Glosario de téminos jurídicos

AutorManuel García Garrido. Antonio Fernández-Galiano

AB INTESTATO

Sucesión intestada. Sucesión en la que el fallecido no ha dejado testamento.

ANTEPROYECTO DE LEY

Primera redacción sucinta o borrador de una ley.

APELACIÓN

  1. Petición que realiza una de las partes del proceso, solicitando el nuevo examen de un asunto sobre el que ya ha recaído una resolución que le resulta perjudicial y que pretende sea sustituida por otra.

  2. Llamamiento dirigido a una persona o cosa en cuya autoridad o criterio se confía para resolver un asunto.

    APLICACIÓN DEL DERECHO

    Empleo o puesta en práctica de la normativa jurídica, así como sus principios, con el objetivo de conseguir un determinado fin.

    ARBITRAJE

    Procedimiento por el cual las personas naturales o jurídicas pueden someter, previo convenio, a la decisión de uno o varios mediadores las cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir, en materia de su libre disposición conforme a Derecho. En 2004 ha comenzado a aplicarse una nueva ley de arbitraje privado que unifica el arbitraje interno y el arbitraje internacional.

    ARBITRARIEDAD

    Forma de actuar contraria a la justicia, la razón o las leyes, dictada por la voluntad o el capricho.

    ARBITRIO

    Facultad conferida al juez de resolver según su criterio los supuestos no regulados por la ley o los que, encontrándose regulados, son oscuros o insuficientes:

    ARRENDAMIENTO

    Contrato consensual consistente en la cesión o adquisición del uso o aprovechamiento temporal de cosas, obras o servicios, a cambio de un precio.

    ARTÍCULO

    Cada una de las partes en que se divide un escrito, tratado, ley, etc.

    ASOCIACIÓN

    Agrupación de personas dotada de personalidad jurídica, que se unen para alcanzar un fin común, lícito y determinado.

    AUCTORITAS

    Prestigio o sabiduría socialmente reconocidos.

    AUDIENCIA

  3. Acto de oír un juez o Tribunal a las partes y testigos para decidir los pleitos y causas.

  4. Lugar donde celebra sus sesiones un Juzgado o un Tribunal.

    AUTOCRACIA

    Sistema o régimen en el que gobierna una sola persona con poder total: la autocracia supone la culminación del autoritarismo basado en un poder personal absoluto y despótico.

    BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

    Diario oficial del Estado español y órgano de publicación de las leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria, así como otras variadas comunicaciones: nombramientos, oposiciones y concursos, subastas y concursos, edictos, notificaciones, requisitorias de juzgados y Tribunales, etc.

    BREVIARIO DE ALARICO

    Gran obra cultural del Rey Visigodo Alarico II, promulgada en el año 506, en el que se recogen las leyes de la obra legislativa del emperador romano Teodosio, demostrándose la gran influencia de la cultura romana en el mundo visigodo.

    BUROCRACIA

    Conjunto de normas, papeles y trámites necesarios para gestionar una actividad administrativa.

    Cuerpo de funcionarios administrativos.

    CÁMARA LEGISLATIVA

    Asamblea parlamentaria. Órgano representativo que ejerce el poder legislativo.

    CARTAS PUEBLAS

    Documentos breves que señalaban a grandes rasgos sobre la propiedad privada de los pueblos o territorios y los FUEROS BREVES. Muchos fueros surgieron del desarrollo de las Cartas Pueblas.

    CLASICISMO

    Tendencia estilística cultural de imitación del modelo clásico.

    CIVITAS

    Comunidad autogobernada. En la antigua Grecia y en Roma se denominaba a este tipo de comunidad independiente con el término de ciudad-estado.

    CÓDIGO

    Recopilación de leyes de un país.

    CÓDIGO DE LAS SIETE PARTIDAS

    Nombre por el que es más conocido el Libro del Fuero de las Leyes, y que proviene de su división en siete partes fundamentales del Derecho (de la Iglesia; político, del reino y de la guerra; sobre las cosas, procesal y organización judicial; de familia y relaciones de vasallaje; de obligaciones; de sucesión y penal). Atribuido al rey Alfonso X el Sabio y considerado como la compilación de legislación bajomedieval más importante del mundo.

    COGNACIÓN

    Parentesco de consanguinidad. Derechos de sangre.

    COGNITIO

    Conocimiento de causa realizada para dar o denegar una acción, examinar su propia competencia, dar o denegar la posesión de los bienes o decidir sobre cualquier otro recurso que se solicite al magistrado o al Tribunal.

