Cómo hacer y gestionar correctamente las posturas escritas en la subasta judicial

AutorFrancisco Ramos Romeu
CargoProfesor Lector de Derecho Procesal UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA
Páginas265-284

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1. Introducción

Para que la subasta judicial funcione, es necesario, entre otras cosas, que participe la mayor gente interesada posible y que se saque el máximo rendimiento al bien que se vende. Y sin embargo, las subastas desiertas y las subastas en las que el bien se malvende, siguen siendo muy frecuentes.1 El perjuicio es para todos: para el ejecutante, que verá como no podrá obtenerse ningún dinero para pagar su crédito o sólo una pequeña parte, para el ejecutado, que verá como se habrá vendido un bien de su propiedad por un valor irrisorio, y posiblemente aún tendrá deuda que pagar, y para la Administración de Justicia, que tendrá que desplegar ulteriores esfuerzos para localizar y trabar otros bienes, amén de tener que celebrar otras subastas, con los consiguientes gastos de tiempo y de recursos escasos.

No es de extrañar por tanto que la forma de participar en la subasta sea importante, tan importante como las reglas de la subasta en sí. Bajo la vigente Page 266 Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000 (en adelante LEC), la participación en la subasta judicial puede realizarse de dos formas principalmente: presencialmente, acudiendo en el día señalado para la celebración de la subasta a las dependencias del Juzgado, lo que puede ser toda una experiencia, o bien mediatamente, formulando una postura por escrito en sobre cerrado hasta antes de la subasta (art. 648 LEC). Sin embargo, esta última forma de participación es poco utilizada en la práctica (Franco Arias 2000: 3295; Fernández-Ballesteros López 2001: 379). Se ha dicho que el artículo deja muchas ambigüedades que hacen que no se utilice, y en realidad las prácticas de los juzgados son variadas y distintas. Todo esto arroja una sombra de duda sobre si se le está sacando todo el partido a la institución, lo que es una lástima porque, a falta de ulteriores previsiones, es la única forma de permitir la participación mediata en la subasta.2

La cuestión objeto de este trabajo es investigar cómo deben interpretar los Juzgados la regulación de las posturas escritas para sacar el mayor rendimiento posible a la subasta y a dicha forma de participación. El objetivo es poner de relieve que no todas las interpretaciones del art. 648 LEC son buenas, y que posiblemente la práctica actual de los juzgados no permite maximizar el rendimiento de la subasta judicial, en perjuicio de ejecutante, ejecutado, y de la administración de justicia en general. Se argumenta que existe una forma de proceder mejor, y que los postores también pueden hacer mucho para maximizar los beneficios de participar en la subasta. Queda fuera del objeto de este trabajo qué forma de subastar los bienes en una ejecución es la mejor en general, lo que es una cuestión muy interesante, pero que requiere un tratamiento aparte.

El esquema de estudio de este trabajo es el siguiente: en el apartado 2, se observa el tratamiento de las posturas escritas en las subastas privadas. En el apartado 3, se investigan las posturas escritas en la subasta judicial y los argumentos que se han dado para su tratamiento, y se examina qué forma de tratamiento maximizaría Page 267 la rentabilidad de la subasta y la participación de los ciudadanos. Se aboga por que las posturas escritas sean gestionadas por el juzgado. En el apartado 4, se constata la compatibilidad de esta forma de proceder con la letra y el espíritu de la LEC. Finalmente, en el apartado 5 se explica cómo hacer una buena postura escrita, que evite algunos problemas de la práctica judicial actual.

2. Las posturas escritas en las subastas privadas

Antes de adentrarnos en la regulación de las posturas escritas en la LEC, podemos hacer una pequeña incursión en el mundo extrajudicial para ver cómo son tratadas las subastas por escrito. Conviene decir desde el primer momento que nos fijamos en subastas inglesas o al alza, en que las pujas se suceden unas a otras en orden ascendente y en el que el bien se adjudica a la puja más alta, pagándose el precio de esa puja más alta. Este es el mismo tipo de subasta que regula la LEC (arts. 649, 650 y 670 LEC). Tenemos numerosas casas de subastas privadas consolidadas, tanto de corte más tradicional, como Sotheby's o Christie's, y modernas instituciones como Ebay, que utilizan las posturas por escrito en subastas al alza.

