Guía para no perderse ante los cambios normativos del 2019

AutorMiquel Àngel Falguera Baró
CargoMagistrado especialista TSJ Cataluña
Páginas149-171
· EDITORIAL BOMARZO ·
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protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Análisis de sus
novedades (i); Tu Asesor Laboral: https://www.tuasesorlaboral.net/categorias-estudio/temas-
juridicos/759-tenemos-otra-nueva-norma-el-real-decreto-ley-8-2019-de-medidas-urgentes-de-
proteccion-social-y-de-lucha-contra-la-precariedad-laboral-en-la-jornada-de-trabajo-analisis-de-sus-
novedades-i
UREÑA MARTÍN, A.; Tenemos otra nueva norma: El Real Decreto-Ley 8/2019, de medidas urgentes de
protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Análisis de sus
novedades (ii);Tu asesor laboral: https://www.tuasesorlaboral.net/categorias-estudio/temas-
juridicos/760-tenemos-otra-nueva-norma-el-real-decreto-ley-8-2019-de-medidas-urgentes-de-
proteccion-social-y-de-lucha-contra-la-precariedad-laboral-en-la-jornada-de-trabajo-analisis-de-sus-
novedades-ii
UREÑA MARTÍN, A.; Un infarto que se produce en un parking de la empresa con anterioridad al acceso al
puesto de trabajo no es accidente laboral; Tu Asesor Laboral:
https://www.tuasesorlaboral.net/categorias-estudio/jurisprudencia/755-un-infarto-que-se-produce-en-
un-parking-de-la-empresa-con-anterioridad-al-acceso-al-puesto-de-trabajo-no-es-accidente-laboral
VÍQUEZ ROJAS, S.; “Dignidad humana y era digital: Breves reflexiones en torno al ahora del futuro del
trabajo”; CIELO: http://www.cielolaboral.com/wp-
content/uploads/2019/03/viquez_rojas_noticias_cielo_2019_03.pdf
VOSS, E., DEMAÎTRE, B. & DE SPIEGELAERE, S.; “How to prepare for company change”; ETUI:
https://www.etui.org/Publications2/Guides/How-to-prepare-for-company-change
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GUÍA PARA NO PERDERSE ANTE LOS CAMBIOS NORMATIVOS DEL 2019
MIQUEL ÀNGEL FALGUERA BARÓ
Magistrado especialista TSJ Cataluña
I. UNA “REFORMA LABORAL POR GOTEO”
No es novedad alguna constatar que el iuslaboralista precisa estar permanentemente al día por los
constantes cambios que experimenta nuestra normativa (y, en ocasiones, la jurisprudencia). En otras
ramas jurídicas la desconexión de un profesional durante un par de años no alterará, en general, su
acervo de conocimientos; en el derecho del trabajo esa omisión en la mitad de tiempo puede comportar
indudables consecuencias negativas. Por eso el maestro ROMAGNOLI se refiere siempre a las
“microdiscontinuidades” como una de las características esenciales de nuestra disciplina.
Esa dinámica de incesantes variaciones se ha producido hasta la fecha por dos vías: de un lado, las
pequeñas modificaciones del “día a día” (nuevos reglamentos, sentencias trascendentes), que
analizábamos cuando teníamos algún rato perdido; de otro, las “grandes mutaciones” (las denominadas
“reformas laborales”), que muy a menudo nos descolocan en las grandes certezas previamente
aprehendidas y que por ello requerían de una cierto paréntesis en nuestra actividad profesional. Sin
embargo, en los últimos cuatro meses hemos asistido a un nuevo escenario: constantes y pequeñas
alteraciones en variadas leyes, decretos-leyes y reglamentos que en buena medida determinan que nos
enfrentemos a un nuevo paradigma transversal. Desde principios de diciembre hasta finales de marzo
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han aparecido en el BOE ni más ni menos que veintisiete normas relevantes que afectan al derecho
laboral y de la Seguridad Social. Aunque es cierto que el actual Gobierno ha renunciado, contras sus
promesas, a revertir los elementos más negativos para los intereses de las personas asalariadas de las
dos legislaturas inmediatamente anteriores, el hecho cierto es que una mirada global del paisaje
resultante bien llevarnos a la conclusión que nos hallamos ante una especie de “reforma laboral por
goteo”.
