GRAMUNT FOMBUENA, Mariló/FLORENSA I TOMÀS, Carles E. (dirs.): Codificación y reequilibrio de la asimetría negocial, Dykinson, Madrid, 2017, 351 pp.

AutorBruno Rodríguez-Rosado
CargoProfesor Titular de Derecho civil Universidad de Málaga
Páginas1089-1103

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La editorial Dykinson publica el libro Codificación y reequilibrio de la asimetría negocial. Esta publicación tiene su origen en el Congreso Internacional que, bajo el título «Diseño y codificación de instrumentos reequilibradores en contextos de asimetría negocial», tuvo lugar en la Facultad de Dret de la Universitat de Barcelona, durante los días 3 y 4 de marzo de 2016. La organización del Congreso corrió a cargo del GREDINT (Grup de Recerca en Dret Privat, Consum i Noves Tecnologies), el Instituto de Derecho Comparado de la Universidad Complutense de Madrid y la Escola de Postgraus de la Facultat de Dret de la Universitat de Barcelona. El Congreso se enmarcaba dentro de las actividades del citado Grup de Recerca y suponía la culminación de un Proyecto de Investigación financiado por el entonces Ministerio de Economía y Competitividad, con el título «La nueva contratación privada: Diseño y codificación de instrumentos reequilibradores en contextos de asimetría negocial».

El Congreso comenzó con un acto homenaje en memoria de la Profesora Dra. María Rosa Llácer Matacás, Catedrática de Derecho civil de la Universidad de Barcelona, que nos dejó de manera inesperada el 14 de junio de 2015, en el que intervinieron el Prof. Enoch Albertí Rovira, Decano de la Facultad de Derecho, el Prof. Antoni Mirambell Abancó, Director del Departamento de Derecho Civil, la Prof. Teodora Torres García, Catedrática de Derecho civil de la Universidad de Valladolid, y la Prof. Mariló Gramunt Fombuena, Profesora Titular de Derecho civil de la Universidad de Barcelona. Fue un acto emotivo y de sincero reconocimiento a la trayectoria acadé-mica de la Prof. Llácer Matacás, que concibió y organizó este Congreso, en

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el que no podía imaginar que no iba a estar presente. Personalmente conocía a María Rosa Llácer hace mucho tiempo, porque había leído su abundante producción científica y porque había coincidido con ella en otros Congresos y Jornadas. Tuve además el honor de formar parte de la Comisión encargada de juzgar la plaza por la que accedió a la Cátedra de Derecho civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona el 3 de mayo de 2011. Los integrantes de esa Comisión tuvimos oportunidad de valorar toda una vida consagrada a la Universidad, con una trayectoria académica impecable, y una labor investigadora encomiable. El segundo ejercicio de aquella Cátedra, con un enfoque original y un tratamiento profundo, se publicó poco después como monografía con el título «La autorización al tratamiento de información personal en la contratación de bienes y servicios». La última vez que tuvimos oportunidad de coincidir fue en Valladolid, en el homenaje a la Prof. Teodora Torres García. Como siempre, Rosa enfrascada en proyectos de trabajo, y con esa sonrisa que nadie puede olvidar.

De alguna manera, ese impulso de M.ª Rosa y ese mismo espíritu de trabajo continúa en los integrantes del Grup de Recerca en Dret Privat, Consum i Noves Tecnologies, y buena prueba de ello es el libro que nos ocupa, que representa un nuevo enfoque de tradicionales problemas del Derecho de la contratación. Con anterioridad, algunas de las cuestiones que aquí se tratan ya habían sido abordadas en el Congreso celebrado el 25 de marzo de 2014 en la Universitat de Barcelona sobre «La codificación del Derecho de consumo en el Derecho civil catalán», y que fue posteriormente publicado con el título «La codificación del Derecho contractual de consumo en Derecho civil catalán» (Dykinson, Madrid, 2015). El libro que ahora comento (Codificación y reequilibrio de la asimetría negocial) va mucho más allá, en la medida que se ocupa de todo el Derecho estatal y del Derecho comparado, pero sobre todo porque trasciende al Derecho de consumo y entra en la médula del Derecho de contratos. Como afirmaba hace tiempo María Rosa Llácer («La revisión del acervo de consumo: la generalización del Derecho tuitivo y su relación con el marco común de referencia», en Homenaje al Profesor Manuel Cuadrado Iglesias, I, Thomson-Civitas, 2008, p. 934): «El Derecho de consumo se manifiesta pues como un instrumento de reelaboración de la función igualitaria del derecho, con una función de desarrollo económico y social, en un contexto donde el individuo necesita mecanismos para recuperar su capacidad para gestionar sus intereses o su persona frente a otros agentes. De ahí que su reordenación, junto al interés práctico y científico, debe valorarse como un instrumento de construcción social, desde los valores que sustentan una sociedad de ciudadanos».