Así, las normas de las casas Sotheby's o Christie's sobre las posturas escritas, o "posturas ausentes" (absentee bids) como se las conoce en estos foros, suelen ser del estilo siguiente: "La casa de subasta ejecutará posturas por escrito de forma gratuita y confidencial. Para hacer una postura escrita debe utilizarse el formulario que se pone a disposición de los interesados, indicando el lote sobre el que se desea pujar y la postura máxima que se está dispuesto a hacer. El formulario debe ser remitido al departamento de pujas por fax, por correo o en persona. La postura escrita se ejecutará por la casa de subastas y el lote se comprará por el menor incremento que exceda de todas las pujas concurrentes y que sea igual o superior al precio de reserva. En caso de que haya pujas idénticas, la primera en ser recibida tendrá preferencia. La casa de subastas no asume responsabilidad por no ejecutar las posturas."3 Page 268

Ebay (www.ebay.es) es esencialmente una casa de subastas de pujas por escrito que se realizan informáticamente por internet. En su página web podemos encontrar la siguiente información sobre la forma de pujar: "Decide el precio máximo que te gustaría pagar por el artículo e introdúcelo en el cuadro de puja. El sistema de puja automática de ebay pujará por ti, sólo por la cantidad necesaria para que sigas siendo el máximo pujador. Elige una cantidad que te parezca adecuada porque una vez que hayas pujado, estás participando en un contrato con el vendedor."4 Por tanto, el usuario inserta en la web una postura que luego es gestionada por la casa de subastas, que hace los incrementos necesarios. Incluso se prevé que en caso de que el máximo introducido por el usuario sea superado, se le avise para que pueda introducir un nuevo máximo.

No es difícil identificar los principales aspectos de este tratamiento: en primer lugar, la postura escrita es de máximos: se indica el máximo que se está dispuesto a pagar, pero se entiende que se efectúan primero todas las posturas inferiores necesarias para adjudicarse el bien, lo que implica que puede terminarse pagando por el mismo menos del máximo que se está dispuesto a pagar; en segundo lugar, el máximo de la postura no se revela al resto de los participantes en la subasta, sino que éstos únicamente observan si la postura se mantiene en la subasta porque incrementa la oferta que ellos hacen. Sólo se averigua el máximo una vez se supera; en tercer lugar, la postura por escrito se gestiona por la casa de subastas, que es la encargada de hacer que se hagan todas las posturas inferiores necesarias.

Esto nos da una idea de cómo funcionan las posturas por escrito en las casas de subastas privadas con subastas inglesas. Las casas de subastas, como empresas que son, están interesadas en maximizar sus beneficios que, siendo normalmente comisiones sobre el valor de venta del bien, implica que están interesadas en maximizar el valor que se obtiene en las subastas en las que intermedian. Se trata además de instituciones que han sobrevivido en el mercado durante mucho tiempo, lo que sugiere que las estrategias y las reglas de subastas que utilizan realmente contribuyen a maximizar la rentabilidad de la subasta. De hecho, el grado de participación en las subastas que hacen estas instituciones es envidiable para los tribunales. Page 269

3. ¿Cuándo y cómo deben anunciarse las posturas por escrito en la subasta judicial?

La LEC admite la posibilidad de participar en la subasta judicial mediatamente a través de posturas escritas en el art. 648 LEC que establece que "desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente." Este artículo es aplicable tanto a las subastas de bienes muebles, como a las de bienes inmuebles (art. 655.2 LEC).

3.1. Tres posiciones doctrinales

Uno de los aspectos controvertidos de este artículo, sin embargo, es el del momento en que debe anunciarse el contenido de los sobres con posturas por escrito al resto de los participantes de la subasta y la forma en que debe hacerse, aspecto que ya había generado controversia bajo la antigua LEC. El art. 648 LEC no es claro y explícito y la doctrina se ha agrupado en torno a tres posturas principales.

El parecer mayoritario es que las posturas por escrito deben hacerse públicas y anunciarse al inicio del acto de la subasta (Bajo la antigua LEC, ver Cima García 1984: 369; Torné García 1990: 204; Sanz Llorente 1996: 1552; Bajo la nueva LEC ver Fernández-Ballesteros López 2001: 379; Garberí Llobregat 2003: 710; Bonet Navarro y Martín Pastor 2005: 799; Pérez-Cruz Martín y Seoane Spigelberg 2006: 378); un segundo grupo de autores argumenta que las posturas escritas deben gestionarse por...

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