SAP Málaga 263/2007, 7 de Mayo de 2007

PonenteJOSE LUIS LOPEZ FUENTES
ECLIES:APMA:2007:1372
Número de Recurso105/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución263/2007
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

S E N T E N C I A Nº 263/07

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE MARBELLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 105/2007

JUICIO Nº 1150/2004

En la Ciudad de Málaga a siete de mayo de dos mil siete.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso C.P. DIRECCION000 que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. MORENO VILLENA, ALICIA y defendido por el Letrado D. AMUNATEGUI MANZANARES, JOSE ANTONIO. Es parte recurrida C.P. URB. DIRECCION001 que está representado por el Procurador D. FORTUNY DE LOS RIOSy MIGUEL y defendido por el Letrado D. GARCIA WEILy AUGUSTO, que en la instancia ha litigado como parte demandada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 26/1/06, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION001.

Las costas ocasionadas en esta instancia se imponen a la parte actora.".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 27/03/07 quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS LOPEZ FUENTES quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, desestimatoria de las pretensiones de la actora- recurrente, se alza esta parte argumentando, en síntesis: a) aunque no se diga de forma expresa, el error en la valoración de la prueba, al quedar determinados, mediante el documento aportado en el acto de la vista, los elementos que compartían ambas Comunidades; b) que por aplicación del artículo 8 de la LPH, la determinación de la nueva cuota de participación le corresponde a la Junta de Propietarios DIRECCION001 ; c) agravio comparativo con respecto a la segregación autorizada de la Comunidad de Propietarios de Chalets Adosados DIRECCION001, que atenta contra el principio de igualdad y entraña una actuación proscrita por el artículo 7 del Código Civil

La parte apelada se opone al recurso, solicitando la confirmación de la sentencia.

SEGUNDO

La sentencia recurrida no se contradice con las consideraciones jurídicas recogidas en la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Marbella, sino que, muy al contrario, las confirma. Analizados los fundamentos de derecho de la citada sentencia se puede apreciar como de forma reiterada el Juzgador apela a la necesidad de "cumplir todos los requisitos legales para ello......y siempre con determinación de la contribución de cada una a los gastos correspondientes a las zonas o servicios comunes que indudablemente existen" (fundamento de derecho tercero de la sentencia de fecha 15 de Marzo de 2.004 del Juzgado nº 3). La sentencia recurrida no se pronuncia en contra del derecho de la recurrente a la segregación, sino que entiende que, parta el éxito de la misma, el actor-apelante debería de haber concretado tanto los elementos comunes existentes, como la gestión de la conservación y mantenimiento de los mismos, y, sobre todo, la cuota de contribución o participación de la Comunidad...

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