Herencia. Inscripción de la cesión del derecho a percibir el precio aplazado garantizado con condición resolutoria.

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Es inscribible la cesión del derecho a percibir el precio aplazado que está garantizado con condición resolutoria inscrita. No cabe desconocer que la acción que nace del pacto resolutorio inscrito alcanza a todo tercero.

Hechos: En la escritura de adición de herencia que se presenta a inscripción se adjudica un "derecho sobre el supuesto crédito" que tenía el causante. Este crédito deriva de una escritura en la que el causante vendió una finca y el precio fue aplazado y garantizado su pago con condición resolutoria expresa a su favor. La condición resolutoria consta inscrita.

Registrador: Si bien el crédito a favor del causante es transmisible conforme a las reglas generas de transmisión de créditos, su transmisión no es inscribible en el Registro de la Propiedad por carecer de transcendencia real, pues la condición resolutoria no garantiza el cobro del precio aplazado sino la recuperación del inmueble por el vendedor en caso de impago del mismo

Recurrente: Alega que la condición resolutoria que se pretende transmitir se pactó en garantía del precio aplazado; que la cláusula resolutoria tiene trascendencia real para su inscripción, su sucesión y su transmisión

Resolución: Estima el recurso y revoca la calificación.

Doctrina:

1 Es cierto que la condición resolutoria no es un derecho real ni concede reipersecutoriedad sobre el bien vendido.

En este sentido ya la R. de 17 de enero de 1933 consideró que con la condición resolutoria “no surge aún la figura jurídica del derecho real porque la cosa vendida no queda especialmente ni de modo directo afecta al pago del precio aplazado, ni aquélla puede perseguirse eficazmente contra cualquier tercer poseedor”.

2 Sin embargo, como la misma Resolución reconoce, “no es dable desconocer que el pacto resolutorio ocasiona una acción que alcanza a todo tercero, por constar claramente en el...

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