La gestión sanitaria como acción de salud pública

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35 Título II Artículo 27
CAPÍTULO V
LA GESTIÓN SANITARIA COMO ACCIÓN DE SALUD PÚBLICA
Artículo 25. Carácter y objetivos de la gestión sanitaria.
El objetivo principal de la gestión sanitaria será la mejora de la salud
de la población y la reducción de los desequilibrios sociales y territoriales,
de conformidad con los artículos 3, 6, 8 y 12 de Ley 14/1986, de 25 de abril,
General de Sanidad y según lo establecido en esta ley.
Artículo 26. La gestión sanitaria en el Área de Salud.
1. Los órganos que forman las áreas de salud tendrán en todo caso
en cuenta las acciones dirigidas a la mejora de la atención comunitaria,
la prevención de la enfermedad, la protección y la promoción de la sa-
lud.
2. La gestión sanitaria deberá guiarse por los resultados de salud que
serán explicitados con una periodicidad mínima de cinco años y presenta-
dos en los consejos de salud del área.
3. Los servicios de salud pública adoptarán todas aquellas medidas
destinadas a que los centros sanitarios sean «centros promotores de la sa-
lud», teniendo en cuenta las directrices emanadas de la Organización Mun-
dial de la Salud, para lo que desarrollarán un plan de promoción de la salud
en coordinación con la unidad directiva competente en salud pública de la
comunidad o ciudad autónoma.
CAPÍTULO VI
PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LA POBLACIÓN
Artículo 27. Las actuaciones de protección de la salud.
1. La protección de la salud es el conjunto de actuaciones, prestacio-
nes y servicios dirigidos a prevenir efectos adversos que los productos, ele-
mentos y procesos del entorno, agentes físicos, químicos y biológicos, pue-
dan tener sobre la salud y el bienestar de la población.
2. Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias,
protegerán la salud de la población mediante actividades y servicios que
actúen sobre los riesgos presentes en el medio y en los alimentos, a cuyo
efecto se desarrollarán los servicios y actividades que permitan la gestión
de los riesgos para la salud que puedan afectar a la población.
3. Las acciones de protección de la salud se regirán por los princi-
pios de proporcionalidad y de precaución, y se desarrollarán de acuerdo a

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