Google se niega a entregar al Ministerio de Justicia estadounidense los registros de las búsquedas de sus usuarios

AutorAlberto Juárez
CargoAbogado de Écija Abogados

Ya en 1998, la "Child Online Protection Act" (COPA), pretendía castigar aquellas páginas Web que incluyeran material de contenido sexual dañino para los menores. Tras las dificultades en cuanto a su aplicación práctica tanto a nivel de territorialidad (pensemos en las páginas web que se encuentren fuera de Estados Unidos) como en cuanto a qué contenidos serían calificados como dañinos para el menor, el Tribunal Supremo de EEUU se pronunció a favor del bloqueo de la Ley y sometimiento de la misma a juicio civil entre los que quisieran personarse en el caso.

Así de un lado, se ha personado en la causa la ACLU (American Civil Liberties Union), proponiendo más efectivo el filtrado de contenidos que ofrecen los buscadores de páginas web (tales como Yahoo, Google, MSN?) que la aplicación práctica de la propia Ley, considerando además que la mencionada COPA vulneraría la enmienda primera de la Constitución de los Estados Unidos que establece que "El Congreso no creará ley alguna que pudiera coartar la libertad de expresión, de la prensa o el derecho de las personas para reunirse en paz?".

Por otro lado, el Gobierno de Estados Unidos defenderá la causa a favor del desbloqueo de la Ley, considerando que los actuales filtros de búsqueda no resultan efectivos para evitar la visualización de contenidos considerados dañinos para los menores. Por ello, el Ministerio de Justicia estadounidense, ha solicitado para preparación de la defensa un muestreo de páginas web encontradas y criterios de búsqueda de los usuarios de MSN (Microsoft), AOL (America Online), Yahoo y Google.

El muestreo ha sido entregado por Microsoft, America Online y Yahoo, asegurando que no se ha incluido ninguna información personal, sino una lista genérica de términos, sin que haya forma de vincularlos a alguna persona. Sin embargo, Google, entre otras razones, ha alegado que con los datos solicitados se pretenden otros objetivos diferentes a una demostración y podrían ser utilizados por el gobierno para persecución de otro tipo de delitos.

Analizando la situación desde el punto de vista de nuestro ordenamiento jurídico, debemos pensar en el diferente tratamiento que le daríamos si entre el muestreo solicitado y los datos recogidos por los buscadores se encontrase la dirección IP o no. Para ello, debemos recordar el Informe Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos en el que se resuelve la consulta en relación a si la dirección IP era un dato personal o no (y como...

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