Guía Básica para las modificaciones de medidas de los ERTE

AutorServicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
¿Cómo comunicar las modificaciones que se realicen sobre los
ERTE debidas a la incorporación progresiva a la actividad?
Con origen en el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del
empleo se establecen las distintas posibilidades en la variación de las condiciones de los ERTE para
reactivar la economía de manera progresiva y sostenible para las empresas.
¿QUÉ MODIFICACIONES PUEDO COMUNICAR SOBRE EL ERTE COVID-19 DE MI EMPRESA Y CÓMO
TENGO QUE COMUNICÁRSELAS AL SEPE?
Se pueden dar las siguientes situaciones que modifiquen las medidas iniciales del ERTE:
1. La empresa incorpora a todos o a algunos trabajadores a la actividad.
Se utilizará el modelo de formulario BAJAS ERTE que está en el Espacio C OVID-19 del SEPE, en
https://sepe.es/ HomeSepe/ COVID-19/ informacion-empresas.html.
2. La empresa reduce la jornada de todos o algunos de sus trabajadores en suspensión.
Enviará por el registro electrónico común (REC) https:// rec.redsara.es/registro/ action/are/acceso.do,
remitido a la Dirección Provincial del SEPE correspondiente al centro de trabajo:
1) La baja en la prestación de los trabajadores a través del modelo BAJAS ERTE.
2) El alta de la prestación en el impreso de SOLICITUD COLECTIVA , indicando en la casilla
% reducción jornada el porcentaje de reducción de jornada a aplicar en adelante.
3. La empresa incorpora a jornada completa a todos o a algunos de sus trabajadores y todos o
algunos días de la semana.
Se comunicará a través de certific@2 - Comunicación de Periodos de A ctividad los días trabajados.
4. La empresa incorpora a todos o a algunos de sus trabajadores algunos días de la semana o
del mes, alternando días de actividad completa con días de jornada parcial.
Se comunicará a través de certific@2 - Comunicación de Periodos de Actividad los periodos de actividad
para los días calculados sobre las horas trabajadas. Se dividirá el número total de horas trabajadas en el mes
entre el número de horas de la jornada diaria del trabajador antes del ERTE, redondeando a días.
Ejemplo 1 Un trabajador, a tiempo completo antes del ERTE, trabaja en el mes 5 días las siguientes horas:
a 1º 5 horas, día 2º 3 horas, día 3º 3 horas, día 6 horas y día 5º 2 horas. El total de horas son 19; dividido
entre 8 horas de jornada diaria a tiempo completo da como resultado 2,3. Se redondea el resultado en 2 días, al
quedar el decimal por debajo de 5. Por tanto se comunican 2 días de actividad.
Ejemplo 2 Un trabajador que estaba a tiempo parcial antes del ERTE, al 70% de la jornada (28 horas semanales
repartidas de lunes a jueves), trabaja en el mes 15 días: 6 días a 1’5 horas/d y 9 días a 2 horas/d. El total de horas
trabajadas son 27; dividido entre 7 horas de jornada diaria (L-J) da como resultado 3,86. Se redondea el resultado
en 4 as, al quedar el decimal por encima de 5. Se comunican 4 días de actividad para este trabajador.
5. La empresa incorpora a todos o alguno de sus trabajadores todos los días del mes, pero con
porcentajes de jornada variables.
Se comunicarán a través de certific@2 los periodos de actividad para los días calculados sobre las horas
trabajadas, siguiendo los ejemplos anteriores. Se dividirá el número total de horas trabajadas en el mes
entre el número de horas de la jornada diaria del trabajador antes del ERTE, redondeando.

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