La respuesta laboral del presidente Hollande frente a la crisis del empleo. Un estudio crítico-comparativo de la Ley Francesa número 2013-185, sobre el «contrato de generación»

AutorAlberto Arufe Varela
CargoProfesor Titular de Derecho del Trabajo. Universidad de A Coruña
Páginas207-218

Ver nota 1

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1. La génesis de la Ley número 2013-185

1. El origen de la Ley francesa número 2013-185, de 1 marzo 2013, «relativa a la creación del contrato de generación [portant création du contrat de génération]», está en una promesa electoral del Presidente François HOLLANDE, realizada durante la campaña para la elección presidencial (que acabó enfrentándole, en la segunda vuelta de la elección, al expresidente Nicolas SARKOZY) del pasado 22 abril 2012, y que el recién elegido se apresuró muy pronto a cumplir2. En efecto, en su programa electoral (titulado «El cambio es ahora. Mis 60 compromisos por Francia [Le changement c’est maintenant. Mes 60 engagements pour la France]»), accesible a través del sitio en Internet del Partido Socialista francés3, figuraban diversos «compromisos» frontalmente laborales y de seguridad social, agrupados bajo el rótulo «Quiero volver a dar esperanza a las nuevas generaciones [Je veux redonner espoir aux nouvelles générations]». Pues bien, uno de estos «compromisos», que figuraba como número 33 de dicha serie de 60, y que aparecía redactado en términos electoralmente atractivos para jóvenes y para mayores -pretendiendo, de paso, resaltar la supuesta originalidad de la idea-, se refería literalmente a lo siguiente: «Propondré un contrato de generación para permitir la contratación por las empresas, mediante contrato de duración indefinida, de jóvenes, acompañados por un trabajador más experimentado, que será así mantenido en el empleo hasta su marcha por jubilación. Este "tutelaje" permitirá preservar el saber-hacer e integrar duraderamente a los jóvenes en la vida profesional»4.

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2. Tras su victoria electoral, el Presidente HOLLANDE puso en marcha una hoja de ruta para cumplir este concreto «compromiso» suyo, en la que -eludiendo utilizar el atajo legal de prescindir del diálogo social, perfectamente practicable si hubiese querido hacerlo, precisamente por tratarse de un «caso de urgencia [cas d’urgence]»- prefirió transitar la vía más lenta de intentar implicar en el asunto a los interlocutores sociales5, cabiendo anotar a este efecto tres fechas que resultaron ser fechas-clave6, a saber: 1) el 9-10 julio 2012 se decidió «negociar a nivel nacional interprofesional sobre ciertas modalidades del contrato de generación», teniendo en cuenta que «esta negociación tendrá lugar de aquí a finales de 2012, y se llevará a efecto sobre la base de un documento de orientación remitido en septiembre»;

2) el 4 septiembre 2012 se remitió dicho documento a los interlocutores sociales, teniendo en cuenta que «el documento de orientación fijaba los grandes ejes del contrato de generación, pero remitía a los interlocutores sociales negociar sobre numerosas modalidades»; y 3) «la negociación se concluyó en mes y medio con un acuerdo unánime de los interlocutores sociales [firmado el 19 octubre 2012], mostrando así su implicación en el éxito del contrato de generación». Se trata de un acuerdo oficialmente denominado «Acuerdo nacional interprofesional de 19 octubre 2012 relativo al contrato de generación [Accord national interprofessionnel du 19 octobre 2012 relatif au contrat de génération7, firmado -aparte de por las patronales francesas representativas a nivel nacional- también por las cinco centrales sindicales que poseen en Francia esa misma condición de representatividad nacional8, y cuyo artículo 17 (último del propio acuerdo) afirmaba que «la entrada en vigor del presente acuerdo, cuyas disposiciones forman un todo equilibrado, se subordina a la adopción de las disposiciones legales y reglamentarias necesarias para su puesta en vigor»9.

