DECRETO 341/2001, de 18 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento del Registro de grandes y medianos establecimientos comerciales.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

341/2001, de 18 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento del Registro de grandes y medianos establecimientos comerciales.

La disposición adicional tercera de la Ley 17/2000, de 29 de diciembre, de equipamientos comerciales establece la creación del Registro de los establecimientos comerciales regulados para el artículo 3, grandes y medianos, como base de las actuaciones en materia de defensa de la competencia configuradas por esta Ley, atribuyendo su control al departamento competente en materia de comercio.

Asimismo la mencionada disposición adicional tercera prevé que reglamentariamente se determinen las características y funcionamiento de este Registro.

Bajo el criterio de la simplificación y con las mínimas obligaciones para las empresas afectadas, este Decreto establece un procedimiento sencillo con el fin de disponer de un registro con los datos más significativos de los establecimientos objeto de la regulación contenida en la Ley 17/2000, de 29 de diciembre, de equipamientos comerciales.

Por ello, en uso de las facultades que tengo conferidas, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del consejero de Industria, Comercio y Turismo, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

La presente disposición afecta a los establecimientos comerciales grandes y medianos situados en Cataluña a que se refiere el artículo 3 de la Ley 17/2000, de 29 de diciembre, de equipamientos comerciales, independientemente de dónde se encuentre el domicilio social de la empresa.

Artículo 2

2.1 La documentación a presentar para la inscripción en el Registro de grandes y medianos establecimientos comerciales, que tiene carácter público, es la siguiente:

2.1.1 Solicitud firmada por una persona que ostente la representación legal de la empresa dirigida a la persona titular de la Dirección General de Comercio en la que tienen que figurar los siguientes datos:

Identificación de la persona física o jurídica titular del establecimiento comercial. En el caso de que el establecimiento pertenezca a una cadena o grupo de distribución se tendrá que detallar la relación con éste.

Domicilio social de la empresa titular del establecimiento comercial.

Número o código de identificación fiscal.

Memoria descriptiva del establecimiento, detallando su estructura física, los metros cuadrados de superficie de venta, la superficie del almacén y del...

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