El contexto normativo que emerge en 2019 afecta al derecho de la Seguridad Social en aspectos, entre
otros, como la suspensión de efectos y la posible revisión del factor de revalorización de las pensiones,
el régimen jurídico de determinadas prestaciones, el retorno de la figura de la jubilación forzosa en
convenio, una profunda revisión de la orfandad en el caso de muerte de la madre por violencia de
género, un cambio radical del subsidio de desempleo “de acceso a la jubilación”, la integración en el
sistema de prácticas docentes, la aparición de nuevos convenios especiales y novedades significativas
en los regímenes y sistemas especiales. Y las transformaciones son incluso de mayor calado en el RETA,
en materias como el incremento progresivo de cotizaciones, mejora de determinadas prestaciones y la
desaparición del carácter voluntario de la cobertura de las contingencias profesionales y de la de cese
por actividad. Por otra parte, en el terreno contractual hemos asistido a un incremento muy significativo
del salario mínimo interprofesional, a la desaparición del contrato indefinido de apoyo a los
emprendedores y del incremento de la edad máxima para efectuar contratos para la formación y el
aprendizaje, a la instauración con carácter general del registro de jornada y a la aparición de aquello que
en puridad es un nuevo régimen especial (personal investigador predoctoral). También son
trascendentes las novedades respecto a la igualdad de género (reforma de los planes de igualdad y de la
equiparación salarial del art. 28 ET) y la conciliación de la vida laboral y la familiar (unificación de las
suspensiones y prestaciones por “maternidad” y “paternidad”, readecuación de la reducción de jornada
por “lactancia”, con la aparición de una nueva prestación en la Seguridad Social, una profunda
alteración de la disponibilidad de las personas asalariadas sobre su tiempo de trabajo, ex art. 34.8 ET y la
introducción de concretas especificidades respecto a la extinción contractual durante el período de
prueba y por circunstancias objetivas). Por su parte, la LOPD ha conllevado con las carencias que se han
denunciado en esta publicación- la regulación por vez primera de los derechos digitales en el ámbito
social. Y, finalmente, no son irrelevantes las alteraciones respecto a las políticas activas de empleo. Si
sumamos todas esas novedades bien puede alcanzarse la conclusión de que, como reza el título de este
artículos, nos hallamos ante una especie de “reforma laboral por goteo”.
Pese a ello no puede omitirse que se antojan legítimas las críticas sobre el déficit de constitucionalidad
de buena parte de esos cambios que se han formulado desde diversas instancias y no sólo desde la
derecha política-. En primer lugar, porque en determinadas materias incremento de pensiones, nuevas
prestaciones y de retribuciones de los empleados públicos- las consecuencias de incremento del gasto
público son inherentes, sin que en paralelo se incrementen las fuentes de financiación, al decaer el
proyecto de ley de presupuestos del Estado de 2019 (lo que comporta dudas respecto al ominosamente
vigente art. 135 CE). Y en segundo lugar, porque muchas de esas novedades se han efectuado a través
de la figura del Decreto-ley (dada la conformación parlamentaria de la extinta legislatura), sin que en
bastantes supuestos sea clara la concurrencia de las notas caracterizadoras de “extraordinaria y urgente
necesidad”, que reclama el art. 86 CE. Veremos –si se interpone algún recurso- cuál es la respuesta del
TC a este respecto (aunque quizás podría optar por la interpretación expansiva que en su día adoptó
ante el RDL 3/2012…)
Pero, al margen de dichos interrogantes, esa técnica legislativa comporta un problema añadido para el
iuslaboralista, puesto que nuestra congénita necesidad de actualización de conocimientos se ve
desbordada por tantos y continuados cambios normativos. Una cosa es el estudio del típico Decreto-Ley
omnicomprensivo; otra, tener la perspectiva global de esas calladas micromutaciones. El objeto de estas
páginas es, pues, el que consta en su título: intentar ofrecer una guía al profesional para que no se
pierda ante tan profusa actividad legislativa, aparentemente diferenciada.
II. LISTADO DE CAMBIOS NORMATIVOS DESDE EL MES DE DICIEMBRE POR ORDEN CRONOLÓGICO
DE PUBLICACIÓN
- Real Decreto 1413/2018, de 2 de diciembre, por el que se desarrollan las previsiones de la Ley
6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 en materia de
pensiones de viudedad del Régimen de Clases Pasivas del Estado (BOE 03.12.2018)

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