Hispania visigoda

AutorManuel Valverde Villa
Páginas69-126
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CAPÍTULO II PRIMERA PARTE
HISPANIA VISIGODA
1. OCUPACIÓN VISIGODA DE HISPANIA41
El período de ocupación visigoda en España comienza antes del año 476 d.C.,
ya que desde el año 418 habían venido ocupando los visigodos parte de la Galia, en vir-
tud de un tratado –foedus– entre el emperador romano Honorio y el rey visigodo Walia,
estableciéndose los visigodos en Francia, en la zona sur de la Galia, en la provincia de
Aquitania Segunda, comenzando así el llamado reino de Tolosa. Desde allí, primero el
rey Teodorico II (456), seguido luego por Eurico (468-475), ocuparon nalmente gran
parte de la península ibérica, tras la caída del Imperio Romano de Occidente. El reina-
do visigodo duró en Hispania hasta la invasión musulmana del año 711 d.C.
Con la inmigración de los pueblos germánicos a España, se inicia nuestra Edad
Media. Ya en el otoño del año 409 d.C. habían entrado en Hispania nuevos pueblos
bárbaros, como suevos, vándalos, alanos. Sólo los suevos y visigodos se asentaron terri-
torialmente en Hispania: los suevos en Galicia, y los visigodos en la Galia, que jaron
41 Como bibliografía general utilizada: Juan Antonio CEBRIAN. La aventura de los godos. Cír-
culo de Lectores. 2002; Luis A. GARCIA MORENO. La Monarquía goda Balta y la Diócesis
de las Españas. España, Siglo V. Real Academia de la Historia, Madrid. 2017; El n del reino
visigodo de Toledo, Madrid, 1975; SAYAS ABENGOECHEA, J. y Luis A. GARCIA MO-
RENO: Romanismo y germanismo, El renacer de los pueblos hispánicos, Labor. Barcelona
1981; Juan A. ALEJANDRE GARCIA. Temas de Historia del Derecho: Derecho Primitivo
y Romanización Jurídica. Publicaciones de la Universidad de Sevilla. Sevilla, 1979; IGLESIAS
FERREIRÓS, Aquilino. La creación del Derecho. La creación del Derecho. Una historia del
Derecho Español. Lecciones I. Editorial Grácas Signo. Barcelona 1989; CODOÑER, Car-
men. La Hispania Visigótica. Historia 16. Historia de España 3- La Alta Edad Media. Extra
XV. Octubre. 1980. Información y Revistas, S.A. Madrid.; ORLANDIS, J. Historia económica
y social de la España visigoda. Madrid, 1975.
LA HIPOTECA EN ESPAÑA Y SU EVOLUCIÓN HISTÓRICA
MANUEL VALVERDE VILLA
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su capital en Tolosa, actual Toulouse, en el sur de Francia y actuaron en los valles del
Pirineo como aliados de los romanos. Fue una ocupación pacíca de estos pueblos,
que no encontraron grandes resistencias por parte del ejército romano, que se sintió
incapaz frente a esta ocupación de pueblos godos. Tampoco encontraron resistencia
ante el ejército mercenario –llamados honoriaci– de grandes latifundistas, que los ha-
bían contratado para defender sus terrenos en los pasos de los Pirineos. Los alanos se
extendieron por las provincias de Lusitania y Cartaginense y los vándalos silingos en
la Bética, pero sólo fue de paso, ya que en el año 416-418, los visigodos, mandados por
el rey Walia, aliado de los romanos en virtud de un tratado defensivo con el emperador
Honorio, a cambio de la entrega de nuevas tierras, combaten contra vándalos y alanos,
que fueron derrotados y expulsados de la península. De este modo, los vándalos, al
mando de Genserico, pasaron a África en el año 429.
Los suevos también fueron derrotados por Teodorico II en el año 456 y los te-
rritorios de Lusitania y Extremadura pasaron al reino visigodo, retirándose los suevos
a Gallaecia (Galicia). Entre los años 468-475, el rey visigodo Eurico aprovechó la oca-
sión para imponer, desde su corte de Tolosa en las Galias, su autoridad a los hispanos,
tomando bajo su mando el territorio del norte peninsular de Hispania, incluidas Pam-
plona y Zaragoza, salvo el territorio suevo de Gallaecia (Galicia) y algunas zonas del
norte de Lusitania y Extremadura, que habían sido ocupadas también por los suevos.
