Orden FOM/1743/2003, de 12 de diciembre, por la que se acuerda conceder la renovación de la acreditación en el área de Control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua al laboratorio de la empresa Investigación y Control de Calidad, S.A. (INCOSA) sito en Avenida Juan Ramón Jiménez, s/n, Polígono Industrial Pentasa III, nave 80, Burgos.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/1743/2003, de 12 de diciembre, por la que se acuerda conce der la re n ovación de la acreditación en el área de Control de horm i g ó n en masa, de cemento, de áridos y de agua al lab o rat o rio de la empre s a I nve s t i gación y Control de Calidad, S.A. (INCOSA) sito en Avenida Ju a n Ramón Jiménez, s / n , Po l í gono Industrial Pentasa III, n ave 80, B u rgo s .

ANTECEDENTES DE HECHO:

  1. Con fe cha 22 de mayo de 2003, D. José Santiago Vega Garri d o , e n rep resentación de la empresa INVESTIGACIÓN Y CONTROL DE CALIDA D, S.A. (INCOSA) solicitó la re n ovación de la acreditación del lab o rat orio de esta empresa sito en Avenida Juan Ramón Jiménez s/n, Po l í gono Indust rial Pentasa III, n ave 80, B u rgo s , en el área de Control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de ag u a , concedida por Orden de la Consejería de Fomento de 25 de nov i e m b re de 1998 ('B. O.C. y L.' n.º 239, de 15 de d i c i e m b re ) .

  2. Una vez instruido el expediente corre s p o n d i e n t e, re l at ivo a la solicitud de obtención de la re n ovación de la acreditación en el área re fe rida en el ap a rtado anteri o r, se info rmó favo rablemente por la Secretaría General de la Consejería de Fo m e n t o , p roponiéndose en consecuencia la concesión de la renovación de la acreditación en el área precitada.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO:

  3. El Decreto 193/1990 de 18 de octubre ('B. O.C. y L.' n.º 204 de 22 de o c t u b re ) , en ejercicio de las competencias otorgadas a la Consejería de Fomento por la legislación que se cita en su pre á m bulo ap robó las disposiciones reg u l a d o ras ge n e rales sobre acreditación de Lab o rat o rios de Ensayo para el Control de Calidad de la Construcción. El artículo 11 de este Decreto establece que la concesión, cancelación o re n ovación de las acreditaciones corre sponden al Consejero de Fo m e n t o , p revio info rme de la Secretaría General.

  4. Al amparo de lo establecido en la disposición final primera del D e c reto 193/1990 de 18 de octubre, por Orden de 4 de ab ril de 1991 ('B. O.C. y L.' n.º 70 de 12 de ab ri l ) , de la Consejería de Fo m e n t o , se ap rob a ron las disposiciones reg u l a d o ras específicas de la acreditación de Lab orat o rios de Ensayos para el Control de Calidad de la Construcción en el áre a de Control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua que re s u ltan de aplicación para re s o l ver la solicitud de re n ovación de la acre d i t a...

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