustitución de las fuentes de estudio escolásticas (los Cuatro Libros de Sentencias de Pedro Lombardo por la Summa Theologiae de Santo Tomás de Aquino), o del tratamiento de cuestiones morales en materia económica (como la idea de justicia en el establecimiento de los precios del mercado o la ética necesaria en el mundo de las finanzas y las operaciones mercantiles)9.

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En efecto, como se desprende del contenido de varias de sus Relecciones10 -un total de 15, aunque sólo se han conservado 13 de ellas-, Vitoria se propuso dilucidar en ellas problemas filosófico-políticos y jurídicos tan diversos como: el origen de la potestad civil, asunto que analiza fundamentalmente en De potestate civili (1528), donde, entre otras cosas, distingue competencias y atribuciones que tradicionalmente se habían venido disputando la Iglesia y los príncipes cristianos; el derecho de conquista y colonización del Nuevo Mundo y sus causas legítimas e ilegítimas (la polémica en torno a los justos títulos), cuestiones a las que ya se había referido en De temperantia (1537-1538), pero a las que dedicará poco después una de sus relecciones ético-jurídicas más célebres, De indis prior (1538-1539); o el problema de la guerra planteado en un plano universal en De indis posterior seu de iure belli (1539), tratado que es considerado como uno de los textos más representativos de la historia del Derecho internacional11.

En relación con la aportación de Vitoria a la historia de la filosofía del Derecho, el presente trabajo pretende poner de manifiesto la plena vigencia y actualidad de las ideas humanistas, iusracionalistas y universalistas defendidas por este autor en sus Relecciones ético-jurídicas, así como su perfecta aplicabilidad al mundo contemporáneo que, al igual que el suyo (marcado por el tránsito de la Cristiandad de la Edad Media a la Europa moderna y renacentista, o lo que es igual, de la res publica christiana medieval al moderno sistema europeo de Estados), también está experimentando transformaciones profundas y afrontando los retos propios de una nueva era en la historia de la humanidad. Por eso, frente al azote permanente de la guerra,

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el fanatismo y la intolerancia, acaso sea más necesario que nunca reivindicar los ideales irenistas que inspiran la tesis vitoriana de la communitas orbis (comunidad internacional de todos los pueblos regulada por el ius inter gentes), tales como la sociabilidad natural, la solidaridad y la comunicación amistosa entre los hombres12.

El mérito histórico de Vitoria consiste, como ha subrayado Truyol y Serra, precisamente en haber sabido "explotar intelectualmente los nuevos elementos del problema internacional que suscitó la época, en el sentido de un universalismo político y jurídico de alcance planetario. Y con ello dio una pauta a toda la Escuela española del Derecho de gentes de los siglos XVI y XVII"13. Esta visión universalista del maestro salmantino se basa en su convencimiento de que la unidad del género humano resulta de la igualdad esencial de los hombres y los pueblos, de acuerdo con la tradición doctrinal humanista-cosmopolita de los estoicos y el concepto ciceroniano de humanitas14(o conciencia de la igual dignidad de los hombres) que posteriormente sería adaptado por Lactancio para el cristianismo15, ideales a los que Vitoria se referirá expresamente en sus Relecciones16.

2. La presencia del legado humanista en las relecciones ético-jurídicas de francisco de vitoria

La plena compresión de la doctrina vitoriana sobre el problema de la guerra justa y la polémica indiana exige, a modo de requisito sine qua non, la previa consideración del momento de esplendor artístico y cultural que se vivía en Europa a comienzos del siglo XVI, por aquel entonces inmersa en la atmósfera del Renacimiento, así como una aproximación al período de formación intelectual de Vitoria durante sus años universitarios en París17,

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donde, como se ha afirmado recientemente, tomó contacto con "una de las revoluciones espirituales más trascendentales que ha conocido la historia de la humanidad"18. En la Sorbona convergían entonces dos corrientes doctrinales ascendentes: el humanismo y el nominalismo, y un tercer movimiento intelectual que se encontraba en incipiente estado de restauración: el neotomismo.

El contacto con las principales figuras del humanismo del momento lo tiene nuestro autor prácticamente desde el comienzo de su etapa de estudiante de Teología en París, donde aprende de maestros humanistas como los helenistas Françoise Tissard y Guillaume Budé (quien también era jurista)19. Precisamente, durante la primavera de 1511, estando de paso por la ciudad del Sena, publicaba Erasmo de Rotterdam su célebre opúsculo Moriae encomium seu de laude stultitiae (Elogio de la locura) dedicado a su amigo Tomás Moro. Aunque, según advierte Beltrán de Heredia, la estancia parisina del insigne humanista holandés fue demasiado breve (del 27 de abril al 15 de junio) como para presumir que Vitoria pudo conocer en algún momento a Erasmo personalmente, parece indudable que sí estaba bastante familiarizado con sus escritos y que, como revelaría años después una carta dirigida al propio Erasmo por Luis Vives (amigo personal de ambos)20, nuestro autor defendería más de una vez las tesis erasmistas en París en numerosas juntas de teólogos con entusiasmo y admiración21.

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A sus años de aprendizaje universitario, en los que tanto influye el humanismo renacentista, se debe la estima de Vitoria por las fuentes literarias grecorromanas -cuyos textos principales: Cicerón, Quintiliano, Virgilio, Horacio, Tito Livio, Juvenal, Ulpiano, Macrobio, Lactancio..., lee en latín y griego-, y los clásicos del pensamiento -con especial predilección por Aristóteles y Santo Tomás-22. Sin embargo, la meritoria restauración del templo de Minerva no podía hacerse sobre los escombros de la Teología escolástica, en este punto Vitoria discrepaba de Erasmo, porque mientras este último pretendía recuperar la verdadera Teología depurándola de las aportaciones realizadas por la tradición escolástica, Vitoria creía que tanto la Escolástica como el Humanismo renacentista poseían valores positivos que eran perfectamente complementarios23. Dentro de esta particular simbiosis, aún in nuce, entre los valores humanistas de la época y los fundamentos de una Teología escolástica renovada se hallan los rasgos diferenciales del genuino Renacimiento español que alcanzará su expresión más acabada en la doctrina de la Escuela de Salamanca24.

La renovación del tomismo a la que Vitoria se dedica con denuedo, y su alineamiento con la filosofía renacentista (Marsilio Ficino, Giovanni y Pico della Mirandola, Françise Tissard, Guillaume Budé, Luis Vives, Fernán Pérez de Oliva, Miguel Servet...25)...

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