    COMICIOS

    Vocablo que deriva del latín comitia, o lugar de reunión del pueblo. Los comicios son asambleas populares. Proviene del nombre con que se designaban a las asambleas de la antigua Roma, reunidas con objeto de aprobar o rechazar, mediante votación solemne, una propuesta del magistrado. Estas reuniones, junto con el Senado y los magistrados, eran los elementos fundamentales de la constitución romana.

    COMISIÓN DE TRABAJO

    Conjunto de personas encargadas de resolver un asunto.

    COMISIÓN PARLAMENTARIA

    Órgano interno de las Cámaras parlamentarias que, respondiendo a un criterio de racionalidad y división del trabajo, prepara la labor del pleno

    COMMON LAW

    Conjunto de principios y normas que constituyen el cuerpo principal del Derecho en los sistemas jurídicos anglosajones. Este término se usa para referirse al grupo de normas y reglas de carácter jurídico no escritas, pero sancionadas por la costumbre o la jurisprudencia, que son fundamento del Derecho de los países anglosajones.

    COMPETENCIA

    Es la cualidad que legitima a un órgano judicial para conocer de un determinado asunto, con exclusión de los demás órganos judiciales de la misma rama de la jurisdicción.

    COMPILACIÓN

    Reunión en una sola obra de partes de diferentes libros o documentos.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA

    División regional y administrativa dentro de un Estado, dotada de gobierno y demás instituciones propias: España está organizada en diecisiete comunidades autónomas.

    COMUNIDAD EUROPEA

    Ver Unión Europea

    CONCEPCIÓN

    - Conjunto de ideas u opinión que se tiene sobre alguna cosa. - Período o momento en que se da vida a un nuevo ser.

    CONCORDATO

    Convenio entre la potestad eclesiástica, representada por la Santa Sede, y la potestad civil, representada por un Gobierno, para regular las relaciones entre ambas respecto a materias de su competencia.

    CONGRESO

  5. Junta de varias personas para deliberar sobre algún asunto.

  6. Edificio donde los diputados a Cortes celebran sus sesiones.

  7. En algunos países, parlamento, asamblea nacional.

  8. Congreso de los Diputados. Órgano legislativo de la monarquía española que forma, junto al Senado, las Cortes generales.

    CONSEJO DE MINISTROS

    Órgano político constitucional que se halla formado por el presidente del gobierno, los vicepresidentes, si los hubiere, los ministros y los demás miembros que establezca la ley, como en determinados casos los secretarios de Estado.

    CONSTITUCIÓN

    Ley fundamental de la organización de un Estado. Conjunto de normas legislativas que ocupan una posición especial y suprema en el ordenamiento jurídico y que regulan las funciones y los órganos fundamentales del Estado.

    CONTRA LEGEM

    Contrario a la Ley

    CONTRIBUYENTE

    Que contribuye, especialmente la persona que paga impuestos al Estado

    CONVENIO COLECTIVO

    Norma especial típica del Derecho del Trabajo. Constituye la materialización del ejercicio del derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios.

    CORPORACIÓN

    - Organización cuyo objetivo primordial es la defensa de sus asociados. Suele tener un fuerte carácter gremial o corporativista.

    - Institución de derecho público.

    CORPUS IURIS

    Libros de respuestas jurisprudenciales y de leyes publicados por Justiniano que comprendían los siguientes: Instituciones, Digesta o Pandectas, Codex Constitutionum y Novellae.

    CORTES GENERALES

    Es el conjunto formado por el Congreso de los Diputados y el Senado, que son los representantes de la soberanía popular.

    COSTUMBRE

    Normativa jurídica ya definida en el Código de las Siete Partidas castellano como «derecho o fuero que no es escrito, el cual han usado los hombres luengo tiempo, ayudándose de él en las cosas y en las razones por qué lo hicieron». Son normas consuetudinarias que surgen en los grupos sociales cuando se puede hablar (dentro de los mismos) de una efectiva acomodación, generalizada y prolongada en el tiempo, a tales normas.

    CURIA

  9. Grupo de abogados, procuradores y funcionarios que trabajan en la administración de justicia.

  10. Organismos e instituciones que colaboran en el gobierno de la Iglesia.

  11. Senado romano.

    DECRETO

    Disposiciones y resoluciones o determinaciones del poder ejecutivo que adoptan una forma solemne de redacción, para su difusión al exterior.

    DECRETO LEY

    Son aquellas disposiciones que adopta el Gobierno de la nación en materias que no son de su competencia y sí del Parlamento o Cámara representativa, pero que por razones extraordinarias o de urgencia u otro tipo señaladas en la Constitución de cada país, está autorizado a priori para emitirlas, siempre que se informe de manera inmediata al Parlamento o Cámara para su aprobación, y sin perjuicio de que pueda tramitarlo como proyecto de ley, una vez que se halla resuelto el problema de urgencia.

    DELITO

    ...

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