Antes de entrar en cada una de las aportaciones, sí me parece procedente destacar que en todas ellas se observa, junto a una moderna visión del Derecho privado, preocupada por las nuevas estructuras sociales y por los problemas reales que se plantean en la práctica, la apertura de nuevas líneas de investigación de cuestiones clásicas de Derecho civil, lo que lo hace doblemente atractivo desde el punto de vista dogmático. El libro recoge cada una de las colaboraciones en un orden similar –que no idéntico– al de las Ponencias del Congreso del que trae causa. Se echa en falta una agrupación de las mismas por bloque temáticos, solución de la que acaso se prescindió por tener en cuenta que todos los temas presentan zonas comunes y ramificaciones que hacen muy difícil su separación. No obstante en este comentario, y por razones de claridad, voy a estructurar las mismas en bloques, de una

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manera en cierto modo similar –que no idéntica– a la estructura que proponen los directores de la obra en su «Presentación».

  1. Un primer bloque está integrado por una serie de trabajos en los que se analiza la conveniencia o no de recodificar, de hacer un nuevo Código o de reformar los existentes, tanto en los que se refiere al Derecho de contratos como al Derecho de consumo.

    a) El libro comienza con la aportación de la Prof. Teodora F. Torres García, titulada «El estado de la cuestión en la recodificación del Derecho contractual español». El trabajo se centra inicialmente en los orígenes y fundamento de la codificación, destacando la evolución de la codificación civil y constitucional como fenómenos socioculturales. La autora pasa después al estudio de la cuestión en el siglo xx, ocupándose de manera especial de la denominada descodificación, caracterizada por la proliferación de leyes especiales al margen de los Códigos, que dejan así de regular la generalidad de las relaciones entre privados. La Prof. Torres analiza las causas de esta descodificación y las peculiaridades que ofrece en algunos países, como el nuestro, por la coexistencia de los denominados en la actualidad Derechos civiles autonómicos. Estudia igualmente la incidencia que las modernas Constituciones han tenido sobre los Códigos civiles, al incorporar normas de aplicación directa que históricamente se contenían en éstos. En este punto, resultan especialmente interesantes las consideraciones que se hacen en cuanto al Derecho de la Persona y al Derecho de Familia, que se han visto afectados en mayor medida tanto por la descodificación como por la constitucionalización del Derecho civil, y sobre las que nuestro Tribunal Constitucional ha tenido (y sigue teniendo) ocasión de pronunciarse con algunas decisiones de un enorme calado.

    El trabajo pasa después a centrarse en la recodificación del Derecho civil, como fenómeno inverso a la descodificación, que afecta sobre todo a las codificaciones civil y mercantil. La autora destaca las dos modalidades de recodificación que se han producido: por un lado, la sustitución del Código civil por otro totalmente nuevo, como ha ocurrido en Italia, Portugal y Holanda (o más recientemente en Rumanía, aunque en este caso motivado por un cambio radical en las estructuras políticas), y por otro, las reformas parciales, aunque profundas, de los Códigos tradicionales, como es el caso de Alemania o Francia. Se estudia igualmente la opción por una codificación conjunta del Derecho civil y del mercantil (Italia y Argentina), frente a la codificación separada de ambos.

    La parte fundamental del estudio se dedica a la recodificación del Derecho contractual, auspiciada desde 1989 por el Parlamento Europeo, que ha desembocado posteriormente en diferentes textos de carácter armonizador. Destaca la Prof. Torres el papel que ha jugado el Derecho de Consumo en este fenómeno recodificador, y analiza pormenorizadamente cuál debería ser su ubicación sistemática: incorporarlo al Código civil (solución alemana) crear un Código de Consumo autónomo (solución francesa e italiana), o mantener su desarrollo en leyes especiales en función de la materia. Final-mente se analiza la recodificación del Derecho de Consumo en nuestro ordenamiento, poniendo especial énfasis en la solución adoptada por la Propuesta de Modernización del Derecho de Obligaciones y Contratos, elaborada por la Comisión General de Codificación, y por el fallido Anteproyecto de Código Mercantil (con el que se muestra muy crítica por su carácter expansionista a materias ajenas al Derecho Mercantil).

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    b) La Prof. María Paz García Rubio titula su aportación «Codificar el Derecho de consumo en los tiempos de la modernidad líquida». La autora ya había desarrollado con anterioridad algunas de las ideas que desgrana en este trabajo en un artículo publicado en el Anuario de Derecho Civil, titulado «Sociedad líquida y codificación». Recoge así el concepto de «modernidad líquida» que utiliza Bauman, para destacar que en el momento actual el Derecho se caracteriza por ser como un fluido que se adapta a las circunstancias, frente a la visión tradicional sólida del Derecho, como conjunto de normas racionales y coherentes cuya eficacia queda salvaguardada por el poder coactivo del Estado. En este sentido se pregunta si estamos o no ante un momento propicio para codificar, frente a los cambios acelerados que se están produciendo en nuestra sociedad, que parecen abocar a una cada vez...

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