¿Qué hacemos con el Tribunal Constitucional?

AutorFrancisco Ramos Méndez
CargoCatedrático de Derecho Procesal Abogado
Páginas15-18

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La reciente historia de nuestro Tribunal Constitucional y la situación que vive merece sin duda una reflexión seria, que lleve a consecuencias operativas, en uno u otro sentido. Sirva el presente exordio para poner encima de la mesa alguno de los capítulos de esta reflexión pendiente.

De entrada, no ha sido posible renovar los miembros del Tribunal Constitucional, cuyo mandato ha expirado, de acuerdo con las previsiones legales. La transitoriedad no es fugaz, sino que es querida por las fuerzas políticas, que hacen previsiones sobre el sentido de los votos de los magistrados. Los electores -el Parlamento- no se han puesto de acuerdo en los nombres, porque, descaradamente, sin rubor alguno, todos pretenden jugar con las cartas marcadas. Un viejo tic, que podría hacer correr ríos de tinta sobre la teoría y la realidad de la independencia judicial. Materiales hay abundantes. Sin embargo, el vidrioso estudio no ha tentado todavía seriamente a las cabezas pensantes. En todo caso, ya se ha etiquetado a los jueces constitucionales, que deben realizar su función con el sambenito de su atribuido progresismo o conservadurismo.

El tribunal, sometido a todo tipo de presiones, ha ido recluyéndose en un espacio procesal propio, en el que las reglas clásicas de juego no rigen, acaban incomodando y se acomodan a conveniencia del propio tribunal. Como muestra se puede tomar el caso que gira en torno a las idas y vueltas del Estatut de Autonomía de Cataluña.

La filosofía de lo que es o deber ser la abstención y recusación de magistrados ha tenido un recorrido inefable, del que da cuenta cumplida una recientísima monografía de la Profesora Mª Del Carmen Calvo Sánchez y ello me Page 16 excusa aquí de mayores precisiones. La simple lectura de la historia de los hechos invita a más de una reflexión sobre cómo debe construirse la independencia del tribunal.

Luego, superado este escollo, hemos podido seguir atentamente por los medios de comunicación las deliberaciones secretas del pleno del tribunal. Gracias a ello nos podemos enterar, por ejemplo, de que la sentencia que sale no es la que tiene que salir y así no vale. Se hacen votaciones de tanteo, se cambian los ponentes, en fin, se estarían creando unas reglas de deliberación y decisión acomodaticias, que, por supuesto, no pondrían en entredicho la imparcialidad del fallo.

Como el resultado que sale no es el que tendría que ser, en términos políticamente correctos, se acomodan también los tiempos de...

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