Propiedad horizontal. Cambio de uso de local a vivienda. Prescripción del uso por antigüedad

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas150-150

Hechos: Se otorga una escritura de cambio de uso de local a vivienda (en Asturias) por el propietario de la misma con el certificado de un técnico acreditativo de la antigüedad del uso, en el que se señala que desde hace 40 años está destinada a vivienda.

El registrador considera que existen dos defectos: falta el acuerdo de la Comunidad de Propietarios y además falta Licencia Municipal de cambio de uso.

El notario autorizante recurre y alega, en cuanto al primer defecto, que no es necesario tal acuerdo, y cita jurisprudencia del TS y de la DGRN en su favor. En cuanto al segundo defecto considera que el certificado de antigüedad de uso emitido por el técnico prueba suficientemente que ha prescrito cualquier posible infracción urbanística por el cambio de uso.

La DGRN estima el recurso declarando, en cuanto al primer defecto, que la mención del destino de la finca en la división horizontal es meramente descriptiva, y que el propietario puede cambiar el uso sin necesidad de acuerdo de la Comunidad de Propietarios a menos que una disposición en los Estatutos establezca alguna limitación a ese cambio de uso, en cuyo caso sí sería necesario el acuerdo de la Comunidad de Propietarios.

En cuanto al segundo defecto señala que, en la legislación asturiana, sí es necesaria licencia...

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