Guía para pacientes

Páginas383-386
ANEXO 2. GUÍA PARA PACIENTES
1) ¿Qué son las VOLUNTADES ANTICIPADAS (VVAA)?
El documento a través del cual la persona mayor de edad, capaz
y libre, mani esta anticipadamente su voluntad, con objeto de
que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en
cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente,
sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado
el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos
del mismo (artículo 11.1 Ley 41/2002, de 14 de noviembre básica
reguladora de la autonomía del paciente y de las obligaciones en
materia de información clínica).
2) ¿Las Voluntades Anticipadas, las Instrucciones Previas y el Tes-
tamento Vital son lo mismo?
Si. Aunque otros países distinguen dichos conceptos en su re-
gulación, la legislación española solo prevé la institución de las
Instrucciones previas, siendo utilizados los otros dos términos
como sinónimos.
3) ¿En qué momento deben aplicarse?
a) Paciente vivo: cuando no tenga la ca pacidad de expresar su
voluntad.
b) Paciente fallecido: cuando se deba determinar el destino de
su cuerpo o de sus órganos.
4) ¿Dónde puedo registrar las VVAA?
En cada una de las Comunidades Autónomas (CCAA) existe un
Registro de VVAA. Generalmente, dependen de las Consejerías
de Sanidad y en su página web se encuentra toda la información.

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