La guarda y custodia de los animales de compañía

AutorTeresa López Tur
CargoProfesora Asociada de Derecho Civil. Universidad de las Islas Baleares
Páginas73-94
R.E.D.S. núm. 18-19 ISSN: 2340-4647
pág. 73
LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS ANIMALES DE
COMPAÑÍA
Teresa López Tur
Profesora Asociada de Derecho Civil
Universidad de las Islas Baleares
Fecha de recepción: 15 de octubre 2021
Fecha de aceptación: 30 de octubre de 2021
SUMARIO: 1. Consideraciones generales 2. La anterior regulación en el Código Civil. Los
animales de compañía como semovientes 2.1 Régimen Jurídico de los animales de compañía.
2.2. Régimen de propiedad y copropiedad de los animales de compañía. Las acciones
ejercitadas por los propietarios 2.3. El presupuesto de la copropiedad para la atribución de la
guarda y custodia de los animales de compañía según la jurisprudencia más reciente. 2.4.
Inclusión de los animales de compañía en convenios reguladores en caso de separación o
divorcio. 2.5. Estado de la cuestión: La situación de la guarda y custodia de los animales de
compañía antes de la entrada en vigor de la Ley 17/2021, de 15 de Diciembre, de modificación
del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley De Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen
jurídico de los animales. 3. La Ley 17/2021, De 15 De Diciembre, de modificación del Código
Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley De Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los
animales. Breve análisis de la reforma. La guarda y custodia de animales de compañía tras
la reforma. 3.1 Modificación respecto de la calificación jurídica de los animales.3.2
Modificación de la Ley Hipotecaria y la Ley De Enjuiciamiento Civil. 3.3. Modificaciones en
el ámbito de la separación y divorcio. 3.4 La guarda y custodia de los animales de compañía.
4. Otros problemas de la Ley 17/2021, De 15 De Diciembre, de modificación del Código Civil,
la Ley Hipotecaria y la Ley De Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los
RESUMEN: Se analiza la jurisprudencia sobre la atribución de la guarda y custodia de
animales de compañía en los casos de cese de la convivencia antes de la entrada en vigor de la Ley
17/2021, de 15 de Diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de
Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales y los recientes cambios que se han
producido en nuestro ordenamiento jurídico tras ella, abordando posibles problemas que plantea la
reforma.
ABSTRACT: The jurisprudence on the attribution of the guardanship and custody of
companion animals (pets) is analyzed in cases of cessation of cohabitation before the entry into force
of Law 17/2021, of December 15, modifying the Civil Code, the Law Mortgage and the Civil
Procedure Law, on the legal regime of animals and the recent changes that have occurred in our
legal system after it, addressing possible problems posed by the reform.
PALABRAS CLAVE: animales de compañía, guarda y custodia, familia.
KEYWORDS: pets, guardanship and custody, family.
Teresa López Tur
R.E.D.S. núm. 18-19 ISSN: 2340-4647
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animales. 4.1 La ausencia del concepto de “Animal de Compañía”. 4.2 Diversidad de
procedimientos. 4.3 Carácter inembargable de los animales de compañía. 5. Conclusiones
6.Bibliografía 7. Jurisprudencia.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
Recientemente nuestro país han proliferado noticias y titulares en los que se hace referencia
a la guarda y custodia de los animales de compañía. En el año 2019, el Juzgado de Primera
Instancia número 9 de Valladolid1 admitió por primera vez la posibilidad de establecer una
guarda y custodia compartida en el caso de separación conyugal y desde entonces, se han
venido sucediendo sentencias en las que se discutía sobre esta posibilidad cuando se ponía
fin a la vida en común de la pareja.
Sin embargo, ¿Podíamos hablar realmente de un régimen de guarda y custodia con el régimen
jurídico que contemplaba nuestro ordenamiento jurídico de los animales de compañía? ¿O
realmente los medios acuñaron el término de la “guarda y custodia” cuando los juzgados en
realidad razonaban jurídicamente de otra manera?
Pues bien, efectivamente, la anterior regulación de los animales de compañía en nuestro
Código Civil hacía totalmente imposible la posibilidad de establecer una guarda y custodia
de los mismos. Y es que, ¿Acaso era posible establecer la guarda y custodia de los animales
cuando estos estaban considerados a todos los efectos como bienes muebles en nuestro Código
Civil? La respuesta no puede ser más que negativa.
Pero el panorama se ha visto alterado con la entrada en vigor de la Ley 17/2021, de 15 de
Diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento
Civil, sobre el régimen jurídico de los animales2 (en adelante la Ley 17/2021), especialmente
por la modificación del art. 333 del Cc y la inclusión de un nuevo artículo 333 bis. Que ha
dejado de considerar a los animales como semovientes para calificarlos como seres vivos
dotados de especial sensibilidad.
En el presente trabajo analizaremos la problemática que se genera respecto de los animales
de compañía en caso de separación o divorcio de una pareja, y los cambios que se van a
plantear en este sentido con la entrada en vigor de la Ley 17/2021, de 15 de Diciembre, de
modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el
régimen jurídico de los animales.
Para ello, comenzaremos analizando el régimen jurídico de los animales de compañía en la
anterior regulación del Código Civil, así como la jurisprudencia que abordaba la cuestión del
“régimen de custodia de los animales de compañía”, y, posteriormente, estudiaremos la
reforma introducida por la Ley 17/2021, comprobando cuáles son los cambios que
efectivamente se producen con su entrada en vigor sobre la guarda y custodia.
1 Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº9 de Valladolid, núm. 88/2019 de 27 de Mayo (ECLI:ES:JPI:2019:88).
2 Desde el año 2017 s e han venido sucediendo diversas propuestas de Ley planteadas por grupos parlamentarios
diferentes para reformar el estatuto jurídico de los animales. Ha sido sin embargo, el pasado jueves 16 de diciembre
de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la citada Ley. Cuando se inició el presente trabajo, La Ley 17/2021,
de 15 de Diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el
régimen jurídico de los animales era un Anteproye cto de Ley que se encontraba en tramitación parlamentaria. El
objeto inicial de este trabajo era analizar el régimen anterior a la reforma y plantear los posibles problema del
anteproyecto, en caso de que este, finalmente, se aprobara. La reciente entrada en vigor de la Ley, ha modificado la
finalidad de este artículo, en el que si bien seguiremos analizando la regulación anterior por considerar necesario
tener claros ciertos aspectos que podrían seguir aplicándose a pesar de la reforma, nos centraremos también en las
nuevas previsiones de nuestro Código Civil y Ley de Enjuiciamiento Civil, y los problemas que plantean.

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