Decreto por el que se desarrolla la Ley 7/1985, de 8 de noviembre, de Honores, Condecoraciones y Distinciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Decreto 25/1990, de 3 de mayo)

Publicado enBORM de 8 de Mayo 1990
Ámbito TerritorialNormativa de Murcia
RangoDecreto

La Ley Regional 7/1985, de 8 de noviembre, de Honores, Condecoraciones y Distinciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, crea las figuras de Hijo Predilecto de la Región de Murcia, Medalla de Oro, Medalla de Plata y Corbata de Honor de la Región de Murcia y el Diploma de Servicios Distinguidos a la Comunidad Autónoma.

La disposición final de la citada Ley prevé que por el Consejo de Gobierno se proceda al desarrollo reglamentario de la misma, por lo que, en cumplimiento de tal mandato, el presente Decreto regula de una parte, los requisitos y trámites para la concesión de los Honores, Condecoraciones y Distinciones, así como las características y especificaciones de los mismos, y del Libro de Registro en que consten y, de otra, el Libro de Oro de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Secretario General de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de mayo de 1990.

DISPONGO:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 4
ARTÍCULO 1 Título de Hijo Predilecto de la Región de Murcia.

La concesión del titulo de Hijo Predilecto necesitará siempre la concurrencia de méritos de excepcional calidad que se resumirán en el Titulo que con la correspondiente Medalla se entregue.

ARTÍCULO 2 Medallas de Oro y Plata.

1) La Medalla de Oro la constituirá, en su anverso, el escudo de la Región, en esmalte, a su color, sobre cartela redonda de oro, con corona real, y tendrá cinco centímetros de diámetro.

Orlando el escudo, la inscripción siguiente: «Comunidad Autónoma de Murcia».

En su reverso irá el nombre de la persona galardonada.

2) La Medalla de Plata tendrá las mismas características que la anterior, salvo la cartela, que será de dicho metal.

3) Las Medallas penderán de cinta color rojo Cartagena, de centímetro y medio de anchura con anilla y cierre de oro o plata, según la clase de aquéllas.

ARTÍCULO 3 Corbata de Honor.

La Corbata de Honor de la Región de Murcia constará de dos cintas rojo Cartagena de cuarenta centímetros de longitud por diez centímetros de ancho, con flecos de oro. En el centro de una de las cintas irá bordado o pintado el escudo regional, en un tamaño de diez por seis centímetros.

ARTÍCULO 4 Diploma de servicios distinguidos a la Comunidad Autónoma.

El...

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