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3. A diferencia de lo sucedido en Francia, el «contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores» -única modalidad contractual novedosa puesta en práctica por las sucesivas reformas laborales habidas en España, desde el año 201210, y en consecuencia, único posible término de comparación con el «contrato de generación» francés (a calificar asimismo de unicum novedoso)11, a que venimos haciendo referencia- no tiene su origen en ningún concreto compromiso del programa electoral con el que el Sr. RAJOY concurrió a las elecciones generales del pasado 20 noviembre 2011. En efecto, se trata de un programa desvaído en lo laboral y ahogado por lo políticamente correcto12, en el que lo único concreto -a propósito del contrato de trabajo- era su afirmación o «medida» de que «Simplificaremos la tipología de contratos laborales para reducir la temporalidad y dar expectativas de estabilidad, flexibilidad y seguridad a todos los trabajadores y empresas»13, mientras que lo único que guardaba en él algún parecido -ahora desde el punto de vista estrictamente terminológico- con el contrato en cuestión era, a su vez, su «medida» consistente en que «Impulsaremos una nueva ley para el apoyo a los emprendedores que favorezca las nuevas iniciativas empresariales y el desarrollo de la actividad de pymes y autónomos»14, la cual no ha sido promulgada todavía. Por supuesto, nada tiene que ver tampoco la vía normativa elegida para poner en marcha dicho contrato español, que no fue en absoluto la de la implicación de la patronal y de los sindicatos más representativos a través del diálogo social, sino la del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 febrero, cuya promulgación justifica premiosamente la exposición de motivos de la propia norma con las consabidas, manidas y sobre todo huecas razones constitucionales de «extraordinaria y urgente necesidad», visto que se afirma en ella -con todo desparpajo- que «de hecho, la práctica normativa habitual en nuestro país confirma que todas las modificaciones legales dirigidas a estimular la contratación se han instrumentado mediante la figura del real decreto-ley»15.

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2. El control de la constitucionalidad de la Ley número 2013-185

4. Una vez concluida la tramitación parlamentaria de la Ley número 2013-185, sesenta y cinco diputados de la oposición (entre los que figuraba el propio presidente de la UMP, Sr. COPÉ) activaron el control previo de constitucionalidad de las leyes previsto en el artículo 61 de la Constitución de la Quinta República francesa de 4 octubre 1958, a cuyo tenor «a los mismos fines [esto es, validar su "conformidad con la Constitución"], las leyes pueden remitirse al Consejo Constitucional [Conseil Constitutionnel], antes de su promulgación, por el Presidente de la República, el Presidente de la Asamblea Nacional, el Presidente del Senado o sesenta diputados o sesenta senadores»16. Siempre de acuerdo con este mismo precepto, «el Consejo Constitucional debe resolver en el plazo de un mes»17, aunque «a petición del Gobierno, si hay urgencia, este plazo se reduce a ocho días»18, teniendo en cuenta -en ambos casos- que «el recurso al Consejo Constitucional suspende el plazo de promulgación» de la Ley19. Pues bien, sobre la base de que el recurso fue planteado el 14 febrero 2013 y de que las alegaciones del Gobierno se registraron ocho días después (esto es, el 22 febrero 2013), el Consejo Constitucional -sin urgencia, aunque con verdadera velocidad de vértigo- ni siquiera agotó el recién citado plazo de un mes, pues resolvió el recurso por su Decisión número 2013-665 DC, de fecha 28 febrero 2013, localizable a través del servicio público francés de difusión del Derecho a través de Internet, ubicado en www.legifrance.gouv.fr.

5. Se trata de una Decisión muy breve, centrada en el examen de la constitucionalidad de dos preceptos de la Ley (sus artículos 6 y 9) que no figuraban en el originario proyecto de Ley remitido por el Gobierno a la Asamblea General. Sólo declaró -por razones puramente formales- la inconstitucionalidad del artículo 9, relativo a las cotizaciones de los empresarios radicados en ciertas regiones y colectividades de ultramar20, aunque mantuvo la constitucionalidad del artículo 6 (tenazmente defendida por el Gobierno, en sus alegaciones), en el que -con el propósito de reforzar los mecanismos de control del cumplimiento de la Ley, a través de la Inspección de Trabajo- se disponía que «durante un período de tres años a contar desde la promulgación de la presente ley, cabe acceder al cuerpo de inspección de trabajo, sin perjuicio

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de las vías de acceso previstas por el estatuto particular de este cuerpo, por la vía de un examen profesional abierto a los agentes que pertenecen al cuerpo de controladores de trabajo, con el límite de un contingente anual»21, teniendo en cuenta que «las modalidades de aplicación del presente artículo se fijan por decreto [adoptado] en Consejo de Estado»22. Pues bien, superado este trámite, la Ley número 2013-185 fue publicada en el Journal Officiel de la République Française del día 3 marzo 2013, habiéndose producido su entrada en vigor -por aplicación de lo dispuesto en el Código Civil francés, precisamente porque en la propia Ley nada se disponía expresamente a este respecto- «el día siguiente al de su publicación»23, esto es, el 4 marzo 2013.

6. En lo tocante a nuestro Real Decreto-ley 3/2012, no se ha admitido a trámite por el Tribunal Constitucional, de momento, ninguna cuestión o recurso de inconstitucionalidad relativos al mismo. Sí constan, sin embargo, ya admitidos a trámite dos recursos de inconstitucionalidad contra la Ley 3/2012, su sucesora, incluyendo ambos la impugnación de su artículo 4, en todo o en parte (esto es, la impugnación del precepto regulador del «contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores», que hemos tomado como punto de contraste y término comparativo de referencia). El primero es el recurso de...

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