Por tanto, los visigodos que habían defendido Hispania en favor de los empera-
dores romanos terminaron por asentarse en la península. Los visigodos, primero como
aliados de los romanos en virtud de esos tratados, habían recibido de los emperadores
romanos en pago de sus servicios el usufructo de extensos terrenos en la Galia, donde
luego se establecieron y jaron su capital en Tolosa, siendo este disfrute de tierras algo
que hasta ahora no habían conocido los visigodos, al ser tribus itinerantes, lo que las
llevó a desear establecerse y obtener más tierras en Hispania. Con Eurico, entre los
años 468-475, ocuparon los visigodos casi todo el territorio romano de Hispania, un
año antes de producirse la caída del Imperio romano de Occidente. Sólo después, en
el año 494, con Alarico II, hijo de Eurico, entraron los visigodos de forma masiva a
España, con un posible nuevo reparto de tierras42.
Quedó exceptuada de la ocupación visigoda Galicia, ocupada antes por los sue-
vos hasta el año 585 y, también, el territorio del pueblo vasco, que nunca fueron some-
tidos por los visigodos y mantuvieron su autonomía hasta la invasión musulmana. Por
42 GARCIA GALLO, Alfonso en su trabajo: Consideración crítica de los estudios sobre la
legislación y las costumbres visigodas, en AHDE. Madrid. 1974, págs. 427-428. Se cree que
alrededor de 200.000 visigodos, muy pocos comparados con los varios millones de hispano-ro-
manos, ya que el 95% de los súbditos de Alarico eran romanos.
CAPÍTULO II HISPANIA VISIGODA
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PRIMERA PARTE LA ROMANIZACIÓN DE HISPANIA Y OCUPACIÓN VISIGODA
último, en el año 585, el rey visigodo Leovigildo, con el apoyo del rey León, del Imperio
Romano de Oriente, venció a los suevos de Galicia y zona norte de Portugal y su terri-
torio pasó denitivamente al reino visigodo. Por otro lado, en la zona sur de la penín-
sula, los territorios costeros, desde Guadalete hasta Cartagena, fueron conquistados por
el emperador de Oriente, Justiniano, que vino en apoyo de Atanagildo en sus luchas
por el trono, donde, durante más de medio siglo (554-622), tropas del Imperio romano
de Oriente ocuparon estos territorios costeros. Atanagildo jó su residencia regia en la
capital de Toledo. Con el rey visigodo Suintila se produce la expulsión denitiva de los
bizantinos de la península.
En cuanto a la propiedad, la ocupación visigoda se realizó solamente sobre las
dos terceras partes de las tierras de la península, que se llamaron tierras ‘alodiales’43 o
sortes gothicae, independientes y libres de impuestos, dejando el tercio restante, como
propiedad de los romanos de la península (tertiae romanorum) pero, otorgadas esas
tierras por los visigodos como una merced gratuita y revocable, que además pagaría
impuestos a los visigodos. El resto de tierras no repartidas y bosques quedaron en
dominio comunal y se conocieron como ‘marcas’. De este modo, hubo tres clases de
dominio: dominio alodial visigodo, dominio romano y dominio comunal. Este reparto
fue provocado por la necesaria colonización de los territorios ocupados.
Los reyes Eurico y su hijo Alarico II pretendieron crear un Estado visigodo,
semejante al que había tenido el Estado romano, ahora asentado en el territorio de
la Galias y en España, gobernando a godos y romanos y promulgando unos códigos
legales territoriales que responden a la organización centralizada del Imperio visigodo.
Eurico deroga la prohibición romana de casarse con extranjeros; ahora ya podían casar-
se entre los dos pueblos: visigodos y romanos, miembros de un mismo Estado. Alarico
II integra el paganismo arriano de los visigodos con el catolicismo romano, captando a
su favor a los obispos de la Iglesia católica y a la aristocracia ciudadana y rural, fortale-
ciendo el Estado visigodo la unidad y nacionalidad común. Leovigildo también intenta
unicar con la religión arriana a la población hispana católica, convocando un concilio
en Toledo en el año 580. Se emite moneda con la egie de Leovigildo por primera
vez en el año 585, reforzando la realeza y los restantes reyes visigodos, como Recaredo,
convertido al catolicismo, Chindasvinto, Recesvinto, Wamba y Ervigio; reyes que legis-
laron a favor de ese Estado único nacional.
Los visigodos adoptaron la forma de monarquía militar, con una estructura so-
cial de forma feudal y vínculos feudales de vasallaje. El rey otorgaba ‘benecios’ en
forma de tierras a los nobles (deles regis), que le rendían vasallaje. Estos benecios del
43 CÁRDENAS, Francisco de. Ensayo sobre la Historia de la Propiedad Territorial en España.
Tomo I. Imprenta de J. Noguera. Madrid. 1873, págs. 52-55.

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